Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Anuncios (DOGC 2023-8882)
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RESOLUCIÓN ACC/4077/2021, de 13 de octubre, de declaración de impacto ambiental del Proyecto de acondicionamiento y mejora de la red de distribución de la acequia de El Molí de Pals, promovido y tramitado por la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, en los términos municipales de Gualta, Torroella de Montgrí, Fontanilles, Pals, Palau-sator, Serra de Daró y Ullastret (exp. OTAAGI20150065).
—1 Antecedentes
El 29 de noviembre de 2007, el Ministerio de Medio Ambiente emitió la declaración de impacto ambiental del Proyecto de acondicionamiento y mejora de la acequia del Molí de Pals, entre el sifón del Daró y el final del actual canal, en los términos municipales de Fontanilles, Gualta y Pals (BOE núm. 8, de 9 de enero de 2008).
El 25 de marzo de 2015, entró en los Servicios Territoriales en Girona del Departamento de Territorio y Sostenibilidad la solicitud de inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada del Proyecto de acondicionamiento y mejora de la red de distribución de la acequia del Molí de Pals, tramitada por la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (DARPA).
La Ponencia Ambiental, en la sesión de 14 de julio de 2015, emitió un informe de impacto ambiental por el que el Proyecto debía someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria porque podía tener efectos significativos sobre el medio ambiente (DOGC núm. 7065, de 24.2.2016).
El 7 de septiembre de 2015, se emitió el documento de alcance del estudio de impacto ambiental (EIA) a solicitud del DARPA recibida el 27 de julio de 2015.
El 4 de abril de 2019, la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural del Departamento de Territorio y Sostenibilidad recibió la documentación del Proyecto y el EIA, junto con el expediente de información pública y la solicitud de emisión de la declaración de impacto ambiental.
El 30 de junio de 2021, se comunicó a la Agencia Catalana del Agua la necesidad de someter el Proyecto de recrecimiento del muro de la toma de la esclusa de Canet al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada en el que tiene origen la red de riego objeto de este informe.
— 2 Marco normativo
El Proyecto se encuentra dentro de los supuestos previstos en el apartado 1.b del artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, según el cual son objeto de evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos del apartado 2 del mismo artículo cuando así lo decida el órgano ambiental competente en el informe de impacto ambiental con arreglo a los criterios del anexo III.
—3 Descripción del Proyecto y del estudio de impacto ambiental
El Proyecto prevé el acondicionamiento y la mejora de la red de distribución del riego de la Comunidad de regantes de la acequia del Molí de Pals. La superficie regada actualmente es de 2.695 ha, con gran diversidad de situaciones y condiciones. Con las actuaciones previstas, el Proyecto prevé alcanzar una superficie regada de 2.965 ha y mejorar la red de distribución en una superficie de 1.182 ha.
La Comunidad de regantes está dividida en nueve zonas geográficas separadas. El Proyecto contempla seis grupos de actuación orientados a la mejora de la eficiencia en el transporte y la distribución del agua de riego.
La actuación 1 consiste en la mejora del riego de una superficie de 334 ha ubicadas en las zonas 1, 2, 8 y 9, y la ampliación de las zonas 1 y 9 en 55 ha y 71 ha, respectivamente.
Entre las actuaciones previstas se incluye la instalación de un centro de bombeo a unos 40 m de distancia de la obra de captación, cerca del puente de acceso a la masía Bahí. Para albergar las bombas de impulsión, se construirá un edificio de unos 100 m2 de superficie, que tendrá un centro de transformación eléctrico asociado y un cierre perimetral del conjunto. Los bombeos serán diferenciados, ya que la zona 1 se regará por goteo y las zonas 2, 8 y 9 se regarán por inundación. La longitud de la red de riego de la zona 1 será de 4.915 m y las de las zonas 2, 8 y 9 de 7.984 m.
La actuación 2 consiste en la mejora de la red de riego actual y la ampliación de la superficie de la zona 3 en 142 ha, ámbito que actualmente se riega en gran parte de forma individual.
Las instalaciones previstas incluyen una nueva zona de bombeo en la masía de la Bomba que se ubicará dentro de un edificio de nueva construcción de 60 m2. La red de riego tendrá una longitud de 14.009 m y una vez hechas las obras abarcará una superficie de 271 ha.
La actuación 3 prevé la optimización de la red de distribución de la zona 4, llamada Montellà, de 430 ha de superficie.
Las actuaciones previstas son la unificación de la tubería de captación de la acequia del Molí para regar los terrenos adyacentes al núcleo de Fontanilles. También se sustituirán las tuberías existentes y se mejorará la conexión de distintos sectores. La longitud total de nuevas tuberías a instalar es de 4.556 m.
La actuación 4 prevé sustituir las acequias de tierra existentes en la zona 5, situada en el lago Gran, por tuberías. Su ámbito es de unas 342,7 ha.
Las nuevas tuberías suministrarán agua en la parte final del lago Gran y otros sectores dentro de la zona. La longitud de las nuevas tuberías a instalar es de 5.210 m.
La actuación 5 prevé instalar una tubería desde la masía Gelabert hasta la entrada de las balsas de Coll, siguiendo el recorrido a la actual acequia de La Gilda.
La nueva tubería dotará de agua a las parcelas situadas a lo largo de su recorrido y la conexión permitirá eliminar los bombeos particulares individuales y mejorar el sistema de riego en la zona 6. La red de riego tendrá una longitud de 3.831 m y, una vez hechas las obras, abarcará 238 ha, que incluirán 2 ha de nueva incorporación.
