Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Anuncios (DOGC nº 2023-9036)
CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Resolución ACC/2463/2023, de 12 de junio, por la que se otorga a la empresa eDistribución Redes Digitales, SLU, la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la repotenciación de la línea aérea 110 kV SE Empordanet - SE Bellcaire, por medio de conductor LA-455, en el tramo AP 56 - SE Bellcaire, en los términos municipales de Palafrugell, Torrent, Forallac, Palau-sator, Ullastret, Fontanilles, Gualta, Ullà, Torroella de Montgrí y Bellcaire d'Empordà (exp. FUE-2020-01718275) (DOGC núm. 8956, de 12.7.2023).
A la Resolución de 12 de junio de 2023, por la cual se otorga a la empresa eDistribución Redes Digitales, SLU, la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la repotenciación de la línea aérea 110 kV SE Empordanet - SE Bellcaire, por medio de conductor LA-455, en el tramo AP 56 - SE Bellcaire, en los términos municipales de Palafrugell, Torrent, Forallac, Palau Sator, Ullastret, Fontanilles, Gualta, Ullà, Torroella de Montgrí y Bellcaire d'Empordà (exp. FUE-2020-01718275).
Habiendo observado un error en el texto de la Resolución mencionada, tramitada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya y publicada en el núm. 8956, de 12 de julio de 2023, y en la corrección de errores publicada en el DOGC núm. 8973, de 4 de agosto de 2023, se detallan las oportunas correcciones:
Allí donde dice:
5. Durante los plazos otorgados se han presentado las siguientes alegaciones:
Tiene que decir / añadir el siguiente párrafo:
El 14.06.2022, el Sr. Salvador Puig Company, propietario de las fincas F270, F271 y F272, presenta alegaciones solicitando que no se concedan las autorizaciones solicitadas y, que si no es posible, pide construir la torre T37, en la finca F272, a 15-20 metros de allí donde está previsto (finca F271), que también es una finca de su propiedad.
EDistribución Redes Digitales, SLU, contesta indicando que acepta la petición de la propiedad de las fincas mencionadas de desplazar el apoyo T37, hasta 30 metros en el sentido de la línea. De esta manera, se cumple la solicitud del propietario de encajar el apoyo a la parcela 272, también de su propiedad.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la directora de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Girona o ante el órgano superior jerárquico, la directora general de Energia, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la notificación de esta Resolución, según el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio que se pueda interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere conveniente.
Girona, 24 de octubre de 2023
Elisabet Sánchez Sala
Directora de los Servicios Territoriales en Girona