RESOLUCIÓN ACC/4257/2023, de 29 de noviembre, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de medicamentos de base en el término municipal de Montmeló (exp. B1CS180335).

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Visto que la Ponencia Ambiental, en la sesión del día 18 de enero de 2022, adoptó el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de medicamentos de base en el término municipal de Montmeló, que ha promovido la empresa Farmhispania, SA (exp. B1CS180335),

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad al Acuerdo de declaración de impacto ambiental mencionado del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de medicamentos de base en el término municipal de Montmeló.

 

Barcelona, 29 de noviembre de 2023

 

Mireia Boya e Busquet

Director general de Calidad Ambiental y Cambio Climático

 

 

ACUERDO

de 18 de enero de 2022, de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de medicamentos de base en el término municipal de Montmeló, que ha promovido la empresa Farmhispania, SA (exp. B1CS180335).

 

—1 Descripción del Proyecto y del estudio de impacto ambiental

 

1.1 Descripción del Proyecto

La empresa Farmhispania, SA, desarrolla la actividad de fabricación de medicamentos de base.

La modificación que se quiere llevar a cabo consiste en incrementar la producción gracias a la instalación de equipos de producción nuevos e instalaciones ya existentes notificadas en comunicaciones de modificaciones no sustanciales anteriores. De acuerdo con eso, se incrementará la capacidad productiva del establecimiento de 766,23 toneladas anuales hasta una capacidad de producción total de 5.151,61 toneladas anuales (incremento del 572%).

Este incremento de producción comportará, con respecto al consumo autorizado en la resolución de autorización ambiental del 5 de marzo de 2012 (exp. BA20100182), y teniendo en cuenta modificaciones no sustanciales ya comunicadas, incrementar los consumos de los recursos siguientes:

- agua (un 158%)

- materias primas y auxiliares (un 187%)

- energía eléctrica (un 194%)

- gas natural (un 48,71%)

- gasóleo (un 43%)
También comportará incrementar:

La generación de residuos peligrosos (un 149%) y residuos no peligrosos (un 258%).

La generación de aguas residuales (un 163%).

Y también incorporar focos emisores nuevos a la atmósfera:

- Focos emisores de combustión:

Caldera CV-05, ubicada en el A502.

Grupos electrógenos GE-04, GE-05 y GE-06.

- Focos emisores de proceso:

Lavador de gases (scrubber) ácido, ubicado en el A1300.

Lavador de gases (scrubber) básico, ubicado en el A1300.

Lavador de gases (del sistema de ventilación de emergencia de la sala de compresores de amoníaco), ubicado en el A500.

Lavador de gases (scrubber) bombas de vacío ubicado en el A1300.

Filtro de mangas, ubicado en el A901, SE-28.

Filtro de mangas, ubicado en el A1300.

Una extracción de laboratorio en la cubierta del A1100, seis extracciones de laboratorio más en la cubierta del A1200, junto con una extracción de laboratorio ubicada en la primera planta del propio A1200.

Venteo asociado al sistema de seguridad en caso de emergencia del A501: Blow Down nuevo.

Incorporar los incrementos de los consumos de los recursos según la posible situación futura que prevé la planta, incluyendo el edificio nuevo en construcción, el A1300 (sin uso definido).

Hacer reformas de obra civil en los diferentes edificios e instalaciones existentes del establecimiento (vestuarios en el A200, sala de amoníaco, fases I y II, en el A500, instalación una caldera nueva en el A500, sala de cuadros eléctricos en el A500, ampliación e instalación contra incendios y rociadores en el A501, instalación de Blow Down en el A501, instalación de equipos de producción en el A502, montacargas nuevo en el A502, instalación de cubiertas de balsas en el A800, ampliación de la instalación contra incendios, rociadores y espuma en el A900, instalación de reactores en el A901, distribución interior del almacén en el A1000, distribución interior del laboratorio en el A1100, distribución interior de la estufa SD-07 en el A1100, distribución interior y climatización del almacén en el A1400, instalación de una cámara de frío en el A1700, instalación de la depuradora, instalación contra incendios en el cargador de cisternas, ampliación de las instalaciones de tratamiento de aguas en el área A500, grupos de frío (GF14/15/16/17) con reformas en la sala de amoníaco, fases I y II, del área A500, grupos de frío (asociado a GF 18/19) y depósito de salmuera nuevo (TA-540) en el A500, instalación de un decantador lamelar en el A800, retirada del filtro FI-16 en el A901, laboratorio nuevo en el A1100, reactor RV-08 nuevo en el A1100, instalación de una cabina de flujo laminar en el A1100, reforma de la distribución interior del A1200, instalación de depósitos de gasóleo en el A1300, implantación de un secador SE-29 nuevo en el A300, formación de cubierto para la bomba de descarga en el A900, torres de refrigeración TR11 y TR12 nuevas, redistribución de la sala de control LC02-LC03 en el A1100, y cambios de distribución, despachos/laboratorio en el A1200).

Incrementar la superficie construida hasta una superficie aproximada de 31.546 m2.

 

Imagen del artículo RESOLUCIÓN ACC/4257/2023, de 29 de noviembre, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de medicamentos de base en el término municipal de Montmeló (exp. B1CS180335).

Estas imágenes pertenecen a Generalitat de Catalunya

 

1.2 Descripción del estudio de impacto ambiental

El estudio de impacto ambiental describe el Proyecto de ampliación de la actividad de fabricación de medicamentos de base de manera resumida y las exigencias previsibles en relación con la utilización de los recursos naturales, y estima el tipo y la cantidad de los residuos vertidos y las emisiones de materia o energía resultantes.

El emplazamiento de la actividad está clasificado como suelo de uso industrial, se ubica en la parcela con referencia catastral 6699701DF3969N0001FZ y ocupa 36.997 m2 de superficie.

La superficie total que ocupa la planta es de unos 18.860 m2 y se incrementará su tamaño a una superficie aproximada de 31.546 m2. La ampliación de la actividad se centra en un incremento del uso superficial del suelo y en las edificaciones verticales, pero en ningún caso en un incremento en el uso del subsuelo de la parcela donde se ubica la planta, a excepción del A1300, que dispondrá de dos niveles inferiores (sin uso específico). Las coordenadas de situación son ETRS89 UTM31N: X = 436423; Y = 4599672.

Para llevar a cabo esta ampliación de la actividad, se utilizarán los recursos siguientes, y también se estima el tipo y la cantidad de los residuos generados y las emisiones de materia o energía resultantes:

 

Consumo de materias primas

La cantidad total prevista de consumo de materias primas será de 8.100 t/a aproximadamente, más 700 t/a de materias auxiliares.

 

Consumo de energías

La cantidad total prevista de consumo de energías será:

 

Tipo de energía

Cantidad anual

Tipo de almacenaje

Energía eléctrica

19.900 MWh

--

Gas natural

8.900.000,00 Nm3

Red

Gasóleo

50 m3

Depósito soterrado de 30 m3 de acero de doble pared.

