Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Anuncios (DOGC 2023-8853)

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RESOLUCIÓN ACC/4062/2021, de 31 de agosto, de informe de impacto ambiental del Proyecto de refuerzo del muro de contención de la vía del tren e instalación de la pasarela del carril bici de Celrà hasta el límite del término municipal con Girona, promovido por el Ayuntamiento de Celrà, y tramitado por la Agencia Catalana del Agua, en el término municipal de Celrà (exp. OTAAGI20210191).

 

—1 Antecedentes

El 16 de julio de 2021, entró en el registro electrónico de los Servicios Territoriales en Girona del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural la solicitud de inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada del Proyecto de refuerzo del muro de contención de la vía del tren e instalación de la pasarela del carril bici de Celrà hasta el límite del término municipal con Girona, promovido por el Ayuntamiento de Celrà, y tramitado por la Agencia Catalana del Agua, en el término municipal de Celrà. El Proyecto prevé realizar las obras de refuerzo del muro que soporta la plataforma ferroviaria y construir la plataforma ocupando temporalmente el dominio público hidráulico del río Ter.

Anteriormente, el 29 de julio de 2020, se emitió un informe ambiental estratégico del Plan especial urbanístico autónomo para la conexión del carril bici de Celrà hasta el límite del término municipal con Girona, en el término municipal de Celrà (DOGC núm. 8192, de 3.8.2020). Esta versión anterior del Proyecto, tramitada como un plan urbanístico derivado, preveía la construcción de la misma plataforma metálica adosada al muro de contención de la línea del tren, pero se ejecutaba desde la parte superior del muro y no afectaba el cauce del río.

 

—2 Marco normativo

El artículo 7.2 b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece que los proyectos no incluidos ni en el anexo I ni en el anexo II que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, espacios protegidos de la red Natura 2000 son objeto de evaluación ambiental simplificada.

El Proyecto de refuerzo de muro e instalación de la pasarela del carril bici se sitúa dentro de un espacio de la red Natura 2000 y, por lo tanto, está incluido en el mencionado supuesto de evaluación de impacto ambiental.

 

—3 Descripción del Proyecto y del documento ambiental

El Proyecto prevé la ejecución de un tramo del carril bici entre Celrà y Girona consistente en una pasarela de 524 m de longitud anclada en el muro de contención de la vía del tren. La ejecución se realizará mediante la adecuación de una mota de tierra temporal que se prevé situar en el cauce del río Ter, al pie de muro de la línea ferroviaria.

 

—4 Consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas

El 16 de julio de 2021 la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental inició la fase de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el Proyecto, de acuerdo con lo que dispone el artículo 46 de la Ley de evaluación ambiental.

La tabla adjunta detalla las administraciones públicas, entidades y personas interesadas consultadas en esta fase y señala con una X las que han emitido un informe en relación con el documento ambiental:

 

 

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Sección de Biodiversidad y Medio Natural. Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural

X

Agencia Catalana del Agua. Departamento de Control y Calidad de las Aguas

 

Departamento de Cultura. Servicios Territoriales en Girona

 

Ayuntamiento de Sant Julià de Ramis

 

Consorcio del Ter

X

La Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos (AEMS~Ríos con Vida)

 

Associació de Naturalistes de Girona

 

 

 

El Consorcio del Ter considera que el Proyecto no debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, siempre que se tengan en cuenta las medidas ambientales expuestas en el documento ambiental en cuanto a la construcción y desmontaje de la plataforma de trabajo y medidas específicas en relación a la eliminación de la vegetación invasora, las nuevas plantaciones y el rescate de fauna previamente al inicio de las obras.

La Sección de Biodiversidad y Medio Natural considera que no es necesario someter el Proyecto a una evaluación de impacto ambiental ordinaria. El Proyecto tendrá unos efectos ambientales significativos temporales sobre el espacio natural de la red Natura 2000 en la fase de obras por la ocupación del cauce que serán minimizados por un conjunto de medidas ambientales y por la restauración posterior del espacio.

