RESOLUCIÓN EMT/4215/2023, de 29 de noviembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2024 en relación con la concesión de subvenciones para movilidades en el extranjero para el aprendizaje para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility (SOC-ERASMUS ITER) (ref. BDNS 732441).

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En fecha 29 de julio de 2022 se publica la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para movilidades en el extranjero para el aprendizaje para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility, (DOGC núm.8720), que tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para cubrir gastos de las movilidades de aprendizaje en el extranjero y la formación lingüística para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility.

El objetivo general del programa es dar apoyo, mediante el aprendizaje permanente, al desarrollo educativo, profesional y personal de personas en el ámbito de la educación y la formación, la juventud y el deporte, tanto dentro como fuera de Europa, con el fin de contribuir al crecimiento sostenible, el empleo de calidad, a la cohesión social, a impulsar la innovación y a reforzar la identidad europea y la ciudadanía activa.

El Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC) ha sido acreditado por el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) para ejecutar movilidades de aprendizaje en el extranjero a través del programa Erasmus+ 2021-2027, en el ámbito de la formación profesional, con la acreditación 2020-1-ES01-KA120-VET-095715.

Vista la necesidad de constituir un consorcio de movilidad para la ejecución de este programa a través de los proyectos que se aprueben dentro del marco de la acreditación, se establece un consorcio de movilidad, aprobado con número de proyecto 2023-1-ES01-KA121-VET-000126970, y formado por las siguientes instituciones: el Servicio Público de Empleo de Cataluña, coordinador del consorcio, (con la implicación del Área de Programas Internacionales, todos los Centros de Innovación y Formación Ocupacional, y el Servicio de Formación Profesional para la Inserción Laboral), el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña (CFCC), el Centro de Estudios Jaume Balmes, la Fundación Catalana del Esplai, Diseño Educativo, Centro CIM, Ayuntamiento de Sabadell, Centro de Enseñanzas Técnicas Penedés, Fomento de Tarrasa, la Escuela San Gervasio SCCL, Fundación Pere Tarrés, Gremio de Panaderos de la Provincia de Barcelona, y la Fundación Eurecat.

Sólo las personas con vinculación con los centros que forman parte del consorcio pueden participar en el programa Erasmus+ ITER Mobility: las personas que han obtenido un Certificado de Profesionalidad en uno de los centros miembros del consorcio y también las personas con una vinculación laboral con los centros. La única excepción en este caso son las personas acompañantes en caso de necesidad justificada.

Las actuaciones subvencionables en esta convocatoria para alcanzar los objetivos del programa Erasmus+ son la movilidad internacional en el país de acogida y la formación lingüística. La concreción de estas se ajusta a las necesidades de la persona beneficiaria.

En el caso del personal profesional vinculado al centro de formación, se subvenciona también la movilidad en el extranjero, con el objetivo de una experiencia de aprendizaje por observación en centros de formación o centros de trabajo, para compartir buenas prácticas y métodos pedagógicos diferentes o innovadores, y potenciar así la calidad de la educación y formación ocupacional y continua.

Para dar continuidad al programa, asumir los objetivos aprobados a la acreditación marco, y ejecutar las actividades aprobadas en el proyecto 2023-1-ES01-KA121-VET-000126970 en el calendario y plazo de ejecución que marca el propio programa Erasmus+, se cree conveniente poner en marcha una convocatoria anticipada para el año 2024, y que esta sea plurianual para los años 2024 i 2025.

La Guía del Programa Erasmus+ se elabora de acuerdo con el programa de trabajo anual de Erasmus+ (http://sepie.es/formacion-profesional/convocatoria-2022.html#KA121VET), adoptado por la Comisión Europea, donde se recogen las características técnicas que determinan las condiciones de ejecución del programa, así como los importes de la subvención vinculados a las diferentes actuaciones. En esta convocatoria, la Guía del Programa de referencia es la del año 2023, año en que se solicita y se aprueba el proyecto 2023-1-ES01-KA121-VET-000126970, el cual posibilita esta convocatoria.