Depósito aéreo de 2 m3 de polietileno.

Dos depósitos móviles, tipo GRG.

 

La planta dispone de una instalación de cogeneración que produce:

Electricidad que genera la instalación y que se exporta a la red eléctrica externa.

Electricidad que genera la instalación y que se consume dentro de la planta.

Vapor producido por medio de la caldera de generación de vapor por la recuperación de los gases de escape.

Agua fría que se genera en la máquina de absorción por la recuperación del agua caliente del circuito de refrigeración del motor.

 

Abastecimiento de agua

No habrá un uso del agua diferente al que se lleva a cabo en el establecimiento, aunque se incremente su consumo de acuerdo con lo siguiente:

 

Volumen total abarcado

Procedencia  

m3/día

m3/año

--

125.000

Pozo(*)

--

    5.000

Red municipal

 

(*) El establecimiento dispone de dos concesiones en activo correspondientes a los pozos 2 y 3 de Farmhispania, códigos BDH 08135-0012 y 08135-0015, respectivamente. La solicitud de incremento de consumo hasta 125.000 m3/a ya tiene la aprobación de la Agencia Catalana del Agua.

 

Las aguas consumidas se utilizan en los sistemas de refrigeración, el proceso productivo, las pérdidas por evaporación (principalmente, en las torres de refrigeración), la incorporación en los productos, los procesos de limpieza, la irrigación, y el uso doméstico y sanitario (solo con agua procedente de la compañía).

 

Aguas residuales

De acuerdo con el contenido de la documentación presentada, el establecimiento dispone del punto de vertido de aguas residuales siguiente y el caudal vertido se incrementará de acuerdo con lo descrito a continuación:

 

 

Arqueta

Origen

Tratamiento

Destino

Punto de vertido

Caudal

1

Sanitario, proceso, limpieza, proceso refrigeración

Biológico, decantación, homogeneización

Alcantarillado

Montornès del Vallès

80.000 m3/año

Máx. 26,04 m3/h

 

 

Destino final de las aguas residuales: alcantarillado público perteneciente al sistema de saneamiento de Montornès del Vallès.

Aquellas aguas que, por sus características, no puede tratar la EDAR, las retira y las gestiona un gestor de residuos autorizado externo.

El efluente vertido no tiene ningún tipo de impacto negativo sobre el ecosistema de Montmeló ni sus alrededores, y tampoco comporta ningún tipo de riesgo para los seres humanos, ya que se controla en la propia planta industrial debidamente y, después, en la depuradora de aguas residuales de Montornès, dando cumplimiento a la legislación vigente.

La dispersión de contaminantes a través de las corrientes fluviales tan solo podría llevarse a cabo, excepcionalmente, por las aguas pluviales en caso de inundación de la planta.

Las zonas de almacenaje y de producción son estancas y disponen de arquetas de retención con la finalidad de evitar el vertido de sustancias o de contenerlas en caso de vertidos accidentales. Si, a pesar de todas las medidas de seguridad, se produjera un vertido accidental, se actuaría, si fuera posible, antes de que la sustancia llegara al nivel freático.

 

Emisiones a la atmósfera

Se incorporarán los focos emisores a la atmósfera nuevos siguientes:

- Focos emisores de combustión:

Caldera CV-05, ubicada en el A502.

Grupos electrógenos GE-04, GE-05 y GR-06.

- Focos emisores de proceso:

Lavador de gases (scrubber) ácido, ubicado en el A1300.

Lavador de gases (scrubber) básico, ubicado en el A1300.

Lavador de gases (del sistema de ventilación de emergencia de la sala de compresores de amoníaco), ubicado en el A500.

Lavador de gases (scrubber) bombas de vacío ubicado en el A1300.

Filtro de mangas, ubicado en el A901, SE-28.

Filtro de mangas, ubicado en el A1300.

Una extracción de laboratorio en la cubierta del A1100, seis extracciones de laboratorio más en la cubierta del A1200, junto con una extracción de laboratorio ubicada en la primera planta del propio A1200.

Venteo asociado al sistema de seguridad en caso de emergencia del A501: Blow Down nuevo.

Aunque se instalarán focos emisores nuevos, no se prevé que se superen, en total, las emisiones canalizadas de 6,5 toneladas de COV/año, con respecto a las 5,5 toneladas de COV/año actuales.

Las emisiones de la caldera nueva no representarán un incremento superior al 30% del total actual del conjunto de la planta por CO2, CO y NOx.

Las emisiones totales de partículas PST no se verán incrementadas en más de un 30% de las emisiones totales de partículas de la planta. La emisión de partículas proporcionadas por el secador nuevo, SE-28, de características similares a los existentes SE-15 y SE-20, se estima que aumentaría en, aproximadamente, 0,120 t/a (cantidad emitida por el foco existente SE-15).

Además, no hay incorporación de contaminantes nuevos que sean metales, contaminantes orgánicos persistentes o sustancias con frases de riesgo reglamentadas por la normativa relacionada con el uso de disolventes.

La emisión de partículas a la atmósfera procede de los procesos de producción y del secado del producto fundamentalmente. Todas las emisiones asociadas al proceso disponen de su libro de registro y de medidas correctoras de captación de contaminantes para reducir al máximo sus emisiones, y dar cumplimiento a la legislación vigente con respecto a las afectaciones atmosféricas.

La emisión de disolventes a la atmósfera procede de los procesos de producción fundamentalmente. Todas las emisiones de focos emisores asociadas al proceso disponen de su libro de registro y de medidas correctoras de captación de contaminantes, y lavadores de gases, para reducir al máximo sus emisiones y para dar cumplimiento a la legislación vigente con respecto a las afectaciones atmosféricas.

La emisión de gases de combustión a la atmósfera procede de las calderas y de la planta de cogeneración fundamentalmente. Todas las instalaciones de combustión disponen de su libro de registro para dar cumplimiento a la legislación vigente en cuanto a emisiones atmosféricas.

 

Residuos

La actividad generará unas 4.109 toneladas de residuos peligrosos y unas 551 toneladas de residuos no peligrosos.

Para el almacenaje de los residuos generados, se dispondrá de bidones y contenedores adecuados para cada uno de los residuos.

La gestión de residuos se llevará a cabo mediante gestores de residuos autorizados.

 

Acústica

La planta está operativa 24 horas al día y las fuentes de ruidos principales de la actividad están relacionadas con el funcionamiento de los compresores de aire, de las torres de refrigeración, de los grupos frigoríficos, de las calderas, de la cogeneración, de los soplantes de la depuradora, de los lavadores de gases, de la torre de destilación, de los sistemas de ventilación, de las bombas de vacíodel tráfico de carretillas de los centros de transformación y de la planta de nitrógeno.

