Agencia Tributaria de Cataluña - Cargos y personal (DOGC nº 2023-8953)
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RESOLUCIÓN ECO/2467/2023, de 4 de julio, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de cuatro puestos de trabajo de mando en la Agencia Tributaria de Cataluña (convocatoria de provisión núm. ATC/07/23).
De acuerdo con lo previsto en el Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y otras disposiciones complementarias;
Dado que están vacantes cuatro puestos de trabajo de mando en la Agencia Tributaria de Cataluña objeto de esta convocatoria y que disponen de la dotación presupuestaria correspondiente;
Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Agencia Tributaria de Cataluña y la descripción de los puestos de trabajo que se tienen que proveer, incluida en el manual de organización de este organismo;
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 212-2 de la Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalitat y el artículo 10.4 del Decreto 222/2016, de 15 de marzo, del régimen de personal y de los procesos de selección y provisión en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña,
Resuelvo:
-1 Convocar, por el sistema de libre designación, cuatro puestos de trabajo de mando en la Agencia Tributaria de Cataluña (convocatoria de provisión núm. ATC/07/23), que se detallan en el anexo 2 de esta Resolución.
-2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, un recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus pretensiones.
Barcelona, 4 de julio de 2023
Eduard Vilà Marhuenda
Director
Anexo 1
Bases
-1 Puesto de trabajo
Se convocan, por el sistema de libre designación, cuatro puestos de trabajo, cuyas características constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.
-2 Contenido funcional
El contenido funcional de los puestos de trabajo a proveer consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.
-3 Requisitos de participación
3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con los aspectos siguientes:
3.1.1 El personal funcionario puede encontrarse en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.
3.1.2 También puede participar el personal funcionario transferido no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto objeto de la convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones que se exigen en la relación de puestos de trabajo.
Asimismo, puede participar el personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que está clasificado el puesto convocado, al cual no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.
3.1.3 En ningún caso, no puede participar el personal funcionario que se encuentre en suspensión de ocupación, las personas trasladadas de puestos de trabajo ni las destituidas de cargos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.
3.1.4 Tampoco puede participar el personal funcionario en situación diferente de servicio activo que no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.
3.2 El personal funcionario con discapacidad puede participar en igualdad de condiciones que el resto de personas participantes, siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.
3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, hay que poseer el certificado de conocimientos orales y escritos de lengua catalana que expide la Dirección General de Política Lingüística, o el equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.
En el supuesto de que las persones aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, el órgano competente evaluará, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, antes de la elaboración de la propuesta de aspirantes admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.
En este último caso, una vez transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se tiene que especificar en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (http://tauler.gencat.cat) y en la intranet de la Agencia Tributaria de Cataluña, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.
Sin embargo, están exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las persones aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat en que hubiera una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.
En estos supuestos, se debe adjuntar la acreditación documental correspondiente a la solicitud de participación.
3.4 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base 4.1 de esta convocatoria.
- 4 Solicitudes
4.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria se tienen que presentar en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC. Se tienen que presentar por vía telemática, mediante la parte privada del portal del empleado público ATRI, en el apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación > Participación. De acuerdo con las instrucciones indicadas en el portal, hay que adjuntar la documentación que hay que aportar en el apartado "Anexo a la solicitud de participación". El personal funcionario que no disponga de acceso al portal del empleado público ATRI tiene que solicitar al último departamento donde estuvo destinado que se le facilite este acceso.
Las personas aspirantes tienen que adjuntar a la solicitud de participación la declaración correspondiente de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo a proveer debidamente especificada.
El personal funcionario de otras administraciones públicas que no dispongan de acceso al portal ATRI puede presentar las solicitudes, dentro del mismo plazo, en el Registro general electrónico de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya mediante una petición genérica (https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica), que se tiene que dirigir a la Agencia Tributaria de Cataluña e indicar en el asunto que se anexa documentación para la convocatoria de provisión núm. ATC/07/23. En este supuesto, hay que adjuntar además el modelo de solicitud de participación en convocatorias de provisión de puestos de trabajo, que se encuentra en la web de la Dirección General de la Función Pública (https://administraciopublica.gencat.cat/ca/funcio-publica/empleats-publics/mobilitat-i-provisio-de-llocs-de-treball/), la declaración correspondiente de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo a proveer debidamente especificada y la documentación que se detalla en estas bases.