La actuación 6 consiste en la sustitución de las acequias de tierra existentes por tuberías en la zona 7, llamada acequia de Gualta, que tiene una superficie de 1.036,9 ha.
Esta actuación tiene por objeto entubar las acequias existentes o sustituir las tuberías si están en mal estado y suministrar presas en las parcelas. Las nuevas tuberías de la zona 7 tienen una longitud de 11.170 m.
El acondicionamiento y mejora de la red de distribución de riego prevé cuatro situaciones distintas:
- La tubería se instala por dentro de la acequia existente. Este tipo de instalación se lleva a cabo sólo en caso de que la función de la acequia sea de riego, pero no si la acequia cumple funciones de drenaje.
- La tubería de riego se incorpora, enterrada, por un nuevo trazado por el que anteriormente no pasaba ninguna tubería o acequia. Esta opción se selecciona para optimizar el riego o evitar zonas ambientalmente sensibles como canales de agua permanente.
- La tubería se incorpora paralela a una acequia existente, opción que se selecciona cuando una acequia cumple funciones de riego y de drenaje y para evitar afectar al drenaje.
- La tubería sustituye a una ya existente, normalmente cuando se trata de tuberías de fibrocemento y en muy mal estado de conservación.
—4 Resumen del proceso de evaluación
4.1 Fase de información pública y consultas sobre el estudio de impacto ambiental
Mediante un anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 7632, de 24 de mayo de 2018, el Proyecto y el EIA fueron sometidos a información pública y a consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas identificadas en el apartado 3º del documento de alcance por el plazo de treinta días.
4.1.1 Resultado de la información pública
Durante este período de información pública se han pronunciado las siguientes instituciones, entidades y personas interesadas:
El Parque Natural de El Montgrí, las Illes Medes y El Baix Ter, conjuntamente con la Sección de Biodiversidad y Medio Natural de Girona, emitieron un informe, el 22 de agosto de 2018, en el que ponen de manifiesto la importancia de la aportación de caudal por la red de acequias, que se considera necesaria para el mantenimiento y buen funcionamiento ecológico e hidrológico de los espacios naturales y las especies asociadas. Considera necesario no ocupar los canales y acequias que tienen función de riego y drenaje.
El promotor indica que los caudales que circulan por las acequias, fuera del período de riego, son consecuencia de los drenajes naturales y no están vinculados a la actividad de regadío y, por lo tanto, no deben verse afectados por el Proyecto. Asimismo, el plan de vigilancia ambiental incluye el seguimiento de la hidrología superficial en la fase de explotación, tanto en lo que se refiere a los volúmenes de agua que circulan por las acequias y canales, como en cuanto a su calidad.
También indica que no prevé ocupar los canales y acequias que son riego y drenaje a la vez en el tramo 4.2 y también en los ramales 4.3.1, 5.3, 5.4, 5.8 y 5.9. Tampoco afectará al bosque de ribera situado al oeste del ramal 4.4 y se concreta que en el replanteo del Proyecto se definirán los espacios finalmente a ocupar y los trazados definitivos de las tuberías, especialmente en los lugares que presentan elementos de sensibilidad ambiental alta. En cuanto a posibles afecciones en la riera Nova y en la acequia del Molí de Pals, el promotor justifica que el ramal 5.8 sólo prevé su conexión sin que se vean afectadas las especies amenazadas, como náyades y ejemplares de peces autóctonos y de nutria.
La Oficina Catalana del Cambio Climático emitió un informe final el 12 de marzo de 2021, una vez se completó el EIA, con los contenidos del artículo 34 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático, y los informes de la misma oficina emitidos el 2 de julio y el 8 de octubre de 2020. Concluye que el Proyecto ha integrado los impactos observados y proyectados del cambio climático en Cataluña, con especial atención al riesgo de una garantía insuficiente en la disponibilidad de agua para riego. Considera positivo que el Proyecto destine gran parte del agua obtenida para la mejora de la eficiencia del riego (entre el 17% y el 30%) al mantenimiento de los ecosistemas asociados a las acequias. Por último, considera justificada la ampliación de la superficie regada, porque gran parte se riega actualmente de forma precaria.
La Agencia Catalana del Agua (ACA) emitió un informe el 9 de agosto de 2019 con carácter favorable, al considerar que la mejora en la red de riego implica un ahorro de agua, y porque con la aplicación de las medidas correctoras propuestas no se prevén afecciones a cursos fluviales ni a acuíferos durante la fase de obra ni en el estado de las masas de agua que están dentro de la zona del Proyecto.
La ACA también indica que el Proyecto no modifica la concesión de agua vigente, ni establece un valor de caudal ecológico o de mantenimiento. Considera, sin embargo, que los caudales ecológicos que se establezcan deben estar recogidos en el título de la concesión y gestionados por la Comunidad de regantes. Añade que deben estudiarse oportunidades de actuación de la reutilización de aguas regeneradas procedentes de estaciones de depuración de agua residual que podrían aportar un caudal adicional. Por último, indica que se debe aportar un estudio de erosión causada por las tuberías que atraviesan el dominio público hidráulico, es decir, la riera de Rupià en el PK 0 + 012 del ramal 9.2 y la riera Nova en el PK 0 + 530 del ramal 5.8.
El promotor responde que el Proyecto no modifica la concesión de agua vigente ni contempla la reutilización de aguas regeneradas, si bien considera interesante esta posibilidad. En cuanto a la erosión, indica que las pendientes del terreno en los puntos de cruce del dominio público hidráulico son muy bajos, en torno al 1,5 por mil, por lo que se espera una erosión mínima. No obstante, en el momento de la construcción de los citados ramales elaborará un estudio de erosión que se adjuntará a la solicitud de la autorización de obras a la ACA. Finalmente, tanto la ACA como el promotor prevén que los tramos de nueva traza de las tuberías deben quedar debidamente enterradas, de forma que no aumenten el perfil natural del terreno y, por lo tanto, no afecten el régimen de corrientes.