Por el tipo de maquinaria y la instalación realizada, se prevé que la actividad cumpla con lo establecido en las normas subsidiarias del planeamiento vigente del municipio.

 

Lumínica

El establecimiento funciona 24 horas al día y es por eso que dispone de iluminación exterior, tanto para la iluminación de los viales de circulación como para diferentes áreas de producción.

Con respecto al flujo luminoso total de la instalación, se superan los 500 klm, y es por eso que se trata de una instalación de alta incidencia.

Actualmente, las características y las dimensiones de las instalaciones de iluminación exterior existentes en Farmhispania, SA, son las descritas en el Proyecto refundido Autorización ambiental B1CS180335 con número de referencia: D-051 ACT enero 2021, presentado a través del portal Tràmits en fecha 25 de febrero de 2021.

 

El estudio de impacto ambiental hace una descripción general del medio receptor y de su capacidad ambiental.

Las instalaciones actuales y las ampliaciones previstas en el Proyecto se sitúan en una zona industrial en el paseo del Riu Besòs, 9-10, del polígono industrial Sota el Molí, a unos 150 m del núcleo urbano de Montmeló y en el margen derecho del río Besòs.

El término municipal donde se ubica la planta, Montmeló, tiene una superficie de 4,11 km2 y se sitúa en la comarca del Vallès Oriental, coincidiendo con la confluencia de los ríos Congost y Mogent.

El municipio, enclavado en una de las zonas más industrializadas de la comarca, está dividido en tres partes, físicamente, por los ejes de la autopista y el ferrocarril. En el año 2012, la importante actuación urbanística derivada de las obras de soterramiento de las vías del tren (AVE y Rodalies) supuso la eliminación de una barrera relevante que dividía el casco urbano por la mitad desde 1857; estas obras afectaron a la planta con una expropiación parcial de la parcela.

En la actualidad, Montmeló cuenta con casi 9.000 habitantes y, básicamente, es un municipio residencial que se ha caracterizado por tener un crecimiento urbanístico muy ordenado, con muchas áreas de densidad de viviendas baja, amplios espacios y zonas verdes.

 

Clima

El clima del Vallès Oriental es mediterráneo básicamente; está alterado por la presencia de las dos cordilleras entre las que se extiende (Litoral y Prelitoral) y presenta frecuentes inversiones térmicas durante el invierno.

Las temperaturas son moderadas en verano y únicamente se manifiesta un verdadero invierno climático en las zonas de montaña, ya que las temperaturas se suavizan por la acción de la proximidad del mar.

Como la zona de estudio es una llanura rodeada de montañas, las inversiones térmicas son frecuentes. Las mínimas se alcanzan en invierno y están por encima de los 5ºC. Las máximas, veraniegas, llegan a los 25ºC. En invierno, hay una oscilación térmica notable -normalmente, de unos 10ºC- y las nieblas son habituales. Durante gran parte del año -pero sobre todo en invierno-, cuando la oscilación térmica entre el día y la noche es muy acusada y no hay vientos, se da la inversión térmica en los sectores más cerrados y hundidos de la depresión, y se forman bancos densos de niebla baja en las rieras y los torrentes. La zona de más nieblas es la formada por el triángulo Granollers, Martorelles y La Llagosta.

Los inviernos del Vallès Oriental, en general, son suaves y los veranos, calientes y suaves. Las heladas se producen entre noviembre y marzo, normalmente a causa de la inversión térmica. La pluviosidad media anual de la comarca se sitúa en torno a los 600-654 mm. El otoño es la estación más lluviosa.

Las direcciones de los vientos predominantes son de suroeste (SO), que también son los más fuertes. Los meses más ventosos son los de primavera y verano, y el que menos, diciembre. Curiosamente, en diciembre es cuando ha habido las velocidades máximas, aunque, habitualmente, son más fuertes de mayo a agosto.

Se puede decir que, en función de los vientos predominantes, la mayor parte del año, la dirección de dispersión de los contaminantes es suroeste, impulsados por una velocidad constante y de una cierta intensidad. En esta situación, las sustancias emitidas pueden recorrer distancias largas antes de volver a la superficie o de difundirse en capas altas de la atmósfera. Esta circunstancia está modificada por el peso de las partículas emitidas; así, las distancias recorridas serán mucho más reducidas, y se pueden quedar en un ámbito local, en el caso de partículas sólidas en suspensión.

Finalmente, se deben tener en cuenta las situaciones de inversión térmica, en las que la transferencia de gases entre las diferentes capas de la troposfera queda reducida al mínimo y se pueden acumular los contaminantes durante varios días consecutivos, hecho que favorece los procesos de niebla, en el caso de que se cumplan las condiciones para la formación de dicha niebla.

 

Aguas superficiales

La planta depuradora de Montornès, situada en el término municipal de Montornès del Vallès, en el paraje denominado Pla de Can Buscarons, trata las aguas residuales de Montornès del Vallès, Parets del Vallès, Vilanova del Vallès, Montmeló, Lliçà de Vall, Lliçà d'Amunt, Vallromanes y una vertiente de Granollers y Mollet, así como las aguas residuales que generan sus asentamientos industriales que no disponen de depuración propia. La red de colectores dados de alta es de 64 km de longitud aproximadamente, que discurren de forma paralela a los cauces de los ríos Besòs, Congost, Mogent, Tenes, y la riera Seca y la de Vallromanes.

El río Besòs tiene una longitud de 17,7 km y una cuenca de 1.038 km2. El agua del río recibe numerosas aportaciones de contaminación por industrias y por residuos líquidos de los núcleos urbanos situados a lo largo de su curso. El río presenta un caudal medio de 4,33 m3/s.

El efluente vertido por Farmhispania, SA, tratado en la EDAR de la planta y, posteriormente, en la EDAR de Montornès, se suma a muchos otros que soporta el río en este tramo, cosa que influye negativamente en su capacidad de autodepuración y favorece los fenómenos eutróficos, y afecta, por lo tanto, a la diversidad de las comunidades limícolas y, en menor medida, a los ecosistemas ribereños.

Con respecto a la zona de estudio, ha habido muestreos por la aplicación del índice ECOSTRIMED (Ecological Status Rivers Mediterranean), un indicador que proporciona una valoración global de todo el ecosistema fluvial en cada punto estudiado, y que combina uno o más índices biológicos basados en los macroinvertebrados con el índice QBR (Qualitat del Bosc de Ribera). La valoración media que ofrecen los indicadores va desde un ambiente bastante alterado hasta extremadamente alterado.

El índice QBR, indicador del estado del cauce, de la orilla y de la ribera fluvial según la estructura de la vegetación existente en todo el sistema fluvial, informa de la situación pésima del bosque de ribera en la totalidad del tramo fluvial. La causa viene determinada por la influencia, muy severa, de la urbanización del espacio fluvial y, de manera contundente, por las obras de construcción que han afectado a los ríos tanto longitudinal como transversalmente.