Considerando el Decreto 71/2015, de 12 de mayo, de reestructuración del Servicio de Empleo de Cataluña;

Considerando la Ley 13/2015, del 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Considerando la Ley 2/2023 del 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023;

Considerando el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya y en lo que tenga la consideración de normativa básica, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio;

Considerando el Acuerdo de Gobierno del 28 de noviembre de 2023, que autoriza el Servicio Público de Empleo de Cataluña a realizar gastos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros, por un importe total de 533.310,00 euros para atender la convocatoria 2024 de subvenciones para movilidades en el extranjero para el aprendizaje para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility, los cuales tienen carácter plurianual para los año 2024 i 2025, dotado con unos importes máximos de 478.334,40 euros para la anualidad de 2024 y de 54.975,60 de euros para la anualidad de 2025;

Visto el informe del Servicio Jurídico y la fiscalización favorable de la Intervención Delegada, habiendo informado previamente al Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y haciendo uso de las facultades que me son conferidas, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Por todo ello,

 

Resuelvo:

 

Artículo 1
Objeto

Esta Resolución tiene por objeto abrir la segunda convocatoria para el año 2024, para la presentación de solicitudes para la concesión de las subvenciones previstas en la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para movilidades en el extranjero para el aprendizaje para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility (DOGC núm.8720, de 29 de julio de 2022).

 

Artículo 2
Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables son las que prevé la base 2 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, que a continuación se detallan:

a) Movilidad.
b) Formación lingüística.

 

Artículo 3
Personas beneficiarias

Las personas beneficiarias de las subvenciones que prevé esta Resolución son las que recoge la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

De acuerdo con el establecido en la base 3 a) de la Orden las especialidades que incluye la convocatoria se pueden consultar en el anexo 1 de esta resolución.

 

Artículo 4

Agrupación de entidades que forman parte del proyecto

De acuerdo con la base 5.3. del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, de los centros miembros del consorcio ITER Mobility para esta convocatoria son los siguientes: el Servicio Público de Empleo de Cataluña, coordinador del consorcio (con la implicación del Área de Programas Internacionales, todos los Centros de Innovación y Formación Ocupacional, y el Servicio de Formación Profesional para la Inserción Laboral), el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña (CFCC), el Centro de Estudios Jaume Balmes, la Fundación Catalana del Esplai, Diseño Educativo, Centro CIM, Ayuntamiento de Sabadell, Centro de Enseñanzas Técnicas Penedés, Fomento de Tarrasa, la Escuela San Gervasio SCCL, Fundación Pere Tarrés, Gremio de Panaderos de la Provincia de Barcelona, y la Fundación Eurecat.

 

Artículo 5

Requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria

5.1 Los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria están recogidos en la base 4 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

5.2 En el caso de las personas descritas en el apartado a) de la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, que hayan realizado un certificado de profesionalidad en alguno de los centros y especialidades que indica la presente Resolución, han de cumplir también el requisito de no estar matriculado en un ciclo formativo de grado superior o grado universitario.

5.3 El cumplimiento de estos requisitos se han de acreditar mediante la firma de las declaraciones responsables que incluye la solicitud de la subvención, tal como indica la base 4 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

 

Artículo 6

Aplicación presupuestaria e importe convocado

6.1 El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones para esta convocatoria es de 533.310,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias D/480000900/3310/0000, D/480000908/331H/0000, D/480000900/3310/0000 y D/480000908/331H/0000 del presupuesto del Servicio Público de Empleo de Cataluña para el año 2024 y 2025, dotado con unos importes máximos de 478.334,40 de euros para la anualidad de 2024 y de 54.975,60 de euros para la anualidad de 2025, y proveniente de los fondos Erasmus+ otorgados por el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) y regulados en la Guía Erasmus+ 2023 y el convenio de subvención 2023-1-ES01-KA121-VET-000126970, y de fondos propios, respectivamente.

Si es necesario, se harán los trámites correspondientes para redistribuir los créditos entre las partidas presupuestarias para poder imputar correctamente las personas beneficiarias de las subvenciones, de acuerdo con su naturaleza económica, a la estructura económica del presupuesto del Servicio Público de Empleo de Cataluña para el año 2024 y 2025. Así mismo, si la convocatoria tiene identificados presupuestariamente los importes para cada actuación o línea, estas cantidades serán flexibles entre ellas; por tanto, la distribución inicial de los importes de cada partida presupuestaria puede modificarse de acuerdo con el desarrollo y las necesidades de cada programa, siempre que no supere el importe de la convocatoria.

6.1.1 Estos importes se pueden ampliar mediante una resolución de la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña.

