ANUNCIO sobre ampliación presupuestaria de la convocatoria para la concesión de las prestaciones económicas de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023 (ref. BDNS 684087).
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La Comisión Permanente del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2022 aprobó e hizo pública la convocatoria para la concesión de prestaciones económicas de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023 (DOGC número 8896 de 17 de abril de 2023 y BOPB de 6 de abril de 2023).
Dado que la dotación presupuestaria máxima inicial para las prestaciones al alquiler previstas en esta convocatoria, condicionada a la existencia de crédito suficiente en los presupuestos del Consorci de l'Habitatge de Barcelona para el año 2023 y que, en todo caso, irá a cargo de la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto del Consorci de l'Habitatge de Barcelona del año 2022, era de 1.000.000,00 euros con la siguiente distribución:
I. 25.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.a) de esta convocatoria.
II. 950.000,00 euros para atender a los colectivos en el punto 2.b) de esta convocatoria.
III. 25.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria.
Dado que, en fecha 14 de julio de 2023, se acordó modificar el presupuesto (DOGC número 8971 de 2 de agosto de 2023 y BOPB de 28 de julio de 2023) en el sentido de modificar la distribución inicial, quedando redactado de la siguiente forma:
"APROVAR la dotación presupuestaria máxima inicial para las prestaciones al alquiler previstas en esta convocatoria, condicionada a la existencia de crédito suficiente en los presupuestos del Consorci de l'Habitatge de Barcelona para el año 2023 y que, en todo caso, irá a cargo de la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto del Consorci de l'Habitatge de Barcelona del año 2022, era de 1.000.000,00 euros con la siguiente distribución:
I. 14.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.a) de esta convocatoria.
II. 950.000,00 euros para atender a los colectivos en el punto 2.b) de esta convocatoria.
III. 36.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria.
Dado que el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria comenzó al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) y al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) y finalizó el día 8 de agosto dado la inminente extinción de la dotación máxima presupuestaria.
Dado que se ha agotado la dotación máxima inicial de 1.000.000,00 euros del presupuesto 480.0001 para la convocatoria de prestaciones económicas de urgencia social antes de su fecha de finalización.
RESUELVO:
1.- APROBAR la modificación de la convocatoria del año 2023 para a la concesión de prestaciones de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona (DOGC número 8896 de 17 de abril de 2023 y BOPB de 6 de abril de 2023) en atención a los apartados que se indican a continuación:
Esta modificación consiste en aumentar la dotación presupuestaria de la convocatoria de prestaciones de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023 (DOGC número 8896 de 17 de abril de 2023 y BOPB de 6 de abril de 2023), al amparo de lo establecido en su acuerdo segundo, que habilita al Gerente del Consorci de l'Habitatge de Barcelona en el sentido de ampliar el importe de la convocatoria, hasta 153.493,08 euros correspondientes a la aportación extraordinaria del Ayuntamiento de Barcelona, con cargo a la partida 480.0001 del Consorci de l'Habitatge de Barcelona. Esta ampliación está condicionada a la modificación de crédito pendiente de la aportación extraordinaria del Ayuntamiento de Barcelona o del Institut Municipal de l'Habitatge i la Rehabilitació.
De esta manera, la dotación total de estas prestaciones asciende a 1.153.493,08 euros, con la siguiente: distribución:
I. 132.608,88 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.b) de esta convocatoria.
II. 20.884,20 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria.
2.- AUTORIZAR el gasto total que se destinará a estas actuaciones por un importe de 153.493,08 euros, una vez efectuada la modificación de crédito, según la siguiente distribución:
I. 132.608,88 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.b) de esta convocatoria.
II. 20.884,20 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria.
3.- MODIFICAR el acuerdo 2 que queda redactado de la siguiente manera:
La dotación total después de esta modificación será de 1.153.493,08 euros con la siguiente distribución:
I. 14.000 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.a) de esta convocatoria.
II. 1.082.608,88 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.b) de esta convocatoria.
III. 56.884,20 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria.
4.- PUBLICAR estas modificaciones que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante la Comissió Permanent del Consorci de l'Habitatge de Barcelona, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC , según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 20 de noviembre de 2023