RESOLUCIÓN ACC/4390/2022, de 4 de marzo, de informe de impacto ambiental del Proyecto de línea eléctrica a 40 kV de La Colònia Llaudet a Can Brandia, promovido por la empresa Estabanell i Pahisa Energia, SAU, y tramitado por el Servicio Territorial de Urbanismo de Girona, en los términos municipales de Sant Joan de les Abadesses y Sant Pau de Segúries (exp. OTAAGI20210249).
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—1 Antecedentes
El día 27 de octubre de 2021, entró en el registro electrónico de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Girona la solicitud de informe de impacto ambiental previsto en la normativa urbanística en suelo no urbanizable del Proyecto de línea eléctrica a 40 kV de La Colònia Llaudet a Can Brandia, promovido por la empresa Estabanell i Pahisa Energia, SAU, y tramitado por el Servicio Territorial de Urbanismo de Girona, en los términos municipales de Sant Joan de les Abadesses y Sant Pau de Segúries.
El día 28 de octubre de 2021, la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona indicó que el Proyecto debía someterse a una evaluación de impacto ambiental simplificada y, teniendo en cuenta que en la documentación adjunta consta un documento ambiental, se procede a iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en los artículos 45 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
—2 Marco normativo
El apartado b del grupo 4 del anexo II de la Ley 21/2013 incluye los proyectos de construcción de líneas para la transmisión de energía eléctrica con un voltaje igual o superior a 15 kV, que tengan una longitud superior a 3 km, excepto que discurran íntegramente soterradas por suelo urbanizado. Estos proyectos deben someterse a una evaluación de impacto ambiental simplificada de acuerdo con el artículo 7.2.a de la mencionada Ley 21/2013.
La longitud de la línea eléctrica prevista en el Proyecto de línea eléctrica a 40 kV de La Colònia Llaudet a Can Brandia es de 4,13 km y, por lo tanto, está incluido en el supuesto mencionado.
—3 Descripción del Proyecto y del documento ambiental
El objetivo del Proyecto es la interconexión de dos redes de distribución eléctrica propiedad de dos compañías diferentes: LERSA, SL, y Estabanell y Pahisa, SA. Para llevar a cabo esta interconexión, se ha previsto ejecutar una nueva línea eléctrica soterrada de 4.134 m de longitud y 40 kV de tensión y la construcción de un edificio de interconexión con una ocupación de 89,04 m2.
El punto inicial de la nueva línea se sitúa en la rotonda prevista en la carretera N-260, en el extremo este del polígono industrial Colònia Llaudet, en el término municipal de Sant Joan de les Abadesses. Hasta este punto llega otro tramo de línea soterrada, procedente de una subestación situada en La Colònia Llaudet, de unos 775 m de longitud que no forma parte del Proyecto, ya que discurre íntegramente por suelo urbano. El punto final del Proyecto se sitúa bien entrado el término municipal de Sant Pau de Segúries, al lado de la confluencia de la acequia de Quatrecases con el río Ter, donde se sitúan las instalaciones eléctricas de las empresas mencionadas.
El documento ambiental estudia dos alternativas, aparte de la alternativa 0, que se descarta porque no garantiza la calidad de suministro eléctrico. La alternativa 1 prevé la interconexión eléctrica y consiste en un trazado aéreo con una longitud de 3,4 km y la implantación de unos 24 apoyos, mientras que la alternativa 2 prevé la interconexión soterrada descrita. El mismo documento selecciona la alternativa soterrada al considerar que algunas afectaciones de la línea aérea serían imposibles de evitar y porque los impactos de la línea soterrada, una vez ejecutada, serían inexistentes.
Con respecto a la conexión soterrada, también se evalúan dos trazados diferentes, la alternativa 2A tiene un trazado paralelo a las carreteras N-260 y C-38 hasta el km 1, desde donde se desvía para enlazar con la vía ciclista existente de Sant Joan de les Abadesses a Camprodón, la alternativa 2B sigue el recorrido de la vía ciclista, es decir, desde el punto de inicio en la rotonda de la carretera N-260, el trazado sigue el camino que lleva a la esclusa Llaudet, cruza el río Ter por el puente de El Reixac y sigue por el camino Oliva hasta volver a cruzar el río Ter en el puente de Perella y continúa por la vía ciclista por el trazado ejecutado.