4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para las personas candidatas, y solo se admiten renuncias a participar en la convocatoria cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4.3 Las persones aspirantes a que hace referencia la base 3.2 tienen que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración del Departamento de Derechos Sociales para que se pueda evaluar que la persona puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.
Asimismo, las personas candidatas pueden pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público que se debe prestar.
Además, en la solicitud de participación, las personas candidatas pueden pedir la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para realizar las técnicas de acreditación de los méritos y capacidades.
-5 Criterios profesionales
5.1 Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas para ocupar los puestos convocados, de acuerdo con la descripción de los puestos de trabajo a proveer que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.
5.2 Los datos profesionales de las personas participantes se tienen que referir a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.
-6 Sistemas de acreditación
Las personas participantes deben acreditar documentalmente los datos profesionales que aleguen dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 4.1 de esta convocatoria, sin perjuicio de que se les puedan pedir las aclaraciones o justificaciones necesarias para verificarlas.
-7 Procedimiento
7.1 Esta convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de un mes a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que, por causas motivadas, se acuerde prorrogar este plazo.
7.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a las personas aspirantes se harán públicas en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (http://tauler.gencat.cat) y en la intranet de la Agencia Tributaria de Cataluña.
-8 Propuesta de resolución
La propuesta de resolución recaerá, si procede, en la persona candidata que se considere más idónea, según el informe preceptivo y previo del titular del centro directivo o del organismo correspondiente al que esté adscrito el puesto convocado, que debe tener en cuenta la idoneidad de la persona candidata para las funciones y tareas a ejercer.
-9 Resolución de la convocatoria
9.1 La resolución definitiva de nombramiento se publica en el DOGC.
9.2 Las persones aspirantes que no obtengan destino en esta convocatoria se mantendrán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.
9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante una convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales justificadas debidamente y apreciadas por el órgano convocante.
9.4 Antes de la toma de posesión, la persona interesada tiene que acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidades previstos en la normativa.
Sin embargo, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de los diez días, a contar desde el comienzo del plazo de toma de posesión, se debe solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelve la solicitud de compatibilidad.
-10 Plazos de formalización de cese y toma de posesión
10.1 La resolución de nombramiento comporta, si procede, el cese en el puesto anterior.
10.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino es de dos días hábiles, si no implica cambio de localidad de residencia del personal funcionario, o de 15 días, si comporta cambio de localidad de residencia, que se debe acreditar documentalmente.
10.3 Este plazo se computa a partir del día siguiente del cese, que se debe efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el DOGC. Cuando dicha resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se contará desde la fecha de publicación de la resolución del concurso en el DOGC.
10.4 Al efecto del cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.
10.5 Las diligencias de cese y toma de posesión del personal funcionario que acceda a un puesto de trabajo se deben comunicar al Registro general de personal dentro de los tres días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.
Anexo 2
Descripción del puesto de trabajo
-1 Características del puesto de trabajo
Puesto 1:
Nombre del puesto: Oficina Territorial en la Seu d'Urgell
Organismo: Agencia Tributaria de Cataluña
Unidad orgánica: Agencia Tributaria de Cataluña. Servicios Territoriales de Lleida
Localidad: la Seu d'Urgell
Nivel: 26
Complemento específico: 32.720,04 €
Tipo de horario: dedicación especial, incompatibilidad
Tipo de jornada: superior a la normal
Tipo de puesto: mando
Forma de provisión: libre designación
Norma funcional: DOGC núm. 7392, de 16.6.2017
-2 Requisitos de participación
Grupo: A
Subgrupo: A.1 y A.2
Movilidad: cualquier administración indistintamente
Colectivo de cuerpos: algunos de administración especial
Especificación de cuerpos: cuerpo superior de inspectores tributarios, cuerpo superior de técnicos tributarios y cuerpo técnico de gestores tributarios
-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana
Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente
-4 Contenido funcional
Misión:
Dirigir, coordinar y supervisar la gestión de las diferentes vertientes que integran la aplicación de los tributos, desde la atención a la ciudadanía, la comprobación y la liquidación de los expedientes tributarios y la recaudación de las deudas en el ámbito de la Oficina Territorial en la Seu d'Urgell, siguiendo los criterios establecidos por los órganos centrales de la Agencia.
