Departamento de Cultura - Otras disposiciones (DOGC 2023-8861)

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ACUERDO GOV/31/2023, de 21 de febrero, por el que se crea el Programa temporal para el desarrollo y encaje en el sistema museístico de arte del proyecto de ampliación e impulso del Museo Nacional de Arte de Cataluña, adscrito al Departamento de Cultura.

En octubre de 2020, el Gobierno aprobó "Museos 2030. Plan de museos de Cataluña", un plan estratégico que recoge el conjunto de las políticas de la Generalitat para los equipamientos museísticos catalanes. El documento define las actuaciones que hay que llevar a cabo y cuantifica los recursos económicos, técnicos y humanos para poder ejecutarlas.

Planteado como una estrategia a medio plazo, el Plan de museos de Cataluña formulaba una visión claramente renovadora de lo que deben ser los museos catalanes en el horizonte de 2030, y diseñaba un nuevo sistema de museos, que debía articular el apoyo de la Generalitat y del resto de instituciones del país a estos equipamientos científicos y culturales. Desde su inicio y hasta 2030, el Plan se desarrolla en períodos cuatrienales, donde se concretan los objetivos específicos, las actuaciones, los costes, las fuentes de financiación y el calendario de ejecución, para avanzar progresivamente hacia 2030.

En cuanto a las propuestas estratégicas, destacaba la formulación de una nueva visión de museo centrada en su valor público, es decir, de alta utilidad social. También destacaba la creación de un instrumento básico para actuar sobre el conjunto de los equipamientos museísticos catalanes por parte de la Generalitat a partir de la creación del Sistema de Museos de Cataluña.

En este sistema, el Museo Nacional de Arte de Cataluña, como museo de referencia y cabecera del sistema, tiene un rol preeminente.

El Museo Nacional de Arte de Cataluña es un consorcio con personalidad jurídica propia e independiente de la de sus miembros, constituido por la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Barcelona y, desde 2005, por la Administración general del Estado.

Se rige por los estatutos aprobados por el Acuerdo del Gobierno de la Generalitat de Catalunya de 14 de marzo de 2006 (DOGC núm. 4625, de 3.5.2006) y modificados por el Acuerdo del Gobierno GOV 151/2016, de 22 de noviembre (DOGC núm. 7254, de 24.11.2016).

El Patronato es el órgano máximo de gobierno del Museo. Forman parte, además de los representantes de las administraciones consorciadas y de la dirección del Museo, representantes de personas y entidades privadas que contribuyen a la consecución de los objetivos del Museo Nacional de Arte de Cataluña.

En 2018 el Patronato aprobó el Plan estratégico y de acción 2019-2022/2029; un plan que, aparte de establecer la estrategia y las acciones para el corto y medio plazo, necesariamente tenía que estar conectado con un horizonte más amplio, en 2029, en el que se destacaban dos hitos, que había que impulsar desde ese momento:

· La expansión del Museo Nacional al pabellón Victoria Eugenia.

· La celebración del centenario de la Exposición Internacional de Barcelona 1929 y de la construcción del Palau Nacional, sede actual del Museo, vinculada a la transformación que esta área de la ciudad tuvo en su día y que ahora se plantea renovar.

Además, este Plan estratégico, y este nuevo impulso con el horizonte de 2029, crea una gran oportunidad para profundizar en el rol que el sistema museístico catalán otorga al MNAC, un rol que se resume en dos vectores de actividades.

Por una parte, el papel de cabecera del sistema de museos de arte del país, que consolida el liderazgo. Y, por otra, la función de motor y de punta de lanza en la internacionalización de todo el sistema catalán.

El Programa temporal para el desarrollo y encaje en el sistema museístico de arte del proyecto de ampliación e impulso del Museo Nacional de Arte de Cataluña, adscrito al Departamento de Cultura, no pretende sustituir las tareas que tienen encomendadas los órganos de dirección del Consorcio como el Patronato o el equipo directivo.