La entidad Gent del Ter indica que el Proyecto representa un modelo agrícola caduco y se refiere al impacto que la instalación de las tuberías puede tener sobre las acequias existentes, las especies protegidas y el patrimonio cultural. También cuestiona la inversión económica que supone.
El promotor indica que el regadío es una práctica que se lleva a cabo desde hace muchos años en toda la región y que se integra y forma parte del paisaje característico del lugar y justifica la idoneidad del Proyecto en la necesidad de modernizar unas infraestructuras que no se han actualizado desde su construcción. La entubación permite el ahorro de agua, ampliar el rango de posibles cultivos y mejorar las garantías de servicio. El EIA incorpora una serie de medidas correctoras que tienen el objetivo de mantener las condiciones ecológicas del medio y en consecuencia proteger la fauna del ámbito y el seguimiento y vigilancia ambiental en fase de obras y explotación, la no ocupación de aquellos canales y acequias de riego que tienen función de riego y drenaje.
La Associació de Naturalistes de Girona ha efectuado diversas consideraciones en relación con la tramitación hecha en lo que se refiere a los plazos de exposición pública, la documentación presentada y el fraccionamiento del Proyecto. Rechaza que entre los objetivos del Proyecto se encuentre la ampliación del dominio irrigado en unas 300 ha, mayoritariamente en torno al lago de Ullastret, lo que conllevaría la renuncia a la restauración del antiguo lago. Por último, considera que el caudal ecológico derivado a la rama principal de la acequia del Molí se ha mostrado insuficiente para mantener su funcionalidad y calidad ambiental. Por este motivo, propone destinar los volúmenes de recursos hídricos liberados para funciones no productivas en las dos fases del Proyecto de modernización a recuperar y mantener la funcionalidad hidrológica y los valores ecológicos, paisajísticos y culturales de la red de regadíos históricos de El Baix Ter. Propone considerar una nueva alternativa al ámbito del lago de Ullastret, que consiste en la restauración ambiental del espacio y la recuperación y mantenimiento de la lámina de agua con caudales procedentes de la acequia del Molí de Pals.
El promotor indica que en relación a la tramitación de la evaluación ambiental, los plazos aplicados y la documentación elaborada son las establecidas legalmente. El fraccionamiento del Proyecto tiene que ver con motivos de financiación y ejecución de la obra y recuerda que el Proyecto de mejora de la red principal se ha ejecutado de acuerdo a las condiciones impuestas en la correspondiente resolución de impacto ambiental.
Por lo que se refiere a las ampliaciones de la superficie regada, el promotor indica que se trata de consolidar zonas que actualmente son de regadío e incluirlas dentro de una red bien gestionada, lo que contribuye a la optimización de los recursos. Estas superficies se riegan en gran medida mediante pozos y su sustitución por una red de riego con caudales regulados reduce la presión sobre los acuíferos.
En relación con los caudales de mantenimiento, el promotor indica que el EIA incorpora una propuesta para los canales que se dejarán de usar para transportar el agua de riego teniendo en cuenta su régimen natural. Remite a la ACA en cuanto a la determinación de los caudales ecológicos que deban circular por el dominio público hidráulico. En relación con la restauración del antiguo lago de Ullastret, considera que queda fuera del ámbito del Proyecto y, por lo tanto, de su evaluación ambiental.
No se han recibido respuestas del Departamento de Cultura, de los ayuntamientos de Pals, Gualta, Torroella de Montgrí, Ullastret, Fontanilles, Serra de Daró y Palau-sator, del Consorcio Alba-Ter ni de la Diputación de Girona.
4.2 Resultado de la información pública
Durante el período de exposición pública no se ha recibido ninguna alegación de particulares o entidades.
—5 Fase de análisis técnico del expediente. Análisis y valoración de los impactos ambientales
Análisis de alternativas
Se prevén dos alternativas, aparte de la alternativa 0, que consiste en la no actuación en el ámbito del regadío. Esta alternativa se descarta por no cumplir con el objetivo de mejorar la eficiencia en el transporte y la gestión del agua de riego.
La alternativa 1 prevé la ejecución del acondicionamiento y mejora, de acuerdo con el Proyecto descrito de acondicionamiento y mejora de la red de distribución de la acequia del Molí de Pals.
La alternativa 2 prevé la ejecución del Proyecto de acondicionamiento y mejora de la red de distribución de la acequia del Molí de Pals, e incorpora la aplicación de medidas correctoras a los canales y acequias que tienen valores ambientales, entre las que destacan las siguientes:
- Mantener la circulación de agua en caso de que las nuevas conducciones atraviesen acequias o canales existentes, lo que permite conservar las condiciones de medio y la vegetación y fauna asociada a estos canales.
- Establecer franjas de protección o no ocupación en zonas con presencia de vegetación de ribera. Establecer medidas para la preservación y el mantenimiento de los márgenes de las acequias y los canales de riego para hacer compatible el Proyecto con el mantenimiento de las condiciones del medio.
- Mantener el caudal ecológico por aquellas acequias de riego y de drenaje en las que se prevé la ejecución de una tubería de riego paralela a la acequia existente.
- Mantener la vegetación de ribera y el caudal ecológico permitiendo la protección de las acequias y su función como corredores biológicos.
