Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-8942)
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RESOLUCIÓN REU/2200/2023, de 15 de junio, por la que se abre la convocatoria de las ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y el Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF 23) (ref. BDNS 704099).
La Ley 7/2001, de 31 de mayo, (DOGC núm. 3407 de 12.6.2001), crea la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR), como entidad de derecho público que ajusta su actuación al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus funciones.
Corresponde a la Agencia la ejecución de programas de becas, préstamos, subvenciones y otras actividades de fomento del estudio universitario, la investigación científica y técnica, y la innovación tecnológica en Cataluña.
La AGAUR está adscrita al Departamento de Investigación y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 115/2022, de 14 de junio, de reestructuración del Departamento de Investigación y Universidades.
Es de aplicación lo dispuesto en el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalitat de Catalunya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El artículo 11 de los Estatutos de la AGAUR, aprobados por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya mediante el Decreto 168/2002, de 11 de junio, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como resolverlas. Estas facultades se han delegado en el presidente o la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias (CEAU), en fecha 28 de abril de 2022.
En fecha 13 de junio de 2023 se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 8935 la Resolución REU/2047/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y el Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF).
Por todo ello,
Resuelvo:
Artículo 1
Abrir la convocatoria de ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y del Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF 23).
Artículo 2
2.1 Esta convocatoria está financiada por la Dirección General de Universidades del Departamento de Investigación y Universidades (REU). El importe global es de 25.000,00 € (veinticinco mil euros), que van a cargo de la partida 480.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2023.
2.2 La concesión de las ayudas está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
2.3 Esta dotación máxima se puede ampliar en un porcentaje del 10 % antes de la resolución de adjudicación de las ayudas, sin necesidad de publicar una nueva convocatoria.
2.4 La subvención se puede reducir total o parcialmente antes de que se dicte la resolución definitiva como consecuencia de las restricciones que deriven del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
2.5 Una vez resuelta esta convocatoria, en caso de que no se haya agotado el importe máximo fijado en este artículo 2, o en caso de que se generen remanentes derivados de las renuncias o revocaciones de las ayudas concedidas, se podrán asignar nuevas concesiones a las solicitudes estimadas finalmente como consecuencia de la interposición de un recurso administrativo o contencioso-administrativo, o bien a las solicitudes que hayan quedado en lista de reserva, siempre que estos proyectos se puedan llevar a cabo en los plazos que establecen las bases reguladoras.
Artículo 3
Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por:
a) La Resolución REU/2047/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y el Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF).
b) Las disposiciones sobre subvenciones del capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, así como en la normativa básica en materia de subvenciones y demás normativa aplicable.
Artículo 4
4.1 El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOGC y finaliza a las 14:00:00 h (hora local de Barcelona) del día 20 de julio de 2023.
4.2 Las solicitudes se pueden presentar de acuerdo con lo previsto en la base 5 de la Resolución REU/2047/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y el Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF).
Artículo 5
Las estancias deben efectuarse entre el 1 de noviembre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
Artículo 6
6.1 El órgano competente para la ordenación e instrucción de esta convocatoria es la persona titular de la AGAUR.
6.2 La resolución de la convocatoria corresponde al Consejo de Dirección de la AGAUR y, por delegación, a la CEAU o la persona que ocupe su presidencia, según el Acuerdo del Consejo de Dirección de 28 de abril de 2022 (Resolución REU/1421/2022, de 10 de mayo, DOGC núm. 8668, de 16.5.2022).
6.3 El procedimiento de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva.
6.4 El plazo legal máximo para resolver es de seis meses, a contar desde la publicación de esta convocatoria en el DOGC. Una vez transcurrido este plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se entenderá desestimada por silencio administrativo.
6.5 La resolución de concesión de las ayudas se habrá de notificar mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Con el fin de hacer una mayor difusión, y a efectos informativos, el resultado de la resolución se podrá consultar en la página web de la AGAUR.
6.6 Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el presidente o presidenta de la CEAU, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya, o bien pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Artículo 7
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAU, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo que prevén los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Barcelona, 15 de junio de 2023
P. d. (Resolución REU/1421/2022, de 10.5.2022, DOGC núm. 8668, de 16.5.2022)
M. Victòria Girona Brumós
Presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias