Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Anuncios (DOGC nº 2023-8988)
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RESOLUCIÓN ACC/4319/2022, de 27 de abril, de informe de impacto ambiental del Proyecto de nueva estación de aforo EA116 en el río Brugent, promovido y tramitado por la Agencia Catalana del Agua, en el término municipal de Amer (exp. OTAAGI20220041).
—1 Antecedentes
En fecha 10 de febrero de 2022, se recibió en la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona la solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada y el documento ambiental del Proyecto de nueva estación de aforo EA116 en el río Brugent, promovido y tramitado por la Agencia Catalana del Agua, en el término municipal de Amer.
En fecha de febrero de 2022, se inició la fase de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con dicho Proyecto, de acuerdo con lo que dispone el artículo 46 de la Ley 21/2013.
—2 Marco normativo
Los proyectos no incluidos ni en el anexo I ni en el anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental que pueden afectar directa o indirectamente espacios de la red Natura 2000 están incluidos en el artículo 7.2.b de la Ley, por lo tanto, deben someterse a la evaluación de impacto ambiental simplificada.
El Proyecto de nueva estación de aforo EA116 en el río Brugent se sitúa dentro de un espacio de red Natura 2000 y, en consecuencia, está incluido en dicho supuesto de evaluación de impacto ambiental.
—3 Descripción del Proyecto y del documento ambiental
El Proyecto tiene por objeto la construcción de una estación de aforo de los caudales del río Brugent aguas arriba de su confluencia en el río Ter, en concreto bajo el puente de Santa Brígida, situado en la zona norte del núcleo urbano de Amer.
La instalación consiste en una estructura de hormigón encajada en el fondo del cauce y que el promotor considera necesaria para medir los caudales del río. Esta estructura deberá disponer de dos sectores (aguas altas y aguas bajas) y de un conector ictícola, o paso para peces, que debe dimensionarse teniendo en cuenta las especies autóctonas de la zona del Proyecto. También deberá contar con sensores y sondas para la medida de los caudales.
La nueva estación debe integrarse en la red de control y debe permitir la mejora de las alertas tempranas meteorológicas en situaciones de régimen torrencial y comportamiento rápido, promoviendo de esta manera los servicios de alerta temprana de inundaciones.
La actuación está prevista en la planificación hidrológica vigente, en la actuación con código B5.008 Rehabilitación y mejoras para la ampliación de la red crítica de control del Programa de medidas del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (2016-2021).
—4 Consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas
En la tabla adjunta se detallan las administraciones públicas, entidades y personas interesadas consultadas en esta fase. Se marcan con una "X" las que han emitido informe en relación con el documento ambiental:
Relación de consultados | Respuestas recibidas |
Sección de Biodiversidad y Medio Natural. Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (DACC) | X |
Sección de Actividades Cinegéticas y Pesca Continental. Servicios Territoriales del DACC |
|
Servicios Territoriales del Departamento de Cultura |
|
Ayuntamiento de Amer |
|
Consorcio del Ter | X |
Asociación de Naturalistas de Girona |
|
AEMS - Ríos con Vida |
|
De las respuestas recibidas se describen a continuación los elementos más importantes de carácter ambiental.
La Sección de Biodiversidad y Medio Natural no considera necesario el trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria, porque la actuación está incluida en la planificación hidrológica vigente y supone una afectación de alcance limitado. El documento ambiental incluye un análisis de alternativas donde ya se contemplan los aspectos ambientales más significativos, que pueden ser resueltos o minimizados con la aplicación de medidas específicas.
El Consorcio del Ter no considera que deba llevarse a cabo una evaluación de impacto ambiental ordinaria si se adoptan varias medidas entre las que hay evitar las actuaciones en el río en las épocas sensibles para el ciclo reproductivo de los peces y no situar el parque de maquinaria en ubicaciones situadas dentro de la red Natura 2000.
—5 Evaluación de impacto ambiental de acuerdo con los criterios del anexo III
5.1 Consideraciones en relación con las características del Proyecto
Una vez estudiada la documentación que consta en el expediente y consideradas las respuestas referidas a las consultas formuladas, para determinar la necesidad de someter el Proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, se hace el análisis siguiente:
El Proyecto consiste en la construcción de una losa de hormigón en el cauce entre los dos estribos del puente actual, de 30,8 m de anchura y reforzada por un rompeolas tanto aguas arriba como aguas abajo de la losa.
