Departamento de Empresa y Trabajo - Otras disposiciones (DOGC 2023-8897)

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RESOLUCIÓN EMT/1228/2023, de 4 de abril, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Comisión paritaria del Convenio colectivo autonómico de Cataluña del sector de la atención a las personas mayores (GERCAT) (código de convenio núm. 79100235012021).

 

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión paritaria del Convenio colectivo autonómico de Cataluña del sector de la atención a la gente mayor (GERCAT), relativo a las tablas salariales 2022, suscrito en fecha 20 de diciembre de 2022, d de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el artículo 2.1.a) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de 1 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

 

Resuelvo:

 

—1 Disponer la inscripción del citado Acuerdo en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la comisión paritaria.

 

—2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

 

 

Barcelona, 4 de abril de 2023

 

Òscar Riu Garcia

Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

 

 

Traducción del texto original firmado por las partes

 

Acta 3 de la Comisión paritaria del primer Convenio colectivo autonómico de Cataluña de atención a las personas mayores (GERCAT)

 

Día: 20 de diciembre de 2022.

Hora: a las 16:30 horas.

Lugar: reunión vía telemática.

 

Asistentes

 

Nombre

Organización

Montse Llopis Graells

ACRA

Alba Sanchez

ACRA asesor

Paco Carretero

ACRA asesor

José Manuel Dominguez

CAPSS

Abigail Blanco

CAPSS asesor

Noelia Santiago Rey

UCH

Lígia Magdalena Coro Zhimnay

CCOO

Mª. Jose Felipe Jiménez

CCOO

Josep Mª. Yague Polo

CCOO asesor

Jaume Adrover

UGT

 

 

A las 16:30 horas del día 20 de diciembre de 2022, se reúnen por vía telemática las personas mencionadas anteriormente, en representación de sus organizaciones, con el objetivo de realizar reunión de la Comisión paritaria del primer convenio Colectivo autonómico de Cataluña de atención a la gente mayor (GERCAT).

Como cuestión previa, se nombra suplente por parte de la UCH a Noelia Santiago en lugar de Elena de la Campa y, a Elena de la Campa se le nombra titular en lugar de Esther Moya.

La Comisión paritaria, en cumplimiento de la Disposición Transitoria primera del convenio, y una vez aprobados los aumentos de las tarifas de los diferentes servicios de la cartera de servicios a que se refiere el Convenio y precios de establecimientos en gestión delegada, aprueba las tablas salariales para 2022.

Dichas tablas representan un incremento del 3% respecto a las tablas de 2021 y se adjuntan a la presente acta.

En cualquier caso, se ha de remarcar que las persones trabajadoras encuadradas en los grupos C y D, con categorías profesionales limpiador/a, planchador/a, ayudante de cocina y ayudante oficios varios, en aplicación de lo establecido en la Disposición Transitoria segunda del Convenio, no cobraran en ningún caso un salario inferior al fijado por el Real decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que fija el salario mínimo interprofesional para 2022, (en cómputo anual en 14.000 euros), teniendo en cuenta la suma del salario base y de los complementos salariales.

Las partes acuerdan abonar los atrasos generados desde el 1 de enero de 2022 como máximo, durante el primer trimestre del año 2023.

Asimismo, se autoriza a Alba Sánchez Bestuè con el objetivo de poder registrar las mismas en el REGCON para su publicación y general conocimiento.

 

Retribuciones convenio dependencia catalán 2022

 

Grupo

Cat. profesional

S. base

Antig.

Fest./dom.

H.noct.

Disponib.

H. extra

Fest. espec.

Residencias personas mayores, centros de día y noche y pisos y viviendas tuteladas

A

Administrador/a

1.973,69

20,47

20,42

3,86

22,70

27,22

65,38

A

Gerente/a

1.973,69

20,47

20,42

3,86

22,70

27,22

65,38

A

Director/a

1.973,69

20,47

20,42

3,86

22,70

27,22

65,38

A

Facultativo/a

1.681,28

20,47

20,42

3,29

22,70

23,19

55,71

A

Titulado/a Superior

1.681,28

20,47

20,42

3,29

22,70

23,19

55,71

B

Supervisor/a

1.471,12

20,47

20,42

2,87

22,70

20,29

48,75

B

ATS/DUE

1.471,12

20,47

20,42

2,87

22,70

20,29

48,75

B

Trabajador/a Social

1.366,05

20,47

20,42

2,68

22,70

18,84

45,26

B

Fisioterapeuta

1.366,05

20,47

20,42

2,68

22,70

18,84

45,26

B

Terapeuta ocupacional

1.366,05

20,47

20,42

2,68

22,70

18,84

45,26

B

Titulado/a medio

1.337,01

20,47

20,42

2,62

22,70

18,45

44,30

B

Gobernante/a

1.129,59

20,47

20,42

2,20

22,70

15,58

37,44

C

TASOC

1.106,49

20,47

20,42

2,15

22,70

15,26

36,66

C

Oficial mantenimiento

1.106,49

20,47

20,42

2,15

22,70

15,26

36,66

C

Oficial administrativo

1.106,49

20,47

20,42

2,15

22,70

15,26

36,66

C

Conductor/a

1.088,70

20,47

20,42

2,12

22,70

15,02

36,07

C

Gerocultor/a

1.088,70

20,47

20,42

2,12

22,70

15,02

36,07

C

Cocinero/a

1.088,70

20,47

20,42

2,12

22,70

15,02

36,07

C

Jardinero/a

1.069,61

20,47

20,42

2,09

22,70

14,76

35,44

C

Auxiliar mantenimiento

1.069,61

20,47

20,42

2,09

22,70

14,76

35,44

C

Auxiliar administrativo/a

1.069,61

20,47

20,42

2,09

22,70

14,76

35,44

C

Portero/a-Recepcionista

1.069,61

20,47

20,42

2,09

22,70

14,76

35,44

C

Limpiador/a-Planchador/a *

986,84

20,47

20,42

1,93

22,70

13,62

32,69

C

Ayudante cocina *

986,84

20,47

20,42

1,93

22,70

13,62

32,69

D

Ayudante oficios varios*

986,84

20,47

20,42

1,93

22,70

13,62

32,69

 

Servicio de ayuda en domicilio

A

Rpble. coordinación

2.203,36

20,47

20,42

4,39

22,70

30,40

73,01

A

Jefe administrativo

1.643,52

20,47

20,42

3,28

22,70

22,68

54,46

B

Coordinador/a

1.557,52

20,47

20,42

3,10

22,70

21,48

51,60

C

Oficial administrativo/a

1.420,58

20,47

20,42

2,83

22,70

19,59

47,06

C

Ayudante coordinación

1.246,04

20,47

20,42

2,48

22,70

17,19

41,29

C

Auxiliar administrativo/a

1.075,04

20,47

20,42

2,14

22,70

14,83

35,63

C

Auxiliar ayuda domicilio

1.075,04

20,47

20,42

2,14

22,70

14,83

35,63

 

* De conformidad con la Disposición Transitoria segunda del convenio, las personas trabajadoras encuadradas en los grupos C y D, con categorías profesionales limpiador/a, planchador/a, ayudante de cocina y ayudante oficios varios, no cobraran en ningún caso un salario inferior al fijado por el Real decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que fija el salario mínimo interprofesional para 2022, (en cómputo anual y jornada completa 14.000 euros), teniendo en cuenta la suma del salario base y de los complementos salariales.

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