Departamento de Territorio - Disposiciones generales (DOGC 2023-8906)
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EDICTO de 24 de abril de 2023, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Camp de Tarragona referente al municipio de Falset.
La Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona, en la sesión de 8 de febrero de 2023, adoptó, entre otros, el acuerdo cuya parte dispositiva se reproduce a continuación:
Exp.: 2013 / 052095 / T
Modificación puntual de Plan de ordenación urbanística municipal número 6/2013 para la construcción de bodegas en suelo no urbanizable, en el término municipal en Falset
Vista la propuesta de los Servicios Técnicos, y de acuerdo con los fundamentos que se exponen esta Comisión Territorial de Urbanismo del Camp de Tarragona, acuerda:
-1 Aprobar definitivamente la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal número 6/2013 para la construcción de bodegas en suelo no urbanizable, de Falset, promovido y tramitado por el Ayuntamiento.
-2 Publicar la parte dispositiva de este acuerdo y de las normas urbanísticas correspondientes en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, a efectos de su inmediata ejecutividad, de acuerdo con el artículo 106 del Texto refundido de la Ley de Urbanismo, aprovada por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, modificado por la Ley 3/2012, del 22 de febrero.
- 3 Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Falset.
Contra este acuerdo, que se refiere a una disposición administrativa de carácter general, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevén el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, y los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de que los particulares puedan interponer cualquier otro recurso que consideren procedente, y de la posibilidad que tienen los ayuntamientos y otras administraciones públicas de formular el requerimiento previo que prevé el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En el caso de formular requerimiento, este se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente en la recepción, no es contestado. En este supuesto, el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente al día en que se reciba la documentación del acuerdo expreso o de aquel en que se entienda rechazado presuntamente.
Consulta e información del expediente
El expediente estará, para la consulta e información que prevé el artículo 107 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, depositado en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña, tal y como establece el artículo 103, apartados 1 y 2, del mencionado Texto refundido.
Se incluye, a continuación, el enlace al Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña que permite la consulta telemática e inmediata de los documentos que conforman el instrumento de planeamiento urbanístico aprobado, con plena garantía de autenticidad e integridad, en virtud de lo que prevén la disposición adicional cuarta de la Ley 2/2007, de 5 de junio, del DOGC, y el artículo 103.3 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero:
http://dtes.gencat.cat/rpucportal/AppJava/cercaExpedient.do?reqCode=veureFitxa&codiPublic=2013/52095/T&set-locale=es
La consulta del expediente administrativo se podrá hacer, presencialmente, en cualquiera de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables.
Tarragona, 24 de abril de 2023
Natàlia Hidalgo García
Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de El Camp de Tarragona
Anexo
Normas urbanísticas de Modificación puntual de Plan de ordenación urbanística municipal número 6/2013 para la construcción de bodegas en suelo no urbanizable, en Falset
(Véase la imagen al final del documento)