En la zona de contacto con el estribo del margen izquierdo se sitúa la losa de aguas bajas, que cuenta con una anchura de 2,5 m y una longitud de 5,5 m. Su cota está levantada 20 cm por encima del fondo del cauce.
A continuación, se sitúa el paso de peces que consiste en un cajón abierto de hormigón, de 6,75 m de longitud y 1,5 m de anchura, con el lecho de hormigón con guijarros parcialmente incrustados. Aguas abajo del cajón se prevé construir una balsa de atracción de 3,88 m de longitud.
En tercer lugar, está la losa de aguas altas, que tiene una anchura de 25,8 m y una longitud de 1,6 m. Su cota está levantada 55 cm con respecto a la losa de aguas bajas.
Aguas abajo de la estructura de la estación de aforo se proyecta una capa de 3 m de anchura, de rompeolas de bloques de piedra granítica, de 200 a 400 kg de peso, para proteger la cimentación de la estación de aforo. Aguas arriba, y de manera similar, se protege la estructura con una capa de rompeolas de 1,5 m de anchura enterrada en el cauce.
A unos 25 m de distancia del margen derecho hay unas edificaciones cerradas de una actividad económica abandonada. En estos terrenos se prevé situar un pequeño edificio permanente destinado a alojar a los equipos de medición y control y, en la fase de obras, es donde se construirá el almacén de material y maquinaria.
En la fase de obras se construirán dos motas transversales de la anchura del cauce, una aguas arriba (unos 300 m2) y la otra aguas abajo del puente (unos 500 m2), con el objeto de generar una zona de trabajo en seco de unos 40 m de longitud. El caudal circulante de agua se derivará, entre sendas motas, por unas cañerías soterradas. La rampa de acceso al cauce partirá del margen derecho y compartirá, en parte, la mota descrita aguas abajo del puente.
Si bien en el documento ambiental se incluye un presupuesto de medidas correctoras, este no forma parte de la documentación presentada, más allá de un presupuesto conjunto con los servicios afectados de 25.000 € (ejecución material), razón por la que no puede hacerse la oportuna valoración de su suficiencia para minimizar los impactos ambientales que pueden generar.
5.2 Consideraciones en relación con la ubicación del Proyecto
La nueva estación de aforo se construirá bajo el puente de Santa Brígida, que conecta el núcleo urbano de Amer con la zona deportiva y el camino de la ermita de Santa Brígida. Se trata de un emplazamiento situado en el tramo medio del río, unos 4 km aguas arriba de su confluencia con el río Ter.
El Brugent tiene una superficie de cuenca de 104 km² y cruza el término municipal de Amer de norte a sur y pasa por el fondo del valle de Amer recogiendo las aguas de los numerosos torrentes y rieras que nacen en las vertientes próximas. El curso fluvial cuenta con un caudal medio diario de 0,95 m³/s y unos caudales estimados de 17, 68, 253 y 421 m³/s para la máxima crecida ordinaria y para las avenidas con periodo de retorno de diez, cien y quinientos años, respectivamente.
En el tramo final, y para las avenidas con periodo de retorno de diez años, el Brugent ya sufre desbordamientos con anchuras de la zona inundada comprendidas entre 56 y 95 m, que aumentan a 160-240 m en la avenida de quinientos años. Estas inundaciones dificultan la medida de caudales. Por el contrario, bajo el puente de Santa Brígida, con una superficie de cuenca de 94 km² y sin influencia del río Ter, los caudales de avenida de hasta cien años de periodo de retorno quedan contenidos dentro del mismo puente, haciendo que si el punto de medida se localiza en este lugar pueda disponerse de una medida más esmerada, además de ser un punto de medida para alertar de las avenidas del Brugent en el municipio de Amer.
El río Brugent es un espacio incluido en la red Natura 2000 como zona especial de conservación, código ES5120029.
De acuerdo con el instrumento de gestión de la zona especial de conservación, aprobado conjuntamente con el Acuerdo GOV/112/2006, de 5 de septiembre, los hábitats de interés comunitario "3270 Ríos con bordes lodosos colonizados por herbazales nitrófilos", "3280 Ríos mediterráneos permanentes, con céspedes nitrófilos orlados de álamos y sauces" y "91E0* Alisedas y otros bosques de ribera afines" son elementos clave del espacio. También lo son las especies de interés comunitario barbo de montaña (Barbus meridionalis) y nutria (Lutra lutra). En cuanto a los peces autóctonos, el bagre (Squalius laietanus) y, entre los alóctonos, la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss).
