Departamento de la Presidencia - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-9032)

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RESOLUCIÓN PRE/3645/2023, de 26 de octubre, por la que se da conformidad a la adopción del escudo heráldico del municipio de Castell-Platja d'Aro.

El día 22 de marzo de 2023 el Pleno del Ayuntamiento de Castell-Platja d'Aro inició el expediente de adopción del escudo heráldico de su municipio al aprobar inicialmente una propuesta de escudo.

Este Ayuntamiento asumió como escudo uno que incorpora tres hogueras que representan los farones, fuegos u hogueras que se han utilizado históricamente en el territorio de Platja d'Aro, llamado antiguamente Fanals d'Amunt y, más tarde, Fanals d'Aro, para alertar de los peligros que venían del mar o de tierra. También figuran un castillo, que simboliza el castillo de Benedormiens, del núcleo de Castell d'Aro, una faja ondada, que hace referencia al río Ridaura, que ha dado lugar al topónimo Aro, y la señal de los cuatro palos, reflejo de la antigua alcaldía real.

La propuesta se sometió a información pública durante un periodo de treinta días, a través de su exposición en el tablón de anuncios de la corporación y de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, sin que se presentase ninguna alegación durante este plazo.

En la sesión de 24 de julio de 2023 el Pleno del Ayuntamiento de Castell-Platja d'Aro aprobó el escudo heráldico municipal con el cuórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación.

El 25 de agosto de 2023 el Ayuntamiento de Castell-Platja d'Aro envió al Departamento de la Presidencia un certificado del acuerdo de aprobación definitiva, que complementaba la copia del expediente administrativo que había sido enviada el 27 de julio de 2023 y en el cual figura, entre otros documentos, una memoria-informe justificativa de la corrección del blasonamiento del escudo que se propone y los antecedentes heráldicos, sigilográficos, históricos, geográficos u otros en los que se fundamentan la propuesta y su representación gráfica.

El 4 de septiembre de 2023 la Dirección General de Administración Local emitió un informe favorable sobre la corrección de la tramitación del procedimiento y de la propuesta formulada, de acuerdo con los criterios que fija el Decreto 139/2007, de 26 de junio, por el que se regulan la denominación y los símbolos de los entes locales de Cataluña y con las normas heráldicas.

Finalmente, el 5 de octubre de 2023 el Institut d'Estudis Catalans emitió un informe favorable sobre la propuesta de escudo aprobada por el Ayuntamiento, ya que representa los núcleos iniciales del municipio y su historia.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 36 y 38 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, y los artículos 39 a 41 del Decreto 139/2007, de 26 de junio, por el que se regulan la denominación y los símbolos de los entes locales de Cataluña, y de acuerdo con los informes de la Dirección General de Administración Local y del Institut d'Estudis Catalans,

 

Resuelvo:

 

—1 Dar conformidad a la adopción del escudo heráldico del municipio de Castell-Platja d'Aro, que figura en el anexo, organizado de la siguiente forma:

Escudo en losange de ángulos rectos partido: 1º, de azur, tres hogueras de oro mal ordenadas; 2º, de oro, un castillo de azur abierto; la campaña general ondada de oro, cuatro palos de gules, sosteniendo un río en forma de faja ondada de azur bordada de plata. Al timbre, una corona mural de villa.

 

—2 Inscribir el escudo del municipio de Castell-Platja d'Aro en el Registro del sector público local de Cataluña del Departamento de la Presidencia.

 

—3 Publicar esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante la consejera de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Así mismo, el ente local interesado puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, puede formular un requerimiento en los términos que establece el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Barcelona, 26 de octubre de 2023

 

Bernat Valls i Fuster

Director general de Administración Local

 

 

Anexo

Escudo del municipio de Castell-Platja d'Aro

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