Finalidades/funciones:
1. Dirigir el funcionamiento general de las dependencias, servicios y personal de la Oficina Territorial y velar por su adecuado funcionamiento.
2. Supervisar el correcto desarrollo de las actuaciones de la Oficina en los ámbitos de atención a la ciudadanía, la gestión y la liquidación de los expedientes tributarios, la comprobación de valores y la recaudación.
3. Ejecutar en el ámbito de la Oficina Territorial los programas aprobados por la Agencia Tributaria de Cataluña y, en especial, impulsar y controlar la ejecución de los planes y velar por el cumplimiento de los objetivos asignados a los diferentes servicios, de acuerdo con los criterios establecidos por las oficinas centrales.
4. Ejercer las funciones de gestión de los recursos humanos que presten servicios a la correspondiente Oficina Territorial.
5. Resolver los procedimientos de gestión tributaria instruidos por la Oficina Territorial.
6. Resolver los expedientes sancionadores instruidos por la Oficina Territorial.
7. Resolver las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones y los procedimientos de devolución de ingresos indebidos cuando le corresponda esta función en virtud de la asignación de expedientes llevada a cabo por la respectiva oficina central.
8. Resolver los procedimientos ordinarios de revisión en vía administrativa instados contra los actos que haya dictado, cuando sea competente para hacerlo.
9. Ejecutar las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
10. Resolver, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia, los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, adoptar las medidas cautelares en sustitución de garantías, y liquidar los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
11. Emitir certificaciones y otros documentos relacionados con los procedimientos tributarios.
12. Ejercer las funciones que le puedan delegar los jefes de las oficinas centrales.
13. Todas las de naturaleza análoga que le encarguen o le atribuya la normativa vigente.
Tareas básicas o actividades:
1. Dirige y vela por el funcionamiento adecuado de las dependencias, servicios y personal de la Oficina.
2. Dirige y coordina las actuaciones de la Oficina en el ámbito de la atención al contribuyente, tanto en formato presencial como por medio de canales telefónicos o telemáticos.
3. Vela por la correcta ejecución de las campañas informativas derivadas de impuestos concretos (renta y patrimonio, CO₂, impuesto sobre establecimientos turísticos...) y de los cambios y adecuaciones normativas respecto a los contribuyentes, en el ámbito de la Oficina Territorial.
4. Dirige y supervisa las funciones de gestión, comprobación de valores y revisión en vía administrativa en relación con los tributos que gestiona la ATC.
5. Coordina y supervisa las actuaciones de la Oficina en materia recaudatoria, tanto en fase voluntaria como en ejecutiva.
6. Coordina y dirige la gestión de los recursos humanos que presten servicios a la Oficina.
7. Colabora con las tareas propias de régimen interior para proporcionar un buen y seguro espacio de trabajo para el personal, en coordinación con el área encargada de la gestión en el ámbito de la ATC.
8. Analiza y asigna las cargas de trabajo del personal adscrito a la Oficina para llevar a cabo una distribución adecuada de las tareas a realizar tanto de forma presencial como en la modalidad de teletrabajo.
9. Supervisa y hace el seguimiento de los planes personales de trabajo de los efectivos adscritos a la Oficina, respecto a las tareas asignadas en régimen híbrido presencial y de teletrabajo.
10. Ratifica, acuerda y resuelve las liquidaciones de los procedimientos de gestión tributaria.
11. Resuelve los recursos interpuestos contra los actos dictados por él respecto de los ámbitos de gestión y recaudación.
12. Instruye los expedientes sancionadores.
13. Propone, si procede, las sanciones tributarias que sean procedentes.
14. Resuelve los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
15. Resuelve los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia.
16. Aprueba o deniega, una vez validados por el servicio jurídico de la ATC, si procede, garantías por el aplazamiento o fraccionamiento de las deudas.