La alternativa seleccionada prevé la aplicación de medidas correctoras en relación con los valores ambientales definidos en el EIA y su preservación.
Cabe indicar que el promotor ha definido dos alternativas sensiblemente similares y justifica la seleccionada para la inclusión de aquellos aspectos mínimos necesarios que permitan la integración del Proyecto en el territorio y su compatibilidad con los hábitats y especies presentes en la zona. Asimismo, será el programa de vigilancia ambiental y la dirección ambiental de la obra quien establecerá y concretará aspectos de ejecución y diseño concretos que garanticen la correcta integración del proyecto en el entorno.
Impactos sobre el agua
La Comunidad de regantes de la acequia del Molí de Pals dispone de una concesión de agua para captar un caudal máximo de 3.000 l/s, con una obligación de respetar el régimen de caudal de mantenimiento establecido en el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (Decreto 1/2017, de 3 de enero) en los meses de verano de 2.640 l/s. Por otra parte, existen 10 concesiones adicionales de particulares situadas dentro del ámbito de la Comunidad de regantes, que son susceptibles de agruparse y pasar a formar parte de la concesión principal de dicha Comunidad.
El Proyecto aporta datos reales disponibles de los consumos de agua de los últimos años que indican una reducción de los volúmenes anuales de los 35,35 hm3, durante los años 2006 a 2011, a los 29,36 hm3, a partir del año 2012, fecha de modernización del canal principal de la acequia del Molí de Pals. Los datos indican, por lo tanto, que la modernización del canal principal de la acequia redujo sensiblemente el consumo de agua.
Aplicando los valores teóricos de la eficiencia en el riego, se prevé alcanzar una eficiencia del 60% una vez ejecutado el Proyecto, frente al 48% actual. Por lo tanto, las necesidades brutas de agua una vez ejecutado el Proyecto se cuantifican en 16,2 hm3/año, mientras que en la situación actual son de 20,2 hm3/año (27 hm3/año considerando la dotación de riego y el mantenimiento de las balsas del Parque Natural). Por lo tanto, la ejecución del Proyecto puede suponer un ahorro de 4 hm3/año en el consumo de agua, que se sumará al descrito de la modernización del año 2012 y que se estima en unos 6 hm3/año.
Por otro lado, los estudios realizados por el Servicio de Transferencia Tecnológica del DARPA ponen de relieve que en cultivos como el maíz, la alfalfa y el manzano el cambio a riego por aspersión genera un ahorro de agua alrededor de 2.000 m3/ha, respecto al riego por inundación.
Al mismo tiempo, para lograr un uso más eficiente del agua, las actuaciones de acondicionamiento y mejora de la red de distribución deberían complementarse con una mejora de los sistemas de riego en cada parcela, e incorporar sistemas de riego localizado con una monitorización de la aplicación de agua en el suelo. También habrá que complementar la mejora del riego con la incorporación de tecnologías que permitan tener un mejor conocimiento de cuándo se debe regar. En esta línea, el uso de tensiómetros o sondas en el suelo permiten saber el agua disponible, lo que facilita una mejor programación de los riegos.
Por lo tanto, el Proyecto comportará una mejora ambiental para el ahorro de agua y permitirá a los regantes disponer de mejores infraestructuras para afrontar los escenarios de cambio climático. Sin embargo, la ejecución del Proyecto y la ampliación del área de regadío comportará unos impactos sobre el medio que deben ser evaluados.
De las 270 ha de superficie que se consideran ampliación del regadío, 147,7 ha corresponden a parcelas que se han venido regando en los últimos años de la manera precaria descrita y 122,3 ha son las que la amplían efectivamente.
En relación con la ampliación de la superficie de riego, el Proyecto prevé un ahorro de agua de unos 6 hm3/año, teniendo en cuenta el incremento de necesidades hídricas de los cultivos de El Baix Ter obtenidas en el Proyecto LIFE MEDACC para el horizonte 2021-2050 y que se estiman en un 7,6%, es decir, unos 3 hm3/año. Con estas previsiones se considera que las ampliaciones a la superficie regada no deben tener impactos sobre las reservas de agua de la zona, siempre que previamente a la ampliación del área regada se verifique el ahorro previsto y se justifiquen las dotaciones necesarias para el caudal ecológico. Se debe tener en cuenta que la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático, establece que los recursos hídricos conseguidos con mejoras de ahorro y eficiencia deben tener una derivación con carácter prioritario hacia la consecución de los objetivos de calidad de los ecosistemas acuáticos y, en caso de sequía extrema, hacia el abastecimiento urbano.
Impactos sobre la biodiversidad
La zona del Proyecto es la llanura agrícola situada en el margen derecho del río Ter, prácticamente desde el término municipal de Serra de Daró hasta la desembocadura, y que se extiende por el sur hasta los términos municipales de Ullastret, Palau-sator y Pals.
La zona sur y este del ámbito descrito está parcialmente incluida dentro del Parque Natural de El Montgrí, las Illes Medas y El Baix Ter (PNMMBT) y junto a la reserva natural parcial de los humedales de El Baix Ter. El extremo este de la zona del Proyecto está incluido en el espacio de la red Natura 2000 El Montgrí-Las Medes-El Baix Ter (ES5120016).
Impactos sobre la fauna
En la zona del Proyecto existe una comunidad faunística vinculada, de forma mayoritaria, a los ambientes agrícolas. La presencia de cursos fluviales y la proximidad de la línea de la costa otorgan a esta área cierta importancia como corredor de fauna, sobre todo durante los períodos migratorios de los pájaros.
