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RESOLUCIÓN EDU/911/2023, de 15 de marzo, por la que se crea el programa experimental "Haciendo para aprender, imaginando globalmente - FAIG", y se abre convocatoria pública para la selección de centros educativos participantes.
La Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación, al artículo 84 establece que el Departamento de Educación tiene que favorecer las iniciativas de desarrollo de proyectos de innovación pedagógica y curricular que tengan el objetivo de estimular la capacidad de aprendizaje, las habilidades y potencialidades personales, sociales y profesionales, el éxito escolar de todo el alumnado, la mejora de la actividad educativa y organizativa de los centros y el desarrollo del proyecto educativo de los centros que prestan el Servicio de Educación de Cataluña, y tiene que favorecer especialmente la investigación y los proyectos de innovación con relación al uso de las tecnologías de la información y la comunicación para el aprendizaje y el conocimiento, y con relación en la formación del alumnado en el plurilingüismo.
El Decreto 102/2010, de 3 de agosto, de autonomía de los centros educativos, establece al artículo 16 que los centros pueden desarrollar proyectos de innovación pedagógica y curricular, de acuerdo con su proyecto educativo, con el objetivo de favorecer la mejora de la calidad del servicio educativo que prestan y, en particular, la mejora de los resultados educativos. El artículo 17 del mismo decreto establece que los centros pueden implantar estrategias didácticas propias que requieran una organización horaria de las materias diferente del establecido con carácter general, con el objetivo fundamental de mejorar los resultados educativos del alumnado y los procesos de enseñanza y aprendizaje.
El Decreto 175/2022, de 27 de septiembre, de ordenación de las enseñanzas de la educación básica, establece que los principios pedagógicos que orientan la acción educativa son, entre otros, la funcionalidad del aprendizaje, la integración de los aprendizajes, el aprendizaje competencial y la transversalidad de los aprendizajes.
El informe de la Comisión Internacional sobre los Futuros de la Educación de la UNESCO, "Reimaginamos juntos nuestros futuros: Un nuevo contrato social para la educación" (2022), enfatiza la necesidad de transformar el ámbito educativo con el fin de forjar futuros justos, equitativos y sostenibles, todo proponiendo un nuevo contrato social basado en los principios generales que sustentan los derechos humanos: inclusión y equidad, cooperación y solidaridad, responsabilidad colectiva e interdependencia. El informe establece que hay que rediseñar las arquitecturas, los espacios, los tiempos, los horarios y la agrupación de los alumnos para promover los aprendizajes centrados en problemas y proyectos, para que las tecnologías digitales se utilicen como recurso y para modelar los futuros a que aspiramos garantizando los derechos humanos y convirtiéndonos en ejemplos de sostenibilidad.
El Departamento de Educación, mediante el Programa experimental Haciendo para Aprender, Imaginando Globalmente "FAIG", ofrece un acompañamiento intensivo en los centros participantes, con el propósito de impulsar cambios pedagógicos profundos y fundamentados en la investigación, hacia la creación de nuevos entornos de aprendizaje con sentido que sitúen al alumnado como protagonista activo y comprometido. El programa facilita un marco de referencia pedagógico que fundamenta el aprendizaje por proyectos "maker" como una oportunidad para conectar el currículum con la vida de las personas aprendices y abordar los desafíos sociales actuales y retos de futuro, impulsando la personalización, el empoderamiento, la creatividad y la conciencia crítica, a medida que aprenden y se construyen como habitantes del mundo con capacidad de actuar para mejorarlo.
El programa FAIG se alinea con el Marco de la Innovación Pedagógica de Cataluña, se enmarca en el Plan de educación digital de Cataluña y pone el acento en la ciudadanía democrática y la conciencia global que se establece como vector clave en el Decreto 175/2022, de 27 de septiembre, de ordenación de las enseñanzas de la educación básica.
De acuerdo con las competencias que se establecen en los apartados b), e), j) y n) del artículo 92 del Decreto 59/2022, de 29 de marzo, de reestructuración del Departamento de Educación.
