Departamento de Cultura - Cargos y personal (DOGC nº 2023-9043)

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RESOLUCIÓN CLT/3852/2023, de 8 de noviembre, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de dos puestos de trabajo del Departamento de Cultura (convocatoria de provisión núm. CU/019/23).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña y otras disposiciones complementarias;

Dado que el puesto de trabajo objeto de convocatoria está vacantes y vista la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y la descripción del puesto de trabajo a proveer, incluidas en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas;

De acuerdo con el artículo 94 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, la convocatoria de los concursos específicos es competencia de la persona titular del departamento donde estén adscritos los puestos de trabajo a proveer,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión de dos puestos de trabajo del Departamento de Cultura (convocatoria de provisión número CU/019/23), que se detallan en el anexo 2, de esta Resolución.

 

-2 Aprobar las bases de la convocatoria que constan en el anexo 1 de esta Resolución.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición delante del mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de su publicación en el DOGC, ante el juzgado contencioso administrativo competente, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

 

Barcelona, 8 de noviembre de 2023

 

P. d. (Resolución CLT/3595/2021, de 1 de diciembre, DOGC núm. 8558, de 7.12.2021)

Jordi Foz i Dalmau
Secretario general

 

 

Anexo 1
Bases

 

—1 Puestos de Trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión de dos puestos de trabajo del Departamento de Cultura, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

—2 Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer, de acuerdo con la descripción incluida en el manual de organización del Departamento de Cultura, es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

—3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con el siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalidad, que pertenezca a cuerpos o escalas de los grupos de titulación en que están clasificados los puestos objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, puede participar el personal funcionario que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas de los grupos de titulación donde están clasificados los puestos convocados, a los que no se exigió la titulación señalada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso puede tomar parte ni el personal funcionario que se encuentre en suspensión de empleo ni el trasladado de puestos de trabajo, ni el destituido de cargos de mando como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco puede tomar parte el personal funcionario en situación diferente de servicio activo que no haya estado el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.2 El personal funcionario con discapacidades puede participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder tomar parte en esta convocatoria, hay que poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, el órgano competente evaluará mediante una prueba oral y escrita, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

En este último caso, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificará en el tablón electrónico de la Administración de Cataluña (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1) y a la intranet del Departamento, el día, la hora y el lugar en qué se hará el proceso de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante, quedan exentas de hacer la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad, en que hubiera establecida una prueba, de catalán del mismo nivel o superior al que se exige en la convocatoria.

En estos supuestos, se tiene que adjuntar a la solicitud de participación la acreditación documental correspondiente.

3.4 Los requisitos de participación se tienen que reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

 

—4 Solicitudes

4.1 Para participar en este concurso, las personas empleadas públicas deben presentar obligatoriamente la solicitud de participación y el resto de documentación exigida en la convocatoria a través de medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 83 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.

La participación en este concurso se debe realizar dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria en el DOGC, mediante la parte privada del portal del empleado público (ATRI) en el apartado Movilidad> Concursos específicos i libre designación> Participación, se debe anexar el formulario de participación según el modelo que se puede descargar del web y la Intranet del Departamento de Cultura, así como la documentación que establece la base 5. Las personas funcionarias que no dispongan de acceso al portal del empleado público ATRI lo deben solicitar al último departamento donde hayan estado destinadas.

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para el personal que concursa y solo se admitirán renuncias a la participación al concurso cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que el órgano convocante decida aceptarlas por causas debidamente justificadas.

4.3 De acuerdo con lo expuesto en la base 4.1, a la solicitud de participación del portal ATRI, se debe adjuntar el modelo de formulario de participación en convocatorias de provisión de puestos de trabajo del Departamento de Cultura. El modelo de este anexo se puede descargar del web del Departamento de Cultura (https://cultura.gencat.cat/ca/departament/recursos-humans/concursdetrasllats/), o de la Intranet del Departamento de Cultura (https://espai.cultura.gencat.cat/Persones/Convocat%C3%B2ries/Pagines/convocatories_provisio.aspx).

4.4 Las personas aspirantes tienen que rellenar el apartado relativo a la declaración de los méritos y las capacidades que se aleguen, que se encuentra en la solicitud de participación, sin perjuicio de adjuntar la documentación que establece el punto 5 de las bases de esta convocatoria.

4.5 Las personas aspirantes a las cuales hace referencia la base 3.2, con la presentación de la solicitud, autorizan al Departamento de Cultura a pedir el informe del Equipo de Valoración y Orientación Laboral (EVO) de la Dirección General de Protección Social del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia, para que se pueda evaluar que la persona funcionaria puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y las tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, podrán exigir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público que hay que prestar.

