Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Anuncios (DOGC nº 2023-9034)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
RESOLUCIÓN ACC/3634/2023, de 19 de octubre, por la que se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental B1CS130539 de la empresa Givaudan Ibérica, SA, de una actividad de fabricación de aceites esenciales para la industria de perfumería y aromas, en el término municipal de Sant Celoni (exp. B1CNS220638).
Identificación del expediente:
Núm. de expediente: B1CNS220638.
Unidad que tramita: OGAU Barcelona.
Tipo de expediente: modificación no sustancial
Fecha de inicio del expediente: 16 de diciembre de 2022.
Anexo Ley 20/2009: I.1 Apartado: 5. Subapartado: 1.b
Epígrafe RDL 1/2016: 4.1.b.
IDQA: 830
Descripción de la actividad: instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos orgánicos de base, en particular, hidrocarburos oxigenados, como, alcoholes, aldehídos, cetonas, ácidos orgánicos, ésteres, acetatos, éteres, peróxidos, resinas epoxi.
Anexo Ley 20/2009: I.2.A Apartado: 12. Subapartado: 1.
Descripción de la actividad: actividades e instalaciones afectadas por la legislación de accidentes graves (incluidas las instal·lacions para el almacenaje de productos petrolíferos, con una capacidad superior a 100.000 toneladas y las instalaciones para el almacenaje de productos petroquímicos o químicos con una capacidad superior a 200.000 toneladas).
Coordenadas UTM (ETRS89): UTMx: 459282 UTMy: 4616286
Ubicación: término municipal de Sant Celoni.
Vista la Propuesta de resolución de la directora general de Calidad Ambiental y Cambio Climático que se adjunta al anexo, y de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 20/2009, del 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades,
Resuelvo:
-1 Considerar como no sustancial las modificaciones comunicadas por la empresa Givaudan Ibérica, SA que consisten en sustituir la caldera de vapor existente Depanac por otra de mayor potencia e incorporar el inventario actualizado de la luminaria existente al establecimiento e incorporarlas a la autorización ambiental de 29 de septiembre de 2016, otorgada a la empresa Givaudan Ibérica, SA, con número de expediente B1CS130539.
-2 Notificar esta Resolución a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 30.1 de la mencionada Ley 20/2009, del 4 de diciembre.
-3 Ordenar la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. El texto íntegro se puede consultar en la web del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, apartado autorizaciones ambientales, también a las dependencias de las Oficinas de Gestión Ambiental Unificada y la Oficina de Medio Ambiente, de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, y a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
Barcelona, 19 de octubre de 2023
P. d. (Resolución ACC/469/2022, de 24 de febrero, DOGC núm. 8616, de 1.3.2022)