El promotor considera que la alternativa 2B supone estropear totalmente varios tramos del camino existente y su reposición comportaría más coste económico a la vez que generaría varios impactos ambientales a causa de la gestión de los restos de hormigón y su posterior reposición. Por el contrario, considera que la apertura de la zanja al lado de la carretera N-260 y C-38 tendrá una afectación mínima al pasar por el lado de la carretera.
—4 Consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas
La Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona ha establecido un periodo de consultas de 30 días que se inició mediante escritos enviados el día 12 de noviembre de 2021, a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
En la tabla adjunta se detallan las administraciones públicas, entidades y personas interesadas consultadas en esta fase. Se marcan con una "X" las que han emitido informe en relación con el documento ambiental:
Relación de consultados | Respuestas recibidas |
Agencia Catalana de la Agua - Demarcación Territorial de Girona |
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Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. Servicios Territoriales en Girona |
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Sección de Biodiversidad y Medio Natural. Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural | X |
Departamento de Cultura. Servicios Territoriales en Girona |
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Ayuntamiento de Sant Joan les Abadesses |
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Ayuntamiento de Sant Pau de Segúries | X |
Consorcio del Ter | X |
Asociación de Naturalistas de Girona |
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La Sección de Biodiversidad y Medio Natural no considera necesario someter el Proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria porque los impactos sobre la red Natura 2000 se limitarán temporalmente a la fase de ejecución de la obra y el cruce de acequias, torrentes y del río Ter se hará por caminos y puentes existentes.
El Consorcio del Ter no considera necesario someter el Proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria siempre que se lleven a cabo acciones para evitar la propagación de especies de fauna y flora alóctonas invasoras, se evite la afectación a árboles de varias especies: aliso (Alnus glutinosa), roble común (Quercus robur) y acebo (Ilex aquifolium). También indica la necesidad de restituir los hábitats de interés comunitario que puedan resultar afectados por la obra y tener especial cuidado en la afectación por el paso de maquinaria en los cruces de los cursos fluviales.
El Ayuntamiento de Sant Pau de Segúries no se pronuncia sobre los aspectos ambientales del Proyecto y se centra en cuestiones urbanísticas y de tramitación administrativa.
—5 Evaluación de impacto ambiental de acuerdo con los criterios del anexo III
5.1 Consideraciones en relación con las características del Proyecto
La nueva línea afecta mayoritariamente al término municipal de Sant Joan de les Abadesses. La longitud total de su trazado es de 4.134 m, de los cuales 2.799 m serán una canalización de nueva ejecución y en 1.335 m se aprovechará una canalización existente bajo el trazado de la vía ciclista de Sant Joan de les Abadesses a Camprodón.
La línea tendrá un único circuito, pero tanto la canalización existente como la de nueva ejecución están dimensionadas para alojar dos circuitos. La zanja para alojar los conductores tendrá una anchura de 0,5 m y una profundidad variable entre 1,2 y 1,4 m. Como se ha mencionado, en los cruces de ríos y torrentes, la canalización irá adosada a los tableros de los puentes existentes.
La canalización de nueva construcción corresponde principalmente al tramo comprendido entre la rotonda de la carretera N-260, en el extremo este del polígono industrial Colònia Llaudet, hasta el extremo oriental de la plana delimitada por las acequias de El Frare y de Can Barrena, donde el trazado de la línea abandona el paralelismo con la carretera para dirigirse hacia la vía ciclista, situada unos 160 m, a través de un campo de cultivo existente en el paraje Els Plans. En este tramo, que tiene una longitud de 2.387 m, la zanja de la línea se situará fuera de zona de dominio público de la carretera, de 3 m, pero dentro de la zona de servidumbre de 8 m.
El tramo de línea que transcurre por la vía ciclista aprovecha la canalización existente bajo la traza que la empresa LERSA ejecutó en el momento de su construcción. Por lo tanto, en este ámbito, las obras se limitarán al tendido de los conductores de la línea eléctrica por unas canalizaciones soterradas ya existentes. La longitud de este tramo es de 1.335 m. El Proyecto de vía ciclista dispone de la correspondiente declaración de no aplicación del trámite de evaluación de impacto ambiental emitida el día 10 de julio de 2012, y durante las obras de construcción se hizo el seguimiento ambiental de obra. Actualmente, las obras de la vía ciclista están ejecutadas y el carril bici en servicio.
