Departamento de Educación - Anuncios (DOGC 2023-8881)

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RESOLUCIÓN EDU/918/2023, de 17 de marzo, por la que se convoca concurso para seleccionar centros públicos que imparten enseñanzas profesionales para ser incluidos, a partir del curso 2023-2024, en el Proyecto de calidad y mejora continua del Departamento de Educación.

El propósito de la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación (LE), es facilitar el marco institucional estable y adecuado para la mejora sistemática de la calidad del sistema educativo catalán.

El artículo 93 LE determina que las administraciones deben garantizar que los centros públicos de los que son titulares sean referente de calidad educativa y de consecución de los objetivos de excelencia y de equidad que esta ley determina.

El Decreto 284/2011, de 1 de marzo, de ordenación general de la formación profesional inicial, reconoce entre los principales retos de la formación profesional la equidad, la calidad y la excelencia de sus enseñanzas, la conveniencia de incrementar la proporción de alumnado que los cursa, la consecución de una mayor implicación de las empresas, y la construcción del sistema integrado de cualificaciones y formación profesional.

Con una perspectiva de futuro se aprobó la Orden EDU/432/2006, de 30 de agosto, por la que se creó el proyecto de calidad y mejora continua de los centros educativos. Actualmente, para asegurar su desarrollo en un nuevo contexto de modernización de la Formación Profesional se ha aprobado la Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo, que actualiza las bases reguladoras del Programa de innovación Proyecto de calidad y mejora continua de los centros educativos.

Se tiene, como referencia, la recomendación que establece el Marco de Referencia Europeo aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo, de 18 de junio de 2009 y la recomendación del Consejo de la Unión Europea de 24 de noviembre de 2020 sobre la educación y formación profesional para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia, así como la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y el Real decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo donde se establece el Marco de Referencia de la Garantía de la Calidad en la Formación Profesional del Sistema Educativo. También hay que tener en cuenta la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales, que despliega y hace propuestas en el Título V respecto a la calidad del sistema de formación y cualificación profesionales.

El Programa de innovación Proyecto de calidad y mejora continua de los centros educativos tiene por objetivo conseguir la excelencia en los resultados educativos a través de la mejora continua de los procesos, la confianza y la satisfacción del alumnado, las familias, las empresas y los diferentes agentes implicados, para con el servicio educativo proporcionado, para ayudar a los centros educativos a diseñar, implementar, evaluar y mejorar continuamente sus sistemas de gestión. Las metodologías utilizadas se fundamentan en los principios de la gestión de la calidad y de acuerdo a modelos basados en normas internacionales.

Actualmente ciento noventa y nueve centros públicos, de toda Cataluña, participan en este Proyecto; agrupados en redes de trabajo en las que desarrollan herramientas de gestión a través de metodologías de aprendizaje entre iguales y trabajo cooperativo. Del total de centros participantes, ciento cincuenta tienen implantado y acreditado un sistema de gestión basado en la norma de sistemas de gestión de la calidad ISO 9001, y treinta y dos centros han acreditado, además, sus sistemas de gestión de acuerdo con el modelo de excelencia e2cat, establecido por el Departamento de Educación. El resto de centros se encuentran en distintas fases del proceso.

Mediante estos sistemas de gestión, el Proyecto de calidad y mejora continua ayuda a los centros participantes a orientar sus actuaciones para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado, las familias, las empresas y el entorno social, de acuerdo con los requerimientos establecidos; potencia estrategias de desarrollo e implicación de las personas que trabajan en ellas; gestionar, de forma sistemática y transparente, los procesos que se desarrollan; fomenta la cultura de la mejora continua, la innovación y el intercambio de buenas prácticas con otros centros; promueve el compromiso colectivo y la coherencia de objetivos en la definición y desarrollo de los valores, políticas y estrategias de centro; e impulsa la definición y gestión de nuevos ámbitos de autonomía que contribuyan a la mejora global del centro para alcanzar la excelencia en los resultados.

De acuerdo con todo lo citado, se considera oportuno abrir la posibilidad de ampliar la participación en el Proyecto de calidad y mejora continua, con la incorporación de nuevos centros educativos públicos.

Por todo lo expuesto,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar concurso público para seleccionar centros públicos de formación profesional que impartan ciclos formativos y seleccionar hasta tres centros públicos que impartan otras enseñanzas profesionalizadoras dependientes de la Dirección General de Formación Profesional, a fin de ser incluidos en el Proyecto de calidad y mejora continua a partir del curso 2023-2024, de acuerdo con las bases que se detallan en el anexo.

Los compromisos de participación recogidos en esta Resolución para los centros que sean seleccionados, son también de aplicación a todos los centros que actualmente se encuentran incluidos en el Proyecto de calidad y mejora continua.

 

-2 Esta convocatoria se rige por la Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo, del Programa de innovación Proyecto de calidad y mejora continua de los centros educativos (DOGC núm. 8625, de 14.3.2022).

 

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 17 de marzo de 2023

 

María Mercedes Chacón Delgado

Directora general de Formación Profesional

 

 

Anexo
Bases de la convocatoria

 

1. Requisitos de participación

Pueden participar en esta convocatoria los centros de titularidad pública de formación profesional, que impartan ciclos formativos, y los centros públicos de otras enseñanzas profesionalizadoras dependientes de la Dirección General de Formación Profesional, que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 4 del anexo de la Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo, del Programa de innovación Proyecto de calidad y mejora continua de los centros educativos, así como las especificidades establecidas en esta convocatoria.

 

2. Tramitación de la solicitud

2.1. El plazo de presentación de las solicitudes comprende desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGC y hasta el 30 de abril de 2023.