6.1.2 La concesión de las subvenciones que prevé esta Resolución, así como la efectividad de la cuantía adicional mencionada, quedan condicionadas a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

6.2 En el supuesto que después de dictar la resolución de otorgamiento de subvenciones se hayan producido renuncias, revocaciones o reintegros, se podrán asignar nuevos otorgamientos de solicitudes que no obtuvieron subvención porque se ha agotado el presupuesto disponible y que cumplían los requisitos para obtener la subvención que disponen estas convocatorias, siguiendo la orden de prelación de acuerdo con la fecha del asentamiento de registro de las solicitudes.

6.3 El otorgamiento de las subvenciones está supeditado a la posibilidad de reducir parcial o totalmente la subvención, antes que se dicte la resolución definitiva de otorgamiento, a consecuencia de las restricciones que derivan del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

6.4 El otorgamiento de las subvenciones está supeditado al cumplimiento de la condición establecida en el anexo 1 del convenio de subvención del proyecto 2023-1-ES01-KA121-VET-000126970, el cual indica que se podrá utilizar un máximo del 20% del presupuesto para financiar la ejecución de movilidades en terceros países no asociados (el que el Programa Erasmus denomina como "movilidades internacionales"). Por tanto, el importe máximo destinado a la concesión de subvenciones para hacer movilidades en terceros países no asociados que se indican en la tabla 2 del artículo 7 de esta Resolución es de 106.662,00 euros, y se podrán otorgar subvenciones para hacer este tipo de movilidades hasta llegar a agotar este importe máximo.

 

Artículo 7
Cuantía

7.1 De acuerdo con lo que prevé la base 6 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio los importes máximos y los valores de los módulos a aplicar para el cálculo de la cuantía de la subvención tienen como referencia el anexo 3 "Tarifas aplicables" del convenio de subvención del proyecto 2023-1-ES01-KA121-VET-000126970 (disponible aquí: http://sepie.es/formacion-profesional/seguimiento-KA1.html) y se determinan en las tablas siguientes:

- Actuación de movilidad

Esta actuación incluye dos tipologías de módulos, un módulo de viaje y uno de apoyo individual, y, en el caso de la subvención adicional prevista en la base 5.1.5 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio una cuantía máxima acreditada por cuenta justificativa:

a) Contribución a los gastos de viaje de las personas participantes y acompañantes, desde el lugar de origen hasta el lugar donde se desarrolla la actividad (ida y vuelta).

 

Tabla 1: Viajes

 

Distancia

Desplazamiento estándar

Desplazamiento ecológico

Mecanismo de justificación

10 - 99 km

23 €

 

Módulos

100 - 499 km

180 €

210 €

500 - 1999 km

275 €

320 €

2000 - 2999 km

360 €

410 €

3000 - 3999 km

530 €

610 €

4000 - 7999 km

820 €

 

Igual o superior a 8000 km

1500 €

 

 

 

De acuerdo con lo que establece la Guía del Programa Erasmus+, la distancia hace referencia a la distancia aérea entre el lugar de origen y el lugar donde se desarrolla la actividad y se calcula utilizando la calculadora de distancias propuesta por la Comisión Europea:https://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/resources/distance-calculator_es

El desplazamiento ecológico se define por la Guía del Programa Erasmus+ 2021-2027 como aquel que utiliza medios de transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto, por ejemplo, el autobús, los ferrocarriles o el coche compartido.

b) Apoyo individual, donde se incluyen los costes directamente relacionados con la estancia de las personas participantes y acompañantes durante la actividad. Estos gastos podrán ser subvencionables durante el tiempo de viaje (traslado) anterior y posterior a la actividad, con un máximo de dos días de viaje subvencionados en caso de desplazamiento estándar, y un máximo de seis días subvencionados en caso de desplazamiento ecológico.

 

Tabla 2: Apoyo individual:

 

Países del programa y terceros países no asociados

Apoyo individual por participante por día

Mecanismo de justificación

Personas beneficiarias previstas en el apartado a) de la base 3 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio

Personas beneficiarias previstas en el apartado b) y c) de la base 3 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio

Día 1 - 14

Día 15 - 365

Día 1 - 14

Día 15 - 365

GRUPO 1:
Noruega, Dinamarca, Luxemburgo, Islandia, Suecia, Irlanda, Finlandia, Liechtenstein y terceros países no asociados del Grupo 1*.

