Departamento de Territorio - Disposiciones generales (DOGC nº 2023-8942)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
EDICTO de 15 de junio de 2023, sobre acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Penedès referentes al Plan de ordenación urbanística municipal de Copons.
La Comisión Territorial de Urbanismo de El Penedès, en las sesiones de 19 de octubre de 2002 y 25 de enero de 2023, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Exp.: 2016/62050/N
Plan de ordenación urbanística municipal de Copons
Acuerdo de 25 de enero de 2023
Visto el informe propuesta de los Servicios Técnicos, y de acuerdo con los fundamentos que en él se exponen, esta Comisión acuerda:
-1 Dar conformidad al Texto refundido del Plan de ordenación urbanística municipal de Copons, promovido y enviado por el Ayuntamiento, en cumplimiento del acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Penedès de 19 de octubre de 2022.
-2 Publicar este acuerdo, el de aprobación definitiva de 19 de octubre de 2022 y las normas urbanísticas correspondientes en el DOGC, a efectos de su inmediata ejecutividad, tal y como indica el artículo 106 del Texto refundido de la Ley de urbanismo.
-3 Manifestar que el documento de Plan de ordenación urbanística municipal de Copons ha sido sometido al trámite ambiental preceptivo previsto en el artículo 86.bis y disposición transitoria decimoctava del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, y en el artículo 115 del Reglamento de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto 305/2006, de 18 de julio, lo cual ha sido considerado, previa su resolución definitiva.
-4 Comunicarlo al Ayuntamiento.
Acuerdo de 19 de octubre de 2022
Visto el informe propuesta de los Servicios Técnicos, y de acuerdo con los fundamentos que en él se exponen, esta Comisión acuerda:
-1 Aprobar definitivamente el Plan de ordenación urbanística municipal de Copons, promovido y enviado por el Ayuntamiento, y supeditar la publicación en el DOGC y consiguiente ejecutividad a la presentación de un texto refundido, verificado por el órgano que ha otorgado la aprobación provisional del expediente y debidamente tramitado, que incorpore las siguientes prescripciones:
1.1 Corregir los valores de techo edificable máximo y el índice de edificabilidad bruto en la ficha del PMU-4. Granja Aloha, de manera tal que los valores sean los mismos en la ficha normativa que en la parte gráfica de la ficha.
1.2 Es necesario eliminar la ficha del PEU-3, excluir este Plan especial de la agenda y replantear la idoneidad de refundir el vigente plan especial en el planeamiento general, pudiendo preverse a través de una disposición transitoria de la normativa el mantenimiento de su vigencia. Asimismo, es necesario clarificar si el resto de planes especiales actualmente vigentes se derogan o mantienen su vigencia, incluyéndolos en la misma disposición transitoria o en una disposición derogatoria, según sea el caso.
1.3 Es necesario eliminar todas las referencias a límites de la regulación de las construcciones agrícolas (art. 194) y construcciones ganaderas (art. 195) y remitirlos a lo que establece el TRLU.
1.4 Se recomienda incorporar una regulación de la implantación de las construcciones agrícolas y ganaderas sobre el terreno, que establezca determinaciones respecto de los taludes o desmontes y en general de los movimientos de tierras, para garantizar una buena integración paisajística.
1.5 Es necesario incorporar los criterios y las acciones del Catálogo de paisaje de las Comarcas Centrales en el artículo 195 de construcciones ganaderas, tal y como se ha introducido en el artículo 194 sobre construcciones agrícolas.
-2 Indicar al Ayuntamiento que el texto refundido incluirá el texto de las normas urbanísticas y los planos de ordenación en soporte informático y en formato editable de tratamiento de textos, en cumplimiento del artículo 17.6 del Reglamento de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto 305/2006, de 18 de julio, y de la Orden PTO/343/2005, de 27 de julio, por la que se establecen los requerimientos técnicos de la presentación, en soporte informático, de las normas urbanísticas de las figuras de planeamiento urbanístico en los órganos de la Generalidad de Cataluña competentes para su aprobación definitiva.
-3 Manifestar que el documento de Plan de ordenación urbanística municipal de Copons ha sido sometido al trámite ambiental preceptivo previsto en el artículo 86.bis y disposición transitoria decimoctava del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, y en el artículo 115 del Reglamento de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto 305/2006, de 18 de julio, lo cual ha sido considerado, previa su resolución definitiva.
-4 Comunicarlo al Ayuntamiento.
Contra estos acuerdos, que se refieren a una disposición administrativa de carácter general, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación o la publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevén el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, y los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de que los particulares puedan interponer cualquier otro recurso que consideren procedente, y de la posibilidad que tienen los ayuntamientos y otras administraciones públicas de formular el requerimiento previo que prevé el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
En el caso de formular requerimiento, éste se entenderá rehusado si, dentro del mes siguiente a la recepción, no es contestado. En este supuesto, el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso administrativo se contará desde el día siguiente de aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o de aquél en que se entienda rehusado presuntamente.
Consulta e información del expediente
El expediente estará, para la consulta e información que prevé el artículo 107 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, depositado en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña, tal y como establece el artículo 103, apartados 1 y 2, del mencionado Texto refundido.
Se incluye, a continuación, el enlace al Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña que permite la consulta telemática e inmediata de los documentos que conforman el instrumento de planeamiento urbanístico aprobado, con plena garantía de autenticidad e integridad, en virtud de lo que prevén la disposición adicional cuarta de la Ley 2/2007, de 5 de junio, del DOGC, y el artículo 103.3 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero:
La consulta del expediente administrativo se podrá hacer, presencialmente, en cualquiera de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables.
Barcelona, 15 de junio de 2023
Cristina Garcia Perera
Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Penedès
Anexo
Normas urbanísticas del Plan de ordenación urbanística municipal de Copons
(Véase la imagen al final del documento)