17. Adopta las medidas cautelares en sustitución de garantías y liquida los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
18. Ejecuta las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
19. Propone mecanismos y mejoras en los procesos de gestión tributaria que permitan asegurar una mayor coordinación.
20. Supervisa las actuaciones de los diferentes servicios a fin de que se cumplan los plazos establecidos en la normativa vigente en la tramitación de los expedientes que son competencia de la Oficina Territorial.
21. Impulsa y controla la ejecución de los planes y el cumplimiento de objetivos en el ámbito de la Oficina.
22. Analiza la evolución de los ingresos tributarios e impulsa medidas que mejoren la gestión y corrijan las posibles desviaciones detectadas.
23. Hace el seguimiento de los cuadros de mando propios de la Oficina y emite los informes de gestión que le sean requeridos.
-5 Otras características
5.1 Conocimientos básicos:
Conocimientos tributarios
Conocimientos específicos de procedimientos tributarios
5.2 Otros conocimientos:
Amplios conocimientos en materia tributaria, en cuanto a comprobación y recaudación
Sistema de información tributaria
Dirección y coordinación de equipos
Gestión integral de servicio a la ciudadanía (multicanalidad, gestión de colas, satisfacción del usuario)
5.3 Competencias profesionales:
Dirección y desarrollo de las personas
Compromiso con el servicio público y la organización
Puesto 2:
Nombre del puesto: Oficina Territorial en Vic
Organismo: Agencia Tributaria de Cataluña
Unidad orgánica: Agencia Tributaria de Cataluña. Servicios Territoriales de Barcelona
Localidad: Vic
Nivel: 26
Complemento específico: 32.720,04 €
Tipo de horario: dedicación especial, incompatibilidad
Tipo de jornada: superior a la normal
Tipo de puesto: mando
Forma de provisión: libre designación
Norma funcional: DOGC núm. 7392, de 16.6.2017
-2 Requisitos de participación
Grupo: A
Subgrupo: A.1 y A.2
Movilidad: cualquier administración indistintamente
Colectivo de cuerpos: algunos de administración especial
Especificación de cuerpos: cuerpo superior de inspectores tributarios, cuerpo superior de técnicos tributarios y cuerpo técnico de gestores tributarios
-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana
Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente
-4 Contenido funcional
Misión:
Dirigir, coordinar y supervisar la gestión de las diferentes vertientes que integran la aplicación de los tributos, desde la atención a la ciudadanía, la comprobación y la liquidación de los expedientes tributarios y la recaudación de las deudas en el ámbito de la Oficina Territorial en Vic, siguiendo los criterios establecidos por los órganos centrales de la Agencia.
Finalidades/funciones:
1. Dirigir el funcionamiento general de las dependencias, servicios y personal de la Oficina Territorial y velar por su adecuado funcionamiento.
2. Supervisar el correcto desarrollo de las actuaciones de la Oficina en los ámbitos de atención a la ciudadanía, la gestión y la liquidación de los expedientes tributarios, la comprobación de valores y la recaudación.
3. Ejecutar en el ámbito de la Oficina Territorial los programas aprobados por la Agencia Tributaria de Cataluña y, en especial, impulsar y controlar la ejecución de los planes y velar por el cumplimiento de los objetivos asignados a los diferentes servicios, de acuerdo con los criterios establecidos por las oficinas centrales.
4. Ejercer las funciones de gestión de los recursos humanos que presten servicios a la correspondiente Oficina Territorial.
5. Resolver los procedimientos de gestión tributaria instruidos por la Oficina Territorial.
6. Resolver los expedientes sancionadores instruidos por la Oficina Territorial.
7. Resolver las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones y los procedimientos de devolución de ingresos indebidos cuando le corresponda esta función en virtud de la asignación de expedientes llevada a cabo por la respectiva oficina central.
8. Resolver los procedimientos ordinarios de revisión en vía administrativa instados contra los actos que haya dictado, cuando sea competente para hacerlo.
9. Ejecutar las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
10. Resolver, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia, los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, adoptar las medidas cautelares en sustitución de garantías, y liquidar los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
11. Emitir certificaciones y otros documentos relacionados con los procedimientos tributarios.
12. Ejercer las funciones que le puedan delegar los jefes de las oficinas centrales.
13. Todas las de naturaleza análoga que le encarguen o le atribuya la normativa vigente.
Tareas básicas o actividades:
1. Dirige y vela por el funcionamiento adecuado de las dependencias, servicios y personal de la Oficina.
2. Dirige y coordina las actuaciones de la Oficina en el ámbito de la atención al contribuyente, tanto en formato presencial como por medio de canales telefónicos o telemáticos.
3. Vela por la correcta ejecución de las campañas informativas derivadas de impuestos concretos (renta y patrimonio, CO₂, impuesto sobre establecimientos turísticos...) y de los cambios y adecuaciones normativas respecto a los contribuyentes, en el ámbito de la Oficina Territorial.
4. Dirige y supervisa las funciones de gestión, comprobación de valores y revisión en vía administrativa en relación con los tributos que gestiona la ATC.
5. Coordina y supervisa las actuaciones de la Oficina en materia recaudatoria, tanto en fase voluntaria como en ejecutiva.
6. Coordina y dirige la gestión de los recursos humanos que presten servicios a la Oficina.
7. Colabora con las tareas propias de régimen interior para proporcionar un buen y seguro espacio de trabajo para el personal, en coordinación con el área encargada de la gestión en el ámbito de la ATC.
8. Analiza y asigna las cargas de trabajo del personal adscrito a la Oficina para llevar a cabo una distribución adecuada de las tareas a realizar tanto de forma presencial como en la modalidad de teletrabajo.
9. Supervisa y hace el seguimiento de los planes personales de trabajo de los efectivos adscritos a la Oficina, respecto a las tareas asignadas en régimen híbrido presencial y de teletrabajo.
10. Ratifica, acuerda y resuelve las liquidaciones de los procedimientos de gestión tributaria.
11. Resuelve los recursos interpuestos contra los actos dictados por él respecto de los ámbitos de gestión y recaudación.
12. Instruye los expedientes sancionadores.
13. Propone, si procede, las sanciones tributarias que sean procedentes.
14. Resuelve los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
15. Resuelve los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia.
16. Aprueba o deniega, una vez validados por el servicio jurídico de la ATC, si procede, garantías por el aplazamiento o fraccionamiento de las deudas.
17. Adopta las medidas cautelares en sustitución de garantías y liquida los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
18. Ejecuta las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
19. Propone mecanismos y mejoras en los procesos de gestión tributaria que permitan asegurar una mayor coordinación.
20. Supervisa las actuaciones de los diferentes servicios a fin de que se cumplan los plazos establecidos en la normativa vigente en la tramitación de los expedientes que son competencia de la Oficina Territorial.
21. Impulsa y controla la ejecución de los planes y el cumplimiento de objetivos en el ámbito de la Oficina.
22. Analiza la evolución de los ingresos tributarios e impulsa medidas que mejoren la gestión y corrijan las posibles desviaciones detectadas.
23. Hace el seguimiento de los cuadros de mando propios de la Oficina y emite los informes de gestión que le sean requeridos.
-5 Otras características
5.1 Conocimientos básicos:
Conocimientos tributarios
Conocimientos específicos de procedimientos tributarios
5.2 Otros conocimientos:
Amplios conocimientos en materia tributaria, en cuanto a comprobación y recaudación
Sistema de información tributaria
Dirección y coordinación de equipos
Gestión integral de servicio a la ciudadanía (multicanalidad, gestión de colas, satisfacción del usuario)
5.3 Competencias profesionales:
Dirección y desarrollo de las personas
Compromiso con el servicio público y la organización
Puesto 3:
Nombre del puesto: Oficina Territorial en Tortosa
Organismo: Agencia Tributaria de Cataluña
Unidad orgánica: Agencia Tributaria de Cataluña. Servicios Territoriales de Tarragona
Localidad: Tortosa
Nivel: 26
Complemento específico: 32.720,04 €
Tipo de horario: dedicación especial, incompatibilidad
Tipo de jornada: superior a la normal
Tipo de puesto: mando
Forma de provisión: libre designación
Norma funcional: DOGC núm. 7392, de 16.6.2017
-2 Requisitos de participación
Grupo: A
Subgrupo: A.1 y A.2
Movilidad: cualquier administración indistintamente
Colectivo de cuerpos: algunos de administración especial
Especificación de cuerpos: cuerpo superior de inspectores tributarios, cuerpo superior de técnicos tributarios y cuerpo técnico de gestores tributarios
-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana
Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente
-4 Contenido funcional
Misión:
Dirigir, coordinar y supervisar la gestión de las diferentes vertientes que integran la aplicación de los tributos, desde la atención a la ciudadanía, la comprobación y la liquidación de los expedientes tributarios y la recaudación de las deudas en el ámbito de la Oficina Territorial en Tortosa, siguiendo los criterios establecidos por los órganos centrales de la Agencia.
