RESOLUCIÓN SLT/333/2024, de 8 de febrero, por la que se da publicidad a la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud al Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el primer semestre del año 2024 (inscrito con el código núm. 2023/9/0242).

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Dado que, en fecha 27 de diciembre de 2023, se firmó la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el primer semestre del año 2024,

Dado lo que dispone el artículo 15.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad a la referida adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el primer semestre del año 2024.

 

Barcelona, 8 de febrero de 2024

 

Manel Balcells i Díaz
Consejero de Salud

 

 

Anexo

ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL ENCARGO DE GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO DE SALUD AL INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD PARA EL ALMACENAJE Y DISTRIBUCIÓN DE VACUNAS PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2024.

 

REUNIDOS

Por una parte, el señor Manel Balcells i Díaz, consejero del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya, que actúa en nombre y representación de este Departamento, en virtud del Decreto 189/2022, de 10 de octubre, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Y, por otra parte, el señor Xavier Pérez i Berruezo, director gerente del Instituto Catalán de la Salud, en virtud del nombramiento realizado mediante el Acuerdo GOV/41/2023, de 28 de febrero (DOGC núm. 8866, de 02.03.2023), que actúa en representación de esta institución conforme a las facultades que le atribuyen los artículos 9 y 10 de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud (DOGC núm. 4940, de 3.8.2007).

Las partes se reconocen la representación con que actúan y la capacidad jurídica y legal suficiente para la formalización del presente convenio y

 

MANIFIESTAN

I. En el marco de las competencias de prevención y promoción de la salud, la Secretaría de Salud Pública (SSP) realiza una política de prevención de las enfermedades infecciosas mediante la vacunación de la población. Con este objetivo, anualmente se encarga de la adquisición de las vacunas necesarias para poder atender a todas las recomendaciones de vacunación según el calendario de vacunaciones vigente en Cataluña (Orden SLT/167/2023, de 21 de junio, que modifica el Decreto 95/2014, de 1 de julio, por el que se establece el calendario de vacunaciones sistemáticas), así como otras recomendaciones de vacunación incluidas en el Manual de vacunaciones.

II. En fecha 7 de abril de 2022, se formalizó el encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas en Cataluña para el año 2022 con las siguientes actuaciones objeto del encargo:

   1. Custodia de las vacunas y actividades relacionadas con su almacenaje a una temperatura controlada entre 2 ºC y 8 ºC y su distribución, ya que las vacunas a gestionar son propiedad del Departamento de Salud.

Las vacunas provenientes del laboratorio u otros servicios de gestión integral de vacunas (SeGIV), se tienen que recibir, almacenar y distribuir a los centros vacunales, según las indicaciones de los SeGIV y/o del Departamento de Salud, responsables de la gestión de las vacunas.

   2. Distribución de las vacunas de los SeGIV de la Agencia de Salud Pública de Barcelona (ASPB), Girona y Lleida en los centros de atención primaria y hospitales de la zona de influencia, así como los puntos centralizados para la distribución en otros centros, según la normativa vigente de transporte de medicamentos termolábiles que garantice el mantenimiento de la cadena de frío y las condiciones de acondicionamiento de las vacunas.

La preparación de los pedidos según las indicaciones de los SeGIV y/o SSP para la distribución de vacunas se tiene que efectuar en los centros vacunales de los servicios de gestión integral de vacunas que se detallan a continuación:

   - SeGIV de la Agencia de Salud Pública de Barcelona: todas las vacunas en los centros de atención primaria y hospitales de la zona de influencia.

   - SeGIV de Girona: todas las vacunas en los centros de atención primaria y hospitales de la zona de influencia.

   - SeGIV de Lleida: todas las vacunas en los centros de atención primaria y hospitales de la zona de influencia.

   3. El transporte a los centros vacunales se tendrá que realizar según la normativa vigente de transporte de medicamentos termolábiles que garantice el mantenimiento de la cadena de frío y las condiciones de acondicionamiento de las vacunas.

El sistema de transporte tiene que asumir, de manera obligatoria, la espera necesaria para comprobar la cantidad y los controles de temperatura del producto que llega a los centros de destino, salvo examen.

   4. Recogida de vacunas caducadas y/o deterioradas provenientes de los centros vacunales y almacenaje.

   5. Recogida de vacunas de otros SeGIV para incorporar al stock común.

   6. Devolución al proveedor de vacunas caducadas y/o deterioradas a petición de la SSP.

   7. En caso de alerta farmacéutica, se comunicará a la empresa que gestiona el servicio.

   8. Inspección de las tareas y actividades realizadas en la empresa que gestione el servicio.

Es importante tener en cuenta que las vacunas son medicamentos sujetos a una normativa específica con respecto al almacenaje y distribución de medicamentos a temperatura controlada entre 2 ºC y 8 ºC. Este hecho, hace que la actividad de almacenaje y distribución esté regulada y la tenga que realizar servicios de farmacia acreditados o entidades acreditadas, haciendo que la logística de las vacunas sea bastante compleja.