Por todo eso expuesto,
Resuelvo:
-1 Crear el Programa experimental "Haciendo para aprender, imaginando globalmente - FAIG", con el contenido que establece el anexo 1.
-2 Abrir convocatoria pública para seleccionar 150 centros educativos de titularidad del Departamento de Educación que impartan las enseñanzas de educación primaria, de educación secundaria obligatoria o ambos para participar en el programa a partir del curso 2023-2024, de acuerdo con el procedimiento que consta en el anexo 2.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Educación, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Barcelona, 15 de marzo de 2023
Joan Cuevas Expósito
Director General de Innovación, Digitalización, Currículum y Lenguas
Anexo 1
Contenido del Programa experimental "Haciendo para Aprender, Imaginando Globalmente - FAIG".
1. Finalidad, objetivos y ámbitos de innovación del programa FAIG
1.1. La finalidad del programa FAIG es proporcionar el acompañamiento, la formación pedagógica y la capacitación tecnológica necesarias para consolidar el aprendizaje por proyectos como línea pedagógica de centro.
El programa promueve la creación de entornos y experiencias de aprendizaje significativas que favorezcan el desarrollo del alumnado como personas críticas, responsables y transformadoras de su entorno, con un papel clave en la resolución de desafíos y retos del mundo real, a través de soluciones creativas e innovadoras.
El Programa pretende impulsar el aprendizaje con sentido en los centros participantes, a través de los planteamientos de la metodología "maker" y las posibilidades educativas de la fabricación digital.
1.2. Los objetivos del programa FAIG se enmarcan en los tres ámbitos de innovación definidos en el Marco de la Innovación pedagógica de Cataluña:
Ámbito 1: Metodologías y recursos para la mejora de la enseñanza y el aprendizaje
a. Hacer del aprendizaje con sentido el eje vertebrador del proyecto educativo de centro.
b. Desarrollar proyectos vinculados a los desafíos sociales actuales y retos de futuro para que generen aprendizaje significativo.
c. Consolidar el aprendizaje por proyectos como cultura de centro, mediante el establecimiento de acuerdos pedagógicos y organizativos de centro.
d. Integrar el proceso de creación "maker" y la fabricación digital en los proyectos de aprendizaje con sentido, impulsando el uso intensivo de las tecnologías y del espacio creado con este objetivo (FAIGLab) por parte del personal docente y el alumnado.
e. Impulsar las metodologías de observación entre iguales y codocencia para la mejora continua de las prácticas de aprendizaje.
Ámbito 2: Organización y gestión educativa.
a. Crear y dinamizar un espacio o espacios de creación "maker" y fabricación digital (FAIGLab), abierto a la comunidad educativa.
b. Utilizar el espacio o espacios FAIGLab como recurso para el aprendizaje por proyectos u otras metodologías de aprendizaje activo y de enfoque globalizado.
c. Destinar una parte de las horas de gestión autónoma del currículum al desarrollo de proyectos de aprendizaje con sentido FAIG.
d. Repensar los recursos del centro para impulsar un aprendizaje más profundo y con sentido, vinculado a retos y problemas socialmente relevantes.
Ámbito 3: Relación y cooperación con la comunidad educativa y el entorno.
a. Generar una comunidad de creación y aprendizaje activo para desarrollar proyectos con impacto en el entorno local, a través de los productos generados en el espacio FAIGLab.
b. Compartir y difundir los proyectos de aprendizaje con sentido FAIG mediante una red de centros FAIG de Cataluña.
2. Destinatarios
Los destinatarios del programa FAIG son centros educativos de titularidad del Departamento de Educación que impartan las enseñanzas de educación primaria, de educación secundaria obligatoria o ambos.
La selección de los centros se hará por convocatoria pública, de acuerdo con las bases que se recogen en el anexo 2.
3. Órgano impulsor
Corresponde a la Dirección General de Innovación, Digitalización, Currículum y Lenguas, mediante el Centro de Recursos Pedagógicos Específicos de Apoyo a la Innovación y a la Investigación Educativa (CESIRE) el impulso y la gestión del programa FAIG.
