Consejo Catalán del Deporte - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-8918)

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RESOLUCIÓN PRE/1672/2023, de 10 de mayo, por la que se abre la convocatoria del procedimiento para la concesión de subvenciones para el apoyo al desarrollo del programa Deporte Blanco Escolar (EBE) del curso 2022-2023 (ref. BDNS 694798).

 

Vista la Resolución PRE/1545/2023, de 4 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el apoyo al desarrollo del programa Deporte Blanco Escolar (EBE) (DOGC núm. 8912, publicado el 10.5.2023);

De acuerdo con el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; los preceptos de carácter básico de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

 

Resuelvo:

 

—1 Abrir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el apoyo al desarrollo del programa Deporte Blanco Escolar (EBE) del curso 2022-2023, y de sus subprogramas:

Subprograma 1. Subprograma de actividades.

Subprograma 2. Subprograma de transporte.

 

—2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases aprobadas por la Resolución PRE/1545/2023, de 4 de mayo.

 

—3 Las actividades objeto de subvención se tienen que llevar a cabo en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de mayo de 2023.

 

—4 La dotación presupuestaria máxima aprobada para la concesión de estas subvenciones es de 675.000 euros; de los cuales 520.000 € se imputarán a la partida presupuestaria D/482000100/4710/0000, y 155.000 € se imputarán a la partida presupuestaria D/460000100/4710/0000 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte del año 2023.

Si, en función del volumen de solicitudes, se producen remanentes en cualquiera de las partidas presupuestarias objeto de financiación, el importe correspondiente se puede aplicar a otras partidas previstas en la misma convocatoria.

La concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

 

—5 De conformidad con lo que dispone la base reguladora 13.1, el pago de la subvención concedida, en concepto de adelanto, que se tramitará a partir de la concesión de la subvención, será de un importe equivalente al 100 % del importe total de la subvención.

 

—6 El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC.

 

—7 Las solicitudes y el resto de trámites asociados al procedimiento de concesión de las ayudas se tienen que presentar únicamente por medios electrónicos a través de Trámites gencat, en la dirección trámites.gencat.cat del Departamento de la Presidencia, utilizando el sistema de firma electrónica, de conformidad con la Orden PRE/5/2017, de 12 de enero, por la que se aprueba la tramitación electrónica obligatoria de los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones de concurrencia pública del Consejo Catalán del Deporte.

Los entes locales tienen que presentar la solicitud por medios electrónicos a través de EACAT, en la dirección eacat.cat.

La identificación de las personas solicitantes se hará mediante los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica, en la dirección gencat.cat.

 

—8 La Subdirección General de Actividades Deportivas e Infraestructuras del Consejo Catalán del Deporte, como órgano competente para la instrucción del procedimiento, formula la propuesta de resolución provisional de concesión de subvenciones, de acuerdo con el informe previo del Comité Ejecutivo del Consejo Catalán del Deporte. Esta Subdirección, siguiendo la tramitación que dispone la base general 10, eleva la propuesta definitiva de resolución a la presidencia del Consejo Catalán del Deporte, para la resolución final del procedimiento.

 

—9 La resolución final del procedimiento se notifica a las personas interesadas mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, en la dirección tauler.seu.cat. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la persona titular del departamento competente en materia de deportes en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la resolución mencionada, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

—10 El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de conclusión del procedimiento, mediante su publicación, es de seis meses contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC. Transcurrido este plazo, si no se ha producido la publicación mencionada, los interesados pueden entender que sus solicitudes se han desestimado por silencio administrativo.

 

—11 Esta Resolución tiene efectos a partir del día siguiente a su publicación en el DOGC.

 

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o, directamente, ante la persona titular del departamento competente en materia de deportes, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación en el DOGC, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

 

Esplugues de Llobregat, 10 de mayo de 2023

 

 

Anna Caula i Paretas

Presidenta del Consejo Catalán del Deporte

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