RESOLUCIÓN por la que se autoriza el pago de las ayudas individuales de comedor para el alumnado proveniente de otro Consejo Comarcal con una ayuda de comedor para el curso escolar 2023-2024 (ref. BDNS 692673)

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Hechos

 

1. En fecha 02/03/2022, el Consejo de Dirección acuerda aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de ayudas individuales de comedor dirigidas al alumnado escolarizado en cualquiera de los cursos de las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, en centros educativos de la ciudad de Barcelona sufragados con fondos públicos (DOGC Núm. 8635, de fecha 28/03/2022).

 

2. En fecha 25/04/2023, el Consejo de Dirección acuerda aprobar la convocatoria para el curso escolar 2023-2024, para el otorgamiento de ayudas individuales de comedor dirigidas al alumnado de enseñanzas obligatorias y de segundo ciclo de educación infantil de centros educativos sufragados con fondos públicos de la ciudad de Barcelona (ref. BDNS 692673 (DOGC 8911 - 9.05.2023).

 

4. De acuerdo con lo establecido en el punto 5.2 de las bases, donde indica que el alumnado procedente de otro Consejo Comarcal con una ayuda concedida, obtendrán de oficio esta misma ayuda desde la fecha en que se ha matriculado en el nuevo centro de Barcelona.

La Dirección de Atención a la Comunidad Educativa propone autorizar el pago de las ayudas individuales de comedor para el alumnado procedente de otro Consejo Comarcal con una ayuda de comedor, para el curso escolar 2023-2024.

 

Fundamentos de derecho

 

1. El Decreto 84/2002, de 5 de febrero, que aprueba los Estatutos del Consorcio de Educación de Barcelona en el artículo 3,2 i) establece que el Consorcio será competente en la reglamentación y la gestión, entre otros, del servicio de comedor escolar.

 

2. El acuerdo de Gobierno GOV/74/2007, de 15 de mayo de 2007, mediante el cual el Consorcio de Educación de Barcelona asume, de forma efectiva, las competencias que la normativa atribuía a la Administración educativa en materia de reglamentación y gestión del comedor escolar en la ciudad de Barcelona.

 

3. El art. 4 de la Resolución (DOGC 8635 - 28.03.2022) que dio publicidad a las bases, faculta a la Gerencia del Consorcio de Educación de Barcelona para otorgar las ayudas objeto de esta convocatoria mediante resolución.

 

4. El art. 13 de la Resolución de la Gerencia del Consorcio (DOGC 8911 - 9.5.2022), que dio publicidad a la convocatoria.

 

5. La Resolución por la que se modifica la partida presupuestaria de las ayudas individuales de comedor del curso escolar 2023-2024 (ref. BDNS 622428) (DOGC 9014 - 5.10.2023).

 

6. La Resolución por la que se modifican las anualidades de la partida presupuestaria de las ayudas individuales de comedor del curso escolar 2023-2024 (ref. BDNS 692673) (DOGC 9064-20.12.2023).

 

Resuelvo

 

1. Autorizar el pago de 68.648,80€ de las ayudas individuales de comedor a los centros relacionados en el Anexo I, para el alumnado proveniente de otro Consejo Comarcal que dispone de una ayuda de comedor concedida, en los términos que disponen los anexos I y II.

 

2. Dar publicidad al contenido de los anexos a través del tablón de anuncios de cada uno de los centros, en los términos establecidos en la convocatoria.

 

Contra esta resolución de la Gerencia, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, ante el Consejo de Dirección del Consorcio de Educación de Barcelona, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015) , y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, de 5.8.2010).

 

Barcelona, 13 de febrero de 2024

 

Mercè Massa Rincón
Gerenta
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