EDICTO sobre modificación de la relación de puestos de trabajo por incremento del 0,5% de las retribuciones.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El Pleno del Ayuntamiento de Torelló, reunido en sesión ordinaria del día 30 de octubre de 2023, ha aprobado la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo siguiente:
"Primero.- APLICAR el incremento adicional del 0,5 por ciento correspondiente al salario base, complemento de destino y pagas extraordinarias del personal del Ayuntamiento de Torelló respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, con efectos del 1 de enero de 2023, de forma que la suma del incremento que ya se aplicó del 2,5% con el incremento de este 0,5% consolidará un incremento retributivo global máximo para el ejercicio 2023 del 3 por ciento.
Segundo.- MODIFICAR la Relación de Puestos de Trabajo con efectos del 1 de enero de 2023, en aquello que hace referencia a la cuantía del complemento específico con un incremento adicional del 0,5 por ciento respecto a los vigentes a 31 de diciembre de 2022, de forma que la suma del incremento del 2,5 por ciento que ya se aplicó junto con este incremento del 0,5 por ciento, consolidará un incremento retributivo global máximo para el ejercicio 2023 del 3 por ciento. Consta como anexo en este acuerdo las cuantías que resultan.
Tercero.- HACER EFECTIVAS las nuevas cuantías a las personas que estén en situación de activo el mes de noviembre de 2023 y las diferencias generadas como atrasos en la nómina del mes de noviembre de 2023.
Cuarto.- CONDICIONAR los acuerdos anteriores a la modificación del presupuesto.
Quinto.- ORDENAR la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Sexto.- NOTIFICAR este Acuerdo a la representación de los trabajadores y trabajadoras.
Séptimo.- NOTIFICAR este acuerdo a la Administración del Estado y al Departamento de Gobernación de la Generalitat.
Octavo.- Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados del Contencioso-Administrativo de la provincia de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente.
Alternativamente, si vuestro domicilio está en otra provincia, el recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante los juzgados de lo contencioso-administrativo con competencia territorial en la provincia de la localidad donde residís.
En el supuesto de que la desestimación del recurso de reposición se produjera por silencio administrativo -silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en cualquier momento a partir del día siguiente al día en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
Sin embargo, podréis interponer cualquier otro si lo consideráis conveniente."
Torelló, 1 de diciembre de 2023