4. Duración
4.1 El desarrollo del programa FAIG se realiza en dos itinerarios, en función de la planificación de las actuaciones de innovación previstas:
a. Itinerario 1, con una duración de 3 cursos y un último curso de acompañamiento a la consolidación (2023-2027).
b. Itinerario 2, con una duración de 4 cursos y un último curso de acompañamiento a la consolidación (2023-2028).
4.2 El centro podrá especificar a la solicitud de participación su preferencia de itinerario. La comisión central determina el itinerario de participación para cada centro, atendiendo a los criterios establecidos en el anexo 2.
4.3 El Departamento de Educación valorará la posibilidad de continuidad del programa en función de los resultados de la evaluación de impacto.
5. Fases
5.1 El itinerario 1(período 2023-2027) consta de las fases de implementación del programa siguientes:
Fase 1. Diseño y creación del espacio FAIGLab en el centro Acompañamiento para la diagnosis y la personalización del programa, a partir de la carta de motivación presentada
a. Formación para la fundamentación y la reflexión sobre la práctica, focalizada en el aprendizaje por proyectos y los procesos de creación "maker".
b. Capacitación tecnopedagógica para la creación del espacio FAIGLab en el centro, así como para la iniciación en el uso y el descubrimiento de las posibilidades creativas de los equipamientos.
c. Dinamización para la creación de la red de centros FAIG.
Fase 2. Puesta en marcha del espacio FAIGLab del centro.
a. Acompañamiento para la dinamización del espacio FAIGLab en el centro, con la participación activa del alumnado.
b. Formación para el desarrollo de proyectos de aprendizaje con sentido FAIG que incorporen la fabricación digital en el proceso de creación "maker".
c. Capacitación tecnopedagógica para profundizar en el uso y las posibilidades creativas de los equipamientos.
d. Dinamización de la red de centros FAIG para la compartición de los proyectos de los diferentes centros, así como para la creación de una comunidad con posibilidades de aperturadel FAIGLab en el entorno.
Fase 3. Evaluación del impacto del espacio FAIGLab y consolidación de las prácticas de aprendizaje.
a. Acompañamiento para el establecimiento de acuerdos pedagógicos y organizativos del centro que garanticen la continuidad de la innovación, en relación con el aprendizaje por proyectos y la dinamización del FAIGLab.
b. Formación para el diseño, el desarrollo y la documentación de proyectos de aprendizaje con sentido FAIG que incorporen la fabricación digital en el proceso de creación "maker".
c. Capacitación tecnopedagógica para profundizar en el proceso de creación y la fabricación digital en los proyectos de aprendizaje con sentido FAIG.
d. Dinamización para la consolidación y transferencia a la comunidad educativa de los acuerdos y aprendizajes generados por el proyecto.
Fase 4. Consolidación de las innovaciones.
Establecimiento de acuerdos pedagógicos y organizativos en el centro para garantizar la continuidad de la innovación, en relación con el aprendizaje por proyectos y la dinamización del FAIGLab.
5.2 El itinerario 2 (periodo 2023-2028) consta de las fases de implementación del programa siguientes:
Fase 0. Diagnosis y personalización del programa.
a. Acompañamiento para la diagnosis y la personalización del programa, a partir de la carta de motivación presentada.
b. Sensibilización para la creación del espacio o espacios FAIGLab en el centro.
Fase 1. Diseño y creación del FAIGLab en el centro.
a. Acompañamiento para la creación del FAIGLab en el centro, con la participación de la comunidad educativa.
b. Formación para la fundamentación y la reflexión sobre la práctica, focalizada en el aprendizaje por proyectos y los procesos de creación "maker".
c. Capacitación tecnopedagógica para la creación del espacio FAIGLab en el centro, así como para la iniciación en el uso y el descubrimiento de las posibilidades creativas de los equipamientos.
d. Dinamización para la creación de la red local de centros FAIG.