La misma red de riego, aparte del río Ter, con una vegetación bien desarrollada en los alrededores, favorece la presencia de peces como el espinoso (Gasterosteus aculeatus), que es una especie de la fauna salvaje protegida de Cataluña, y el fraile (Salaria fluviatilis). También existe la presencia de otras especies protegidas vinculadas a los cursos fluviales y zonas húmedas, como el galápago europeo (Emys orbicularis) y anfibios como la ranita meridional (Hyla meridionalis) y el sapo de espuelas (Pelobates cultripes).
En cuanto a los mamíferos se destaca el turón (Mustela putorius) y la nutria (Lutra lutra), esta última presente en el río Ter y en numerosas acequias de la llanura de El Baix Empordà, tal y como indica el Plan de conservación de esta especie aprobado por la Orden MAB/138/2002, de 22 de marzo.
En relación con el riesgo de que el Proyecto altere el hábitat del turón, cuestión señalada por el PNMMBT, debido a la disminución de sus presas (conejo) y la competencia del visón americano, el promotor no considera que se produzca un impacto significativo porque prevé medidas correctoras como la no alteración de las redes de riego y los canales en los ámbitos donde la especie está presente y porque la ampliación de la zona de riego en el lago de Ullastret es la recuperación de una zona que ya se regaba.
Otras especies protegidas presentes en la zona del Proyecto son las náyades autóctonas (Unio mancus, Potomida littoralis y Anodonta anatina). De acuerdo con la información disponible se puede indicar que si bien sus poblaciones están en regresión, desde 2010, El Baix Ter tiene una de las mejores poblaciones de las cuencas internas, y probablemente unas de las mejores de Cataluña.
Las náyades muestran preferencia por cursos de agua con una importante vegetación de ribera, donde buscan sombra y refugio bajo su copa y donde tienden a agruparse entre las raíces de los árboles expuestas. Por lo tanto, el Proyecto debe mantener y potenciar la vegetación de ribera alrededor de las acequias de drenaje y al mismo tiempo evitar las actuaciones de mantenimiento que trituran o eliminan la vegetación de las orillas.
En conjunto, las medidas de conservación de los ramales y la protección de tramos con bosque de ribera permiten prevenir o corregir parte de los potenciales impactos sobre la comunidad de náyades, la vegetación de ribera u otra fauna. Por lo tanto, en su conjunto son positivas.
Para la mejora del hábitat de las náyades, es necesario aumentar el caudal de agua de algunas acequias principales y secundarias de transporte en invierno, entre los meses de octubre y abril, para garantizar un caudal mínimo de agua. Por eso se debe revisar el caudal de mantenimiento previsto en las acequias de Sentmenat y del Molí de Pals, claramente insuficiente, como se está viendo, por el rápido retroceso de las poblaciones de náyades y de peces presentes en estas masas de agua.
El caudal ecológico de 0,2 m3/s por el cauce del río Daró Vell establecido en la declaración de impacto ambiental del Proyecto de acondicionamiento y mejora de la acequia del Molí de Pals, emitida en el año 2007, se ha demostrado insuficiente a partir de los datos de los seguimientos de las poblaciones de náyades realizadas entre los años 2010 y 2017. Por lo tanto, debe establecerse como medida adicional el seguimiento y la valoración ambiental de la idoneidad de los caudales de mantenimiento propuestos por el promotor a el EIA y prever la inclusión dentro de los drenajes ambientales con caudales de mantenimiento asociado de las acequias de Sentmenat y del Molí de Pals, desde el puente de la Blaia.
Impactos sobre la vegetación
La gestión hídrica de las acequias históricas, como la acequia de Sentmenat y las acequias secundarias asociadas, es imprescindible para la conservación y recuperación de los ecosistemas y hábitats asociados, reconocidos y protegidos por la Ley 15/2010, de creación del Parque Natural de El Montgrí, las Illes Medes y El Baix Ter.
La vegetación asociada a las acequias y canales se verá afectada por la entubación de la red de transporte de agua existente y por su destrucción en la fase de obras, sin la posibilidad de regeneración, una vez aislado el transporte del agua de las acequias actuales. La red de drenaje, que mantiene todavía una función, en parte, de transporte, también se verá afectada por una disminución de la circulación de agua.
Las nuevas tuberías de transporte de agua se construirán, en gran parte, enterradas por caminos existentes y por los límites de bancales agrícolas con el objeto de minimizar los efectos sobre los canales de tierra actuales, mantener su función de drenaje y conservar la vegetación asociada.
El promotor indica que no se prevé afectar al junco florido (Botumus umbellatus), informado por el PNMBT. Sin embargo, deben establecerse medidas adicionales para la fase de obras orientadas a favorecer el mantenimiento y recuperación de las comunidades vegetales asociadas a las acequias, sobre todo aquellas zonas bien consolidadas con ejemplares arbóreos de grandes dimensiones, como los existentes en las acequias Madral y en el lago de Bellcaire.
Como medida compensatoria se debe eliminar la caña americana (Arundo donax) en los tramos donde sea viable. También se debe evitar que en las actuaciones de mantenimiento de la vegetación se dejen los restos vegetales dentro de los cauces por el impacto que se generaría sobre el hábitat de las náyades.
Impactos sobre la hidrología superficial y subterránea
La Comunidad de regantes de la acequia del Molí de Pals deriva el agua del río Ter en la esclusa de Canet, donde desde el año 2011 está instalada la tubería principal de distribución a partir de la que se prevé modernizar, mediante entubación, la red secundaria de transporte y distribución.
