RESOLUCIÓN sobre la aprobación de la oferta de empleo público ordinario, de acuerdo con la tasa específica de reposición, para el año 2023, del Consorcio para la Normalización Lingüística.

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La Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023, establece que las ofertas de empleo público y los instrumentos de gestión similares deben aprobarse en función de las disponibilidades presupuestarias y de conformidad con los preceptos de carácter básico que se establezcan.

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, fija la tasa de reposición de efectivos en un máximo del 120% en determinados sectores que el artículo 20.u.3 identifica como prioritarios, mientras que para el resto de sectores fija la tasa, a todos los efectos, en un 110 %.

El artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto básico del empleado público, dispone que la oferta de empleo público que se aprueba anualmente debe publicarse en el diario oficial correspondiente.

El Consejo de Administración del Consorci per a la Normalització Lingüística (CPNL) en la sesión ordinaria de 4 de diciembre de 2023 ha aprobado la oferta de empleo público ordinario, de acuerdo con la tasa específica de reposición, para el año 2023.

El artículo 12 a) de los Estatutos del CPNL establece que es función de la Presidencia del CPNL ejercer la alta representación del Consorcio.

Por tanto,

 

Resuelvo:

 

Único. - Publicar la oferta de empleo público para el año 2023 del Consorci per a la Normalització Lingüística, integrada por las plazas que constan en el anexo de esta resolución.

 

Contra esta Resolución, de acuerdo con lo que establece la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del CPNL en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgados contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, ​​14 de diciembre de 2023

 

Francesc Xavier Vila i Moreno

Presidente del Consejo de Administración

 

 

ANEXO

 

Grupo profesional

Número de plazas

A2

14

C1

1

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