La zona del Proyecto se sitúa en un entorno importante para la conectividad ecológica y el río Brugent es un buen ejemplo como corredor biológico. Es adyacente al conector ecológico SV134 delimitado en los planos O.5 e ISA - C.5 del Plan territorial parcial de las comarcas gerundenses. No obstante, si se tiene en cuenta el grado de transformación del entorno fluvial, este tramo del río tiene valores bajos del índice de conectividad terrestre general, comprendidos entre 5 y 6 en una escala de 1 a 14.
La presencia de especies exóticas, principalmente caña común (Arundo donax), acacia blanca (Robinia pseudoacacia) o hierba carmín (Phytolacca americana) no excluye que la aliseda presente en la zona del Proyecto dispone de un buen estado de conservación.
5.2 Consideraciones en relación con la ubicación del Proyecto
Alternativas
El promotor del Proyecto ha estudiado cuatro alternativas.
La alternativa 0 corresponde a la no ejecución del Proyecto.
La alternativa 1 consiste en situar la estación de aforo en el puente que atraviesa el Brugent del vial de acceso entre la carretera C-63 y la planta embotelladora de la Font Picant, en el extremo norte del término municipal.
La alternativa 2 comporta la ubicación de la nueva estación de aforo en el único puente de la carretera C-63 que atraviesa el Brugent dentro del término municipal, cerca del polígono industrial el Rieral.
La alternativa 3 consiste en construir la nueva estación en el puente de Santa Brígida, situado en el cruce con el Brugent del camino de acceso en la ermita de Sant Brígida desde el núcleo urbano. Esta alternativa es la que se sitúa más al sur de las planteadas, agua abajo del Brugent.
El promotor descarta la alternativa 0 porque comportaría no poder captar información de control de alta disponibilidad del caudal de agua en el Brugent. Para el resto de alternativas se estudian especialmente las afectaciones en la fase de obras, que dependen de las características del cauce en cada uno de los puntos estudiados.
Se comparte el criterio del promotor y de las consultas recibidas en el sentido de considerar que la alternativa 3 es la de menos impacto ambiental, ya que las alternativas 1 y 2 comportan una alteración mayor del cauce. Asimismo, la alternativa 1 está próxima al torrente de Colomer, área de interés faunístico por la presencia potencial de cangrejo de río de patas blancas (Austropotamobius pallipes).
Impactos sobre la fauna
La principal afectación del Proyecto es el efecto barrera de la nueva infraestructura hacia los desplazamientos de la fauna fluvial.
En la situación actual y según consta en el documento "Conectividad longitudinal. Estructuras presentes en los ríos de las cuencas internas de Cataluña y actuaciones de mejora", elaborado el año 2021 por la Agencia Catalana del Agua, la masa de agua del río Brugent tiene un índice de conectividad fluvial deficiente al haberse identificado hasta dieciséis obstáculos infranqueables y tres franqueables para una longitud total del curso de 20 km.
Por lo tanto, la nueva estación de aforo tiene que generar el mínimo efecto barrera posible en los desplazamientos de la fauna acuática. Con respecto a los impactos en la fase de obras, el promotor prevé una duración de cuatro meses. Las consultas efectuadas ponen de manifiesto que las actuaciones dentro del cauce deben realizarse en épocas de caudales bajos y fuera de diferentes períodos sensibles para los ciclos biológicos de la fauna: periodo de desove del barbo de montaña (meses de mayo y junio) y de la trucha común (meses de noviembre, diciembre y enero) y periodo de nidificación de las aves (del 15 de marzo al 15 de julio).
Otra actuación a llevar a cabo es un plan de salvamento de la fauna previamente al inicio de las obras y debidamente autorizado por la Sección de Actividades Cinegéticas y Pesca Continental.
En la fase operativa, y teniendo en cuenta que el Brugent se caracteriza por caudales bajos con notables oscilaciones a lo largo del año, el paso de peces debe garantizar su funcionalidad durante la época de desove de las especies autóctonas presentes en este tramo del río.