El índice IHF (Índice de Hábitat Fluvial), indicador del estado del cauce, de la orilla y de la ribera fluvial según las características físicas y la disposición de los diferentes elementos estructurales del propio cauce del río, indica que se empieza a recuperar una estructura física del cauce más natural.

El índice S, de riqueza de familias, proporciona valores bastante bajos que oscilan entre 7 y 10 para grupos de macroinvertebrados, una consecuencia de ríos sin bosque de ribera y con las aguas y la estructura fluvial alteradas.

El BMWPC (Biological Monitoring Working Party en Cataluña) indica una alteración importante, con aguas bastante contaminadas.

Así pues, las aguas se valoran como bastante contaminadas según el índice FBILL (Foix, Besòs y Llobregat), mientras que el indicador ECOSTRIMED califica la zona de pésima.

 

Subsuelo y aguas subterráneas

En general, la parcela no dispone de terreno natural a excepción de la zona ajardinada. Así pues, no puede haber infiltraciones en el suelo en zonas de producción, trasvase y almacenaje de sustancias peligrosas.

La planta industrial se sitúa en una zona que forma parte de La Cubeta de La Llagosta (Acuífero Aluvial 3041A11), en la cuenca hidrográfica del Besòs.

El régimen hidrológico del río Besòs presenta, como todos los ríos mediterráneos, una estacionalidad marcada, debido a su dependencia estricta del régimen de lluvias.

Montmeló es el punto de encuentro de dos ríos, el Mogent y el Congost, que conforman el río Besòs, hecho que le otorga unas características hidrográficas singulares.

Por lo que se refiere a la hidrología subterránea de Montmeló, el municipio corresponde a la masa de agua subterránea denominada Cubeta de La Llagosta, que forma parte del conjunto Aluviales del Vallès.

Esta masa de agua se ubica en la depresión del Vallès, donde se considera que los materiales miocenos en los que se encajan los materiales cuaternarios aluviales, al ser de baja permeabilidad, conforman el límite natural. En las cabeceras de los acuíferos aluviales de la zona prelitoral, se encajan en materiales graníticos, paleozoicos y triásicos mayoritariamente. Sobre todo, localmente, los materiales aluviales drenan las calizas del triásico. No se consideran importantes las aportaciones de agua subterránea de las formaciones de las terrazas cuaternarias antiguas ni de los materiales miocenos, ya que este se considera semiconfinado. De todos modos, lateralmente y por flujo subterráneo, puede aportar una pequeña parte a los acuíferos aluviales.

La recarga natural, es decir, la recarga directa por la lluvia sobre la extensión aflorante del acuífero, se considera que contribuye de manera significativa a la recarga de los acuíferos aluviales durante las avenidas.

La descarga del acuífero, aparte de las extracciones por riego, pozos de uso industrial, etc., se realiza por el estrecho de Montcada, en el valle bajo del Besòs.

Teniendo en cuenta la variabilidad geológica espacial y la profundidad, la circulación predominante es de tipo poroso.

Las isopiezas indican, en la mayoría de los acuíferos aluviales de la depresión del Vallès, un flujo paralelo al eje del río y a los márgenes de baja permeabilidad con un gradiente hidráulico entre 10-3 y 10-4. Los niveles ascendentes están directamente relacionados con las avenidas y los descendientes son por el bombeo de captaciones y la disminución de la entrada de agua superficial en el acuífero. Las irregularidades en la superficie piezométrica, que se traducen en el espaciado de las isopiezas, pueden estar causadas por el aumento o la disminución de la sección, o por la variación de la permeabilidad.

Los grosores de la zona no saturada son de entre 0,5 y 8 m aproximadamente. La capa más superficial de los aluviales presenta una litología predominante de limos y arcillas de baja permeabilidad que forman parte de la zona no saturada, aunque su distribución es muy heterogénea.

Los cursos superficiales se caracterizan por ser muy irregulares, una consecuencia directa de la superficie escasa de las cuencas de cada uno de los acuíferos aluviales y la torrencialidad de las precipitaciones, repartidas de manera desigual a lo largo del año. La mayor parte de los cursos superficiales son influentes y, por lo tanto, contribuyen a la recarga de los acuíferos aluviales significativamente, sobre todo en épocas de avenidas.

El río Besòs es uno de los cursos de agua superficial de recarga aluvial principales.

La Agencia Catalana del Agua considera que la masa de agua subterránea está dentro de una zona declarada vulnerable a los nitratos de origen agrario, pero no se considera protegida, según el Decreto 328/88, de 11 de octubre, por lo que no se requieren normas de protección adicionales.

Esta masa de agua dispone de captaciones superiores a 10 m3/día destinadas al consumo humano.

Según la documentación del Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía de la Agencia citada, se considera que el índice de explotación del acuífero es muy bajo, con un régimen de aprovechamiento muy reducido.

Como conclusión, hay que decir que la vulnerabilidad de esta masa se considera alta. Esta masa de agua está formada por acuíferos de tipo libre con grado bajo de confinamiento, con el nivel freático próximo a la superficie del terreno inferior a 10 m, transmisividad alta y pendiente baja del terreno, que favorece la infiltración, de manera que la magnitud de la vulnerabilidad intrínseca es alta.

Las vías de dispersión de los contaminantes, en caso improbable de vertido podrían influir una primera fase de difusión rápida en el terreno, hasta llegar al acuífero subyacente y, en consecuencia, el movimiento de la masa de agua arrastraría el producto hasta el río Besòs.

Se ha estimado una recarga superficial del Aluvial del Vallès de 1,62 hm3/a; esto se puede considerar que constituye una presión baja sobre el estado químico de esta masa. El suelo urbano e industrial representa el 43,8% del total de la extensión de esta masa de agua y constituye una presión alta sobre su estado químico.

Con respecto a los vertidos, la magnitud de las presiones por vertidos industriales sobre esta masa de agua se ha estimado moderada. Los contaminantes son metales, hidrocarburos y orgánicos.

 

Ambiente atmosférico

El municipio de Montmeló pertenece a la Zona de Calidad del Aire (ZCA) 2, Vallès - Baix Llobregat. Tiene bastante actividad industrial y tiene núcleos de tamaño entre medio y elevado.

Las emisiones anuales de NOx de la zona provienen del transporte terrestre asociado a las vías de comunicación AP-7 y C-17, las cuales tienen una densidad viaria elevada.

De acuerdo con las condiciones para la dispersión de contaminantes atmosféricos que presenta la zona, expuesta en el apartado "Clima", y la situación de la planta con respecto a la población de Montmeló, no se prevén impactos ambientales destacables sobre los ecosistemas o sobre las poblaciones humanas locales, siempre teniendo en cuenta los umbrales de emisión señalados en la legislación vigente.