Las fases 2, 3 y 4 son las mismas que las del itinerario 1.
6. Compromisos de los centros educativos participantes
6.1 La participación del centro en el programa supone la aceptación de los compromisos siguientes:
a. Crear un espacio o espacios FAIGLab, abierto a la comunidad educativa, con equipamientos para la fabricación digital y garantizar las medidas de seguridad de los equipamientos.
b. Designar un equipo motor de 5 personas que incluya, como mínimo, un miembro del equipo directivo.
c. Asistir, por parte del equipo motor, a las actividades de formación, capacitación y encuentros de la red de centros FAIG programadas.
d. Reservar una franja horaria (1,5 - 2 horas semanales consecutivas dentro del horario de permanencia en el centro) para las reuniones y el trabajo del equipo motor.
e. Planificar la formación interna impartida por el equipo motor, dirigida como mínimo al 75% del personal docente de la etapa educativa implicada en el programa, y durante los tres cursos de duración (30h por curso).
f. Desarrollar, implementar y evaluar cuatro o más proyectos FAIG (con cuatro grupos clase diferentes) por cada curso de duración del programa, con la intervención, como mínimo, de dos docentes en cada proyecto.
g. Documentar y compartir los proyectos realizados a través de la participación activa del alumnado y del personal docente en actos y acontecimientos de proyectos FAIG.
h. Desarrollar los protocolos y mecanismos necesarios para generar una comunidad de aprendizaje y de creación sostenible en torno al espacio FAIGLab.
i. Posibilitar la apertura del espacio o espacios FAIGLab a la comunidad educativa, otros centros o entidades socioeducativas del entorno próximo.
j. Planificar y evaluar los objetivos, las estrategias y actuaciones en el marco del programa, a través de la programación general anual y la memoria anual de centro, por cada curso de duración del programa.
k. Presentar una memoria de evaluación final incluyendo la planificación de la continuidad o consolidación de las innovaciones con posterioridad a la finalización del programa.
l. Hacer difusión del programa y colaborar en la transferencia de la innovación en otros centros educativos o al conjunto del sistema, si procede.
6.2 El incumplimiento de los compromisos puede dar lugar a la baja del centro en el programa.
7. Actuaciones y recursos
Las actuaciones y los recursos que se prevé destinar al programa son los siguientes:
a. Creación del espacio o espacios FAIGLab con equipamientos previstos en el Plan de educación digital de Cataluña.
b. Acompañamiento en el proceso de diseño y creación de un espacio o espacios FAIGLab abiertos a la comunidad, con equipamientos digitales.
c. Formación específica en aprendizaje por proyectos (dirigida al equipo motor) a través de la facilitación de experiencias de aprendizaje modeladoras y transferibles al aula.
d. Facilitación de herramientas conceptuales para la fundamentación y la reflexión pedagógica, en torno al aprendizaje basado proyectas.
e. Facilitación de herramientas para el diseño de proyectos de aprendizaje con sentido FAIG que integren procesos de creación "maker".
f. Capacitación tecnopedagógica en fabricación digital, para el uso de los equipamientos del FAIGLab y la integración de sus posibilidades creativas en los proyectos de aprendizaje con sentido.
g. Acompañamiento en el equipo motor en la facilitación de la formación interna en el centro, la creación de comunidad, así como en el seguimiento de los proyectos desarrollados y la construcción de acuerdos de centro.
h. Acompañamiento en los equipos directivos en el liderazgo del programa, así como en la planificación e implementación de cambios organizativos para la consolidación del aprendizaje por proyectos.
i. Creación y dinamización de la red de centros FAIG, incluida la feria anual de proyectos, con la participación del alumnado.
j. Apoyo a la difusión de los proyectos de aprendizaje con sentido FAIG validados, a través de jornadas y publicaciones.
k. Evaluación del impacto del programa en los centros educativos.
l. Apoyo documental para la gestión del programa.
m. Otros recursos, en función de las necesidades de los centros de titularidad del Departamento de Educación y disponibilidades presupuestarias.