Sin embargo, de acuerdo con la solicitud de Proyecto de mejora de la esclusa de Canet, entregada por la propia Comunidad de regantes, se observa que el volumen que circula por la tubería no es suficiente para abastecer las parcelas de cultivos y por tanto propone la ampliación del muro de la presa. Por lo tanto, previamente al comienzo de las obras de acondicionamiento y mejora de la red de distribución de la acequia del Molí de Pals, debe justificarse la solución adoptada en la captación de la concesión de la Comunidad de regantes.
El Proyecto prevé que la acequia del Molí de Pals dejará de llevar caudal a cielo abierto en algunos tramos para pasar a ser transportado en tubería; esta mejora provoca que algunos tramos donde la acequia lleva un cierto caudal en la actualidad quede seco, lo que puede provocar una posible afección a la fauna y vegetación implicada en ese tramo y afectar algún uso de aguas subterráneas próximo al canal, especialmente junto al Daró Vell por cambios en la recarga de los acuíferos superficiales.
Estos posibles impactos generados por el cambio de la hidrología en la red de riego se ven compensados en parte por el mantenimiento de unos caudales a lo largo de la acequia del Molí y del Daró Vell, que en ningún caso puede representar más detracción de caudal del río Ter, y por el hecho de que se considera que el funcionamiento hidrológico del Daró Vell está controlado principalmente por las aportaciones naturales (Daró, riera Nova y la riera Grossa) y por las aportaciones de las aguas derivadas del Ter.
Los grandes impactos que se pueden producir en el acondicionamiento de la acequia son los que acontezcan del período de obras, ya que accederá maquinaria sobre el terreno, se harán movimientos de tierra y se interrumpirá la circulación de caudales momentáneamente. Por lo tanto, gran parte de las medidas correctoras propuestas en el EIA se encuentran encaminadas a la protección de las aguas, tanto subterráneas como superficiales, en esta fase (durante la cual se habilitarán zonas de aparcamiento para la maquinaria, etc.), que se consideran adecuadas e imprescindibles.
Por último, es necesario estudiar las oportunidades de actuación locales de fomento de la reutilización de aguas regeneradas procedentes de las estaciones de depuración de agua residual que se puedan interceptar del trayecto o cercanías, de modo que podrían aportar (según calidad) un caudal extra en algún canal o acequia.
Impactos sobre el suelo
El Proyecto no contempla ningún cambio en los usos del suelo ni en su gestión. Por tanto, desde una visión general no se deben prever impactos ambientales apreciables sobre los suelos y los espacios agrarios. Como se ha mencionado anteriormente, las nuevas tuberías deben ubicarse, de forma mayoritaria, por los márgenes de las parcelas y caminos, de forma que se minimice la ocupación de los bancales agrícolas y los márgenes de los canales.
En caso de que sea necesaria la ocupación de campos de cultivo, se prevé la retirada de la capa de tierra vegetal previamente al inicio de las obras. Una vez finalizadas las obras, estos terrenos se labrarán y se incorporará la tierra vegetal acaparada para devolverlos a las condiciones iniciales.
No se prevén grandes movimientos de tierra ni alteraciones geomorfológicas que puedan comportar impactos significativos sobre el paisaje o la morfología de los terrenos objeto del Proyecto. El volumen necesario de materiales de préstamo será de 51.707,7 m3, y el excedente de tierras, de 56.157,8 m3, que se aplicará mayoritariamente a lo largo del trazado de la tubería y en los márgenes de caminos, manteniendo las rasantes para reducir las necesidades de vertedero.
Impactos sobre el clima y el cambio climático
La capacidad de sumidero de los cultivos incluidos en la zona del Proyecto aumentará, una vez ejecutado, de las 1.197 tCO2 /año actuales a las 1.772,08 tCO2 /año, debido principalmente a la ampliación de superficie de cultivos de frutales.
Las emisiones de gases de efecto invernadero asociados a la fase de obras se estiman en 7.450 tCO2. En cuanto a la fase de explotación, el consumo energético del sistema de bombeo después de ejecutar el Proyecto se cuantifica en 275.839 kWh, lo que implica 66,48 tCO2/año.
Se prevén varias medidas para la mitigación de estas emisiones, como el correcto uso de la maquinaria en fase de obras, el paro de motores en fase de descanso o la limitación de la velocidad. Por lo que respecta a la fase de explotación, el Proyecto plantea medidas correctoras de diseño y mantenimiento de la maquinaria enfocadas al ahorro y la eficiencia energética.
Aparte de la valoración del promotor, cabe indicar que el Plan de la energía y cambio climático de Cataluña (PECAC) 2012-2020 marca el camino estratégico a seguir para el colectivo de regantes, que va enfocado a la eficiencia energética y al uso de energías renovables; por tanto, debe preverse la aplicación de energías renovables, ya sea con la contratación de una empresa energética suministradora de energías renovables o bien mediante la instalación de plantas de energías renovables para el autoconsumo.
Impactos sobre el patrimonio
De acuerdo con la respuesta a la consulta efectuada en el Departamento de Cultura, la ampliación prevista en la zona 3 está incluida dentro del Bien cultural de interés nacional Conjunto de Ullastret, que fue declarado zona arqueológica por el Acuerdo de Gobierno 58/2014, de 15 de abril, con el código 4239-ZA. Por lo tanto, las actuaciones que se proyecten en este sector necesitan la autorización de intervención de la Comisión Territorial del Patrimonio Cultural de Girona.
Medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas en el estudio de impacto ambiental.