Una vez pasada la acequia de Quatrecases, la línea abandona la vía ciclista, cruza perpendicularmente la carretera C-38 y sigue el camino de acceso a Can Brandia con una nueva canalización hasta el nuevo edificio de interconexión proyectado, con un recorrido de 132 m y con las mismas características del tramo inicial.
El nuevo edificio de interconexión se situará en el ámbito de la central de Can Brandia, en el término municipal de Sant Pau de Segúries, a continuación de la plataforma del centro de transformación existente. Se dispondrá alineado por su cara posterior y retirado con respecto a la cara frontal, para facilitar el acceso. Tendrá dos plantas, una soterrada, donde se llevarán a cabo las conexiones de las diversas líneas eléctricas, y otra en planta baja, donde se instalarán las celdas de conexión. La superficie ocupada será de 169,50 m2 y la altura de 5,42 m.
El nuevo edificio estará formado por una volumetría compacta y agrupada en torno a los volúmenes existentes, con cubiertas de geometría sencilla con dos orientaciones de vertiente con colores y texturas parecidas al gris. Se prevé el recubrimiento de las fachadas con maderas con tratamiento en autoclave, lo que permitirá la pérdida del color original de la madera sin perder la resistencia del material.
La interconexión entre el nuevo edificio y la línea aérea existente se hace a través de una nueva canalización, soterrada, hormigonada a 1 m de profundidad y de 280 m de longitud.
Como se ha mencionado, los cruces de los principales cursos de agua se ejecutarán aprovechando las estructuras existentes y sin la necesidad de ocupar los cauces. Los cruces previstos son los siguientes:
- Acequia de El Pla d'en Sala: canalización grapada en el lateral del puente (l = 30 m)
- Torrente existente en el p. k. 103 de la carretera N-260: paso por camino existente
- Torrente de La Falguera: canalización grapada en el lateral del puente (l = 41 m)
- Acequia innominada en el p. k. 0,35 de la carretera C-38: canalización grapada en el lateral del puente (l = 24 m)
- Acequia de Cal Frare: canalización grapada en el lateral del puente (l = 17 m)
En otros cruces con torrentes de inferior entidad la línea eléctrica se alojará dentro de la canalización de las estructuras de la vía ciclista.
5.2 Consideraciones en relación con la ubicación del Proyecto
El trazado de la línea eléctrica afecta directamente la zona especial de conservación del espacio de la red Natura 2000 Riberes de l'Alt Ter (ES5120019) en varios puntos: en el cruce del torrente de La Falguera (unos 50 m); en el tramo de la vía ciclista que recorre el margen del río Ter entre el puente de Perella y el puente de La Folcra (unos 760 m) y en la conexión con la línea aérea existente en Can Brandia (unos 45 m).
Los cauces del río Ter y del torrente de La Falguera son un área de interés faunístico por la presencia de nutria (Lutra lutra), barbo de montaña (Barbus meridionalis) y cangrejo de río de patas blancas (Austropotamobius pallipes).
La vegetación de ribera existente en los márgenes del río Ter forma parte del Hábitat de Interés Comunitario (HIC) 91E0* Alisedas, de carácter prioritario. También está presente, en la zona del Proyecto el HIC 9160 Robledales de Roble Común y Bosques Mixtos del Carpinion betuli en torno al torrente de La Falguera y el Hábitat 91E0* en dos tramos, entre la rotonda de la N-260 y hasta la acequia de El Frare.
El Plan territorial parcial de Les Comarques Gironines delimita un amplio conector ecológico en el tramo más oriental de la zona del Proyecto, al oeste del torrente de La Falguera (conector RI04) que se extiende a ambos márgenes del río Ter.
La zona inundable asociada al periodo de retorno de 500 años queda restringida a los márgenes del río Ter sin afectar a la zona del Proyecto.
5.3 Consideraciones en relación con las características de los potenciales impactos
Los principales impactos del Proyecto se generarán en la fase de obras de construcción de la nueva línea eléctrica y del edificio de interconexión. En la fase de servicio únicamente se prevé que el edificio de interconexión pueda generar impactos sobre el medio.