8. Supervisión y seguimiento
Corresponde en el órgano impulsor del programa FAIG hacer el seguimiento general de las acciones vinculadas al despliegue del programa, con el objetivo de tomar las decisiones de mejora que correspondan y de trasladar la información que se derive en la Secretaría de Transformación Educativa del Departamento de Educación.
La Inspección de Educación asesora los centros para la participación en el programa, y supervisa su desarrollo mediante las programaciones generales y las memorias anuales correspondientes. Al finalizar el programa emite un informe, a partir de la memoria presentada por los centros, valorando la contribución del programa a la mejora de los resultados y la calidad educativa del centro a efectos de su reconocimiento como innovación pedagógica.
9. Evaluación
Corresponde en el órgano impulsor del programa FAIG, en colaboración con los servicios territoriales del Departamento de Educación, el Consorcio de Educación de Barcelona y la Inspección de educación, realizar evaluaciones periódicas del grado de consecución de los objetivos iniciales y de las mejoras generadas, de los resultados y del impacto del programa, con propuestas de consolidación, continuidad o transferencia de la innovación en otros centros y contextos.
La evaluación del programa tiene en cuenta los indicadores, las valoraciones y los resultados recogidos a las memorias anuales y finales de centro, según los apartados siguientes:
9.1. Indicadores
Los indicadores para evaluar el impacto del programa en los centros son los siguientes:
Ámbito 1: Metodologías y recursos para la mejora de la enseñanza y el aprendizaje
a. Se ha integrado el aprendizaje con sentido como eje vertebrador del proyecto educativo de centro.
b. Se han desarrollado, evaluado y documentado, cuatro o más proyectos de aprendizaje con sentido FAIG (con cuatro grupos aula diferentes) con la intervención, como mínimo, de dos docentes en cada proyecto, por cada curso de duración del proyecto.
c. Se han establecido acuerdos pedagógicos y organizativos de centro sostenibles, en relación con el aprendizaje por proyectos y el uso del FAIGLab como medio para la creación de soluciones innovadoras con impacto a la comunidad.
d. El 75% del personal docente implicado en el proyecto utiliza el FAIGLab como recurso, haciendo un uso intensivo de las tecnologías digitales.
e. Se han acordado mecanismos de mejora continua de las prácticas de aprendizaje en el centro: cultura de la observación entre iguales y codocencia.
Ámbito 2: Organización y gestión educativa
a. Se ha creado un FAIGLab en el centro, dinamizado por una comunidad de creación y aprendizaje activa, formada por personal docente, alumnado y otros agentes del entorno.
b. El centro utiliza el espacio o espacios FAIGLab como recurso para el aprendizaje por proyectos u otras metodologías de aprendizaje activo.
c. Porcentaje de horas de gestión autónoma dedicadas al aprendizaje por proyectos, en los niveles y etapas implicadas en el programa.
Ámbito 3: Relación y cooperación con la comunidad educativa y el entorno
a. Se ha generado una comunidad de aprendizaje, vinculada al espacio de creación FAIGLab, que incorpora a los diversos colectivos del centro y del entorno.
b. El equipo directivo y el equipo motor han asistido a los encuentros de red de centros FAIG de Cataluña.
c. El centro ha compartido los proyectos de aprendizaje con sentido FAIG exitosos con el resto de centros FAIG.
d. El centro ha participado en las ferias de proyectos FAIG, con la participación activa del alumnado.
9.2. Memoria de evaluación final
Al finalizar el programa el centro tiene que elaborar y enviar a la dirección de los Servicios Territoriales del Departamento de Educación o la gerencia del Consorcio de Educación de Barcelona, con copia en el órgano impulsor, la memoria de evaluación final según las orientaciones que se faciliten a través del portal de centros.
La dirección del centro hará constar a la memoria de evaluación final la relación de profesorado del equipo motor y del profesorado implicado en el programa.
Corresponde a la Inspección de Educación evaluar la memoria final presentada por los centros participantes y validar la relación de profesorado del equipo motor y del resto de profesorado implicado en el programa.
