Departamento de Economía y Hacienda - Anuncios (DOGC nº 2023-8998)
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EDICTO de 17 de julio de 2023, por el que se somete a información pública el Proyecto de orden por la que se determina el límite exento respecto del cual en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento no será necesaria la prestación de garantía.
De acuerdo con la normativa vigente, el Departamento de Economía y Hacienda está tramitando el Projecte de orden por la que se determina el límite exento respecto del cual en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento no será necesaria la prestación de garantía
Con la finalidad de permitir la participación de la ciudadanía en el proceso de elaboración, y de conformidad con lo que establece el artículo 68 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, este Proyecto de orden se somete a información pública, durante el plazo de siete días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de este Edicto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
El Proyecto de orden, así como la documentación que conforma el expediente, se pueden consultar en la sede electrónica de la Generalitat, en la página normativa en tràmit DECO , así como presencialmente en horario de oficina en la sede del Departamento (Distrito Administrativo, Calle del Fuego, 57, 08038 Barcelona).
Las observaciones, sugerencias o alegaciones se pueden presentar en la misma sede donde se puede examinar el Proyecto de orden o se pueden presentar telemáticamente mediante el formulario del trámite "Petición genérica", de Trámites gencat al cual se puede acceder mediante el enlace web gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica. En el motivo de la petición, se tiene que indicar que el asunto es "Alegaciones al Proyecto de orden por la que se determina el límite exento respecto del cual en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento no será necesaria la prestación de garantía", y que la petición se dirige al Departamento de Economía y Hacienda.
Las observaciones, sugerencias o alegaciones también se pueden presentar en cualquiera de los registros previstos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Barcelona, 17 de julio de 2023