4.6 Las personas aspirantes tienen que consignar en la solicitud de participación la denominación y el código de identificación del puesto de trabajo al que se opta y, si se quiere concursar al mismo tiempo por más de un puesto de esta convocatoria, habrá que indicar las denominaciones y los códigos correspondientes de los puestos a los que se opta por orden de preferencia.

En caso de que no se manifieste la preferencia de la orden de prioridad de las plazas solicitadas, el órgano convocante lo determinará dependiendo de los criterios objetivamente deducibles de la solicitud de participación.

4.7 Con la presentación de la solicitud, a menos que conste oposición expresa, la persona aspirante da su consentimiento para que el órgano convocante realice las comprobaciones pertinentes y pida las acreditaciones de oficio que considere oportunas. Las personas candidatas son responsables de mantener actualizados los datos de su expediente relativos a los datos profesionales.

La formalización y presentación de la solicitud de participación implica que los datos que facilitan las personas interesadas para la tramitación de este proceso tengan el tratamiento que se especifica en la dirección siguiente: (https://cultura.gencat.cat/ca/departament/proteccio-dades/).

 

—5 Criterios profesionales

5.1 Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas para ocupar los puestos convocados, de acuerdo con el currículum de ATRI correspondiente al expediente personal, o mediante el certificado de la administración pública correspondiente, y de acuerdo con la descripción de los puestos de trabajo a proveer que consta en el anexo 2 de esta convocatoria. También se adjuntará el documento o documentos acreditativos en cuanto a las funciones y tascas llevadas a cabo durante los trabajos desarrollados, así como por la documentación acreditativa de los méritos y capacidades que no constan en ATRI o las que también se declaren como datos profesionales relevantes en relación con el puesto a proveer.

Las personas candidatas son responsables de comprobar y verificar la exactitud de los datos de su expediente personal contenidos en ATRI antes de la presentación de la solicitud de participación y pueden solicitar la enmienda si lo consideran conveniente.

5.2 Los datos profesionales de las personas que participan se tienen que referir a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

 

—6 Sistemas de acreditación

Con la presentación de la solicitud, la persona aspirante da su consentimiento para que el órgano convocante realice las comprobaciones pertinentes y pida las acreditaciones que considere oportunas. Si la persona aspirante hace constar su oposición expresa, tendrá que acreditar documentalmente los datos profesionales que alegue, dentro del plazo de presentación de solicitudes que prevé la base 4.1 de esta convocatoria, sin perjuicio que se le puedan pedir las justificaciones o las aclaraciones necesarias para su verificación.

 

—7 Procedimiento

7.1 Esta convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de un mes a contar del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que no se resuelva dentro del periodo de tiempo mencionado, el plazo queda automáticamente prorrogado por otro mes.

7.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a los aspirantes se harán públicas en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1) y a la intranet del Departamento de Cultura dentro del apartado Inicio/Gestión de las personas/Selección y provisión, con carácter complementario.

 

—8 Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recaerá en la persona candidata que se considere más adecuada, según el informe preceptivo y previo de la persona titular de la unidad directiva correspondiente donde esté adscrito el puesto convocado, la cual tendrá que tener en cuenta la idoneidad de la persona aspirante a las funciones y tareas a desarrollar.

 

—9 Resolución de la convocatoria

9.1 La resolución definitiva de la convocatoria se publicará en el DOGC.

9.2 Las personas candidatas que no obtengan destino en esta convocatoria permanecerán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.

9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, a menos que se haya obtenido otro destino definitivo mediante una convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente de la de servicio activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.4 Antes de la toma de posesión, la persona interesada tiene que acreditar que tiene reconocida la compatibilidad con respecto del nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidad previstos en la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible, se tiene que solicitar la autorización de compatibilidad dentro de los diez días a contar del comienzo del plazo de toma de posesión. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

 

—10 Plazos de formalización de cese y toma de posesión

10.1 La resolución de nombramiento comportará, si procede, el cese en el puesto anterior.

10.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de 2 días hábiles si no implica cambio de localidad de residencia de la persona funcionaria, o de 15 días si comporta cambio de localidad de residencia, que se deberá acreditar documentalmente.

10.3 Este plazo se computa a partir del día siguiente del cese, que se deberá efectuar dentro de los 3 días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC. Cuando la resolución mencionada comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se deberá contar desde la fecha de publicación de la resolución en el DOGC.

10.4 A efectos de cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran de la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

10.5 Las diligencias de cese y toma de posesión del personal funcionario que acceda a un puesto de trabajo se tienen que comunicar en el Registro General de Personal dentro de los 3 días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

 

 

Anexo 2

Descripción de los puestos de trabajo

 

Puesto de trabajo con código núm.1

 

—1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: Subdirección General de Archivos y Gestión Documental

Departamento: Cultura

Unidad directiva: Dirección General del Patrimonio Cultural

Localidad: Barcelona.
Nivel: 30.1
Complemento específico: 43.146,12 euros.

