Departamento de la Presidencia - Cargos y personal (DOGC 2023-8874)
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RESOLUCIÓN PRE/791/2023, de 7 de marzo, por la que se modifica la Resolución PRE/532/2023, de 17 de febrero, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para proveer cuatro puestos de trabajo singulares de la Dirección General de Función Pública del Departamento de la Presidencia (convocatoria de provisión núm. PRE/05/23).
En fecha 23 de febrero se publicó al DOGC núm. 8861 la Resolución PRE/532/2023, de 17 de febrero, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para proveer cuatro puestos de trabajo singulares de la Dirección General de Función Pública del Departamento de la Presidencia.
Habiendo comprobado que uno de los puestos no cumple los requisitos normativos para proveerse de forma definitiva, dado que está reservado a una persona funcionaria a quien se le adjudicó el puesto en provisión definitiva mediante el correspondiente concurso específico y que, por lo tanto, ostenta la titularidad, de acuerdo con el artículo 108 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y que las características de otro puesto descritas en el anexo 2 de la Resolución no coinciden con las características del puesto recogidas en la relación de puestos de trabajo (RLT),
Resuelvo:
Primero.
Dejar sin efecto parcialmente la Resolución PRE/532/2023, de 17 de febrero, en lo relativo a los puestos de trabajo identificados en el anexo 2, con el código 3 y el nombre de responsable de asesoramiento en materia sindical, i con el código 4 y el nombre Área de Prevención y Salud Laboral.
Segundo.
Dejar sin efecto las solicitudes de participación en el concurso presentadas con relación a los puestos con el código 3 y 4 de la convocatoria.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOGC, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o el correspondiente al lugar de su domicilio, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 7 de marzo de 2023
P. d. (Resolución PRE/3588/2022; DOGC núm. 8797, de 21.11.2022)