III En fecha 19 de diciembre de 2022, se formalizó la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el año 2023. Esta adenda prorrogó, por una parte, para el año 2023, el acuerdo de gestión de 7 de abril de 2022, el servicio de almacenaje y distribución de las dosis de vacunas de los SeGIV de Barcelona Ciudad (Agencia de Salud Pública de Barcelona), Girona (Secretaría de Salud Pública) y Lleida (Secretaría de Salud Pública), servicio encargado al Instituto Catalán de la Salud; y de otra, incorporó para el año 2023 los SeGIV de Catalunya Central, Vallès Oriental, Vallès Occidental (Sabadell y Cerdanyola) y Maresme en las actividades a desarrollar por Logaritmo Servicios Logísticos, AIE.

IV. En fecha 27 de diciembre de 2023, se ha formalizado la adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el año 2023, mediante la que se modifica el sistema de facturación de los servicios y precios establecidos en la cláusula tercera (régimen económico), quedando establecido de la siguiente manera:

 

Descripción del servicio

Precio unidad/mes

Precio de stock por vial

Precio de entradas por vial

Precio de salidas por vial

Precio de salidas por fungible

0,0340 €

0,0180 €

0,1670 €

2,0450 €

 

 

V. La Secretaría de Salud Pública del Departamento de Salud, de acuerdo con sus competencias legalmente asumidas para el desarrollo correcto de sus programas de vacunaciones, necesita prorrogar el encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el primer semestre del año 2024.

VI. Se procede de forma expresa y de mutuo acuerdo, de acuerdo con lo que establece la cláusula octava del encargo de gestión, a prorrogar la adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el primer semestre del año 2024.

 

CLÁUSULAS

 

Primera. Objeto de la adenda

En la ejecución de la adenda del convenio, el ICS tendrá que realizar, durante el primer semestre del año 2024, las actuaciones previstas en el encargo de gestión que se prorroga para los SeGIV de Barcelona Ciudad (Agencia de Salud Pública de Barcelona), Girona (Secretaría de Salud Pública) y Lleida (Secretaría de Salud Pública), y también de Catalunya Central, Vallès Oriental, Vallès Occidental (Sabadell y Cerdanyola) y Maresme.

 

Segunda. Vigencia

Esta adenda de prórroga entrará en vigor a partir de su firma y finalizará el 30 de junio de 2024, si bien las partes reconocen y aceptan efectos retroactivos a las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2024.

 

Tercera. Régimen económico

El sistema de facturación de los servicios y precios será el siguiente:

 

Descripción del servicio Precio unidad/mes

 

Precio de stock por vial

Precio de entradas por vial

Precio de salidas por vial

Precio de salidas por fungible

0,0340 €

0,0180 €

0,1670 €

2,0450 €

 

 

De acuerdo con los precios de referencia especificados en el presente acuerdo, se han estimado las dosis a gestionar durante el primer semestre de 2024, teniendo en cuenta las nuevas vacunas incorporadas en el calendario de vacunaciones, y en las nuevas recomendaciones de vacunación a personas con condiciones de riesgo, la estimación del importe para el primer semestre del 2024 será de 184.481,33 euros (ver el anexo 1 con la estimación de las dosis y los importes según las tarifas vigentes).

El pago correspondiente a las actuaciones realizadas en el año 2024 irá a cargo de la partida presupuestaria SA1403/227008900/4140/0000 del presupuesto de la Generalitat de Catalunya para el 2024.

La firma de este convenio implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilización de la disposición de crédito a favor de la entidad con la que se hace el convenio en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT y la autorización para la contabilización del reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas que tendrá que efectuarse una vez la unidad administrativa competente haya verificado el cumplimiento de la finalidad del objeto.

 

Y para que conste, a los efectos oportunos y en prueba de conformidad, las dos partes firman electrónicamente esta adenda del convenio, en el lugar y en la fecha mencionados más abajo.

 

Barcelona, 29 de diciembre de 2023

 

El consejero del Departamento de Salud

 

El director gerente del Instituto Catalán de la Salud

 

 

Anexo 1. Importe estimado mensual del primer semestre de 2024

 

Servicio de distribución de vacunas, ejercicio del primer semestre de 2024

Mes

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Total

Stock por vial

6.913,64 €

5.912,37 €

6.600,50 €

6.326,79 €

5.347,71 €

5.984,94 €

37.085,96 €

u.

203.342

173.893

194.132

186.082

157.286

176.028

1.090.764

Entrada por vial

2.440,21 €

1.698,34 €

2.455,01 €

1.967,52 €

2.544,97 €

1.542,20 €

12.648,24 €

u.

135.567

94.352

136.389

109.307

141.387

85.678

702.680

Salida por vial

22.855,72 €

21.786,75 €

26.351,76 €

17.298,70 €

21.161,41 €

17.041,39 €

126.495,72 €

u.

136.861

130.460

157.795

103.585

126.715

102.044

757.459

Salida por fungible

1.738,88 €

1.922,66 €

1.658,76 €

1.050,87 €

1.032,02 €

848,23 €

8.251,41 €

u.

852

942

813

515

506

416

4.045

Total

33.948,44 €

31.320,11 €

37.066,03 €

26.643,88 €

30.086,11 €

25.416,77 €

184.481,33 €

Total de unidades

u.

476.622

399.647

489.130

399.489

425.894

364.166

2.554.948

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