ANUNCIO sobre aprobación inicial de la Ordenanza de convivencia ciudadana del Ayuntamiento de Puigcerdà (exp. 2651/2023).
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El Pleno de la Corporación en su sesión ordinaria de fecha 19 de diciembre de 2023, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora de convivencia ciudadana del Ayuntamiento de Puigcerdà.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LRBRL), se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a fin de que se puedan presentar reclamaciones y/o sugerencias al respecto. En el supuesto de que no se presentaran reclamación o alegación al respecto, el acuerdo de aprobación inicial se convertirá en definitivo sin necesidad de otro acuerdo plenario, tal y como establece el artículo 49 c) de la LRBRL.
El texto íntegro del acuerdo se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Puigcerdà https://puigcerda.eadministracio.cat/board.
Puigcerdà, 17 de enero de 2024