Por otra parte, y tal como indica la Sección de Biodiversidad y Medio Natural, la efectividad del paso de peces requiere un seguimiento los primeros años de manera que pueda verificarse su funcionalidad específicamente para el barbo de montaña, especie de interés comunitario, y también para el bagre. El objeto de este seguimiento es detectar posibles deficiencias en su funcionalidad y que estas puedan solucionarse con las modificaciones o adaptaciones que sean necesarias En el caso de la nutria, también especie de interés comunitario, la nueva infraestructura no comporta un obstáculo para sus desplazamientos a lo largo del cauce. Este seguimiento también debe servir para generar información sobre las actuaciones de mantenimiento que hay que llevar a cabo para mantener el paso operativo.
Impactos sobre la calidad del agua
En cuanto a los impactos por contaminación del agua, el promotor prevé proteger con mallas las dos motas con el fin de garantizar su integridad y evitar que se erosionen y se produzca un posible vertido al río, medida que se considera suficiente.
Impactos sobre la vegetación
La superficie del cauce del río Brugent que se afectará en la fase de obras se estima en unos 2.500 m2 que incluyen el tramo de cauce comprendido entre las dos motas y también la rampa de acceso al cauce. De esta superficie, la correspondiente a los márgenes, es decir, a la zona del bosque de ribera, es de unos 1.500 m2.
Los impactos previstos sobre la vegetación se deberán al corte de vegetación arbórea y la desbrozada necesaria para construir el acceso de maquinaria en el cauce y para adecuar las dos motas transversales. En relación con la primera de las actuaciones previamente al inicio de la obra debe valorarse situar el acceso en el margen derecho del río, aguas arriba del puente, ubicación posiblemente de menos incidencia ambiental al haber menos pendiente que la alternativa propuesta, que también es adyacente al canal de aguas bajas del río.
Las actuaciones descritas sobre la vegetación son compatibles con su recuperación una vez finalizada la fase de obras por el retoño de las cepas. No obstante, debe completarse con la ejecución de un Proyecto de plantaciones.
El promotor ya prevé llevar a cabo una plantación para restituir el bosque de ribera, pero no se omiten sus características y composición. En todo caso el material vegetal debe ser, preferiblemente, de planta pequeña, de 2-4 savias, para facilitar su viabilidad y adaptabilidad, así como el correcto desarrollo de las raíces. Estas plantaciones deben realizarse en savia parada y deben prever las actuaciones y los mantenimientos pertinentes para asegurar su enraizamiento utilizando, si es el caso, enmiendas orgánicas del suelo, la instalación de tutores y protectores y la aplicación de riegos los primeros dos años. Con respecto a la procedencia del material forestal de reproducción, hay que garantizar que sean especies autóctonas, no ornamentales y que provengan de la región de procedencia adecuada.
Finalmente, el promotor se refiere al tratamiento de vegetación exótica, pero tampoco se concretan las especies afectadas ni los protocolos que se seguirán. El tratamiento de la vegetación exótica debe realizarse con anterioridad al movimiento del suelo y el acceso de la maquinaria al ámbito fluvial. Por otra parte, y con el fin de evitar la propagación a través de individuos, larvas o propágulos de especies de fauna y flora alóctonas invasoras, previamente debe realizarse una limpieza y desinfección de la maquinaria que proceda de fuera del ámbito de actuación o que pueda ser susceptible de transportarlas accidentalmente. La desinfección debe hacerse fuera del ámbito fluvial.
Impactos sobre la red Natura 2000
En la zona del Proyecto hay representación parcial del hábitat de interés comunitario dominante 91E0* y, en menor medida, de los hábitats 3270 y 3280. Como se ha expuesto, las actuaciones previstas sobre la vegetación son compatibles con su recuperación una vez finalizada la fase de obras, pero deben completarse con plantaciones de especies de dichos hábitats de interés comunitario. No se prevé, por lo tanto, un impacto residual apreciable a causa de la pérdida de hábitat de interés comunitario dentro de la red Natura 2000.
Con respecto a las dos especies de interés comunitario presentes en la zona del Proyecto, el barbo de montaña y la nutria, la valoración efectuada tiene por objeto garantizar la máxima conectividad posible para la primera mientras que la nutria no resultará afectada de forma significativa.
—6 Resolución
En consecuencia, considerando la documentación presentada, las respuestas recibidas a las consultas formuladas y los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativos a las características del Proyecto, su ubicación, y las características del potencial impacto, y a propuesta de la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona,
Resuelvo:
Primero
Emitir informe de impacto ambiental sobre el Proyecto de nueva estación de aforo EA116 en el río Brugent, promovido y tramitado por la Agencia Catalana del Agua, en el término municipal de Amer, por lo que se determina que no debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria porque no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, si se llevan a cabo las medidas correctoras y de control que se establecen en el documento ambiental y las adicionales siguientes.