 

Contaminación lumínica

La actividad está situada en una zona de protección moderada (E3), muy cerca de una zona de máxima protección (E1) -el Espacio de Interés Natural Riu Congost)-, de acuerdo con el Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña.

 

Zonas protegidas

El hábitat de interés comunitario en Cataluña más próximo al establecimiento está situado a unos 675 m y coincide con el área más próxima de protección prioritaria para la prevención de incendios forestales y con la delimitación de zona incorporada en el Plan especial de protección del medio natural y del paisaje.

El río Besòs nace de la confluencia del río Congost y del río Mogent, en el término municipal de Montornès del Vallès, ante la fuente de Santa Caterina. Su curso transcurre hasta desembocar en el mar Mediterráneo, en Sant Adrià de Besòs. En el término de Montornès, el río Besòs no recibe ningún afluente apreciable, pero hay que destacar que tiene cerca dos bosques de ribera importantes: el de Santa Caterina y otro cerca de Can Bosquerons de Baix. En la confluencia del nacimiento del Besòs, destaca la fauna ornitológica.

En relación con el riesgo de incendio forestal, según el Mapa de protección civil de Cataluña, aunque la instalación no se sitúa dentro del perímetro de riesgo de incendio forestal, sí que está tocando a este límite y, por lo tanto, la zona se califica de riesgo alto.

Con respecto al curso del río Besòs, se puede indicar que es un río de tierra baja y de la montaña media con vegetación submersa o parcialmente flotante (Ranunculion fluitantis y Callitricho-Batrachion) con orillas lodosas colonizadas por herbazales nitrófilos del Chenopodion rubri (p.p.) y del Bidention (p.p.), río de tipo mediterráneo permanente, con céspedes nitrófilos del Paspalo - Agrostidion orlados de álamos y sauces, con herbazales higrófilos, tanto de márgenes y orillas como de la alta montaña, y alisedas y otros bosques de ribera afines (Alno - Padion).

La zona más próxima de protección prioritaria se sitúa a unos 700 m de la planta.

En relación con la fauna de la zona de estudio, la instalación está localizada dentro de la cuadrícula 31TDF39, según la Directiva de hábitats. Según el Inventario de biodiversidad, de esta cuadrícula se identifican:

- 98 especies de aves, ninguna en régimen de protección especial.

- 14 especies de mamíferos, de las cuales una está catalogada como vulnerable. Se trata del murciélago Myotis myotis.

- 1 especie de pez que no se encuentra dentro del régimen de protección especial.

- 12 especies de reptiles, de las cuales ninguna se encuentra dentro del régimen de protección especial.

- 8 especies de anfibios, de las cuales ninguna se encuentra dentro del régimen de protección especial.

El refugio de fauna salvaje más próximo se sitúa aguas arriba del río Besòs, en el río Congost, a más de 10 km, por lo que no se prevé ninguna afectación directa por parte de la actividad.

La zona asociada al curso del río Besòs es una zona de protección para la avifauna con la finalidad de reducir los riesgos de electrocución, según el Plan de julio de 2009, pero no se sitúa cerca de una zona delimitada como área prioritaria de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de especies de aves amenazadas.

Además del área de interés faunístico y florístico de la cuenca del río, no hay ninguna área más de interés faunístico y florístico en el ámbito de afectación próximo a Farmhispania, SA.

Otros:

- PEIN: el espacio natural de protección especial más próximo es el Parque Natural de La Serra de Collserola.

- Red Natura 2000: el entorno del río forma parte de la red Natura 2000.

- Hábitats de interés comunitario (HIC): el Plan de ordenación urbanística municipal de Montmeló incluye, dentro del suelo no urbanizable, los hábitats de interés comunitario que se especifican en la Directiva 92/43/CEE y el Real decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, que la transcribe, así como las modificaciones posteriores y, también el resto del suelo de protección especial determinado en el Plan territorial metropolitano de Barcelona, aprobado inicialmente el 22 de mayo de 2009.

Con código 9340, hay "Encinares y carrascales", según el Mapa de hábitats de interés comunitario en el límite del municipio con Montornès del Vallès.

Con el código 3260, se incluye el río como "Ríos de tierra baja y de montaña media con vegetación submersa o parcialmente flotante (Ranunculion fluitantis y Callitricho-Batrachion)".

- Monte de titularidad pública de la Generalitat de Catalunya: Ribes Congost.

- Monte de titularidad privada gestionado por el Departamento de Territorio y Sostenibilidad: más allá del municipio Montornès del Vallès.

- Elementos singulares del patrimonio natural: según el Mapa de la Diputación de Barcelona, el elemento singular más próximo es el río Besòs, calificado como zona de interés dentro del patrimonio natural con uso social sin protección.

 

Cambio climático

Independientemente de la situación medioambiental actual, el cumplimiento de los límites legales con respecto a las cantidades de contaminantes emitidos a la atmósfera garantiza, entre otros aspectos, una contribución relativamente baja a los problemas globales del calentamiento de la atmósfera y la destrucción de la capa de ozono.

 

Riesgo ambiental (catástrofe o accidente grave)

La empresa cuenta con un Plan de autoprotección con procedimientos de actuación para el control, la evacuación, la retirada y la gestión de vertidos, así como para la actuación en caso de otros tipos de incidentes, como incendios.

También se dispone de planes de formación sobre riesgos de accidentes que se imparten al personal implicado y, muy especialmente, a los equipos de emergencia.

Según las sustancias y las cantidades manipuladas y almacenadas, la actividad no está sujeta a la normativa de prevención de accidentes graves del Real decreto 840/2015, de acuerdo con los criterios que fija el órgano competente en materia de seguridad industrial.

Las áreas de almacenaje futuras estarán diseñadas para dar cumplimiento al Real decreto 656/2017 nuevo, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de almacenaje de productos químicos.

El Real decreto 656/2017 citado no afecta a las instalaciones objeto del estudio de impacto ambiental. Las instalaciones de almacenaje de productos químicos de la planta ya estaban legalizadas según la reglamentación específica aplicable en el momento de su construcción.

Según la Norma de construcción sismorresistente NCSE-02, del Real decreto 997/2002, de 27 de septiembre -BOE de 11.10.2002-, la aceleración sísmica básica ab en función de la situación del municipio es de 0,04 g.

Los edificios se clasifican como construcción de importancia normal y la aceleración sísmica básica ab es inferior a 0,08 g. Además, la estructura dispone de pórticos trabados en las dos direcciones y no se fundamenta sobre terrenos potencialmente inestables, razón por la que no se debe aplicar la Norma a los edificios.

El estudio de impacto ambiental justifica que se trata de la ampliación de una actividad existente y que se ubica en una zona industrial. Asimismo, también justifica que no hay alternativas viables para prescindir del uso de los diferentes recursos naturales utilizados, pero, dado que adopta medidas correctoras y a causa del carácter reducido del impacto, concluye, en lo referente a las instalaciones actuales y a su Proyecto de ampliación, que no se detectan riesgos graves para el medio ambiente local o las personas si, durante la construcción y su funcionamiento, se cumplen las medidas preventivas, correctoras y de control de emisiones indicadas en el propio estudio de impacto ambiental.

