Consorcio de la Vivienda de Barcelona - Otros sujetos emisores (DOGC nº 2023-8971)
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RESOLUCIÓN de modificación presupuestaria de la convocatoria para la concesión de las prestaciones económicas de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023 (ref. BDNS 684087).
I.- La Comisión Permanente del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2022 aprobó e hizo pública la convocatoria para la concesión de prestaciones económicas de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023 (DOGC número 8896 de 17 de abril de 2023 y BOPB de 6 de abril de 2023).
II.- La dotación presupuestaria máxima inicial para las prestaciones al alquiler previstas en esta convocatoria, condicionada a la existencia de crédito suficiente en los presupuestos del Consorcio de la Vivienda de Barcelona para el año 2023 y que, en todo caso, irá a cargo a la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto del Consorcio de la Vivienda de Barcelona del año 2023 era de 1.000.000,00 euros con la siguiente distribución:
i. 25.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.a) de esta convocatoria.
ii. 950.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.b) de esta convocatoria.
iii. 25.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria.
III.- Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente:
1) CONSIDERANDO que el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria empezó al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) y en el Boletín Oficial de la provincia de Barcelona (BOPB) y finaliza el día 1 de diciembre de 2023.
2) CONSIDERANT que a fecha de hoy se prevé el agotamiento inminente de la dotación máxima inicial de 25.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de la convocatoria de prestaciones económicas de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023 —a cargo de la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto del Consorcio de la Vivienda de Barcelona del año 2023—, antes de la fecha de finalización prevista en la convocatoria.
RESUELVO:
1.- APROBAR la modificación de la convocatoria del año 2023 para a la concesión de prestaciones de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona (DOGC número 8896 de 17 de abril de 2023 y BOPB de 6 de abril de 2023) en el sentido que se indica a continuación:
a.- Modificar la dotación presupuestaria de la convocatoria de prestaciones de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023, al amparo de lo que establece su acuerdo segundo que habilita al Gerente del Consorcio de la Vivienda de Barcelona para modificar la convocatoria del año 2023 en función de las necesidades de las diferentes convocatorias de ayudas al alquiler con cargo a la partida 480.0001 del Consorcio de la Vivienda de Barcelona.
b.- De este modo, la dotación inicial de 25.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.a) de esta convocatoria será de 14.000,00 euros, y la dotación inicial de 25.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) será de 36.000,00 euros.
2.- AUTORIZAR la modificación de la dotación inicial, que queda con la siguiente distribución:
i. 14.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.a) de esta convocatoria.
ii. 36.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria.
3.- MODIFICAR el acuerdo 2 de la convocatoria para la concesión de las prestaciones económicas de urgencia social derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona del año 2023, que queda redactado del siguiente modo:
"APROVAR la dotación presupuestaria máxima inicial para las prestaciones al alquiler previstas en esta convocatoria, condicionada a la existencia de crédito suficiente en los presupuestos del Consorcio de la Vivienda de Barcelona para el año 2023 y que, en todo caso, irá a cargo a la partida presupuestaria 480.0001, del presupuesto del Consorcio de la Vivienda de Barcelona del año 2023. Esta dotación máxima inicial será de 1.000.000,00 euros con la siguiente distribución:
i. 14.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.a) de esta convocatoria.
ii. 950.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.b) de esta convocatoria.
iii. 36.000,00 euros para atender a los colectivos establecidos en el punto 2.c) de esta convocatoria".
4.- PUBLICAR estas modificaciones, que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña y en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la Comisión Permanente del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para a la defensa de sus intereses.
Barcelona, 14 de julio de 2023