La voluntad es que desde el Programa se cree un espacio de reflexión, innovación y participación, con el apoyo y el consenso del equipo directivo del MNAC y del Departamento de Cultura, además de aquellos otros agentes vinculados al sector museístico y del arte en Cataluña, para conseguir el salto cualitativo que se pretende con las actuaciones de ampliación del MNAC.

Los objetivos que deberá desarrollar el Programa son los siguientes:

- Establecer los vínculos necesarios para que el MNAC se sitúe entre los museos de referencia de Europa y del mundo, en colaboración con el sistema museístico barcelonés y de toda Cataluña.

- Posicionar el Museo como un agente principal en la producción de exposiciones y actividades museísticas (jornadas, formación, etc.) a nivel global, para hacer llegar la voz propia del arte catalán a todo el mundo, por medio de la asociación con los principales museos del mundo, y para ser motor de desarrollo de los sectores económicos vinculados.

- Repensar, en colaboración con el equipo directivo, el nuevo rol y el relato del Museo en la nueva era pospandemia. A tal efecto, por encargo del patronato, y en coordinación con la dirección del MNAC, podrá formular propuestas expositivas u otras actividades cuya realización permita prefigurar el nuevo Museo y evaluar el nuevo relato propuesto.

- Asumir un rol de liderazgo del ecosistema artístico y museístico catalán y del Mediterráneo que ayude a una reordenación y a un impulso nuevos.

- Convertirse en un espacio creativo pionero para idear, desarrollar y exportar nuevas técnicas y nuevos contenidos, y para difundirlos mediante la formación y el intercambio de buenas prácticas.

- Aprovechar la ampliación como palanca para una renovación profunda tanto en los contenidos como en los roles que representa en su entorno urbano.

- Reflexionar sobre la incorporación de nuevos públicos, de nuevas sensibilidades, de nuevas representaciones sociales, con la vista puesta en los derechos culturales, en la diversidad y en la inclusión.

- Asumir la transición hacia un nuevo mundo digital y verde, e impulsar el avance del sector museístico para que alcance una transformación rápida, equilibrada y transformadora.

- Conseguir un Museo inclusivo y universalmente accesible a nivel físico, sensorial, cognitivo y digital.

- Hacer del Museo un equipamiento motor en la transformación del entorno de Montjuïc y un punto de centralidad basado en la cultura y el conocimiento.

Para liderar la asunción de estos objetivos tan ambiciosos y dado que estas tareas no se pueden llevar a cabo con los recursos existentes, el Departamento de Cultura necesita disponer de personal de alta dirección con conocimientos y experiencia adecuados en este ámbito, y propone la contratación de un/a alto/a directivo/a y de un equipo técnico básico por medio de la creación de un programa temporal con una duración máxima de tres años.

De acuerdo con el ámbito competencial y los documentos estratégicos relacionados con el Plan estratégico y de acción 2019-2022/2029 y especialmente con la visión estratégica puesta en el horizonte 2029 y recogida también en el Plan de museos de Cataluña 2030, aprobado por el Gobierno de la Generalitat, las funciones del Programa irán ligadas a la conceptualización y diseño de estrategias y a la implementación de acciones que van dirigidas al impulso tanto del MNAC como del sistema museístico y de creación y difusión del arte catalán.

Por ello, el Programa temporal para el desarrollo y encaje en el sistema museístico de arte, del proyecto de ampliación e impulso del Museo Nacional de Arte de Cataluña, se adscribe a la persona titular del Departamento de Cultura. Dado que el Programa conlleva el desarrollo de un proyecto de interés común entre el Departamento de Cultura y el MNAC, la contratación de la dirección del Programa se instrumentará mediante contrato de alta dirección, adscrito al Departamento, previo acuerdo con el Patronato del MNAC.

La relación ordinaria con el Departamento de Cultura se instrumentará mediante la persona titular de la Secretaría General, en coordinación con el equipo directivo del MNAC.

El Departamento de Cultura no dispone de personal con conocimientos y experiencia adecuados en este ámbito específico y, para llevar a cabo este Programa, se propone la incorporación de tres efectivos.

