ANUNCIO sobre extracto de la convocatoria para la concesión en pública concurrencia no competitiva de las ayudas para el impulso digital de Santa Coloma de Gramenet para los años 2022 y 2023.
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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Serán beneficiarias las iniciativas emprendedoras lideradas tanto por personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 de las Bases.
Segundo. Finalidad
La finalidad de las ayudas es la de impulsar una economía local digitalizada con una línea de subvenciones municipales que apoye la financiación de soluciones digitales de las empresas más pequeñas, como la creación o actualización de una página web, una tienda electrónica, la gestión y generación de contenidos de las redes sociales, el software para dirigir la empresa de manera más eficiente o, incluso, determinados elementos de hardware, entre otros.
Tercero. Bases reguladoras:
Las bases reguladoras han sido aprobadas por la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de mayo de 2023 y publicadas íntegramente en el Boletín de la Provincia de Barcelona (BOPB) de fecha 1 de junio de 2023, junto con la publicación del extracto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de fecha 7 de junio de 2023.
https://bop.diba.cat/anunci/3454618/
El texto íntegro de estas Bases ha sido publicado en la Sede electrónica Municipal del Web del ente convocante
https://oiac.gramenet.cat:10003/CercadorOIAC/Fitxa.aspx?lngIdFitxa=19785&mode=a&lang=ca
Cuarto. Importe:
El Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet subvencionará con un importe máximo de la ayuda de 6.000 euros por persona beneficiaria, el 50 % en euros y el otro 50% en Gramas. El porcentaje de subvención será del 75% sobre el coste del proyecto de digitalización.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de la solicitud y de la documentación será de tres meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, en la que se publicará el extracto de la convocatoria, por conducto de la BDNS, tal como establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Santa Coloma de Gramenet, 28 de noviembre de 2023
El primer teniente de la alcaldesa del Área de Promoción Económica, Ocupación, Servicios Internos y Economía