66 €

46€

117 €

82 €

Módulos

GRUPO 2:
Países Bajos, Austria, Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Chipre, Grecia, Malta, Portugal y terceros países no asociados del Grupo 2*.

57€

40€

104 €

73 €

GRUPO 3:
Eslovenia, Estonia, Letonia, Croacia, Eslovaquia, República Checa, Lituania, Turquía, Hungría, Polonia, Rumania, Bulgaria, República de Macedonia del Norte, Serbia y terceros países no asociados del Grupo 3*.

48€

34€

91 €

64 €

 

*Terceros países no asociados:

 

Grupo 1: Japón, Israel, Corea del Sur, Georgia, Argentina, Armenia, Angola, Arabia Saudí, Kuwait, los Estados Unidos, el Reino Unido, Suiza, Bahréin, Azerbaiyán, Sudán, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Unión de los Emiratos Árabes, Hong Kong, Líbano, Vietnam, México, Taiwán, Moldavia, Malasia, Tanzania, Canadá, Singapur, Australia, Tailandia, Islas Feroe.

 

Grupo 2: la India, Kazajistán, el Brasil, República Democrática del Congo, Chile, Nigeria, Uganda, Liberia, Yibuti, República Popular Democrática de Corea, Uzbekistán, Turkmenistán, República Dominicana, Jamaica, Bielorrusia, Libia, Siria, Cuba, Yemen, Kenia, Ruanda, Seychelles, Antigua y Barbuda, Brunéi, Montenegro, Malaui, Barbados, Santa Lucía, Granada, Dominica, Uruguay, Albania, China, Filipinas, el Perú, Venezuela, Panamá, Ghana, Chad, Guyana, Egipto, Marruecos, Kiribati, Omán, Bosnia-Herzegovina, Irán, Mozambique, el Senegal, Mauricio, Catar, Andorra, Jordania, Indonesia, Laos, Sudáfrica, Etiopía, Bangladés, el Ecuador, Paraguay, Costa Rica, Costa de Marfil, Sierra Leona, Gabón, Haití, Bahamas, Papúa Nueva Guinea, Micronesia, Ucrania, Kirguistán, Rusia, Mónaco, San Marino, Palestina, Estado del Ciudad del Vaticano.

 

Grupo 3: Nepal, Maldivas, Tayikistán, Nicaragua, Zambia, Guinea, Congo, Botsuana, Belice, Samoa, Islas Marshall, Palau, Tuvalu, Nauru, Islas Cook, Niue, Nueva Zelanda, el Pakistán, Bután, El Salvador, Surinam, Guatemala, Honduras, Somalia, Trinidad y Tobago, Argelia, Colombia, Gambia, Fiyi, Islas Salomón, Vanuatu, Camboya, Zimbabue, Burundi, Mongolia, Camerún, Timor-Leste, Sri Lanka, Madagascar, Mali, Togo, Santo Tomé y Príncipe, Tonga, Bolivia, Benín, Lesoto, Macao, Túnez, Irak, Burkina Faso, Guinea Ecuatorial, República Centroafricana, Guinea, Bissau, Namibia, Comoras, Eritrea, Myanmar/Birmania, Afganistán, Níger, Mauritania, Cabo Verde, Kosovo, Esuatini, Sudán del Sur.

 

c) Gastos extraordinarios o adicionales previstos en la base 5.1.5. de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio tal como establece la Guía del Programa Erasmus+.

 

Tabla 3: Gastos extraordinarios o adicionales a la subvención para la actuación de movilidad:

 

Acción

Importe máximo

Mecanismo de justificación

Gastos extraordinarios previstos en el apartado a) de la base 5.1.5. de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio

80% del gasto real justificado

Cuenta justificativa

Gastos adicionales previstos en el apartado b) de la base 5.1.5. de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio

100% del gasto real justificado

 

 

- Actuación de formación lingüística:

Esta actuación incluye únicamente un importe fijo de 150€.

7.2 Estas subvenciones están sujetas a retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimientos de trabajo, determinándose el tipo de retención según lo dispuesto en la normativa fiscal aplicable.

 

Artículo 8

Solicitudes y plazo de presentación

8.1 El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente de su publicación a las 9.00 horas y finaliza el día 31 de julio de 2024 a las 17.00 horas. En caso de prórroga autorizada por el SEPIE se dictará Resolución de ampliación del plazo de solicitudes que se fijará hasta el 10 de octubre de 2024.

