Instituto Catalán de Energía - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-9043)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
RESOLUCIÓN ACC/3849/2023, de 13 de noviembre, por la que se amplía la dotación presupuestaria de las ayudas convocadas mediante la Resolución ACC/3662/2021, de 1 de diciembre, por la que se hace pública la convocatoria del año 2021 para la concesión de ayudas del Programa para actuaciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, y a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (ref. BDNS 599248).
El Real decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programes de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, y a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Pla de recuperación, transformación y resiliencia, regula las subvenciones a actuaciones de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables con el fin de cumplir los objetivos del Pla de recuperación, transformación y resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las energías renovables y el almacenamiento con fuentes de energía renovable para contribuir de esta forma a la «descarbonización» de diferentes sectores de la economía y a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 2021-2030 y la Estrategia de almacenamiento energético.
Esta norma fue modificada mediante el Real decreto 377/2022, de 17 de mayo, que amplía la tipología de beneficiarios.
La Resolución ACC/3662/2021, de 1 de diciembre, hace pública la convocatoria del año 2021 para la concesión de ayudas del Programa para actuaciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, y a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Pla de recuperación, transformación y resiliencia (ref. BDNS 599248).
Esta Resolución ha sido modificada por la Resolución ACC/3807/2021, de 21 de diciembre, en relación con los plazos de presentación, por la Resolución ACC/1588/2022, de 17 de mayo, por la que se modifican diversas resoluciones de convocatoria de ayudas efectuadas en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU, por la Resolución ACC/2873/2022, de 22 de septiembre, en relación con las formas de justificación, y por la Resolución ACC/364/2023, de 2 de febrero, por la que se amplía la dotación presupuestaria de las ayudas convocadas mediante la Resolución ACC/3662/2021, de 1 de diciembre.
La Resolución ACC/3662/2021, de 1 de diciembre, establece en su apartado segundo que el importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones es de 112.052.131,00 euros del presupuesto del Instituto Catalán de Energía (ICAEN) para el año 2021, y que, de ese importe, 2.000.000,00 de euros son para actuaciones de la Generalitat de Catalunya para inversiones directas en el programa de incentivos 4. Asimismo, establece que el importe de esta convocatoria es ampliable según las disponibilidades presupuestarias, lo que se produjo mediante la Resolución ACC/364/2023, de 2 de febrero.
En este sentido, del nuevo presupuesto disponible correspondiente a Cataluña (114.988.848,00 euros), se acordó destinar la cuantía de 111.539.182,58 euros a esta convocatoria de ayudas y un máximo de 3.449.665,42 euros (3% del nuevo presupuesto disponible) a los posibles costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas.
Posteriormente, el 21 de julio de 2023, mediante Resolución de la presidenta de la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), se amplía el presupuesto de las ayudas reguladas por el Real decreto 477/2021, de 29 de junio, para la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programes de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, y a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, en un importe de 227.748.664,00 euros adicionales, con cargo al presupuesto del IDAE, y conforme a la transferencia de fondos previa realizada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Dicha Resolución acuerda la asignación del presupuesto mencionado, de conformidad con la propuesta formulada por el mismo órgano colegiado en idéntica sesión, y concede a Cataluña, entre otras comunidades autónomas, una nueva ayuda correspondiente a los programas de incentivos establecidos en el Real decreto 477/2021, de 29 de junio. El nuevo presupuesto asignado a Cataluña es de 39.328.768,00 euros.
El artículo 10.5 del Real decreto 477/2021, de 29 de junio, establece que tendrán la consideración de costes indirectos imputables al presupuesto del Programa de ayudas determinados gastos de gestión en que incurran las comunidades autónomas respectivas.
En este sentido, del nuevo presupuesto disponible correspondiente a Cataluña (39.328.768,00 euros), 37.362.329,60 euros se destinarán a esta convocatoria de ayudas y un máximo de 1.966.438,40 euros (5% del nuevo presupuesto disponible) se destinarán a los posibles costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas.
De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 9/1991, de 3 de mayo, el Instituto Catalán de Energía tiene por finalidad el impulso y la realización de iniciativas y programas de actuación para la investigación, el estudio y el apoyo de las actuaciones de conocimiento, desarrollo y aplicación de las tecnologías energéticas, incluidas las renovables, la mejora del ahorro y la eficiencia energética, el fomento del uso racional de la energía y, en general , la óptima gestión de los recursos energéticos en los diferentes sectores económicos de Cataluña, y el Acuerdo del Consejo de Administración del ICAEN de 16 de septiembre de 2021 aprueba la delegación en la presidenta del Consejo de Administración de las facultades para aprobar y publicar esta convocatoria.
Considerando el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y del Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25.7.2006).
Dada la Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023 (DOGC núm. 8877, de 17.3.2023).
Resuelvo:
−1 Ampliar en 37.362.329,60 euros la dotación total de 223.591.313,58 euros (inicial de 112.052.131.00 euros y ampliada en 111.539.182,58 euros) de la convocatoria abierta mediante Resolución ACC/3662/2021, de 1 de diciembre, por la que se hace pública la convocatoria del año 2021 para la concesión de ayudas del Programa para actuaciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, y a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Pla de recuperación, transformación y resiliencia (ref. BDNS 599248), con lo que resulta una dotación total de 260.953.643,18 euros.
−2 Esta ampliación de presupuesto se financiará con cargo a las partidas del presupuesto del Instituto Catalán de Energía del año 2023 siguientes:
D/701.0001/6310, D/702.0001/6310, D/703.0001/6310, D/704.0001/6310, D/709.0001/6310, D/710.0001/6310, D/730.0001/6310, D/731.0001/6310, D/740.0001/6310, D/741.0001/6310, D/742.0001/6310, D/743.0001/6310, D/744.0001/6310, D/745.0001/6310, D/746.0001/6310, D/747.0001/6310, D/748.0001/6310, D/749.0001/6310, D/751.0001/6310, D/759.0001/6310, D/760.0001/6310, D/761.0001/6310, D/764.0001/6310, D/765.0001/6310, D/770.0001/6310, D/780.0001/6310, D/781.0001/6310 y D/782.0001/6310.
−3 Esta ampliación se aplica a los programas siguientes descritos en el artículo 13 del Real decreto 477/2021, de 29 de junio, y se destinarán a ellos los importes siguientes:
Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Para la categoría autoconsumo, no se amplía, con lo que la dotación total es de 36.962.639,10 euros.
- Para la categoría almacenamiento, no se amplía, con lo que la dotación total es de 6.822.925,03 euros.
Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
- Para la categoría autoconsumo, no se amplía, con lo que la dotación total es de 55.177.140,39 euros.
- Para la categoría almacenamiento, no se amplía, con lo que la dotación total es de 5.332.608,73 euros.
Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
- No se amplía, con lo que la dotación total es de 8.815.794,00 euros.
Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
- Para la categoría autoconsumo, se amplía en 32.884.755,40 euros, con lo que la dotación total es de 107.672.952,05 euros.
- Para la categoría almacenamiento, se amplía en 2.764.211,20 euros, con lo que la dotación total es de 19.841.372,55 euros.
Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
- Se amplía en 902.479,10 euros, con lo que la dotación total es de 3.648.085,43 euros.
Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
- Se amplía en 810.883,90 euros, con lo que la dotación total es de 16.680.125,90 euros.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, de 5.8.2010), en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Igualmente, se puede interponer recurso contencioso-administrativo según el artículo 10.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14.7.1998), ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 13 de noviembre de 2023
David Mascort Subiranas
Presidente del Consejo de Administración