El estudio de impacto ambiental y la documentación complementaria incorporada en el expediente evalúa los efectos sobre los medios receptores y establece medidas para compatibilizar la actividad con su entorno.

 

—2 Relación de trámites efectuados

El 2 de julio de 2018, el representante de la empresa Farmhispania, SA, solicitó, con número de registro 9013E-1834/2018, la modificación de la autorización ambiental a través del portal electrónico Tràmits para ejercer la actividad de fabricación de medicamentos de base. El titular aportó la memoria del cambio.

Se verificó formalmente, tal como prevé el artículo 19.1 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de actividades, y el resultado fue que se tenía que enmendar la solicitud, dado que faltaba el informe urbanístico emitido por el Ayuntamiento del lugar donde se ubica la actividad, el estudio de impacto ambiental, el informe base o la justificación de no tener que presentarlo, y la justificación de la declaración de los datos que tienen que disfrutar de confidencialidad.

Durante el trámite de suficiencia e idoneidad efectuado de acuerdo con el artículo 19.2 de la Ley 20/2009 citada, en fecha 14 y 18 de septiembre de 2020, el representante de la empresa presentó una parte de la documentación requerida de acuerdo con la solicitud de datos complementarios que la Oficina de Gestión Ambiental Unificada (OGAU) llevó a cabo en fecha 15 de junio de 2020, con los informes de la Agencia Catalana del Agua (ACA), la Agencia de Residuos de Cataluña (ARC), el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC), la Sección de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) y el Servicio de Prevención de la Contaminación Acústica y Lumínica, así como también el representante de la empresa presentó una nueva actualización del Proyecto y del estudio de impacto ambiental.

En fecha 25 de febrero de 2021, la empresa presentó el informe base, así como también un proyecto refundido y un estudio de impacto ambiental refundido con todas las actualizaciones correspondientes, visto el tiempo transcurrido desde el momento que se inició el trámite del expediente.

El 6 y el 30 de abril de 2021, la empresa aportó toda la documentación requerida para solicitar este cambio sustancial sin los datos confidenciales.

El 9 de septiembre y el 19 de octubre de 2021, el representante de la empresa presentó documentación nueva relativa a la inundabilidad, de acuerdo con el informe de la Agencia Catalana del Agua.

Por parte de la OGAU de los Servicios Territoriales en Barcelona del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (en aquel momento, Departamento de Territorio y Sostenibilidad), el estudio de impacto ambiental y la documentación relativa al Proyecto de ampliación de la actividad se han sometido al trámite de información pública.

La OGAU, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, ha llevado a cabo el trámite de participación, para lo cual ha dado traslado tanto del estudio de impacto ambiental como del Proyecto y del resto de documentación presentada a las personas interesadas y a las administraciones públicas afectadas siguientes: la Agencia de Residuos de Cataluña (ARC), la Agencia Catalana del Agua (ACA), el Consorcio Besòs Tordera, el Servicio de Vigilancia y Control del Aire (SVCA), la Sección de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD), el Servicio de Prevención de la Contaminación Acústica y Lumínica, el Ayuntamiento de Montmeló, la Sección de Biodiversidad y Medio Natural de los Servicios Territoriales en Barcelona, el Servicio de Prevención de Incendios Forestales de la Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio, el Servicio de Arqueología y Paleontología de la Dirección General de Patrimonio Cultural y el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC).

Además de estas entidades y organismos, también se ha ofrecido participar a las organizaciones ADENC, Ecologistas en Acción, El Galzeran, DEPANA y Greenpeace España, pero no se ha recibido ninguna respuesta de dichas organizaciones.

 

—3 Relación de entidades, instituciones, organizaciones y personas que han participado en el procedimiento

En el trámite de información pública efectuado por la OGAU de Barcelona mediante anuncio en el DOGC núm. 8409, de 13.5.2021, por un período de 30 días hábiles, y durante la exposición pública e información vecinal llevada a cabo por el Ayuntamiento de Montmeló, no se han presentado alegaciones.

En la fase de participación de las personas interesadas y las administraciones públicas afectadas, han emitido informe sobre el estudio de impacto ambiental el Servicio de Vigilancia y Control del Aire (SVCA), la Agencia Catalana del Agua (ACA), la Sección de Biodiversidad y Medio Natural de los Servicios Territoriales en Barcelona, el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC) y el Servicio de Prevención de la Contaminación Acústica y Lumínica.

Los informes recibidos se han tenido en cuenta en la elaboración de esta declaración de impacto ambiental.

 

—4 Descripción de los impactos significativos sobre el medio y la población que ha apreciado el órgano que formula la declaración de impacto ambiental

4.1 Medio atmosférico

Impacto sobre la calidad del aire por las fuentes de emisión asociadas al funcionamiento de la actividad que afecta al municipio de Montmeló, declarado como zona de protección especial del ambiente atmosférico (ZPE) por el contaminante dióxido de nitrógeno (NO2) y por las partículas en suspensión de diámetro inferior a diez micras (PM10). Este impacto se caracteriza por sus efectos ambientales permanentes y continuos sobre los receptores.

Los focos emisores de la actividad disponen de sistemas de tratamiento con la finalidad de reducir la afectación del medio.

4.2 Medio hídrico

Impacto sobre los acuíferos por el incremento de captación de agua de pozo que se caracteriza por sus efectos ambientales directos y permanentes.

Impacto ambiental por los posibles vertidos accidentales que pueden afectar, de manera difusa, la contaminación de acuíferos o aguas subterráneas. Los efectos de su impacto se caracterizan por la incidencia sobre el medio receptor de manera imprevisible en el tiempo.

4.3 Medio natural: vegetación, fauna, biodiversidad

La actividad emplazada en el polígono industrial Sota el Molí presenta un impacto que conlleva efectos mínimos sobre los elementos de un área industrial con vegetación ruderal asociada.

 

—5 Evaluación del impacto ambiental

5.1 Evaluación de la capacidad del medio receptor

La evaluación de este apartado ha tenido en cuenta los elementos más representativos y significativos de la capacidad del medio receptor descritos en la documentación que ha presentado el titular, el conocimiento del que se dispone del entorno del Proyecto, la descripción de los impactos significativos sobre el medio receptor y la evaluación de los elementos vectoriales siguientes:

 

Calidad del aire

La evaluación de la calidad del aire del municipio donde se ubica la actividad, Montmeló, se realiza con los datos de las estaciones de las que dispone la Red de Vigilancia y Previsión de Contaminación Atmosférica de Cataluña (XVPCA) durante los últimos años (2016-2019), dentro de la Zona de Calidad del Aire Vallès - Baix Llobregat, a la cual pertenece el municipio.

