RESOLUCIÓN ECO/4430/2023, de 22 de diciembre, por la que se autoriza la alienación directa de la finca situada en la calle Montserrat, 2-4, de Masquefa, propiedad de la Generalitat de Catalunya por herencia intestada.

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1. La Generalitat de Catalunya es propietaria del inmueble situado en la calle Montserrat, 2-4, de Masquefa, según el Auto 780/2010-A, dictado por el Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Martorell, en fecha 13 de julio de 2011, subsanada por el Auto de fecha 26 de julio de 2011, de acuerdo con el que se declara heredera abintestato del señor Jorge Bonastre Martínez, fallecido el 2 de enero de 2008.

2. La finca consta inscrita a favor de la Generalitat de Catalunya en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Igualada, en el tomo 1491, libro 78, folio 201, finca núm. 686. Le corresponden las referencias catastrales:

Calle Montserrat, 2 1154023DF0915S0001OB (6 entidades sin división horizontal)

Calle Montserrat, 2 (B) 1154022DF0915S0001MB (local comercial)

Calle Montserrat, 2 (I) 1154021DF0915S0001FB (solar edificable)

Calle Montserrat, 4 1154001DF0915S0001EB (vial urbanizado)

Actualmente existe un edificio construido en parte del solar, y otra edificación que es un local (antigua autoescuela), en otra parte del solar.

El Ayuntamiento ocupa, a precario, la parcela catastral que se corresponde con el vial (1154001DF0915S0001EB), y la que se corresponde con el solar que utiliza como aparcamiento (1154021DF0915S0001FB).

3. El Auto del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Martorell, de fecha 20 de octubre de 2008, juntamente con el Auto de aclaración, de fecha 24 de enero de 2013, dictados en el procedimiento de tutela y curatela núm. 447/1996, fija la retribución de la señora MDFC, tutora del causante, en la atribución del piso 1º 3ª de la calle Montserrat, 2-4 y el local anexo que se utiliza como plaza de aparcamiento.

4. El Ayuntamiento de Masquefa, mediante escrito de fecha 13 de abril de 2023, ha hecho llegar al Departamento de Economía y Hacienda, el Decreto de la alcaldía, de fecha 6 de abril de 2023, relativo a la incoación del expediente de adquisición directa de la finca registral núm. 686, inscrita en el Registro de la Propiedad de Igualada núm. 2, anteriormente mencionada.

5. En fecha 20 de abril de 2023, el Ayuntamiento de Masquefa ha remitido el Informe, de 11 de abril de 2023, elaborado por los servicios técnicos del Ayuntamiento, de acuerdo con el que se valora la finca en 232.467,85 euros.

6. En la misma fecha, el 20 de abril de 2023, la técnica arquitecta de la Subdirección General de Herencias emitió informe en el que concluye que el valor de la tasación aportada de 232.467,85 euros es correcto.

7. En fecha 24 de abril de 2023 la Subdirección General de Herencias hace llegar un escrito al Ayuntamiento de Masquefa en el que se informa, entre otros, de que se considera aceptable el precio propuesto, y se licita que el órgano municipal competente del Ayuntamiento dirija la petición formal de solicitud de compra a la Subdirección General de Herencias.

8. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Masquefa adoptó, en sesión de 8 de mayo de 2023, el Acuerdo de solicitud de adquisición directa del inmueble situado en la calle Montserrat, 2-4 (paseo de la Vía, 4-8) de Masquefa, por importe de doscientos treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete euros con ochenta y cinco céntimos (232.467,85 euros), con la obligación expresa de subrogarse en la entrega a la tutora del causante, de las partes del inmueble mencionado por el pago del cargo de tutora ejercido, de acuerdo con los autos judiciales y el reconocimiento expreso por parte del Ayuntamiento de Masquefa sobre la ocupación temporal de la finca a adquirir, con el fin de dar de baja los valores correspondientes a la tasa de residuos y al impuesto de bienes inmuebles que gravan la finca.

9. En fecha 8 de mayo de 2023, el Ayuntamiento de Masquefa ha emitido una memoria justificativa de la adquisición directa del bien inmueble por parte de la corporación municipal, y en la misma fecha, el secretario del Ayuntamiento emitió un informe jurídico en el que se concluye que es posible la adquisición directa del inmueble.

10. El Ayuntamiento de Masquefa ha llevado a cabo la retención del crédito para hacer frente a los posibles gastos de registro de la propiedad y notaría, así como a la compra de la finca situada en la c. Montserrat, 2-4, de Masquefa, mediante documentos de fecha 8 de mayo de 2023.

11. La propuesta del director general del Patrimonio de la Generalitat de Catalunya de alienación directa de la finca situada en la calle Montserrat, 2-4, de Masquefa, propiedad de la Generalitat de Catalunya por herencia intestada, es de fecha 2 de junio de 2023.

