Departamento de Territorio - Disposiciones generales (DOGC nº 2023-8959)

EDICTO de 4 de julio de 2023, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Camp de Tarragona referente a los municipios de Cambrils y Vila-seca.

La Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona, en la sesión de 21 de junio de 2023, adoptó, entre otros, el acuerdo siguiente:

 

Exp.: 2022 / 078020 / T

Plan especial urbanístico en suelo no urbanizable en lo referente a una área de estacionamiento de vehículos pesados TM, en el término municipal de Cambrils y Vila-seca

 

Vista la propuesta de los Servicios Técnicos y de acuerdo con los fudamentos que se exponen, esta Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona acuerda:

-1 Aprobar inicialmente el Plan especial urbanístico en suelo no urbanizable en lo referente a una área de estacionamiento de vehículos pesados TM, en el municipio de Cambrils y en el municipio de Vila-seca, promovido por la empresa Schutz Ibérica, SL, y tramitado por la Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona, según lo que determina el artículo 85.2 del Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-2 Exponer el expediente y el correspondiente estudio ambiental estratégico a información pública por el plazo de 45 días, de acuerdo con lo que disponen los artículo 86 bis.1. c) del Texto refundido de la Ley de urbanismo y 115.c de su Reglamento, mediante la publicación de la parte dispositiva de este acuerdo en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y la inserción de un anuncio en uno de los diarios de más divulgación en el ámbito municipal y supramunicipal, a fin de que se puedan presentar las alegaciones oportunas. En caso de que la información pública coincida total o parcialmente con el mes de agosto, el plazo se amplía en un mes, de acuerdo con la Disposición adicional décima del Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-3 Dar conocimiento por medios telemáticos de la convocatoria de información pública como también garantizar la consulta de la Modificación de las Normas de planeamiento urbanístico por estos medios, atendiendo al contenido del artículo 8.5 del Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-4 Solicitar simultáneamente al trámite de información pública, en cumplimiento de los artículos 85.5 y 86.bis.1c) del Texto refundido de la Ley de urbanismo y de lo que dispone el Documento de alcance para la evaluación ambiental estratégica, informe a los organismos sectoriales y administraciones públicas afectadas, que lo tendrán que emitir en el plazo de cuarenta y cinco días siguientes:

- Oficina Catalana del Cambio Climático

- Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Tarragona

- Agencia Catalana del Agua

- ST de Tarragona del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (en materia de Agricultura)

- Dirección General de Carreteras del *Ministerio de *Transportes, *Movilidad y Agenda Urbana

- ICGC

- Dirección General de Protección civil

- Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (Bomberos)

- ATM

- Dirección General de Infraestructuras de Movilidad

- Adif

- Departamento de Cultura

- Consejo Comarcal del Baix Camp

- Consejo Comarcal del Tarragonès

-5 Comunicar este acuerdo, conjuntamente con el trámite de información pública del Plan, a las personas interesadas que constan en el documento de alcance para la evaluación ambiental estratégica, en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y del artículo 23 de la Ley 6/2009, de evaluación ambiental de planes y programas, para que puedan formular alegaciones en un plazo de 45 días y que seguidamente se detallan:

- DEPANA

- SEO/*Birdlife

- GEPEC

- Fundación Madre Tierra- MEDITERRÁNEO

- Organización Ecologista la Víbora

- Ecologistas en Acción

-6 Así mismo, otorgar simultáneamente al trámite de información pública, audiencia a los ayuntamientos del ámbito que confinen con el del municipio de Cambrils y de Vila-seca, de conformidad con el artículo 85.7 del Texto refundido de la Ley de urbanismo. En este sentido, se da audiencia en los ayuntamientos de Salou, Reus, Vinyols i els Arcs y Riudoms

-7 Dar audiencia, simultáneamente al trámite de información pública, a los Ayuntamientos de Vila-seca y de Cambrils por el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 85.8 del Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-8 El documento que se presente para la aprobación provisional, tendrá que incorporar, si se tercia, las prescripciones de las alegaciones que se deriven del periodo de información pública, así como las prescripciones de los informes de los organismos afectados por razón de su competencias sectoriales.

-9 Comunicar este acuerdo en el Ayuntamiento de Cambrils, en el Ayuntamiento de Vila-seca y al promotor.

 

Contra el acuerdo anterior, en cuanto que se trata de un simple acto de trámite que no decide directamente ni indirectamente el fondo del asunto, ni impide la continuación del procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, no se puede interponer ningún recurso, sin perjuicio que podáis alegar oposición al mencionado acuerdo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, en conformidad con el que dispone el artículo 112. 1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.

El expediente estará a disposición de las personas interesadas en cualquiera de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables, en la página web del Departamento de Territorio

(https://territori.gencat.cat/ca/01_departament/09_informacio_publica/ordenacio-del-territori-i-urbanisme/) y en el Tablero Electrónico de la Generalidad de Cataluña (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1&lang=ca)

 

Tarragona, 4 de julio de 2023

 

Natàlia Hidalgo Garcia

Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Camp de Tarragona

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