Jornada: superior a la normal.

Horario: dedicación especial con incompatibilidades

Tipo de puesto: mando

Forma de provisión: libre designación.

 

—2 Requisitos de participación.
Grupo: A1

Movilidad: administración de la Generalitat de Catalunya y Universidades.

Colectivo de cuerpos: todos los cuerpos y las escalas de administración general y especial del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general y todos los cuerpos especiales del grupo A, subgrupo A1.

 

—3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

—4 Contenido funcional
Misión:

Llevar a cabo las tareas de dirigir, supervisar, y ejecutar las actuaciones en materia específica de archivos y gestión documental que tiene atribuidas la Dirección General del Patrimonio Cultural.

Finalidades/funciones:

a) Coordinar la elaboración de propuestas normativas y políticas públicas sobre archivos y gestión documental y el asesoramiento técnico en esta materia en el sector.

b) Coordinar la elaboración y ejecución del presupuesto, el impulso de las tecnologías de la información y las propuestas de convenios en su ámbito.

c) Impulsar las medidas de inspección del sector.

d) Coordinar, gestionar y, si procede, aplicar las acciones acordadas por los órganos colegiados del Sistema de Archivos de Cataluña, comisiones específicas o grupos técnicos de trabajo.

e) Coordinar las funciones y actividades de la Subdirección General con las de los servicios territoriales del Departamento para el ejercicio, en su ámbito territorial, de las competencias que le son propias.

f) Proponer el establecimiento de medidas de protección, fomento y difusión del patrimonio documental, los archivos y la gestión de documentos y coordinar la implementación.

g) Coordinar la participación de la Dirección General en organismos internacionales del ámbito de la archivística y la gestión documental

En más, las propias del cuerpo o la escala a que tiene que pertenecer el funcionario que lo ocupe (art. 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

   1. Elabora e impulsa la aplicación del plan estratégico de archivos.

   2. Planifica y dirige la metodología de organización documental.

   3. Elabora las normas y reglamentos del ámbito de los archivos y la gestión documental.

   4. Coordina la actuación de la inspección en materia de archivos.

   5. Propone actuaciones en el seno del Consejo Nacional de Archivos y de la Comisión Nacional de Acceso, Elección y Evaluación Documental.

   6. Planifica y coordina las acciones externas que se puedan desarrollar mediante protocolos, acuerdos, proyectos y convenios, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

   7. Formula las directrices encaminadas al tratamiento informático de los documentos 02/en coordinación con los órganos de la Generalitat competentes en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación.

   8. Se coordina con otras administraciones y responsables con el fin de desarrollar el sistema de archivos de Cataluña.

   9. Se coordina con otras administraciones y responsables que custodian y participan en la promoción internacional de la sociedad catalana, la proyección internacional del patrimonio, la historia, la cultura y la realidad social de Cataluña a partir de los archivos

 

—5 Otras características
5.1 Conocimientos
5.1.1 Conocimientos básicos

Conocimientos sobre normativa y gestión del patrimonio cultural.

Conocimientos sobre normativa específica de archivos y gestión de documentos.

Conocimientos sobre patrimonio cultural.

Conocimientos sobre dirección y gestión de archivos.

Conocimientos sobre los archivos y la gestión del patrimonio documental catalán.

Conocimientos de la metodología de tratamiento, acceso y difusión del patrimonio documental.

5.1.2 Titulación académica conveniente
Grado en Documentación.
Geografía e Historia.

Máster universitario en Archivística o Gestión Documental.

5.2 Otros conocimientos
Conocimientos sobre desarrollo directivo.

Conocimientos sobre estándares y normas internacionales.

Conocimientos en gestión de recursos económicos.

Conocimientos en gestión de recursos humanos.

Conocimientos sobre planificación estratégica.
5.3 Experiencia
Gestión presupuestaria.
Elaboración de normativa técnica.

Conducción de equipos de trabajo.

Gestión de órganos colegiados.
Planificación estratégica y operativa.
Gestión de equipamientos.

Coordinación de redes de archivos

5.4 Competencias profesionales

Dirección y desarrollo de las personas.

Visión estratégica.

Análisis de problemas y toma de decisiones.

 

 

Puesto de trabajo con código núm.2

 

—1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: Subdirección General de Promoción Cultural

Departamento: Cultura

Unidad directiva: Dirección General de Promoción Cultural y Bibliotecas

Localidad: Barcelona
Nivel: 30.1
Complemento específico: 43.146,12 euros

Jornada: superior a la normal

Horario: dedicación especial con incompatibilidades

Tipo de puesto: mando

Forma de provisión: libre designación.