El EIA contiene un conjunto de medidas correctoras en el diseño del Proyecto cuyo objetivo es disminuir los impactos. Destacan la no ocupación de los canales y acequias que tienen función de riego y drenaje, mantener la función de transporte de los canales y acequias actuales que se cruzan por los tubos proyectados, la dotación de un caudal ecológico al sistema del riego del Molí y la introducción de medidas de bioingeniería para conseguir los calados necesarios.
En relación con la vegetación, se prevé proteger la vegetación de ribera asociada al Ter, en la acequia del Molí, en la Segona Riera, en la acequia Traient, en la riera del Salzer, en la acequia Madral, en las Closes Boues, en la acequia de la Gilda y en la acequia de las Closes del Mas Ferrer. Las ocupaciones temporales no se pueden realizar dentro de estas zonas. En el ámbito en torno al ramal 4.2 se prevé realizar tareas de protección de la vegetación específicas dada la presencia de junco florido (Butomus umbellatus).
También se contemplan prospecciones sobre el terreno previamente al inicio de las obras para localizar ejemplares de fauna protegida y prever medidas correctoras concretas o translocación de ejemplares, en los ramales 4.1, 4.1.1, 4.1.2, 4.2, 4.8 y 5.8. Estas tareas de prevención y prospección deben hacerse extensivas a todas las zonas donde se prevé actuar.
Por último, se proponen una serie de medidas preventivas y correctoras que deben tenerse en cuenta durante la ejecución del Proyecto y que tienen el objetivo de mantener las condiciones ecológicas del ámbito. Se destacan las medidas para limitar el ámbito de las obras, evitar afectaciones en las zonas con mayor sensibilidad ambiental y proteger los cursos hidrológicos, evitando la afectación directa y el incremento de turbidez de las aguas y los vertidos de hormigón.
El promotor no ha propuesto medidas compensatorias al considerar que el mantenimiento de los drenajes naturales y su mantenimiento hidrológico compensa los impactos que genera la entubación de la red de distribución previsto en el Proyecto. Es decir, justifica que las medidas compensatorias forman parte del carácter estructural de la definición de la propuesta con el mantenimiento, mejora y dotación de caudal de los drenajes estructurales con objetivos ambientales.
El EIA prevé que el Programa de vigilancia ambiental (PVA) tenga como objetivos la verificación de la evaluación inicial de los impactos previstos y el control de la aplicación de cada una de las medidas correctoras previstas en el estudio. El PVA debe tener como principales funciones el seguimiento y evaluación de la suficiencia del caudal que circula por las acequias y canales, en especial la acequia del Molí en su desembocadura. Para llevar a cabo esta valoración debe realizar estudios de seguimiento del impacto del Proyecto sobre las poblaciones de fauna protegida, especialmente náyades, espinoso y turón, y sobre la vegetación asociada a los canales de riego, especialmente la presencia de junco florido (Butomus umbellatus). Por último, debe controlar y promover el ahorro de agua con el objetivo final de disminuir las necesidades de captación de agua del río.
—6 Resolución
En consecuencia, visto el estudio de impacto ambiental, en el que no se prevén efectos sobre ningún factor ambiental sensible para la alternativa seleccionada que comporten un impacto crítico, y dada la capacidad del medio para acoger el Proyecto, el Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona propone a la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural formular la declaración de impacto ambiental con carácter favorable para la alternativa 2, si se implementan las condiciones determinadas en el estudio de impacto ambiental y las condiciones adicionales que se establecen en esta Resolución.
6.1 Condiciones sobre la alternativa escogida
a. Garantizar un caudal de mantenimiento para la acequia del Molí superior a 0,2 m3 /s una vez se ha constatado que el caudal de mantenimiento establecido en la declaración de impacto ambiental del Proyecto de acondicionamiento y mejora de la acequia del Molí, aprobada por Resolución, de 29 de noviembre de 2007, es insuficiente para mantener la calidad del hábitat de las náyades.
b. Hacer un plan de caudales ecológicos que deben circular por acequias y drenajes con valor ambiental. Este documento debe incluir propuestas de caudales en puntos concretos de la red de drenajes, la localización de una red de caudalímetros y el sistema de verificación de que los caudales teóricos propuestos garantizan su función ambiental. Este plan debe estar validado por la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural previamente al inicio de las obras.
c. Previamente a la ampliación del área regada, debe verificarse que se dispone de agua suficiente mediante el control y seguimiento de las cantidades en el ahorro previsto y siempre que se justifiquen las dotaciones necesarias para el caudal ecológico.
d. Estudiar las oportunidades de actuación locales de fomento de la reutilización de aguas regeneradas procedentes de las estaciones de depuración de agua residual que se puedan interceptar del trayecto o cercanías, de modo que podrían aportar, en función de su calidad, un caudal extra en algún canal o acequia.
e. Aplicar las medidas preventivas necesarias en la fase de obras para no afectar la calidad de las masas de agua. A tal efecto, es necesario delimitar el ámbito de las obras, evitar afectaciones en las zonas con mayor sensibilidad ambiental y proteger los cursos de agua evitando el incremento de turbidez y los vertidos de hormigón.
f. Realizar prospecciones del terreno previamente al inicio de las obras para localizar ejemplares de fauna protegida y, en caso de encontrarlas, realizar las actuaciones correspondientes de gestión o translocación de acuerdo con la Sección de Biodiversidad y Medio Natural.
g. El replanteo final del Proyecto debe concretar los espacios finalmente ocupados y los trazados definitivos de las tuberías y debe tener en cuenta los lugares que presentan elementos de sensibilidad ambiental alta y la presencia de ejemplares de fauna protegida.