El ámbito de la nueva conexión que transcurre aprovechando la canalización existente bajo la traza de la vía ciclista no generará nuevos impactos, dado que las obras se limitan al tendido del cableado eléctrico por una infraestructura evaluada ambientalmente y ejecutada.
Impactos sobre el suelo
Para la ejecución de la zanja de nueva apertura prevista de 2.799 m de longitud, será necesaria una franja, de ocupación temporal de 8 m, para la misma ejecución, el paso de maquinaria y el acaparamiento de tierras y materiales. Por lo tanto, la superficie de ocupación temporal total será de unos 22.392 m2, que hay que valorar como importante en relación con la anchura de la zanja de 0,5 m. Esta superficie afectada puede recuperar su uso y características primitivas y tan solo quedará como afectación la servidumbre correspondiente.
Las ocupaciones permanentes corresponden a las arquetas de registro, 28 en total, de una superficie aproximada de 1 m2 cada una, por lo que las ocupaciones permanentes del Proyecto no son significativas.
La afección de la zanja a suelos agrícolas se limita a un tramo de 160 m de longitud en el que se atraviesan los campos de Els Plans. En este tramo la zanja deja la carretera C-38 a la altura del km 1 para ir a buscar el trazado de la vía ciclista. Por lo tanto, los impactos sobre los cultivos serán limitados en el tiempo y el espacio.
Impactos sobre la vegetación
La presencia de vegetación natural y de los hábitats asociados se localiza principalmente en los márgenes del río Ter y de las acequias y torrentes que desaguan aquí. El paso de la línea eléctrica, en estos ámbitos, se da a través de canalizaciones grapadas en los laterales de los puentes. Por lo tanto, la afectación sobre la vegetación puede considerarse inapreciable en estos puntos.
Con todo, hay pequeños tramos donde las masas boscosas llegan hasta el límite de las carreteras, lo que comportará su afectación durante los trabajos de construcción de la zanja. Se estima que la superficie afectada será de 800 m2. En el documento ambiental se prevé la plantación de árboles y arbustos como el avellano común (Corylus avellana), el boj común (Buxus sempervirens) y el cornejo (Cornus sanguinea) con una densidad de 1ud/10 m2. Sin embargo, teniendo en cuenta las características del ámbito afectado y de acuerdo con la respuesta a la consulta efectuada al Consorcio del Ter, se considera más adecuada la plantación de alisos (Alnus glutinosa), roble común (Quercus robur) y acebo (Ilex aquifolium).
Impactos sobre la fauna
No se prevén impactos significativos sobre las especies cangrejo de patas blancas, barbo de montaña y nutria que justifican la consideración del área de interés faunística, ya que el Proyecto no tiene afectaciones directas sobre el río Ter ni sobre los principales torrentes y acequias donde estas especies pueden estar presentes.
El carácter soterrado del Proyecto no tendrá efectos sobre la conectividad ecológica.
Impactos sobre la red Natura 2000
La intersección del Proyecto con el espacio de la red Natura 2000 Riberes de l'Alt Ter se limita a dos tramos: el cruce del torrente de La Falguera y la conexión con la línea aérea existente en Can Brandia.
El cruce del torrente de La Falguera se hará mediante una canalización grapada en el lateral del puente y, por lo tanto, la afectación a los hábitats y las especies que motivaron la inclusión de estos terrenos en la red Natura 2000 no se verán afectados, siempre que la instalación se haga desde el mismo puente y no se acceda a los cauces con maquinaria.
Con respecto al ámbito de afección en torno a Can Brandia, será de carácter puntual y en una zona periférica del ámbito protegido situada entre dos edificaciones existentes, la central eléctrica de Can Brandia y el edificio de interconexión que se prevé ampliar. Los terrenos donde se prevé construir el edificio y ejecutar las nuevas zanjas se encuentran fuertemente transformados, sin presencia de hábitats de interés comunitario o especies representativas del espacio.
De acuerdo con la valoración efectuada, no se han detectado posibles efectos apreciables sobre los hábitats y las especies que motivaron la inclusión de estos terrenos en la red Natura 2000, razón por la cual no se considera necesario aplicar un procedimiento ordinario.
Impactos sobre el paisaje
El edificio de interconexión será el único elemento visible una vez finalizadas las obras. Las propuestas de integración en el paisaje se valoran favorablemente, si bien resulta preferible la adopción de colores oscuros frente al gris seleccionado en las partes de las fachadas objeto de tratamiento cromático. Para alcanzar una correcta integración ambiental hay que adoptar un color tipo RAL 8022, suficientemente contrastado en ámbitos forestales de la montaña media de Cataluña.
