Consejo Catalán del Deporte - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-9043)
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RESOLUCIÓN PRE/3861/2023, de 15 de noviembre, por la que se abre la convocatoria anticipada del procedimiento para la concesión de subvenciones plurianuales para el desarrollo de los programas de deporte escolar 1, 2 y 3 (Gestión, PCEE y JEEC) del curso 2023-2024 (ref. BDNS 727405).
Vistas la Resolución PRE/428/2020, de 18 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones plurianuales para los consejos deportivos de Cataluña (DOGC núm. 8069, publicado el 21.2.2020); la Resolución PRE/760/2021, de 16 de marzo (DOGC núm. 8369, de 19 de marzo de 2021), y la Resolución PRE/713/2022, de 11 de marzo (DOGC núm. 8628, de 17 de marzo de 2022), por la que se modifican las mencionadas bases reguladoras;
Vista la Resolución PRE/2862/2021, de 17 de septiembre, por la que se establecen los programas de deporte escolar de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el Plan estratégico de deporte escolar de Cataluña 2020-2030;
Visto el Acuerdo del Gobierno de 31 de octubre de 2023, por el que se autoriza el gasto plurianual de la convocatoria de subvenciones plurianuales para el desarrollo de los programas de deporte escolar 1, 2 y 3 (Gestión, PCEE y JEEC) del curso 2023-2024;
Vista la Ley 2/2023, del 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023;
De acuerdo con el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
Resuelvo:
—1 Abrir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones plurianuales, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de los programas de deporte escolar del curso 2023-2024, programas 1, 2 y 3:
Programa 1. Apoyo a la gestión de los consejos deportivos.
Programa 2. Apoyo al desarrollo del Plan catalán de deporte en la escuela (PCEE).
Programa 3. Apoyo al desarrollo de los Juegos Deportivos Escolares de Cataluña (JEEC).
—2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases aprobadas por la Resolución PRE/428/2020, de 18 de febrero, y por las resoluciones PRE/760/2021, de 16 de marzo, y PRE/713/2022, de 11 de marzo, por la que se modifican las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones plurianuales para los consejos deportivos de Cataluña, aprobadas por la Resolución PRE/428/2020, de 18 de febrero.
—3 Las actividades objeto de subvención se tienen que llevar a cabo en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.
—4 La dotación presupuestaria máxima aprobada para la concesión de estas subvenciones es de 6.000.000,00 de euros, distribuidos de la manera siguiente: a) para el año 2024, la dotación es de 4.800.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/482000100/4710/0000 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte del año 2024, y b) para el año 2025, la dotación es de 1.200.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/482000100/4710/0000 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte del año 2025, condicionada a la existencia efectiva de crédito.
—5 El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC.
—6 Las solicitudes y el resto de trámites asociados al procedimiento de concesión de las ayudas se tienen que presentar únicamente por vía telemática, a través del portal Trámites gencat, en la dirección tramits.gencat.cat del Departamento de la Presidencia, utilizando el sistema de firma electrónica, de conformidad con la Orden PRE/5/2017, de 12 de enero, por la que se aprueba la tramitación electrónica obligatoria de los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones de concurrencia pública del Consejo Catalán del Deporte, de acuerdo con las bases generales 5, 6 y 7.
Las personas solicitantes deben identificarse mediante los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica, en la dirección seu.gencat.cat.
—7 La Subdirección General de Actividades Deportivas e Infraestructuras del Consejo Catalán del Deporte, como órgano competente para la instrucción del procedimiento, formula la propuesta de resolución provisional de concesión de subvenciones, de acuerdo con el informe previo del Comité Ejecutivo del Consejo Catalán del Deporte. Esta Subdirección, siguiendo la tramitación que dispone la base general 10, eleva la propuesta definitiva de resolución a la presidencia del Consejo Catalán del Deporte, para la resolución final del procedimiento.
—8 La resolución final del procedimiento se notifica a las personas interesadas mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, en la dirección tauler.gencat.cat. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la persona titular del departamento competente en materia de deportes en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de la resolución mencionada, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
—9 El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de conclusión del procedimiento, mediante su publicación, es de seis meses a contar del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC. Transcurrido este plazo, si no se ha producido la publicación mencionada, las personas interesadas pueden entender que sus solicitudes se han desestimado por silencio administrativo.
—10 Esta Resolución tiene efectos a partir del día siguiente a su publicación en el DOGC.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o, directamente, ante la persona titular del departamento competente en materia de deportes, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Esplugues de Llobregat, 15 de noviembre de 2023
Anna Caula i Paretas
Presidenta del Consejo Catalán del Deporte