8.2 Las solicitudes deben presentarse en los lugares y por los medios indicados en la base 8 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio buscando el trámite: Programa Erasmus+ ITER Mobility.

8.3 Los requisitos para presentar solicitudes y la manera de acreditarlos están recogidos en la base 4 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

 

Artículo 9
Documentación de la solicitud

La documentación que hay que presentar con la solicitud es la que se indica en la base 9 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

 

Artículo 10

Requisitos para obtener la subvención

Los requisitos para obtener la subvención están recogidos en la base 11 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

 

Artículo 11
Procedimiento de concesión

11.1 El procedimiento de concesión de las actuaciones subvencionadas en esta Resolución es el de concurrencia no competitiva, que está regulado en la base 12 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

11.2 Las solicitudes se instruyen por orden de presentación y hasta el agotamiento del presupuesto.

 

Artículo 12

Órgano competente, resolución de las ayudas y recursos

12.1 El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones se regula en la base 12.2 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, y es la persona titular de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo, del Servicio Público de Empleo de Cataluña.

12.2 El órgano competente para dictar la resolución es la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, el medio de notificación y el régimen de recursos los regula la base 13 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

12.3 De acuerdo con la base 13.2 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, el plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de 2 meses, a contar de la fecha de presentación de la solicitud o la fecha en que se ha enmendado esta.

 

Artículo 13
Plazo de ejecución

Las actuaciones subvencionables que prevé esta Resolución se pueden llevar a cabo:

- En el caso de la actuación de movilidad, ha de iniciarse a partir de los 3 meses posteriores a la fecha de solicitud, y finalizar como máximo el 31 de agosto de 2024 con posibilidad de prórroga hasta el 10 de marzo de 2025, previa autorización del SEPIE, y se dictará Resolución de ampliación de plazo de ejecución.

El período de movilidad tiene, de acuerdo con la tipología de personas previstas en la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, las siguientes duraciones:

a) La movilidad de las personas previstas en el apartado a) de la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, el período de movilidad tiene una duración mínima de 60 días y máxima de 184 días (días de viaje excluidos).

b) La movilidad de las personas previstas en el apartado b) de la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, el período de movilidad es de 5 días (días de viaje excluidos).

c) La movilidad de las personas previstas en el apartado c) de la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, el período de movilidad tiene una duración mínima de 2 días y máxima de 184 días, según necesidad (días de viaje excluidos).

- En el caso de la actuación de formación lingüística, se puede iniciar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de convocatoria y debe finalizar como máximo durante los primeros 30 días de la movilidad.

 

Artículo 14

Plazo, modalidad y documentación de justificación

14.1 Las personas que han recibido subvenciones de acuerdo con esta Resolución deben presentar la justificación en los plazos y las condiciones que establece la base 18 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

14.2. En el caso de viaje en vehículo, individual o compartido, se aceptará la declaración responsable de la persona beneficiaria como justificante del traslado, como parte de la memoria económica en el contenido de la justificación por módulos, y en sustitución de la reserva de viaje y billetes que se indican en el punto 18.3 d) de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio.

14.3. El acuerdo de aprendizaje, que forma parte del contenido de la memoria económica en la justificación por módulos tal y como se indica en el punto 18.3 e) de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, ha de estar debidamente firmado por todas las partes con fecha previa al inicio del período de movilidad.

 

Artículo 15
Indicadores

De acuerdo con la base 26 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, los indicadores son los siguientes:

a) Para la actuación de movilidad, los indicadores son: datos personales de la persona beneficiaria, fecha de inicio y final de la movilidad, tareas durante la actividad de aprendizaje, y resultados de aprendizaje.

b) Para la actuación de formación lingüística, los indicadores son: datos personales de la persona beneficiaria, idioma vehicular de las prácticas en el extranjero, y nivel inicial y final de conocimiento del idioma.

Los mecanismos para obtener estos indicadores son los siguientes:

a) Mediante la documentación que las personas beneficiarias presentan junto con la solicitud y la justificación.

b) Mediante las plataformas establecidas o propuestas por la Comisión Europea (el Beneficiary Module, plataforma Europass, y plataforma OLS) con el objetivo, entre otros de recoger indicadores relacionados con la movilidad y el aprendizaje.

