Instituto Ramon Llull - Otros sujetos emisores (DOGC nº 2023-9045)
RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2023, por la que se otorgan ayudas a universidades del exterior para contribuir al mantenimiento de la docencia de estudios catalanes durante el curso 2023-2024 (ref. BDNS 727148).
1. El Consorcio Institut Ramon Llull (en adelante, el Institut Ramon Llull), de acuerdo con lo que dispone el artículo 4.2 b) de los Estatutos, tiene como finalidad promover la difusión y el conocimiento de la lengua catalana en exterior, así como su enseñanza en las universidades y otros centros de estudio.
De acuerdo con el artículo 4.3 c) de los Estatutos, para la realización de sus actividades, el Institut Ramon Llull, por iniciativa propia o en colaboración con terceros, puede impulsar la creación de plazas docentes de estudios catalanes a las universidades del exterior, así como de cátedras y centros de estudio, y contribuir a su mantenimiento mediante la concesión de ayudas.
2. Por Acuerdo del Consejo de Dirección del Institut Ramon Llull de fecha 16 de junio de 2023, se aprueba un gasto plurianual para el otorgamiento de ayudas a universidades del exterior para contribuir al mantenimiento de la docencia de estudios catalanes para el curso académico 2023-2024.
3. De acuerdo con las solicitudes presentadas por las universidades que se detallan en el anexo de esta resolución, la coordinadora de programas del Área de Lengua y Universidades con el visto bueno de la gerente del Institut Ramon Llull, como suplente de la persona titular de la Dirección del Área de Lengua y Universidades, en fecha 30 de octubre de 2023, propone el otorgamiento de ayudas a universidades del exterior para contribuir a la financiación de la docencia de estudios catalanes para el curso académico 2023-2024 y acredita la imposibilidad de promover la concurrencia pública.
4. En fecha 7 de noviembre de 2023, la gerente del Institut Ramon Llull emite una propuesta motivada sobre la imposibilidad de promover la concurrencia pública en relación con estas solicitudes de subvención directa.
En uso de las facultades que me son concedidas por el artículo 13.2 e) de los Estatutos del Institut Ramon Llull,
Resuelvo:
1. Otorgar a las universidades del exterior que se relacionan en el anexo de esta resolución las ayudas que se especifican con el fin de contribuir a la financiación de la docencia de estudios catalanes en universidades del exterior para el curso académico 2023-2024. El pago de las ayudas a las universidades se realizará de acuerdo con el calendario que consta en anexo.
2. Destinar un importe global de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (18.869,20 €) en concepto de ayudas a las universidades que irá a cargo de las partidas presupuestarias del presupuesto del Institut Ramon Llull para el año 2023 siguientes que disponen de crédito adecuado y suficiente, siguientes:
003 033 490.0001 Lengua - Universidades - Al resto de entidades. Al exterior | 8.869,20 € |
003 033 459.0001 Lengua - Universidades - A otros entes dependientes de CCAA | 10.000,00 € |
3. Las universidades beneficiarias de la dotación especificada en el anexo de esta resolución tendrán que destinar la ayuda otorgada a la docencia de estudios catalanes.
Las universidades tendrán que facilitar al Institut Ramon Llull por medio del profesorado de estudios catalanes, una copia del documento que acredite su vinculación con la universidad antes del antes del 31 de diciembre de 2023, así como una memoria de la actividad llevada a cabo durante el período académico de referencia antes del 20 de junio de 2024. También tendrán que presentar en el Institut Ramon Llull, por medio de los responsables académicos de los estudios catalanes, una valoración de la memoria antes del 5 de julio de 2024.
El incumplimiento de estas condiciones por parte de la universidad beneficiaria correspondiente, sin causa debidamente justificada, podrá comportar la no renovación de los acuerdos suscritos o que puedan haberse suscrito entre el Institut Ramon Llull y la universidad.
4. Las universidades beneficiarias de estas ayudas están obligadas a facilitar toda la información que requieran los órganos de control del Institut Ramon Llull. Igualmente quedan obligadas a hacer constar en cualquier material impreso en relación con la docencia de estudios catalanes la colaboración y el apoyo del Institut Ramon Llull.
Recursos procedentes
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer recurso de altura ante la persona titular de la Presidencia del Consejo de Dirección del Institut Ramon Llull, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al día en que tenga lugar la publicación de esta resolución. El plazo del mes concluye el mismo día en el que se produjo la notificación.
Barcelona, 16 de noviembre de 2023
Pere Almeda i Samaranch
Director
ANEXO
Curso 2023-2024
CODIGO | UNIVERSIDAD | IMPORTE en € | CALENDARIO PAGOS | |||
L0110 U15 |
|
| antes del 31/12/2023 | antes del 31/03/2024 | antes del 31/05/2024 | antes del 31/07/2024 |
N-145/23 | SVEUCILISTE U ZADRU (Ayuda complementaria) | 4.200,00 € |
| 50% |
| 50% |
N-149/23 | UNIVERSITE DE LILLE | 4.669,20 € |
| 50% |
| 50% |
N-150/23 | UNIVERSIDAD DE SEVILLA | 10.000,00 € |
| 34% | 33% | 33% |