También se utilizan los resultados de la modelización de la calidad del aire, en los que se tienen en cuenta las emisiones, los datos de calidad del aire, la meteorología de la zona, el relieve la química atmosférica y otros parámetros complementarios de influencia.

 

Capacidad del medio receptor por contaminante:

 

Municipio

ZCA

Capacidad NO2

Capacidad PM10

Capacidad PM2,5

Capacidad benzo(a)pireno

Capacidad benceno

Montmeló

Vallès -Baix Llobregat

Restringida

Restringida

Moderada

Alta

Alta

Capacidad Ni

Capacidad Cd

Capacidad As

Capacidad Pb

Capacidad HS2

Capacidad SO2

Capacidad CO

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

 

 

La capacidad del medio en Montmeló está restringida para los contaminantes NO2 y PM10, dado que el municipio se sitúa dentro del ámbito de la zona de protección especial del ambiente atmosférico.

Para el resto de contaminantes atmosféricos, la evaluación de la calidad del aire se ha realizado teniendo en cuenta los valores límite que la normativa actual prevé para cada uno de los contaminantes, y su capacidad es moderada para las partículas PM2.5 y alta para el resto.

De acuerdo con esta capacidad, hay que garantizar que se cumplirán las medidas preventivas y correctoras descritas en el estudio de impacto ambiental, con el fin de no comprometer los niveles de calidad del aire de la zona.

Las posibles fuentes de emisiones a la atmósfera, que son consecuencia de los procesos de fabricación realizados en la planta, disponen de un sistema de tratamiento con la finalidad de reducir la afectación del medio.

De acuerdo con lo expuesto, y aunque se instalarán focos emisores nuevos, según la empresa:

- No se prevé que se superen, en total, las emisiones canalizadas de 6,5 toneladas de COV/año, con respecto a las 5,5 toneladas de COV/año actuales.

- Las emisiones de la caldera nueva no representarán un incremento superior al 30% del total actual del conjunto de la planta por CO2, CO y NOx.

- Las emisiones totales de partículas PST no se verán incrementadas en más de un 30% de las emisiones totales actuales de la planta.

Por lo tanto, no se constata un incremento significativo de las emisiones a la atmósfera y eso permite admitir la ampliación solicitada.

 

Zona de sensibilidad acústica

Farmhispania, SA, se sitúa en una zona industrial y, por tanto, en una zona de sensibilidad acústica baja C (C2: predominio de suelo de uso industrial). En cambio, los receptores más próximos, según el Mapa de capacidad de Montmeló, se sitúan en una zona de sensibilidad acústica moderada B.

De acuerdo con esto, el entorno del Proyecto admite una percepción de ruido media.

 

Medio hídrico

 

Dominio público hidráulico, zona de policía y zona de servidumbre

Los cauces públicos más próximos a las instalaciones de Farmhispania, SA, son el río Besòs y el río Tenes.

El emplazamiento de la modificación propuesta se sitúa dentro de la zona de policía del río Besòs parcialmente. Por lo tanto, de acuerdo con el Reglamento del dominio público hidráulico (RDPH), con la finalidad de proteger el dominio público hidráulico y el régimen de corrientes, en caso de tener que hacer obras en zona de policía de cauces, se debe disponer de la autorización de la Agencia Catalana del Agua, a no ser que el Plan de ordenación urbana correspondiente, u otras figuras del ordenamiento urbanístico o planes de obras de la Administración, hayan sido informados previamente por la Agencia Catalana del Agua y se hayan recogido las previsiones formuladas en estos informes (artículo 78.1 del Reglamento del dominio público hidráulico). Todas estas obras se regirán por lo que establecen los artículos 52 a 54, y 78 y 79 del Reglamento citado.

 

Abastecimiento de agua

La documentación aportada propone un incremento del consumo de agua de 50.400 m3/año hasta 130.000 m3/año (125.000 m3/año proveniente de agua de pozo y 5.000 m3/año proveniente de agua de la red).

Actualmente, la planta industrial se abastece a partir de captaciones subterráneas que disponen de la correspondiente autorización de la Agencia Catalana del Agua (expediente 02199600020).

En fecha 7 de enero de 2021, la Agencia Catalana del Agua resolvió la modificación de características de la concesión de aguas subterráneas inscrita en el Registro de aguas con el número A-0010777 y autorizó la investigación de aguas subterráneas en Farmhispania, SA, por un caudal máximo de 125.000 m3/año con una serie de condiciones (expediente ACA_2019_EXP_ACA002 NOVA_00000069).

Desde el punto vista ambiental, las captaciones subterráneas se realizan en una masa de agua que presenta un buen estado cuantitativo.

Con respecto al consumo de agua procedente de la red municipal, la red citada está conectada a la red supramunicipal ATL (Aguas Ter Llobregat).

De acuerdo con todo esto, la Agencia Catalana del Agua no prevé que el incremento del consumo de agua que propone la empresa pueda comportar afectaciones significativas en relación con el abastecimiento.

 

Saneamiento

Se propone un incremento en la generación de aguas residuales, pasando de 30.400 m3/año a 80.000 m3/s.

Las aguas residuales se tratan en la depuradora propia antes de verterlas a la depuradora del sistema público de saneamiento de Montornès del Vallès.

Según los datos disponibles de la Agencia Catalana del Agua, para la anualidad 2020, la EDAR de Montornès del Vallès está a un 78% de su capacidad de caudal de diseño y a un 53% de su capacidad de carga y, por lo tanto, no se considera que está saturada, de acuerdo con los criterios del artículo 3.16 del Decreto 130/2003, por el que se aprueba el Reglamento de los sistemas públicos de saneamiento.

El administrador actuante de la EDAR, donde Farmhispania, SA, vierte las aguas residuales, es el Consorcio Besòs Tordera y este Consorcio informa favorablemente del aumento de vertido de aguas residuales que solicita la empresa.

Por lo que se refiere a las aguas pluviales, las modificaciones propuestas se ubican en una planta industrial desarrollada y no se prevé que puedan comportar modificaciones en su saneamiento.

 

Hidrología-hidráulica. Inundabilidad

El emplazamiento de las instalaciones se sitúa fuera de la zona de flujo preferente y en zona inundable.

La documentación aportada toma en consideración los calados de la avenida de 500 años de período de retorno de los Mapas de evaluación de la peligrosidad y el riesgo de inundación.

De acuerdo con la documentación aportada, el edificio nuevo se sitúa en zona inundable con unos calados de unos 40 cm. Asimismo, los accesos del edificio se sitúan 82 cm por encima del nivel de la calle y, por lo tanto, el edificio nuevo no se verá afectado por la avenida de 500 años de período de retorno.

El impacto que pueden generar las actuaciones objeto del presente expediente es compatible con la inundabilidad del ámbito, siempre que se cumpla con el artículo 14 del Reglamento del dominio público hidráulico.

