RESOLUCIÓN EDU/522/2024, de 19 de febrero, por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado Joan Maragall, de Badalona.

Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación por el representante de la titularidad del centro educativo privado Joan Maragall, de Badalona, código 08034916, en petición de ampliación de enseñanzas, se instruye el correspondiente expediente.

Dado que se ha comprobado en el mencionado expediente el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación; la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por la que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten el segundo ciclo de la educación infantil, la educación secundaria o las enseñanzas artísticas; la Orden ENS/30/2012, de 10 de febrero, por la que se especifica la superficie mínima de determinadas instalaciones de los centros que imparten la educación primaria, la educación secundaria o las enseñanzas artísticas; el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por la que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; los reales decretos por los que se establecen los respectivos títulos de formación profesional; órdenes y decretos que regulen las enseñanzas de formación profesional en modalidad de educación no presencial; y, el Decreto 122/2012, de 9 de octubre, del procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de centros educativos privados,

 

Resuelvo:

 

-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado Joan Maragall, de Badalona, código 08034916, por ampliación de las enseñanzas, con efectos desde el inicio del curso escolar 2023-2024, en los siguientes términos:

Enseñanzas que se amplían:

Modalidad no presencial:

Formación profesional de grado superior:

Formación para la Movilidad Segura y Sostenible.

 

-2 La composición del centro es la que consta en el Anexo de esta Resolución.

 

-3 La presente Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.

 

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Barcelona, 19 de febrero de 2024

 

Sílvia Ortiz Heredia

Directora de los Servicios Territoriales en El Barcelonès

 

 

Anexo

 

Composición del centro al inicio del curso escolar 2023-2024:

 

Formación profesional de grado medio:

 

Atención a Personas en Situación de Dependencia: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Cuidados Auxiliares de Enfermería: 1 unidad con capacidad para 30 puestos escolares, en turno de mañana y, 1 unidad con capacidad para 30 puestos escolar, en turno de tarde.

Emergencias Sanitarias: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana y, 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de tarde.

Farmacia y Parafarmacia: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Gestión Administrativa: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

 

Modalidad no presencial:

Formación profesional de grado medio:

Atención a Personas en Situación de Dependencia.

Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Emergencias Sanitarias.

Farmacia y Parafarmacia.

Gestión Administrativa.

Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre.

 

Formación profesional de grado superior:

 

Administración y Finanzas: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de tarde.

Dietética: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Documentación y Administración Sanitaria: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de tarde.

Educación Infantil: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Enseñanza y Animación Sociodeportiva: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Estética Integral y Bienestar: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Formación para la Movilidad Segura y Sostenible, 2 unidades con una capacidad para 60 puestos escolares en turno de mañana y, 2 unidades con una capacidad para 60 puestos escolares en turno de tarde.

Integración Social: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de mañana.

Promoción de la Igualdad de Género: 2 unidades con capacidad para 60 puestos escolares, en turno de tarde.

 

Modalidad no presencial:

Formación profesional de grado superior:

Administración y Finanzas.

Dietética.

Documentación y Administración Sanitarias.

Educación infantil.

Enseñanza y Animación Sociodeportiva.

Estética Integral y Bienestar.

Formación para la Movilidad Segura y Sostenible.

Integración Social.

Promoción de la Igualdad de Género.

 

Programas de profesional e inserción:

 

Auxiliar de Actividades de Oficina y en Servicios Administrativos Generales: 2 unidades con capacidad para 30 puestos escolares.

Auxiliar de Actividades Deportivas: 1 unidad con capacidad para 17 puestos escolares.

Auxiliar de Comercio y Atención al Público: 1 unidad con capacidad para 15 puestos escolares.

Auxiliar en Centros Sanitarios: 1 unidad para 17 puestos escolares.

Ficheros adjuntos

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