RESOLUCIÓN ACC/299/2024, de 2 de febrero, por la que se modifica el Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña, aprobado por la Resolución ACC/2338/2023, de 25 de junio, en relación con los municipios de Esterri d'Àneu y Rialp.

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La Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno, tiene como objetivo, entre otros, mantener lo máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, la flora y los ecosistemas en general, promover la eficiencia energética de los alumbrados exteriores y prevenir los efectos de la contaminación lumínica en la visión del cielo.

El artículo 5 de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, establece que el territorio de Cataluña se divide en cuatro tipos de zonas de protección en función de la vulnerabilidad del medio nocturno a la contaminación lumínica. El Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña es el instrumento que refleja estas zonas.

El artículo 7 del Decreto 190/2015, de 25 de agosto, de despliegue de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, establece los supuestos y el procedimiento de modificación del Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña. En particular, el artículo 7.3.b establece que el Mapa se puede modificar en los supuestos previstos en el artículo 5, a propuesta de los ayuntamientos cuando acrediten que se ha dado audiencia a las personas interesadas y que se han valorado las alegaciones presentadas, si procede.

El 5 de julio de 2023, se publica la Resolución ACC/2338/2023, de 25 de junio, por la que se aprueba el Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña vigente actualmente.

El 16 de enero de 2024, el Ayuntamiento de Rialp solicita a la Dirección General de Calidad Ambiental i Cambio Climático la modificación del Mapa para que todo su término municipal pase a ser de protección máxima contra la contaminación lumínica, E1. El Ayuntamiento ha aportado la documentación que certifica que ha realizado los trámites previstos en el artículo 7.3.b del Decreto 190/2015, de 25 de agosto, y que no se han presentado alegaciones.

El 23 de enero de 2024, el Ayuntamiento de Esterri d'Àneu solicita a la Dirección General de Calidad Ambiental i Cambio Climático, la modificación del Mapa para que todo su término municipal pase a ser de protección máxima contra la contaminación lumínica, E1. El Ayuntamiento ha aportado la documentación que certifica que ha realizado los trámites previstos en el artículo 7.3.b del Decreto 190/2015, de 25 de agosto, y que no se han presentado alegaciones.

En fecha 24 de enero de 2024, la directora general de Cambio Climático y Calidad Ambiental propone modificar el Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña, aprobado por la Resolución ACC/2338/2023, de 25 de junio, en relación con los municipios de Esterri d'Àneu y de Rialp.

Por lo tanto, a propuesta de la directora general de Calidad Ambiental y Cambio Climático y de acuerdo con el artículo 7.4 del Decreto 190/2015, de 25 de agosto,

 

Resuelvo:

 

1. Aprobar la modificación del Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña, aprobado por la Resolución ACC/2338/2023, de 25 de junio, para los municipios de Esterri d'Àneu y Rialp, en los términos que constan en el anexo.

 

2. Notificar a los ayuntamientos de Esterri d'Àneu y de Rialp la modificación del Mapa.

 

3. Publicar el Mapa modificado en la web del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (http://sig.gencat.cat/visors/pcl.html) y hacer difusión en los medios que corresponda.

 

4. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Portal de la Transparencia.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, y potestativamente, recurso de reposición ante el consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes.

 

Barcelona, 2 de febrero de 2024

 

David Mascort Subiranas

Consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural

 

 

Anexo. Modificación del Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña

 

(Véase la imagen al final del documento)

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