—6 Resolución
En consecuencia, considerando la documentación presentada, las respuestas recibidas a las consultas formuladas y los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativos a las características del Proyecto, su ubicación y las características del impacto potencial, y a propuesta de la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona,
Resuelvo:
Primero
Emitir el informe de impacto ambiental sobre el Proyecto de línea eléctrica a 40 kV de La Colònia Llaudet a Can Brandia, promovido por la empresa Estabanell i Pahisa Energia, SAU, y tramitado por el Servicio Territorial de Urbanismo de Girona, en los términos municipales de Sant Joan de les Abadesses y Sant Pau de Segúries, por el que se determina que no debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, dado que la actuación prevista no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.
Segundo
Incluir las condiciones ambientales adicionales siguientes:
1. Ajustar la anchura de la franja de trabajo de manera que pueda reducirse la afectación a una anchura continua de 8 m de terreno.
2. La instalación de las conducciones adosadas a los tableros o elementos exteriores de los puentes existentes para los cruces de los cursos fluviales (torrentes, rieras y el mismo río Ter) debe hacerse desde los mismos puentes, sin acceder con maquinaria a los cauces y sus márgenes.
3. Para las revegetaciones de los hábitats afectados deben utilizarse las especies aliso común (Alnus glutinosa), roble común (Quercus robur) y acebo (Ilex aquifolium). Las plantaciones se harán a savia parada y debe preverse un periodo de mantenimiento de dos años para asegurar el éxito de las plantaciones (riegos, si hacen falta, y reposición de plántulas muertas).
4. Previamente, debe llevarse a cabo una limpieza y desinfección de aquellas partes de la maquinaria que proceden de fuera de la zona o que puedan ser susceptibles de transportar individuos, larvas o propágulos, de especies de fauna y flora alóctona invasora, con el fin de evitar su propagación accidental.
5. Previamente al inicio de las obras, debe evaluarse la presencia o ausencia de flora exótica invasora, especialmente en los sectores que forman parte de la red Natura 2000. En caso de detectar alguna especie que deba retirarse por la ejecución del Proyecto, debe hacerse siguiendo los protocolos de gestión. Esta actuación debe ejecutarse antes del paso de maquinaria, para evitar el potencial efecto de dispersión de estas especies invasoras.
6. Los puntos de mantenimiento de maquinaria y de acopio de materiales deben establecerse fuera del ámbito del espacio de la red Natura 2000 Riberes de l'Alt Ter y zonas de hábitats de interés comunitario. Las superficies afectadas deben quedar restauradas una vez finalizadas las obras.
7. En los tramos donde se hayan detectado nidos o guaridas de especies de fauna protegida o amenazada, y en acequias, torrentes y el río Ter debe evitarse ejecutar las obras entre los meses de abril a julio, ambos incluidos, con el fin de no afectar a su ciclo vital.
8. Sustituir el tratamiento cromático previsto con tonos grises en las partes de las fachadas del nuevo edificio con el fin de alcanzar una correcta integración ambiental. A tal efecto, se propone adoptar un color tipo RAL 8022, suficientemente contrastado en ámbitos forestales de la montaña media de Cataluña.
9. Comunicar a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona el inicio de las obras a los efectos del seguimiento ambiental que pueda corresponder.
Tercero
Una vez finalizadas las obras, el promotor debe presentar en la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural un informe final, firmado por la dirección ambiental de la obra, que verifique el cumplimiento de las medidas correctoras y las condiciones que se establecen en el documento ambiental y en esta Resolución.
Cuarto
Trasladar esta Resolución a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona para que la notifique a la persona interesada.
De acuerdo con lo que establece el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, esta Resolución de informe de impacto ambiental debe hacerse pública mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la Sede electrónica del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
De conformidad con el artículo 47.5 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no puede ser objeto de recurso, sin perjuicio de los recursos que correspondan en la vía administrativa o judicial contra el acto, si procede, de autorización del Proyecto.
Barcelona, 4 de marzo de 2022
Marc Vilahür i Chiaraviglio
Director general de Políticas Ambientales y Medio Natural