Segundo
Establecer las siguientes medidas adicionales a las ya previstas en el apartado 15.º del documento ambiental, para prevenir y corregir los efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.
1. Para los trabajos que afecten al cauce, el periodo de exclusión debe incluir la época de desove y eclosión de los huevos de la trucha común (meses de noviembre, diciembre y enero) y del barbo de montaña (meses de mayo y junio). Estos periodos deben aplicarse a la ejecución y al posterior desmontaje de las protecciones de las obras con la condición de que, una vez ejecutadas, no tendría que haber riesgo de verter materiales en el cauce, razón por la que podrían llevarse a cabo las obras del Proyecto.
2. De forma complementaria, hay que evitar el periodo de nidificación de las aves, del 15 de marzo al 15 de julio.
3. Tramitar, previamente al inicio de las obras, un plan de salvamento de la fauna acuícola que comprenda una zona situada entre unos 50 m aguas arriba y unos 200 m aguas abajo de la zona afectada por los trabajos. Requiere la autorización de la Sección de Actividades Cinegéticas y Pesca Continental.
4. Evaluar, previamente al inicio de las obras, la presencia o ausencia de flora exótica invasora y, en caso de detectarse, llevar a cabo su tratamiento de acuerdo con los criterios de este informe de impacto ambiental.
5. Optar, si resulta técnicamente viable, por rompeolas de protección colocados compatibles con la colmatación con sedimentos de los espacios entre los bloques, lo que mejora su naturalización.
6. Valorar en la fase de obras y, si resulta técnicamente viable, situar el acceso al margen derecho del río, aguas arriba del puente, ubicación posiblemente de menos incidencia ambiental al haber menos pendiente que la alternativa propuesta, que también es adyacente al canal de aguas bajas del río.
7. Incluir, en el Proyecto constructivo y en su presupuesto, un anexo de restauración de los márgenes y de la vegetación de ribera de los hábitats de interés comunitario afectados, preferentemente el hábitat 91E0*, siguiendo los criterios de este informe de impacto ambiental. Este Proyecto requerirá un informe previo de la Sección de Biodiversidad y Medio Natural.
8. Llevar a cabo el seguimiento de la funcionalidad del paso de peces desde el momento de su entrada en servicio y prever su adaptación en caso de que se detecten deficiencias. Los resultados del estudio correspondiente deben presentarse en la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona.
9. Actualizar el Plan de seguimiento ambiental con las medidas resultantes de este informe de impacto ambiental.
Tercero
Cualquier modificación del Proyecto que comporte diferencias apreciables en los impactos previstos y estudiados en este informe de impacto ambiental debe notificarse a efectos de valorar la aplicación de una nueva evaluación ambiental.
Cuarto
El promotor del Proyecto debe responsabilizarse de la ejecución del plan de seguimiento del cumplimiento de las medidas correctoras y de sus costes. Debe disponer de una dirección ambiental de obra que tendrá como función básica hacer cumplir lo que establecen el documento ambiental y este informe de impacto ambiental mediante el seguimiento esmerado de las obras. Las incidencias ambientales deben reflejarse en informes técnicos que hay que elaborar mensualmente y presentar ante la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona a los efectos de comprobación, interpretación, seguimiento y vigilancia ambiental de las condiciones establecidas en el documento ambiental y en esta Resolución.
Quinto
Notificar a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona la fecha de inicio de las obras.
Sexto
Este informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, no se hubiera procedido a la autorización del Proyecto en el plazo máximo de cuatro años, a menos que se acuerde la prórroga de su vigencia en los plazos previstos en el artículo 47 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Séptimo
Trasladar esta Resolución a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona para que la notifique a la persona interesada.
De acuerdo con lo que establece el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, esta Resolución de informe de impacto ambiental debe hacerse pública mediante la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la sede electrónica del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
De conformidad con el artículo 47.5 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no puede ser objeto de recurso, sin perjuicio de los recursos que correspondan en la vía administrativa o judicial ante el acto, si procede, de autorización del Proyecto.
Barcelona, 27 de abril de 2022
Marc Vilahur i Chiaraviglio
Director general de Políticas Ambientales y Medio Natural