 

—5 Evaluación de impacto ambiental de acuerdo con los criterios del anexo III

Una vez estudiada la documentación que consta en el expediente, y considerando las referidas respuestas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de someter el Proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013.

5.1 Consideraciones en relación con las características del Proyecto

El Proyecto prevé realizar las tareas de construcción de la pasarela desde una mota de tierra provisional que debe instalarse en el cauce del río Ter. Se prevén dos tipos de secciones en función de la presencia o no de tierra en la base del muro ferroviario.

Las secciones de trabajo de los dos tramos situados en los extremos del sector, donde en la base del muro existe un margen de tierra, prevén tareas de tala y desbroce de vegetación, acondicionamiento del pavimento y, una vez finalizadas las obras, restauración ambiental. Estas actuaciones se realizarán en dos tramos que suman unos 302 m de largo (sección 3A).

En el tramo central, donde no hay margen de tierra, en la base del muro ferroviario se prevé la construcción de una base provisional de 222 m de largo y 4 m de ancho que requerirá la aportación de un volumen de tierra de 1.776 m3 (sección 3B).

Las aportaciones de material en el cauce para obtener la plataforma de trabajo se conseguirán principalmente de los depósitos de grava situados aguas abajo de la zona de actuación. Se han establecido medidas ambientales, como la minimización de los movimientos de tierras, el control de la turbidez y una extracción de áridos limitada a una cota que no afecte el ámbito freático.

Se han estudiado tres alternativas de trazado. La alternativa 1 prevé un primer tramo de camino de nueva construcción situado sobre el talud de la carretera C-66, que permitiría superar el tramo más estrecho del desfiladero, y, una vez situados en las proximidades del límite del término, un viaducto sobre la carretera y la línea de ferrocarril que permitiría el enlace hasta Can Vilar. La alternativa 2 plantea cruzar el río Ter para enlazar con la vía ciclista existente de la ruta del Ter para volver a cruzar el río entorno al viaducto de la carretera N-II. La alternativa 3 prevé la construcción de una pasarela colgante sobre el muro de contención de la vía del tren. Esta última alternativa fue la escogida en el Plan especial urbanístico autónomo para la conexión del carril bici de Celrà hasta el límite del término municipal con Gerona.

Por lo que respecta a las alternativas de ejecución de la pasarela se han valorado dos alternativas de construcción. La alternativa 3.1 prevé ejecutar los trabajos accediendo al muro desde la plataforma ferroviaria y realizando el montaje sin que afecte el cauce del río Ter. La alternativa 3.2 prevé construir una mota provisional de tierra situada en el lecho del río para llevar a cabo las obras de instalación de la pasarela. El documento ambiental descarta la alternativa 3.1, dadas las limitaciones horarias impuestas por el gestor ferroviario que hacen inviable la ejecución del proyecto en un tiempo razonable.

La ejecución de la obra desde el pie del muro (alternativa 3.2) permite la ejecución de las obras en los plazos establecidos, pero supone ocupar de manera provisional el cauce del río Ter y, por lo tanto, generar impactos a cuantificar, minimizar y compensar.

5.2 Consideraciones en relación con la ubicación del Proyecto

La zona del Proyecto se encuentra en el margen derecho del río Ter, aguas abajo de los núcleos urbanos de Girona y Sarrià de Ter. Este tramo forma parte de la zona especial de conservación de la red Natura 2000 Riberes del Baix Ter ES5120011.

Alrededor de la zona de actuación se encuentran los hábitats de interés comunitario 3260 Ríos de tierra baja y de la media montaña con vegetación submersa o parcialmente flotante (Ranunculion fluitantis y Callitricho-Batrachion) y 92A0 Alamedas, saucedas y otros bosques de ribera. Sin embargo, la actuación se realiza mayoritariamente al pie del muro del corredor ferroviario, en el que el bosque de ribera está poco desarrollado por falta de suelo o de ribera donde arraigar. También hay presencia de las especies exóticas invasoras, como la caña americana (Arundo donax) y el negundo (Acer negundo).