Finalidades/funciones:
1. Dirigir el funcionamiento general de las dependencias, servicios y personal de la Oficina Territorial y velar por su adecuado funcionamiento.
2. Supervisar el correcto desarrollo de las actuaciones de la oficina en los ámbitos de atención a la ciudadanía, la gestión y la liquidación de los expedientes tributarios, la comprobación de valores y la recaudación.
3. Ejecutar en el ámbito de la Oficina Territorial los programas aprobados por la Agencia Tributaria de Cataluña y, en especial, impulsar y controlar la ejecución de los planes y velar por el cumplimiento de los objetivos asignados a los diferentes servicios, de acuerdo con los criterios establecidos por las oficinas centrales.
4. Ejercer las funciones de gestión de los recursos humanos que presten servicios a la correspondiente Oficina Territorial.
5. Resolver los procedimientos de gestión tributaria instruidos por la Oficina Territorial.
6. Resolver los expedientes sancionadores instruidos por la Oficina Territorial.
7. Resolver las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones y los procedimientos de devolución de ingresos indebidos cuando le corresponda esta función en virtud de la asignación de expedientes llevada a cabo por la respectiva oficina central.
8. Resolver los procedimientos ordinarios de revisión en vía administrativa instados contra los actos que haya dictado, cuando sea competente para hacerlo.
9. Ejecutar las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
10. Resolver, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia, los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, adoptar las medidas cautelares en sustitución de garantías, y liquidar los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
11. Emitir certificaciones y otros documentos relacionados con los procedimientos tributarios.
12. Ejercer las funciones que le puedan delegar los jefes de las oficinas centrales.
13. Todas las de naturaleza análoga que le encarguen o le atribuya la normativa vigente.
Tareas básicas o actividades:
1. Dirige y vela por el funcionamiento adecuado de las dependencias, servicios y personal de la Oficina.
2. Dirige y coordina las actuaciones de la Oficina en el ámbito de la atención al contribuyente, tanto en formato presencial como por medio de canales telefónicos o telemáticos.
3. Vela por la correcta ejecución de las campañas informativas derivadas de impuestos concretos (renta y patrimonio, CO₂, impuesto sobre establecimientos turísticos...) y de los cambios y adecuaciones normativas respecto a los contribuyentes, en el ámbito de la Oficina Territorial.
4. Dirige y supervisa las funciones de gestión, comprobación de valores y revisión en vía administrativa en relación con los tributos que gestiona la ATC.
5. Coordina y supervisa las actuaciones de la Oficina en materia recaudatoria, tanto en fase voluntaria como en ejecutiva.
6. Coordina y dirige la gestión de los recursos humanos que presten servicios a la Oficina.
7. Colabora con las tareas propias de régimen interior para proporcionar un buen y seguro espacio de trabajo para el personal, en coordinación con el área encargada de la gestión en el ámbito de la ATC.
8. Analiza y asigna las cargas de trabajo del personal adscrito a la Oficina para llevar a cabo una distribución adecuada de las tareas a realizar tanto de forma presencial como en la modalidad de teletrabajo.
9. Supervisa y hace el seguimiento de los planes personales de trabajo de los efectivos adscritos a la Oficina, respecto a las tareas asignadas en régimen híbrido presencial y de teletrabajo.
10. Ratifica, acuerda y resuelve las liquidaciones de los procedimientos de gestión tributaria.
11. Resuelve los recursos interpuestos contra los actos dictados por él respecto de los ámbitos de gestión y recaudación.