 

Artículo 16
Medidas de seguridad

En cumplimiento de los deberes en materia preventiva, las entidades beneficiarias deberán adoptar las actuaciones y medidas necesarias para garantizar la seguridad en la salud de las personas trabajadoras y usuarias. Estas medidas hará falta consultarlas o acordarlas cuando proceda, siguiendo los procedimientos legalmente previstos, con los comités de seguridad y salud o con la participación de los delegados y delegadas de prevención, sin perjuicio de los temas que afecten a las relaciones laborales, que deberán canalizarse hacia los órganos de participación y representación legales.

 

Artículo 17
Publicidad y efectos

Se da publicidad a esta Resolución a través del Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya para el general conocimiento. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

De acuerdo con el convenio de subvención 2023-1-ES01-KA121-VET-000126970, el Servicio Público de Empleo de Cataluña y el resto de entidades que forman parte del Consorcio Erasmus+ ITER Mobility deberán reconocer el apoyo recibido en el marco del Programa Erasmus+ en todo el material de comunicación, promoción y difusión de resultados, y seguir las directrices del programa al respecto, disponibles aquí: http://sepie.es/comunicacion/imagen.html.

Todos los miembros del consorcio tendrán que respetar estas directrices en los materiales utilizados para la difusión de las oportunidades del programa y sus resultados que se hagan a través de material de difusión digital o impreso, en sus sitios web o medios de comunicación y redes, y/o a través de la Plataforma de resultados de proyectos Erasmus+.

Esta Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación.

 

Artículo 18
Régimen de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la fecha de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya, o cualquier otro recurso que se considere conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 29 de noviembre de 2023

 

Juan José Torres López

Director del Servicio Público de Empleo de Cataluña

 

 

ANEXO 1 - Titulaciones de Certificados de Profesionalidad prioritarias

 

FAMILIA PROFESIONAL

CÓDIGO

DENOMINACIÓN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

Actividades físicas y deportivas

AFDA0611

Guía para itinerarios de baja y media montaña

Actividades físicas y deportivas

AFDA0209

Guía para itinerarios Ecuestres en el Medio Natural

Actividades físicas y deportivas

AFDA0311

Instrucción en yoga

Administración y gestión

ADGG0208

Actividades administrativas en la relación con el cliente

Administración y gestión

ADGD0308

Actividades de gestión administrativa

Administración y gestión

ADG082_3

Contabilidad y fiscalidad

Administración y gestión

ADGD0210

Creación y Gestión de microempresa

Administración y gestión

ADGD0108

Gestión contable y gestión administrativa para auditoria

Administración y gestión

ADGD0208

Gestión integrada de recursos humanos

Administración y gestión

ADGG0408

Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales

Administración y gestión

ADGG0508

Operaciones auxiliares de registro y tratamiento de datos y documentos

Agraria

AGAO0108

Actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería

Agraria

AGAJ0110

Actividades de floristería

Agraria

AGAR0108

Aprovechamientos forestales

Agraria

AGAJ0109

Gestión y mantenimiento de árboles y palmeras ornamentales

Agraria

AGAO0208

Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes

Artes gráficas

ARGN0210

Asistencia a la edición

Artes gráficas

ARGG0110

Diseño de productos gráficos

Artes gráficas

ARGG0212

Ilustración

Comercio y márketing

COMT0211

Actividades auxiliares de comercio

Comercio y márketing

COML0110

Actividades auxiliares de almacén

Comercio y márketing

COMV0108

Actividades de venta

Comercio y márketing

COMT0210

Gestión administrativa y financiera de comercio internacional

Comercio y márketing

COMT0411

Gestión comercial de ventas

Comercio y márketing

COMM0112

Gestión de márketing y comunicación

Comercio y márketing

COML0210

Gestión y control del aprovisionamiento

Comercio y márketing

COMM0110

Márketing y compraventa internacional

Comercio y márketing

COML0209

Organización del transporte y la distribución

Comercio y márketing

COML0309

Organización y gestión de almacenes

Comercio y márketing

COMT16

Procedimientos básicos en la atención al cliente y e-commerce

Edificación y obra civil

EOCJ0311

Operaciones básicas de revestimientos ligeros y técnicos en construcción

Edificación y obra civil

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Pintura decorativa en construcción