 

—2 Requisitos de participación.
Grupo: A1

Movilidad: administración de la Generalitat y administración local.

Colectivo de cuerpos: todos los cuerpos y las escalas de administración general y especial del grupo o grupos correspondientes.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general, cuerpo de docencia A y todos los cuerpos especiales del grupo A, subgrupo A1.

 

—3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

—4 Contenido funcional
Misión:

Definir y desarrollar las políticas necesarias para la promoción de la creación artística y su difusión mediante los sistemas de equipamientos públicos culturales del ámbito de la Subdirección, en coordinación con las otras unidades del Departamento de Cultura implicadas y con el resto de administraciones y agentes de los diferentes sectores artísticos.

Finalidades/funciones:

a) Vehicular las actuaciones en materia de creación, promoción y cooperación artística y cultural.

b) Impulsar y dirigir las actuaciones de la Dirección General en materia de equipamientos culturales.

c) Dirigir los proyectos y programas de actividades artísticas que impulsa la Dirección General.

d) Coordinar los proyectos transversales de la Dirección General.

e) Coordinar la elaboración de propuestas de normativa técnica y sectorial.

f) Definir e impulsar servicios de economías de escala de apoyo a la actividad artística municipal y local, especialmente a las programaciones artísticas estables y a los acontecimientos singulares de interés supralocal como los festivales.

g) Promover la diversificación del público y el acceso de este al conjunto de actividades de difusión de las artes que se producen en Cataluña.

h) Impulsar y establecer la cooperación entre los sectores y las administraciones en el ámbito de competencias de la Dirección General.

i) Coordinar las estrategias de seguimiento y evaluación de indicadores estadísticos en el ámbito de actuación de la Dirección General.

j) Proponer la incoación de procedimientos sancionadores que puedan derivar del ejercicio de la inspección en los ámbitos culturales que no se hayan atribuido a otra dirección general del Departamento.

k) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encargue.

En más, las propias del cuerpo o la escala a que tiene que pertenecer el funcionario que lo ocupe (art. 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

1. Planifica y hace el seguimiento de la actividad de la Subdirección en función de los objetivos anuales, del presupuesto, de los indicadores y de la evaluación.

2. Coordina con el equipo de la subdirección el seguimiento de las actividades.

3. Coordina con la Dirección General y otras unidades de la consejería proyectos interdepartamentales.

4. Se reúne con los ayuntamientos y los agentes locales beneficiarios de las acciones de la Subdirección

5. Da apoyo a la organización y coordinación de los sistemas de equipamientos públicos competencia de la Subdirección.

6. Asistencia y representación de la Subdirección en actos públicos

7. Mantiene reuniones con los sectores artísticos profesionales

8. Mantiene reuniones con instituciones y entidades de ámbitos similares a nivel nacional o extranjero

9. Coordinación y seguimiento de todos los planes transversales y de impulso propios o participados de la Subdirección.

10. Coordinación de las diferentes líneas de subvenciones, ayudas y programas de apoyo competencia de la Subdirección.

 

—5 Otras características
5.1 Conocimientos
5.1.1 Conocimientos básicos

Herramientas de organización, informática y gestión cultural.

Planificación de actividades y gestión de equipamientos culturales.

Procedimientos administrativos.

Conocimiento del territorio (ayuntamientos y agentes locales) y del sector artístico.

Conocimientos del sector de las artes escénicomusicales, artes visuales y de la creación en general en Cataluña.

Conocimiento de la estructura y funcionamiento de los diferentes sistemas de equipamientos públicos asignados a la Subdirección.

Conocimiento de la estructura y funcionamiento de la Mancomunidad Cultural.

5.1.2 Conocimiento de idiomas extranjeros

Inglés nivel medio.
5.2 Otros conocimientos

Conocimiento para diseñar programaciones de teatro, danza, circo, música o artes visuales.

Conocimientos sobre planificación estratégica y dirección de equipos y organizaciones.

Difusión y promoción de la cultura.

Estrategias para la creación de nuevos públicos.

Técnicas de comunicación y redes sociales.

5.3 Experiencia

Gestión económica dentro del ámbito público.

Gestión y procedimiento administrativo.
Gestión cultural.

Gestión de equipamientos culturales de artes escénicas, música y artes visuales.

Asistencia a órganos directivos de equipamientos culturales de ámbito de la Subdirección.

Programación cultural.
Liderazgo de equipos.
5.4 Competencias profesionales

Dirección y desarrollo de las personas.

Comunicación, persuasión e influencia.
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