12. La Asesoría Jurídica de este Departamento ha emitido informe favorable en fecha 12 de junio de 2023.

13. El Ayuntamiento de Masquefa, con motivo de la ocupación a precario de las parcelas citadas anteriormente, es decir, la parcela núm. 1154001DF0915S0001EB, destinada a vial, y la parcela núm. 1154021DF0915S0001FB que se corresponde con el solar que utiliza como aparcamiento, se comprometió, mediante la comunicación efectuada en fecha 11 de octubre de 2023, a exonerar a la Generalitat de Catalunya de los pagos pendientes relativos al impuesto de bienes inmuebles (IBI) y a la tasa de residuos, referidos a los años anteriores al 2019, y respecto a los impuestos y tributos comprendidos entre los años 2019 y hasta la fecha efectiva de la alienación, a que la Generalitat de Catalunya repercuta en el precio de venta, el importe que efectivamente ha satisfecho hasta la fecha de la venta.

14. La Dirección General de Administración Local ha informado favorablemente sobre la operación de adquisición directa del inmueble anteriormente citado por parte del Ayuntamiento de Masquefa, en fecha 28 de noviembre de 2023.

15. La Intervención General ha emitido informe favorable en fecha 13 de diciembre de 2023.

 

Fundamentos de derecho

Vistos los artículos 18.1, 18.5 y 18.7 del texto refundido de la Ley de patrimonio de la Generalitat de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 1/2002, de 24 de diciembre;

Vistos los artículos 10 g) y 11 del Decreto 145/2017, de 26 de septiembre, de las actuaciones administrativas y de la gestión del régimen de autonomía económica de la sucesión intestada a favor de la Generalitat de Catalunya;

Visto el Decreto 336/1988, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de patrimonio de los entes locales;

Visto el Reglamento de bienes de las entidades locales, aprobado por Real decreto 1372/1986, de 13 de junio;

Visto el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril,

Por todo ello,

 

Resuelvo:

 

1. Autorizar la alienación directa a favor del Ayuntamiento de Masquefa de la finca situada en la c. Montserrat, 2-4, (paseo de la Vía, 4-8) de Masquefa, por un precio de doscientos treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete euros con ochenta y cinco céntimos (232.467,85 euros).

La finca tiene la siguiente descripción registral:

"Urbana. Edificio, situado en el término municipal de Masquefa, calle Montserrat, 2-4, correspondiente al edificio número 2, formado por dos plantas, de superficie total construida quinientos diecinueve metros cuadrados. Planta baja, destinada a local comercial, de superficie construida cincuenta metros cuadrados y un almacén, de superficie construida ciento noventa metros cuadrados. Planta primera, destinada a vivienda de superficie construida de doscientos cincuenta y siete metros cuadrados y un porche de veintidós metros cuadrados. La edificación se encuentra construida sobre una parcela de mil trescientos ochenta y un metros setenta y un decímetros cuadrados, estando el resto de la parcela no edificada destinada a patio y jardín, que corresponde al número 4 de su situación. Linda: por el frente, Oeste, con dicha calle de Montserrat; por la izquierda entrando, Norte, con la línea del Ferrocarril Central Català y mediante ésta con la restante finca del estabilizante; derecha, Sur, con Antonio Llopart, Juan Sabi, José Peixó, Juan Prera, José Sabi, Josefa Bonastre, Maria Costa y José Monner, antes con terreno de la misma procedencia establecido a DJ. Pablo Carrera Cardús, mediante camino, y por detrás, Oeste, con José Munné, antes con terreno de esta procedencia establecido a SR. José Moner y Cardús."

El inmueble se corresponde con las referencias catastrales: 1154023DF0915S0001OB, 1154022DF0915S0001MB, 1154021DF0915S0001FB, 1154001DF0915S0001EB.

Inscripción registral: consta inscrita a favor de la Generalitat de Catalunya en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Igualada, en el tomo 1491, libro 78, folio 201, finca núm. 686.

Cargas: el Ayuntamiento ocupa la parcela catastral que se corresponde con el vial (1154001DF0915S0001EB), y la que se corresponde con el solar que utiliza como aparcamiento (1154021DF0915S0001FB).

El Ayuntamiento de Masquefa, con motivo de la ocupación de las parcelas mencionadas anteriormente, exonerará expresamente a la Generalitat de Catalunya de los pagos pendientes relativos al impuesto de bienes inmuebles (IBI) y a la tasa de residuos, de los años anteriores al 2019. Asimismo, y respecto a los impuestos y tributos comprendidos entre los años 2019 y hasta la fecha efectiva de la alienación, al haber sido satisfechos por la Generalitat de Catalunya, se procederá a repercutir en el precio de venta, importe efectivamente satisfecho por la Generalitat de Catalunya hasta la fecha efectiva de la venta.

Asimismo, el Ayuntamiento de Masquefa se subrogará en la posición jurídica de la Generalitat de Catalunya, como propietaria, en cuanto a la entrega del piso 1º 3ª y el local 2 del inmueble, como pago del cargo de tutora ejercido.

 

2. Facultar a la Dirección General del Patrimonio de la Generalitat de Catalunya para que lleve a cabo todos los trámites que sean necesarios para la efectividad de esta Resolución.

 

3. Disponer la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 22 de diciembre de 2023

 

Natalia Mas i Guix

Consejera de Economía y Hacienda

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