En el caso evaluación positiva se da traslado al órgano impulsor para que reconozca los méritos del personal relacionado, de manera que quede acreditado su trabajo a fin de que se tenga en cuenta en la evaluación del ejercicio profesional.
10. Efectos de participación en el programa
Certificación de la formación
El Departamento de Educación emite los correspondientes certificados de formación y aprovechamiento del profesorado que participe en las actividades formativas previstas en el programa FAIG, de acuerdo con el procedimiento establecido a la legislación vigente.
Certificación de la innovación
El Departamento de Educación emite los correspondientes certificados de innovación pedagógica para el profesorado que participe en el desarrollo del programa FAIG, de acuerdo con el procedimiento establecido a la legislación vigente.
El Departamento de Educación publicará la relación de centros participantes con evaluación positiva de la memoria final en la Intranet del Departamento de Educación - Portal de Centros y hará difusión al mapa de la innovación educativa de Cataluña.
11. Protección de datos
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por la que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales de los solicitantes, los datos de carácter personal serán tratadas exclusivamente con la finalidad de gestionar y tramitar la participación en este programa de acuerdo con los principios establecidos por la normativa vigente.
Asimismo, los centros educativos participantes se comprometen a dar estricto cumplimiento a la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal, antes mencionada.
Corresponde a la dirección de los centros educativos informar a las personas de que participan en el programa del tratamiento de sus datos de carácter personal que se deriva de su inclusión, con el detalle de los datos de carácter personal que serán incluidos, las entidades en las cuales se comunicarán y los entornos, si es el caso, donde se harán públicas.
12. Derechos de imagen
Dado que el derecho a la propia imagen es reconocido en el artículo 18.1 de la Constitución española y está regulado por la Ley orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, la dirección del centro tiene que pedir el consentimiento a los padres, madres o tutores legales para publicar fotografías y vídeos donde aparezcan sus hijos e hijas y estén claramente identificables vinculadas con el presente programa.
13. Propiedad intelectual
Todo el material elaborado durante la implementación del programa FAIG se generará en código abierto y será compartido bajo una licencia de Creative commons mínima de: Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual (CC BY-NC-SA).
Anexo 2
Convocatoria pública y procedimiento de selección de los centros educativos de titularidad del Departamento de Educación para participar en el programa experimental Haciendo para aprender, imaginando globalmente - FAIG.
1. Convocatoria
Se abre convocatoria pública para la selección de 150 centros educativos de titularidad del Departamento de Educación que quieran formar parte del programa experimental Haciendo para aprender, imaginando globalmente - FAIG
Los centros que quieran participar en la convocatoria tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a. Impartir las enseñanzas de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria o ambos.
b. Designar un equipo motor de 5 personas que incluya, como mínimo, un miembro del equipo directivo:
- en las escuelas, mínimo un miembro del equipo docente de cada ciclo o comunidad, más una persona del equipo directivo.
- en los institutos, mínimo un docente de tres departamentos o ámbitos diferentes, más una persona del equipo directivo.
- en los institutos escuela, representación de primaria y secundaria, más una persona del equipo directivo.
c. Presentar la solicitud con la documentación detallada en el apartado 2 de este anexo.
d. Presentar el certificado de la dirección del centro, en el cual se explicite la aprobación, como mínimo del 80% del claustro y del 80% del consejo escolar, en relación con la participación del centro en el programa.
2. Solicitud y documentación
2.1 El director o la directora del centro educativo puede solicitar la participación del centro en el programa FAIG, mediante la presentación de la solicitud, debidamente llenada y firmada. El modelo de solicitud y el procedimiento para su compleción se encuentra en el portal de centros del Departamento de Educación.