Este tramo del río Ter es un área de interés faunístico por la presencia de la nutria (Lutra lutra), el barbo de montaña (Barbus meridionalis) y el galápago europeo (Emys orbicularis). También existe la presencia de náyades alargadas (Unio mancus) y algunas especies de murciélagos y anfibios.

El Plan territorial parcial de las Comarques Gironines identifica todo el ámbito como suelo de protección especial y área de interés conector. Las riberas del Ter ejercen una función conectora entre los espacios naturales protegidos del Montgrí y Les Gavarres.

5.3 Consideraciones en relación con las características de los impactos potenciales

En primer lugar, debe indicarse que, si bien la actuación fue objeto de una primera evaluación ambiental, tal y como se refleja en el apartado de antecedentes, en aquella evaluación el promotor preveía construir la pasarela desde la parte alta del muro y acceder por las vías del ferrocarril en los intervalos del día sin circulación de trenes.

En concordancia con la evaluación descrita, la pasarela no debe suponer nuevos impactos sobre el espacio natural protegido, considerando que el río transcurre, en este sector, encajado en el cauce derecho en el muro ferroviario y en la carretera.

Sin embargo, el cambio en la ejecución del Proyecto, ahora desde la parte baja del muro, comportará la ocupación directa del cauce del río Ter, lo que generará impactos sobre el espacio protegido Riberes del Baix Ter no evaluados anteriormente. Estos impactos tendrán un carácter temporal mientras duren las obras de instalación de la pasarela, que se prevé realizar en seis meses, entre octubre de 2021 y marzo de 2022.

Una vez finalizadas las obras, deben retirarse completamente los caminos y las motas previstas en el Proyecto para recuperar el estado actual del cauce río Ter. Las futuras tareas de control y mantenimiento de la pasarela deben ejecutarse desde la parte superior del muro, sin afectar el cauce del río.

En esta época del año no se prevé que las obras afecten el ciclo vital de las especies de fauna protegida o amenazada, que se reproducen mayoritariamente entre los meses de abril y julio, ambos inclusive.

En cuanto a la tipología de material a usar, teniendo en cuenta que los materiales pueden ser arrastrados por el propio río y que algunos quedarán dentro del cauce, se considera adecuado utilizar materiales de grava del mismo río acumulada en guijarrales unas decenas de metros río abajo. Los materiales seleccionados corresponden a sedimentos arrastrados de forma extraordinaria por la tormenta Gloria en enero de 2020 y que se depositaron a poca distancia y aguas abajo de la zona del Proyecto.

Sin embargo, la extracción de grava debe limitarse a la capa superficial de material, sin acceder al ámbito freático y sin afectar formaciones vegetales de bosque de ribera bien consolidadas que se hayan desarrollado. Una vez finalizadas las obras, se considera que la propia dinámica fluvial volverá a depositar la grava en el punto de donde se han extraído o un punto cercano y que restaurará el hábitat.

Para evitar el incremento de turbidez en el río, lo que comportaría impactos directos sobre las especies acuáticas y la calidad del agua, se deben tomar acciones específicas en el momento de colocar y retirar los materiales, que es cuando se puede generar mayor impacto. En este sentido, se valora favorablemente el uso del material lavado, como la grava acumulada río abajo. En caso de que sea necesaria la aportación de material externo al río, este material debe ser retirado una vez finalizadas las obras.

En todo caso, es necesario disponer de mecanismos de control de la turbidez, sea con la colocación de lonas de impermeabilización, balas de paja, balsas de decantación u otros sistemas que garanticen la calidad del agua aguas abajo.

Por último, es necesario planificar, ordenar y delimitar correctamente las zonas de trabajo situadas alrededor del río Ter. Se debe evitar la acumulación de material de obra en el cauce, prever un único paso de vehículos, realizar las tareas de mantenimiento de la maquinaria fuera de las zonas sensibles y prever un plan de actuación en caso de crecida del río.

