Departamento de Derechos Sociales - Cargos y personal (DOGC nº 2023-8940)
RESOLUCIÓN DSO/2148/2023, de 15 de junio, de designación de los miembros de la Mesa de Contratación del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona.
Mediante el Decreto 113/2006, de 25 de abril, se constituyó el Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona y se aprueban sus Estatutos.
El artículo 14 regula la contratación y prevé que las competencias que la legislación vigente en materia de contratos atribuye al órgano de contratación corresponden a la gerencia en cuanto a los contratos menores, y a la presidencia del Consorcio en los demás casos, sin perjuicio de su delegación.
El apartado 3 del mismo artículo 14 determina que el órgano de contratación designa la Mesa de Contratación.
Por otra parte, el artículo 11.3 prevé que la persona titular de la presidencia del Consorcio es el consejero o consejera de Bienestar y Familia de la Generalitat de Catalunya, actualmente denominado Departamento de Derechos Sociales.
Visto que se han producido modificaciones en el organigrama del Consorcio, que han supuesto la necesidad de actualizar la composición de la Mesa de Contratación;
Considerando lo que dispone el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014;
Por todo ello, en virtud del artículo 14.3 de los Estatutos del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, aprobados por el Decreto 113/2006, de 25 de abril, de constitución del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona,
Resuelvo:
Designar a los miembros de la Mesa de Contratación del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, que quedará integrada por:
-1 Presidencia: la persona titular de la gerencia del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona.
-2 Vicepresidencia: la persona titular de la gerencia adjunta del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, que asumirá la presidencia en caso de ausencia de la anterior.
-3 Vocalías:
a) La persona titular del Servicio de Administración General, Recursos Humanos y Gestión Económica del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, con atribuciones de asesoramiento económico.
b) La persona titular del servicio de Asesoría Jurídica y Documentación del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, con atribuciones de asesoramiento jurídico.
c) Una persona técnica adscrita al servicio del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona afectado por el contrato.
d) Una persona funcionaria licenciada en derecho, adscrita a la asesoría jurídica del departamento de adscripción del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona, y en representación de este departamento.
e) Una persona funcionaria designada por el área competente en materia de servicios sociales del Ayuntamiento de Barcelona y en representación de esta área.
−4 Secretaría: una persona técnica adscrita al Servicio de Administración General, Recursos Humanos y Gestión Económica del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona.
Barcelona, 15 de junio de 2023
Carles Campuzano i Canadés
Consejero de Derechos Sociales