2.2 El plazo para presentar la solicitud es de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria.
2.3 La solicitud tiene que ir acompañada de la documentación siguiente:
a. Carta de motivación según el modelo disponible en el portal de centros del Departamento de Educación.
b. Certificado del centro, con la aprobación del claustro y del consejo escolar, según el modelo disponible en el portal de centros del Departamento de Educación.
c. Relación de actividades de formación en centro realizadas en los últimos cinco cursos, en torno a metodologías activas y globalizadas o trabajo colaborativo o acción tutorial o evaluación reguladora.
d. Relación de programas y/o proyectos de innovación pedagógica con evaluación positiva y reconocimiento del Departamento de Educación, según el modelo disponible en el portal de centros del Departamento de Educación.
e. Documentación que evidencie las franjas horarias destinadas al trabajo por proyectos o desarrollo de prácticas "maker" durante el curso 2022-2023, según el modelo disponible en el portal de centros del Departamento de Educación.
f. Relación de proyectos de trabajo o prácticas "maker" que se hayan desarrollado durante el curso 2022-2023, adjuntando documentación justificativa. El formato es libre: documentos de planificación, infografía, portafolios, grabación audiovisual, sites o páginas web, etc.
3. Comisión de selección territorial
3.1 En cada uno de los servicios territoriales y al Consorcio de Educación de Barcelona se crea una comisión de selección constituida por:
a. La persona titular de la dirección de los servicios territoriales o la gerencia del Consorcio de Educación de Barcelona o persona en quien delegue, que preside la comisión.
b. La persona titular de la Inspección jefe de los servicios territoriales o del Consorcio de Educación de Barcelona, o persona que designe.
c. La persona coordinadora de Servicios Educativos de los servicios territoriales o del Consorcio de Educación de Barcelona.
d. Un técnico o técnica de los servicios territoriales o del Consorcio de Educación de Barcelona, que actúa como secretario o secretaria de la comisión.
e. Otras personas que determine la presidencia de la comisión.
3.2 La comisión de selección territorial contará con el apoyo y asesoramiento de un técnico o técnica del CESIRE.
3.3 La comisión de selección territorial se constituirá una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y tiene las funciones siguientes:
a. El desarrollo del proceso selectivo de acuerdo con esta convocatoria.
b. La comprobación del cumplimiento de los requisitos de participación de los centros educativos aspirantes.
c. La valoración de la documentación presentada según los criterios establecidos en este anexo.
d. La determinación de la calificación final de las puntuaciones correspondientes.
e. La comisión de selección territorial comunicará a la comisión de selección central, la relación de centros candidatos a participar en el programa con la valoración de cada propuesta.
4. Comisión de selección central
4.1 La comisión de selección central está constituida por:
a. La persona titular de la Subdirección General de Innovación y Formación, o persona que designe, que preside la comisión.
b. La persona titular de la Subdirección General de la Inspección de Educación, o persona que designe.
c. La persona titular del Servicio de Innovación, o persona que designe.
d. La persona titular del Servicio de Redes y Servicios Educativos.
e. La persona titular de la dirección del Centro de Recursos Pedagógicos Específicos de Apoyo a la Innovación y la Investigación Educativa (CESIRE), o persona que designe.
f. Un técnico o técnica del CESIRE, que actúa como secretario o secretaria de la comisión.
4.2 La comisión de selección central se constituirá una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, supervisa el desarrollo del proceso selectivo y resuelve la convocatoria a partir de las propuestas de las diferentes comisiones territoriales y de acuerdo con los criterios establecidos en este anexo.
4.3 Los miembros de las comisiones de selección se encuentran sometidos a las causas de abstención y recusación con que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
5. Criterios de selección
5.1 Además de los requisitos de participación, para la selección de centros se valorarán los aspectos siguientes:
a. Participación de personal docente del centro en la actividad de formación: "ABP-Maker para guías FAIG" (tipo FGAM). (1 punto).
