Departamento de Educación - Anuncios (DOGC nº 2023-8916)
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RESOLUCIÓN EDU/1589/2023, de 2 de mayo, por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado El Trenet, de Lleida.
Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación por la titular del centro educativo privado de primer ciclo El Trenet, de Lleida, en petición de modificación de la capacidad, se instruyó el expediente correspondiente.
Dado que se ha comprobado en el expediente mencionado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación; la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Decreto 282/2006, de 4 de julio, de los requisitos de los centros de primer cicle de educación infantil; y, el Decreto 122/2012, de 9 de octubre, del procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de centros educativos privados,
Resuelvo:
-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado de primer ciclo El Trenet, código 25010401, de Lleida, por modificación de la capacidad, en los siguientes términos:
Capacidad que se modifica:
Enseñanza de Educación infantil de primer ciclo: de 3 a 5 unidades y de 40 a 73 puestos escolares.
La distribución es la siguiente: De 0 a 1 año: 1 unidad para 8 puestos escolares; de 1 a 2 años: 2 unidades para 26 puestos escolares, y cada una para 13 puestos escolares; y de 2 a 3 años: 2 unidades para 39 puestos escolares con una unidad para 20 puestos escolares y una unidad para 19 puestos escolares respectivamente.
-2 La composición del centro es la que figura en el anexo de esta Resolución.
-3 Los ciclos formativos de formación profesional específica del centro quedan autorizados hasta su extinción (si tienen ciclos de Formación profesional específica).
-4 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Lleida, 2 de mayo de 2023
Claudi Vidal Gimbert
Director de los Servicios Territoriales en Lleida
Anexo
Composición del centro desde el inicio del curso escolar 2022-2023:
Autorización de apertura:
Enseñanza de Educación infantil de primer ciclo: 5 unidades para 73 puestos escolares.
La distribución es la siguiente:
- 0 a 1 año: 1 unidad para 8 puestos escolares.
- 1 a 2 años: 2 unidades para 26 puestos escolares y cada una para 13 puestos escolares.
- 2 a 3 años: 2 unidades para 39 puestos escolares; 1 unidad para 20 puestos escolares y 1 unidad para 19 puestos escolares.