RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, por la que se resuelve la convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de un puesto singular en la Comisión Jurídica Asesora (convocatoria de provisión núm. CJ/003/23).
Vista la Resolución del presidente de la Comisión Jurídica Asesora, de 1 de diciembre de 2023, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de un puesto singular (convocatoria de provisión nº CJ/003/23), publicada en el DOGC núm. 9060, de 14.12.2023;
Visto que se han cumplido los requisitos y las especificaciones exigidos en la convocatoria;
Visto lo que disponen el Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;
De conformidad con la propuesta de la Junta de Méritos y Capacidades correspondiente, que ha devenido definitiva una vez efectuada la exposición pública y sin haberse recibido ningún escrito de alegaciones en el plazo conferido, según se desprende de la certificación de la presidenta de la Junta de Méritos y Capacidades de 6 de marzo de 2024;
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.2.f) de la Ley 5/2005, de 2 de mayo, de la Comisión Jurídica Asesora,
Resuelvo:
Nombrar el señor Francesc Ignasi Castellet Arnau letrado responsable del Ámbito Normativo de la Comisión Jurídica Asesora.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el presidente de la Comisión Jurídica Asesora en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Barcelona o, a elección suya, ante el juzgado en cuya circunscripción tengan el domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con lo que prevén los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 7 de marzo de 2024
Jaume Vernet i Llobet
Presidente