h. Garantizar la conservación de aquellos drenajes que tengan una funcionalidad hidrológica y control de las aguas en caso de inundación. La ejecución del Proyecto no puede limitar la hidrología superficial ni la capacidad de desagüe del ámbito del Proyecto en caso de aguaceros.
i. Restaurar los cauces de dominio público y los drenajes que se mantendrán mediante la retirada de los elementos artificiales de gestión del agua de riego existentes y que quedarán obsoletos con la implantación de la nueva red de riego entubado.
j. Evitar la tala de árboles con diámetro superior a 20 cm y, si se hace, prever la restitución de los que puedan resultar afectados en los bordes de los canales, acequias y torrentes, con especial atención a la recuperación de las comunidades vegetales asociadas al lago de Bellcaire.
k. El promotor debe hacerse cargo del mantenimiento y mejora de la red de drenajes con funcionalidad ambiental.
l. Incorporar las actuaciones e instalaciones necesarias para llevar a cabo el control y promoción del ahorro de agua con el objetivo final de disminuir las necesidades de captación de agua del río, que deben ser fácilmente controlables e interpretables.
Hay que complementar la mejora en el riego con la incorporación de tecnologías que permitan tener un mejor conocimiento de cuándo es necesario regar. En esta línea, el uso de tensiómetros o sondas en el suelo permite saber el agua disponible, lo que facilita una mejor programación de los riegos.
m. Las actuaciones que se proyecten en la zona 3, situada dentro del BCIN Conjunto de Ullastret, necesitarán la autorización de intervención de la Comisión Territorial del Patrimonio Cultural de Girona.
n. Los edificios técnicos de nueva construcción, y sus posibles cerramientos, en su caso, tendrán las dimensiones mínimas e imprescindibles y comportarán una mínima ocupación de suelo. Tienen que adoptar tipologías constructivas tradicionales que garanticen la correcta inserción en el paisaje rural agrario de El Baix Empordà.
o. Como medida compensatoria dentro del ámbito del Parque Natural de El Montgrí, las Illes Medes y El Baix Ter, se debe eliminar la caña americana (Arundo donax) en los tramos donde sea viable. También se debe evitar que en las actuaciones de mantenimiento de la vegetación se dejen los restos vegetales dentro de los cauces por el impacto que se generaría sobre el hábitat de las náyades.
6.2 Programa de vigilancia ambiental
De acuerdo con los aspectos descritos en el estudio de impacto ambiental y en esta declaración de impacto ambiental, el Programa de vigilancia ambiental debe contener los siguientes aspectos:
- Seguimiento de los caudales de mantenimiento de la red de drenaje mediante la red de caudalímetros y verificación de que los caudales teóricos calculados garantizan el calado mínimo en los puntos más profundos de cada sección de las acequias por las que se define un caudal ecológico de mantenimiento.
- Seguimiento de la fauna y flora. Establecer indicadores de seguimiento a largo plazo para comprobar si las medidas ambientales establecidas son suficientes para el mantenimiento de las poblaciones de náyades y garantizar la función conectora del ámbito del regadío en relación con otras especies, como el turón o la nutria. También debe realizarse un seguimiento de la evolución de la vegetación a los límites de la red de drenaje y, en general, el mantenimiento de las anchuras previstas; debe realizarse un seguimiento especial del junco florido.
El promotor del Proyecto se responsabilizará de la ejecución del Programa de vigilancia ambiental y de sus costes. Dispondrá de una dirección ambiental de obra que tendrá la función básica de hacer cumplir lo que establecen el estudio de impacto ambiental y esta declaración de impacto ambiental mediante el seguimiento esmerado de las obras y de la posterior explotación de las mejoras implantadas.
Durante la fase de ejecución de las obras, se elaborarán informes trimestrales que reflejarán las incidencias ambientales de la obra y las mejoras previstas. Estos informes deben dirigirse a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona, para su validación.
Una vez finalizadas las obras, y durante los primeros cinco años de explotación, deben validarse las medidas ambientales ejecutadas mediante el seguimiento del Programa de vigilancia ambiental. A tal efecto el promotor debe presentar en la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona un informe de seguimiento ambiental de los ámbitos más sensibles y las mejoras previstas.
6.3 Medidas sobre el seguimiento ambiental
Se constituirá una comisión mixta de seguimiento y control ambiental entre la Dirección General de Desarrollo Rural y el órgano ambiental. Esta comisión velará por el contenido, periodicidad, aplicación y época de ejecución de las medidas preventivas, correctoras y complementarias que indiquen el estudio de impacto ambiental y esta declaración de impacto ambiental.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural ejercerá las funciones de comprobación, interpretación, seguimiento y vigilancia ambiental de esta declaración de impacto y condiciones impuestas.
Previamente al inicio de las obras, se remitirá a la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural la siguiente documentación:
- Copia del Proyecto constructivo.
- Copia del programa de vigilancia ambiental definitivo al que se han incorporado los controles y sistemas de gestión establecidos en esta declaración.
No forma parte de esta evaluación de impacto ambiental la solución que se adopte para resolver las deficiencias detectadas en la captación de la concesión de la Comunidad de regantes, que consiste en el posible recrecimiento de la esclusa de Canet, sin perjuicio del resultado de la evaluación de impacto ambiental que corresponda.
Esta declaración de impacto ambiental debe incorporarse a los trámites administrativos y resolutorios que autoricen, total o parcialmente, este Proyecto.
De acuerdo con lo que establece el artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, esta declaración de impacto ambiental debe hacerse pública mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la sede electrónica del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
Barcelona, 13 de octubre de 2021
Antoni Ferran i Mèlich
Director general de Políticas Ambientales y Medio Natural