2.2. La directora o director del instituto debe solicitar la participación en esta convocatoria mediante el acceso a la aplicación de solicitudes MFlex, ubicada en la intranet - Portal de centro.

2.3. A la solicitud, es necesario adjuntar el proyecto de dirección que incluya objetivos y actuaciones relacionados con el tema de la gestión de la calidad o, en caso de que no esté incluido, un compromiso explícito de la dirección de asumir y liderar el centro hacia la integración de la gestión de la calidad y la mejora continua, como sistema único de gestión del centro. En caso de no disponer de proyecto de dirección, el compromiso de la dirección de incluirlo.

 

3. Criterios de selección de centros educativos

Para la selección de centros que se incorporen al Programa de innovación se tiene en cuenta el cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en el apartado 4 del anexo de la Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo.

 

4. Resolución de la convocatoria

La directora general de Formación Profesional debe resolver esta convocatoria, una vez vista la propuesta de la comisión evaluadora integrada por:

El subdirector general de Programas y Proyectos, que actuará de presidente.

La subdirectora general de la Inspección de Educación o la persona que designe.

La jefa de Servicio de Programas y Proyectos de Fomento de las Enseñanzas Profesionales o la persona que designe.

Un técnico del Servicio Programas y Proyectos de Fomento de las Enseñanzas Profesionales, que actuará como secretario.

La comisión evaluadora puede solicitar información complementaria a los servicios territoriales del Departamento de Educación, a la coordinación territorial de la formación profesional y al Consorcio de Educación de Barcelona.

 

5. Lista provisional de centros admitidos, excluidos e inadmitidos

En un plazo máximo de veinte días hábiles desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes se publica, en la intranet - Portal de centro, la lista provisional de centros admitidos, excluidos indicando el motivo y los inadmitidos.

a) Quedarán excluidas aquellas solicitudes que no cumplan los requisitos de participación y serán inadmitidas las presentadas fuera de plazo.

b) Los centros excluidos disponen de un plazo máximo de cinco días hábiles, que cuentan a partir del día siguiente de la publicación, para reclamar contra la lista provisional ante el órgano impulsor de la convocatoria, que debe resolver en un período máximo de diez días hábiles y dar publicidad, en la intranet - Portal de centro, de la lista definitiva de centros admitidos y excluidos.

 

6. Lista de centros seleccionados y de los no seleccionados

La resolución de centros seleccionados y de los no seleccionados debe hacerse pública antes de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

 

7. Obligaciones de los centros seleccionados

La selección de un centro supone participar en el Proyecto de calidad y mejora continua a partir del curso académico 2023-2024, formando parte de la red de trabajo asignada, de acuerdo con la planificación realizada por la Dirección General de Formación Profesional. También supone la aceptación de las obligaciones recogidas en el apartado 5 del anexo de la Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo.

 

8. Dotación de recursos

8.1 Los centros participantes en el Proyecto, dado que construyen su propio modelo de gestión basado en las metodologías de la calidad, recibirán por parte de la Dirección General de Formación Profesional el soporte previsto en el apartado 6 del anexo de la Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo.

8.2 Esta convocatoria, en relación con los centros que imparten formación profesional inicial, está financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y es susceptible de cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus, para las actividades destinadas a la calidad de la formación profesional, por lo que se hará constar esta financiación en las actuaciones que se deriven.

 

9. Desarrollo del proyecto

El desarrollo del proyecto debe llevarse a cabo de acuerdo con el apartado 7 del anexo de Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo.

 

10. Seguimiento y evaluación del proyecto

Una vez finalizado el curso académico, y antes del 31 de julio, los centros enviarán un informe del despliegue del proyecto, de acuerdo con el modelo establecido, a la Dirección General de Formación Profesional, evaluando su participación en el proyecto y haciendo constar: el grado de despliegue, la consecución o el estado de los objetivos fijados, la situación dentro del centro y su valoración. Además, el informe aportará los datos de los indicadores que deben servir para realizar una valoración global del Programa de Innovación Proyecto de calidad y mejora continua por parte del Departamento de Educación.

Del resultado de este informe y de la valoración que realice la Dirección General de Formación Profesional derivará la decisión de permanecer en el mismo nivel, de pasar al siguiente o de finalizar la participación en este Programa de Innovación.

Los centros del Programa de Innovación Proyecto de calidad y mejora continua que alcanzan 300 o más puntos de su sistema de gestión, de acuerdo con el modelo de excelencia e2cat, recibirán un distintivo de reconocimiento por parte del Departamento de Educación.

 

11. Certificación de las actividades

La certificación de actividades debe llevarse a cabo de acuerdo con el apartado 8 del anexo de la Resolución EDU/643/2022, de 9 de marzo.

 

12. Notificación

Con la publicación, en la intranet - Portal de centro, de la lista provisional de centros admitidos, excluidos e inadmitidos y de la Lista de centros seleccionados y de los no seleccionados se considera hecha la notificación correspondiente a los centros interesados, de acuerdo con lo que dispone el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

13. Información y publicidad

De acuerdo con la normativa vigente, para esta acción, los centros beneficiarios deben informar de la financiación del Ministerio de Educación y Formación Profesional y de la cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus.

Por ello, es necesario insertar los siguientes logotipos institucionales y mencionar el nombre de los organismos que lo financian en todo el material que se utilice para las actuaciones relacionadas con la asignación recibida, y para difundirlas, particularmente en:

a) páginas web donde se mencione la actuación;

b) cualquier tipo de publicación impresa o electrónica;

c) notificaciones que se realicen por cualquier medio.

 

Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus.

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