 

Afectaciones medioambientales

El emplazamiento de las instalaciones se sitúa fuera de las zonas de acuíferos protegidos, dentro de las zonas declaradas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrarias, y fuera de zona de alcance del PEIN, de la red Natura 2000, de zonas húmedas del Inventario, de zonas de interés faunístico y florístico, y de hábitats de interés comunitario.

Las afectaciones medioambientales más importantes, desde el punto de vista del vector agua, son el incremento del consumo de agua y el posible incremento de agua residual por verter. Las dos afectaciones se consideran poco significativas, vistas las consideraciones establecidas en los apartados previos.

De acuerdo con todo ello, y vistas las consideraciones establecidas en los diferentes subapartados, la Agencia Catalana del Agua no prevé afectaciones significativas con respecto al vector agua.

 

Medio natural

Las instalaciones de la empresa se ubican en un área industrial con vegetación ruderal asociada y, por lo tanto, no están incluidas en ninguna figura de protección ambiental. Es necesario mencionar que limitan con el río Besòs, que forma parte del PEIN y del espacio de la red Natura 2000 Riu Congost (código ZEC o LIC ES5110025), y que cuenta, en este tramo, con los HIC siguientes:

- Ríos de tierra baja y de montaña media con vegetación submersa o parcialmente flotante (Ranunculion fluitantis y Callitricho-Batrachion), código 3260.

- Ríos con orillas lodosas colonizadas por herbazales nitrófilos del Chenopodion rubri (p.p.) y del Bidention (p.p.), código 3270.

- Ríos mediterráneos permanentes, con céspedes nitrófilos del Paspalo - Agrostidion orlados de álamos y sauces, código 3280.

- Herbazales higrófilos, tanto de márgenes y bordes como de la alta montaña, código 6430.

- Alisedas y otros bosques de ribera afines (Alno - Padion), HIC prioritario, código 61E30*.

- Alamedas, salcedas y otros bosques de ribera, código 92A0.

El río Besòs es un conector fluvial complementario, con código CFC131, que enlaza el macizo de El Montseny con la sierra de Collserola y presenta un índice de biodiversidad funcional media. Con respecto a la fauna del entorno del río, hay que destacar que es una área de protección para la avifauna y área de interés faunístico y florístico con código 1242 por la presencia de la nutria. Este tramo del río está muy cerca de zonas principales con presencia segura de la tortuga de estanque (Emys orbicularis) y, aguas arriba, también de la tortuga de arroyo (Mauremys leprosa). A pesar de su estado de degradación a causa, justamente, de la actividad urbana e industrial, presenta un valor ecológico alto que se debe preservar y también se debe evitar de cualquier manera su contaminación por vertidos.

El emplazamiento de las instalaciones se ubica sobre el Acuífero Aluvial de La Cubeta de La Llagosta, código 304A11, asociado a la masa de agua Aluvial del Vallès, con formaciones de gravas, arenas y arcillas. Es un acuífero poroso, afectado por zonas vulnerables según el Decreto 476/2004, e incluido en el Decreto de acuíferos protegidos 328/1988 parcialmente.

Una vez revisada la documentación facilitada, y vistas las consideraciones y los valores del entorno, la Sección de Biodiversidad y Medio Natural de los Servicios Territoriales en Barcelona no prevé afectaciones para la biodiversidad ni para la permeabilidad ecológica presentes en el ámbito territorial por la modificación sustancial propuesta, siempre que se lleve a cabo teniendo en cuenta las medidas mencionadas en el estudio de impacto ambiental aportado.

 

Riesgos geológicos y catástrofes

Con respecto a la información en relación con los riesgos geológicos, para el término municipal de Montmeló, existe el Mapa para la prevención de los riesgos geológicos de Cataluña que corresponde a la hoja de Mollet del Vallès 73-30 (393-1-2).

Con respecto a los posibles efectos adversos sobre el medio ambiente derivados de la vulnerabilidad del Proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes que incidan en el Proyecto, en relación con el medio geológico, la empresa justifica:

- La no afectación por la Normativa de prevención de accidentes graves del Real decreto 840/2015.

- Que las instalaciones no están afectadas por el Real decreto 656/2017, ya que no están previstas nuevas instalaciones de almacenaje de productos químicos en este cambio y, con respecto a las instalaciones de almacenaje de productos químicos existentes de la planta, están legalizadas según una reglamentación específica aplicable en el momento de su construcción.

- Que, dado que los edificios se clasifican como construcción de importancia normal, que la aceleración sísmica básica ab es inferior a 0,08 g, y que la estructura dispone de pórticos trabados en las dos direcciones y no se fundamenta sobre terrenos inestables potencialmente, no hay que aplicar la Norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación (NCSE-02). Aun así, se han tenido en consideración las recomendaciones constructivas que constan en la Norma.

Por lo tanto, una vez valorado el estudio de impacto ambiental, el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña no tiene consideraciones por emitir.

 

4.2 Evaluación del emplazamiento del Proyecto y de su gestión

El análisis de la documentación que ha presentado el promotor y el conocimiento que se tiene del entorno permiten considerar que la alternativa que ha escogido el promotor, con respecto al emplazamiento del Proyecto y su gestión, se manifiesta como una modificación del entorno, de los recursos naturales o de sus procesos fundamentales de funcionamiento que no tendrá repercusiones significativas de manera global.

4.3 Evaluación global

Globalmente, el Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de medicamentos de base en el establecimiento situado en el paseo del Riu Besòs, 9-10, del polígono industrial Sota el Molí, en el término municipal de Montmeló, no tiene que comportar efectos significativos para los vectores ambientales del medio receptor si su gestión se lleva a cabo de acuerdo con las condiciones descritas en el Proyecto, en el estudio de impacto ambiental, en la documentación complementaria que ha aportado el promotor, y con las medidas establecidas en esta declaración de impacto ambiental.

Por todo ello y de acuerdo con la evaluación realizada de la capacidad del medio, del emplazamiento del Proyecto y de los impactos más representativos, se califica el impacto ambiental global del Proyecto como compatible con la conservación y la protección del medio afectado y de los recursos naturales.

 

—5 Recomendación sobre la autorización del Proyecto en sentido favorable o desfavorable

Vista la calificación del impacto ambiental, a propuesta de la Oficina de Gestión Ambiental Unificada de Barcelona, la Ponencia Ambiental, en la sesión de fecha 18 de enero de 2022, de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 26 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades, acuerda:

a) Formular la declaración de impacto ambiental en sentido favorable a la autorización del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de medicamentos de base en el establecimiento situado en el paseo del Riu Besòs, 9-10, del polígono industrial Sota el Molí, en el término municipal de Montmeló, que ha promovido la empresa Farmhispania, SA.

b) Publicar la declaración de impacto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades, e incorporarla a la base de datos ambientales de las actividades.

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