Edificación y obra civil

EOCO0108

Representación de proyectos de edificación

Electricidad y electrónica

ELEM0110

Desarrollo de proyectos de sistemas de automatización industrial

Electricidad y electrónica

ELEM0311

Montaje y mantenimiento de sistemas de automatización industrial

Electricidad y electrónica

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Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios

Electricidad y electrónica

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Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión

Electricidad y electrónica

ELEE0108

Operaciones auxiliares de montaje de redes eléctricas

Electricidad y electrónica

ELES0208

Operaciones auxiliares de montaje de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones en edificios

Electricidad y electrónica

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Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos

Energía y agua

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Montaje y mantenimiento de redes de agua

Energía y agua

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Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas

Energía y agua

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Montaje y mantenimiento de instalaciones solares térmicas

Energía y agua

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Montaje, puesta en servicio, mantenimiento, inspección y revisión de instalaciones receptoras y aparatos de gas

Energía y agua

ENAE0111

Operaciones básicas en el montaje y mantenimiento de instalaciones de energías renovables

Energía y agua

ENAA0109

Organización y control del montaje y mantenimiento de redes e instalaciones de agua y saneamiento

Energía y agua

ENAE0308

Organización y proyectos de instalaciones solares térmicas

Fabricación mecánica

FMEC0208

Diseño de productos de calderería y estructuras metálicas (Solidworks)

Fabricación mecánica

FMEE0308

Diseño de productos de fabricación mecánica

Fabricación mecánica

FMEC0108

Fabricación y montaje de instalaciones de cañería industrial

Fabricación mecánica

FMEM0109

Gestión de la producción en fabricación mecánica

Fabricación mecánica

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Mecanización por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales

Fabricación mecánica

FMEH0109

Mecanización por arrancamiento de viruta

Fabricación mecánica

FMEE0108

Operaciones auxiliares de fabricación mecánica

Fabricación mecánica

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Soldadura con electrodos revestidos y TIG

Fabricación mecánica

FMEC0210

Soldadura oxigas y soldadura MIG/MAG

Fabricación mecánica

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Soldadura por arco con electrodo revestido

Fabricación mecánica

FMEC0219_2

Soldadura por arco bajo gas protector con electrodo consumible, soldadura «MIG/MAG»

Fabricación mecánica

FMEC0119_2

Soldadura por arco bajo gas protector con electrode consumible, soldadura «TIG»

Madera, mueble y corcho

MAMS0108

Instalación de elementos de madera

Madera, mueble y corcho

MAMD0209

Trabajos de madera y mueble

Hostelería y turismo

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Cocina

Hostelería y turismo

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Hostelería y turismo

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Hostelería y turismo

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Imagen y sonido

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Imagen y sonido

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Imagen personal

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Industria alimentaria

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Industria alimentaria

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Industria alimentaria

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Informática y comunicaciones

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Informática y comunicaciones

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Informática y comunicaciones

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Operación de redes departamentales

Informática y comunicaciones

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Informática y comunicaciones

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Programación en lenguajes estructurales de aplicaciones de gestión

Informática y comunicaciones

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Programación con lenguajes orientados a objetos y bases de datos relacionales

Informática y comunicaciones

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Instalación y mantenimiento

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Instalación y mantenimiento

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Química

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Química

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Dirección y coordinación de actividades de educación en el ocio infantil y juvenil

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Textil, confección y piel

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Ensamblaje de materiales

Textil, confección y piel

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Patronaje de artículos de confección en textil y piel

Textil, confección y piel

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Retoques y adaptaciones de piezas y artículos en textil y piel

13216 {"title":"RESOLUCIÓN EMT\/4215\/2023, de 29 de noviembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2024 en relación con la concesión de subvenciones para movilidades en el extranjero para el aprendizaje para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility (SOC-ERASMUS ITER) (ref. BDNS 732441).","published_date":"2023-12-18","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya.png","id":"13216"} catalunya DOGC;DOGC 2023 nº 9062;Otras disposiciones;Servicio Público de Empleo de Cataluña https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2023-12-18/13216-resolucion-emt-4215-2023-29-noviembre-se-abre-convocatoria-anticipada-ano-2024-relacion-concesion-subvenciones-movilidades-extranjero-aprendizaje-personas-participantes-programa-erasmus-iter-mobility-soc-erasmus-iter-ref-bdns-732441 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.