RESOLUCIÓN DSO/4460/2023, de 20 de diciembre, por la que se publican los precios tarifados del proceso de preparación y valoración de las personas o familias que solicitan una adopción internacional, así como de la elaboración de los informes de seguimiento posadoptivo.

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PRIMERO: En fecha 31 de marzo de 2015 se publicó en el DOGC la "Resolución BSF/575/2015, de 24 de marzo, por la que se publican los precios tarifados del proceso de preparación y valoración de las personas o familias que solicitan una adopción internacional, así como de la elaboración de los informes de seguimiento postadoptivo".

 

SEGUNDO: En fecha 5 de marzo de 2019 se publicó en el DOGC la "Resolución BSF/420/2019, de 7 de febrero, por la que se publican los precios tarifados del proceso de preparación y valoración de las personas o familias que solicitan una adopción internacional, así como de la elaboración de los informes de seguimiento postadoptivo" que modificaba los precios tarifados con los nuevos que habían sido aprobados a la sesión ordinaria 1/2018 del Consejo Rector del ICAA, de fecha 28 de noviembre de 2018, y mantenía vigentes la resolución BSF/575/2015, de 24 de marzo, en todo aquello no modificado por dicha resolución de 2019.

 

TERCERO: En fecha 29 de noviembre de 2023 se celebró la sesión ordinaria 1/2023 del Consejo Rector del ICAA. En esta sesión, el Consejo Rector aprobó los nuevos precios tarifados que las instituciones colaboradoras de integración familiar (ICIF) acreditadas por el ICAA tienen que percibir en materia de preparación y valoración de las personas que solicitan una adopción internacional, así como el precio tarifado a percibir, por estas entidades o por las entidades colaboradoras de adopción internacional (ECAI) acreditadas por el ICAA, por la realización de seguimientos postadoptivos, que se incrementan en un 6'1%.

Estas nuevas tarifas se hacen contar en el anexo 1 de esta Resolución.

 

CUARTO: El resto de previsiones de la Resolución BSF/575/2015 quedan inalteradas.

 

Vistos los artículos 3, 5, 6, 7 y 8 de la Ley 13/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Catalán del Acogimiento y de la Adopción.

Visto el artículo 235-45, de la Ley 25/2010, de 29 de julio, del Libro segundo del Código Civil de Cataluña.

Vistos los artículos 13 a 20 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Vistos los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Visto el Decreto 69/2020, de 14 de julio, de acreditación, concierto social y gestión delegada en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública.

Visto el Decreto 97/2001, de 3 de abril, sobre la acreditación y el funcionamiento de las entidades colaboradoras de adopción internacional.

Por todo el anterior,

 

Resuelvo:

 

1.- Hacer públicos los precios acordados por el Consejo Rector del ICAA del proceso de preparación y valoración de los solicitantes de adopción internacional, así como de la elaboración de los informes de seguimiento postadoptivo, de acuerdo con lo que consta en el anexo 1 de esta Resolución.

Estos precios podrán ser percibidos, en función de las intervenciones que se realicen, por las instituciones colaboradoras de integración familiar (ICIF), a quienes se encargue la realización de procesos de preparación y valoración de solicitantes de adopción internacional, y/o para estas ICIF y para las entidades colaboradoras de adopción internacional (ECAI) en relación con la elaboración de informes de seguimiento postadoptivo.

Estos precios serán vigentes desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOCG.

 

2.- Dejar sin efecto los precios tarifados que constaban en el anexo 1 de la Resolución BSF/420/2019, de 7 de febrero.

 

3.- Confirmar la vigencia de la Resolución BSF/575/2015, de 24 de marzo, en todo aquello no modificado por la presente Resolución.

 

4.- Publicar en el DOGC la presente Resolución.

 

Barcelona, 20 de diciembre de 2023

 

Josep Maria Forné i Febrer

Director del Instituto Catalán del Acogimiento y de la Adopción

 

 

ANEXO 1

Precios acordados por el Consejo Rector del ICAA, que tienen que percibir las instituciones acreditadas en el proceso de preparación y valoración de los solicitantes de adopción internacional:

 

Preparación y valoración genérica:

   - Asistencia obligatoria a la sesión informativa (ICAA): gratuita.

   - Curso de preparación para la adopción (ICIF): 424€ por familia (4 sesiones grupales).

   - Proceso de estudio y valoración psicosocial de las personas o familias que soliciten una adopción: 1.061€ (entrevistas individuales + informe psicosocial).

 

Otros supuestos:

   - Actualizaciones por segundas, posteriores adopciones o por caducidad de la idoneidad: 530€ (entrevistas individuales + informe psicosocial).

   - Situaciones especiales (una entrevista individual + informe): 159€.

   - Informe de seguimiento: 113€.

Incluye la realización de las reuniones con la familia y la redacción del informe en lengua catalana, pero no su traducción, legalización y envío.

   - Actualización dentro de los tres años desde la idoneidad sin modificación: Si en el período de los tres años de validez de la idoneidad, el país de origen del niño pide una actualización que no comporte ninguna modificación, esta actualización será sin coste.

   - Actualización dentro de los tres años desde la idoneidad con modificación o ampliación de información:

      - Si en el periodo de los tres años de validez de la idoneidad, el país de origen del niño pide una actualización o informe que comporte cambio de perfil del niño susceptible de ser adoptado o nueva descripción del hogar por cambio de domicilio, será considerado como situación especial: 159€.

      - Si en el periodo de los tres años de validez de la idoneidad, el país de origen del niño pide un nuevo informe que comporte ampliación, cambio de estructura del informe o nuevos ítems no previstos en el inicio del estudio, será considerado como situación especial: 159€.

 

Los importes mencionados que constan en este anexo, podrán ser actualizados por el ICAA de acuerdo con el IPC

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