Las tareas que se asignan al personal del Programa no responden a necesidades permanentes de la Administración de la Generalitat de Catalunya, sino a necesidades específicas de naturaleza temporal para gestionar los fondos y las actuaciones que hay que implementar.

Dado lo dispuesto en el punto 1.8 del Acuerdo del Gobierno, de 13 de junio de 2017, sobre criterios para la formalización de nombramientos y contrataciones de personal temporal en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público;

Visto que el artículo 35.6 de la Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2022 dispone que en el caso que las retribuciones del personal directivo superen las fijadas para el cargo de secretario general, se deben autorizar por acuerdo del Gobierno.

Por todo ello, a propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno

 

Acuerda:

 

—1 Crear el Programa temporal para el desarrollo y encaje en el sistema museístico de arte, del proyecto de ampliación e impulso del Museo Nacional de Arte de Cataluña, adscrito al Departamento de Cultura.

 

—2 La duración máxima del Programa es de tres años.

 

—3 El objetivo del Programa es dotar al Departamento de Cultura de los recursos humanos necesarios para crear un espacio de reflexión, innovación y participación, con el apoyo y el consenso del equipo directivo del MNAC y del Departamento de Cultura, además de aquellos otros agentes vinculados al sector museístico y del arte en Cataluña, para conseguir el salto cualitativo que se pretende con las actuaciones de ampliación del MNAC.

 

—4 El Programa se adscribe a la persona titular del Departamento de Cultura, mediante la Secretaría General.

 

—5 Incorporar al Programa un máximo de tres efectivos, que se desglosan como sigue:

- Director/a del Programa. La contratación del director o la directora se deberá instrumentar mediante un contrato laboral de alta dirección dada la naturaleza de las funciones asignadas, el elevado grado de responsabilidad, autonomía y dedicación, y el hecho de que las funciones atribuidas conllevan el ejercicio de responsabilidades ejecutivas en el marco de una política pública estratégica.

- Un/a técnico/a superior: cuerpo superior de administración general, subgrupo A1, nivel de destino 21.

- Un/a administrativo/a: cuerpo administrativo de la Generalitat de Catalunya, subgrupo C, nivel de destino 18.

Las tareas y las funciones asignadas al personal adscrito al Programa se circunscriben exclusivamente a las relacionadas con el desarrollo y encaje en el sistema museístico de arte del proyecto de ampliación e impulso del Museo Nacional de Arte de Cataluña.

Las necesidades de personal de este Programa deberán ser objeto de cobertura mediante los sistemas de provisión previstos en la normativa vigente y de conformidad con el Acuerdo del Gobierno, de 13 de junio de 2017, sobre criterios para la formalización de nombramientos y contrataciones de personal temporal en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público.

 

—6 Se autoriza que las retribuciones anuales del director o la directora del Programa se asimilen a las retribuciones fijas equivalentes al puesto de director/a general, más un 10% en concepto de retribuciones variables, vinculadas al grado de cumplimiento de los objetivos o resultados previamente establecidos (retribuciones máximas de 99.009,87 €, importes 2022). Esta retribución se actualizará de acuerdo con los criterios que se apliquen al personal directivo del sector público de la Generalitat de Catalunya.

 

—7 La financiación de este Programa se hace a cargo del capítulo 4 del Departamento de Cultura.

 

—8 La efectividad de la contratación de alta dirección y de los nombramientos temporales previstos en este Acuerdo está condicionada a la existencia de crédito suficiente en las partidas presupuestarias con cargo a las que se imputan estos nombramientos.

 

—9 Autorizar a la consejera de Economía y Hacienda a hacer las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para aplicar este Acuerdo.

 

—10 Autorizar al Departamento de Cultura para dictar las instrucciones que sean necesarias para el cumplimiento de este Acuerdo.

 

—11 La vigencia del Programa se inicia un mes después de la publicación de este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

—12 Disponer la publicación de este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 21 de febrero de 2023

 

Xavier Bernadí Gil
Secretario del Gobierno
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