12. Instruye los expedientes sancionadores.
13. Propone, si procede, las sanciones tributarias que sean procedentes.
14. Resuelve los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
15. Resuelve los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia.
16. Aprueba o deniega, una vez validados por el servicio jurídico de la ATC, si procede, garantías por el aplazamiento o fraccionamiento de las deudas.
17. Adopta las medidas cautelares en sustitución de garantías y liquida los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
18. Ejecuta las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
19. Propone mecanismos y mejoras en los procesos de gestión tributaria que permitan asegurar una mayor coordinación.
20. Supervisa las actuaciones de los diferentes servicios a fin de que se cumplan los plazos establecidos en la normativa vigente en la tramitación de los expedientes que son competencia de la Oficina Territorial.
21. Impulsa y controla la ejecución de los planes y el cumplimiento de objetivos en el ámbito de la Oficina.
22. Analiza la evolución de los ingresos tributarios e impulsa medidas que mejoren la gestión y corrijan las posibles desviaciones detectadas.
23. Hace el seguimiento de los cuadros de mando propios de la Oficina y emite los informes de gestión que le sean requeridos.
-5 Otras características
5.1 Conocimientos básicos:
Conocimientos tributarios
Conocimientos específicos de procedimientos tributarios
5.2 Otros conocimientos:
Amplios conocimientos en materia tributaria, en cuanto a comprobación y recaudación
Sistema de información tributaria
Dirección y coordinación de equipos
Gestión integral de servicio a la ciudadanía (multicanalidad, gestión de colas, satisfacción del usuario)
5.3 Competencias profesionales:
Dirección y desarrollo de las personas
Compromiso con el servicio público y la organización
Puesto 4:
Nombre del puesto: Oficina Territorial en Vilafranca del Penedès
Organismo: Agencia Tributaria de Cataluña
Unidad orgánica: Agencia Tributaria de Cataluña. Servicios Territoriales de Barcelona
Localidad: Vilafranca del Penedès
Nivel: 26
Complemento específico: 32.720,04 €
Tipo de horario: dedicación especial, incompatibilidad
Tipo de jornada: superior a la normal
Tipo de puesto: mando
Forma de provisión: libre designación
Norma funcional: DOGC núm. 7392, de 16.6.2017
-2 Requisitos de participación
Grupo: A
Subgrupo: A.1 y A.2
Movilidad: cualquier administración indistintamente
Colectivo de cuerpos: algunos de administración especial
Especificación de cuerpos: cuerpo superior de inspectores tributarios, cuerpo superior de técnicos tributarios y cuerpo técnico de gestores tributarios
-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana
Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente
-4 Contenido funcional
Misión:
Dirigir, coordinar y supervisar la gestión de las diferentes vertientes que integran la aplicación de los tributos, desde la atención a la ciudadanía, la comprobación y la liquidación de los expedientes tributarios y la recaudación de las deudas en el ámbito de la Oficina Territorial en Vilafranca del Penedès, siguiendo los criterios establecidos por los órganos centrales de la Agencia.
Finalidades/funciones:
1. Dirigir el funcionamiento general de las dependencias, servicios y personal de la Oficina Territorial y velar por su adecuado funcionamiento.
2. Supervisar el correcto desarrollo de las actuaciones de la Oficina en los ámbitos de atención a la ciudadanía, la gestión y la liquidación de los expedientes tributarios, la comprobación de valores y la recaudación.
3. Ejecutar en el ámbito de la Oficina Territorial los programas aprobados por la Agencia Tributaria de Cataluña y, en especial, impulsar y controlar la ejecución de los planes y velar por el cumplimiento de los objetivos asignados a los diferentes servicios, de acuerdo con los criterios establecidos por las oficinas centrales.
4. Ejercer las funciones de gestión de los recursos humanos que presten servicios a la correspondiente Oficina Territorial.
5. Resolver los procedimientos de gestión tributaria instruidos por la Oficina Territorial.
6. Resolver los expedientes sancionadores instruidos por la Oficina Territorial.
7. Resolver las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones y los procedimientos de devolución de ingresos indebidos cuando le corresponda esta función en virtud de la asignación de expedientes llevada a cabo por la respectiva oficina central.