b. Participación de personal docente del centro en las actividades de formación de formadores: "Acompañamiento en centro para guías FAIG" (tipo FGAC). (1 punto)
c. Participación con evaluación positiva en el programa de innovación STEAMcat del Departamento de Educación. (1 punto)
d. Justificación pedagógica de la necesidad del centro de participar en el programa. (0,5 puntos)
e. Concordancia entre los objetivos del centro establecidos a la carta de motivación y los objetivos del programa. (0,5 puntos)
f. Realización al menos de una formación en centro, recibimiento en los últimos cinco cursos, en torno a metodologías activas y globalizadas, trabajo colaborativo, acción tutorial o evaluación reguladora. (0,5 puntos).
g. Participación con evaluación positiva, al menos, en un programa de innovación pedagógica del Departamento de Educación. (0,25 puntos).
h. Desarrollo, al menos, de un proyecto de innovación pedagógica reconocido por el Departamento de Educación. (0,25 puntos).
i. Destinación de franjas horarias al trabajo por proyectos o prácticas "maker", como mínimo durante el curso 2022-2023. (1 punto)
j. Experiencias y acciones desarrolladas en relación con el aprendizaje por proyectos o el desarrollo de prácticas "maker": Integración de áreas o materias. (0,33 puntos). Pregunta, reto o problema como elemento esencial. (0,33 puntos). Aprendizaje entre iguales a través del trabajo colaborativo. (0,33 puntos).
k. Participación de la comunidad educativa y/o agentes del entorno. (0,33 puntos). Proceso de creación de un producto u obra final. (0,33 puntos). Exhibición del producto o la obra final. (0,33 puntos).
5.2 La comisión territorial tiene que valorar la pertenencia de la participación de los centros candidatos en otros programas de innovación.
5.3 Los criterios que se tendrán en cuenta para la selección de los 150 centros y la asignación del itinerario 1 o el itinerario 2, serán los siguientes:
a. Puntuación obtenida de la valoración de las comisiones territoriales.
b. Equilibrio territorial en la distribución de los diferentes centros.
c. Diversidad de tipologías de centro y etapas educativas.
d. Equilibrio territorial de los centros asignados a los itinerarios del programa.
5.4 De las solicitudes admitidas, la comisión de selección territorial valorará la documentación presentada según los criterios establecidos al apartado 5.1.
La comisión de selección central supervisará el desarrollo del proceso selectivo y resolverá la convocatoria a partir de las propuestas de las diferentes comisiones territoriales y de acuerdo con los criterios establecidos al apartado 5.3.
6. Lista provisional de centros admitidos y excluidos
6.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la comisión de selección territorial comprobará para cada centro educativo aspirando el cumplimiento de los requisitos de participación que se determinan en el apartado 1 de este anexo.
En un plazo máximo de 10 días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos. La relación de los centros admitidos y excluidos se publicará en el portal de centros del Departamento de Educación.
A la lista tendrá que constar, al menos, el nombre del centro educativo, si ha sido admitido o excluido y el motivo de la exclusión.
6.2 Los centros aspirantes que figuren como excluidos en esta lista provisional pueden formular, en el plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación y ante la dirección de los servicios territoriales /gerencia del Consorcio de Educación de Barcelona, las reclamaciones que crean oportunas con el fin de enmendar el defecto que haya motivado su exclusión.
Transcurrido este plazo, y en un periodo máximo de 5 días hábiles, se publicará la lista definitiva de centros educativos admitidos y excluidos.
7. Resolución de la convocatoria
La comisión de selección central resolverá la convocatoria y publicará la relación de los centros seleccionados y su adscripción al itinerario correspondiente, en un máximo de 20 días posterior a la publicación de la lista definitiva de centros admitidos y excluidos, en el portal de centros del Departamento.
Contra la lista definitiva de centros seleccionados, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Innovación, Digitalización, Currículum y Lenguas, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su publicación, según el que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
La Dirección General de Innovación, Digitalización, Currículum y Lenguas, si procede, tiene que actualizar la lista definitiva de centros seleccionados de conformidad con la resolución de los recursos.
Con la publicación en el portal de centro de la lista de centros educativos admitidos y excluidos que pasan a la fase de valoración y la lista de centros seleccionados, se considera hecha la correspondiente notificación en los centros interesados, a los efectos de lo que dispone el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.