8. Resolver los procedimientos ordinarios de revisión en vía administrativa instados contra los actos que haya dictado, cuando sea competente para hacerlo.
9. Ejecutar las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
10. Resolver, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia, los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, adoptar las medidas cautelares en sustitución de garantías, y liquidar los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
11. Emitir certificaciones y otros documentos relacionados con los procedimientos tributarios.
12. Ejercer las funciones que le puedan delegar los jefes de las oficinas centrales.
13. Todas las de naturaleza análoga que le encarguen o le atribuya la normativa vigente.
Tareas básicas o actividades:
1. Dirige y vela por el funcionamiento adecuado de las dependencias, servicios y personal de la Oficina.
2. Dirige y coordina las actuaciones de la Oficina en el ámbito de la atención al contribuyente, tanto en formato presencial como por medio de canales telefónicos o telemáticos.
3. Vela por la correcta ejecución de las campañas informativas derivadas de impuestos concretos (renta y patrimonio, CO₂, impuesto sobre establecimientos turísticos...) y de los cambios y adecuaciones normativas respecto a los contribuyentes, en el ámbito de la Oficina Territorial.
4. Dirige y supervisa las funciones de gestión, comprobación de valores y revisión en vía administrativa en relación con los tributos que gestiona la ATC.
5. Coordina y supervisa las actuaciones de la Oficina en materia recaudatoria, tanto en fase voluntaria como en ejecutiva.
6. Coordina y dirige la gestión de los recursos humanos que presten servicios a la Oficina.
7. Colabora con las tareas propias de régimen interior para proporcionar un buen y seguro espacio de trabajo para el personal, en coordinación con el área encargada de la gestión en el ámbito de la ATC.
8. Analiza y asigna las cargas de trabajo del personal adscrito a la Oficina para llevar a cabo una distribución adecuada de las tareas a realizar tanto de forma presencial como en la modalidad de teletrabajo.
9. Supervisa y hace el seguimiento de los planes personales de trabajo de los efectivos adscritos a la Oficina, respecto a las tareas asignadas en régimen híbrido presencial y de teletrabajo.
10. Ratifica, acuerda y resuelve las liquidaciones de los procedimientos de gestión tributaria.
11. Resuelve los recursos interpuestos contra los actos dictados por él respecto de los ámbitos de gestión y recaudación.
12. Instruye los expedientes sancionadores.
13. Propone, si procede, las sanciones tributarias que sean procedentes.
14. Resuelve los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
15. Resuelve los expedientes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias tramitadas, de acuerdo con las instrucciones emitidas por el director o directora de la Agencia.
16. Aprueba o deniega, una vez validados por el servicio jurídico de la ATC, si procede, garantías por el aplazamiento o fraccionamiento de las deudas.
17. Adopta las medidas cautelares en sustitución de garantías y liquida los intereses de demora que se meriten con motivo de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que resuelva.
18. Ejecuta las resoluciones económico-administrativas y las sentencias dictadas por los tribunales en relación con los actos que haya dictado.
19. Propone mecanismos y mejoras en los procesos de gestión tributaria que permitan asegurar una mayor coordinación.
20. Supervisa las actuaciones de los diferentes servicios a fin de que se cumplan los plazos establecidos en la normativa vigente en la tramitación de los expedientes que son competencia de la Oficina Territorial.
21. Impulsa y controla la ejecución de los planes y el cumplimiento de objetivos en el ámbito de la Oficina.
22. Analiza la evolución de los ingresos tributarios e impulsa medidas que mejoren la gestión y corrijan las posibles desviaciones detectadas.
23. Hace el seguimiento de los cuadros de mando propios de la Oficina y emite los informes de gestión que le sean requeridos.
-5 Otras características
5.1 Conocimientos básicos:
Conocimientos tributarios
Conocimientos específicos de procedimientos tributarios
5.2 Otros conocimientos:
Amplios conocimientos en materia tributaria, en cuanto a comprobación y recaudación
Sistema de información tributaria
Dirección y coordinación de equipos
Gestión integral de servicio a la ciudadanía (multicanalidad, gestión de colas, satisfacción del usuario)
5.3 Competencias profesionales:
Dirección y desarrollo de las personas
Compromiso con el servicio público y la organización