La actuación supondrá la eliminación de la vegetación en la franja de 4 m de ancho situado al pie de muro. Hay un importante tramo del muro donde el bosque de ribera está muy poco desarrollado. La funcionalidad conectora del bosque de ribera en este tramo es actualmente reducida y limitada por el efecto erosivo de la corriente. Sin embargo, hay algunos pies de árboles de ribera presentes, por lo que hay que restaurarlos donde sea posible.

Una vez finalizadas las obras, se deben restaurar aquellos tramos al inicio y al final de la plataforma, especialmente en los puntos donde desemboca el barranco del Clot dels Sants, o en el paso de la acequia Vinyals, para alcanzar un estado naturalizado, y replantar árboles de ribera donde haya una anchura de terreno superior a los 2,5 m desde la base del muro.

Es necesario aprovechar la actuación para eliminar algunos pies de vegetación exótica como medida compensatoria y para mejorar el entorno del carril bici.

 

—6 Resolución

En consecuencia, considerando la documentación presentada, las respuestas recibidas en las consultas formuladas y los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativos a las características del Proyecto, su ubicación y las características del impacto potencial, y a propuesta de la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona,

 

Resuelvo:

 

Primero

Emitir un informe de impacto ambiental sobre el Proyecto de refuerzo del muro de contención de la vía del tren e instalación de la pasarela del carril bici de Celrà hasta el límite del término municipal con Girona, promovido por el Ayuntamiento de Celrà, y tramitado por la Agencia Catalana del Agua, en el término municipal de Celrà, por el que se determina que no debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, dado que la actuación no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.

 

Segundo

Incluir las siguientes condiciones adicionales:

   a) Llevar a cabo las obras fuera del período de reproducción y cría de gran parte de especies de fauna protegida o amenazada existentes en la zona, que coincide con los meses de abril a julio, ambos inclusive.

   b) Ajustar la mota a la mínima anchura necesaria para el paso de maquinaria, planificar, ordenar y delimitar correctamente las zonas de trabajo situadas alrededor del río Ter y alejar del cauce del río todas aquellas tareas complementarias de la obra, como pueden ser aparcamiento y mantenimiento de maquinaria, acopio de material, etc.

   c) Dar preferencia al uso de materiales inertes de los depósitos de grava procedentes del mismo río situados aguas abajo y fuera del espacio de la red Natura 2000. La extracción de grava debe limitarse a la capa superficial de material, sin acceder al ámbito freático y sin afectar las formaciones vegetales de bosque de ribera bien consolidadas que se hayan desarrollado.

   d) Prever sistemas de control y reducción de la generación de turbidez en el agua, con la colocación de una lona impermeable, con el uso de balas de paja o con la adecuación de una zona de retención de sedimentos. El seguimiento y control del aumento de turbidez en el río debe ser especialmente incisivo en el momento de colocar y retirar el material de construcción de la mota de trabajo.

   e) Retirar los materiales aportados para la creación de la plataforma que superen la lámina de agua una vez finalizadas las obras, así como todos los materiales aportados que no provengan del ámbito fluvial.

   f) Retirar la totalidad de caminos y motas previstas en el Proyecto una vez finalizadas las obras, a fin de dejar libre el dominio público hidráulico del río Ter. Las futuras tareas de control y mantenimiento de la pasarela deben ejecutarse desde la parte superior del muro, sin afectar el cauce del río.

   g) Restaurar aquellos tramos al inicio y al final de la plataforma, especialmente en los puntos donde desemboca el barranco del Clot dels Sants o en el paso de la acequia Vinyals, para alcanzar un estado naturalizado, y replantar árboles de ribera donde haya un ancho de terreno superior a los 2,5 m desde la base del muro.

   h) El Proyecto debe prever una partida concreta de restauración de los ámbitos afectados en los dos tramos situados en los extremos del sector que debe incluir la plantación con sauces (Salix alba y Salix eleagnos) y alisos (Alnus glutinosa). Esta adaptación del Proyecto debe notificarse a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona previamente a la ejecución de las plantaciones.

   i) Tomar las medidas necesarias para evitar la introducción de especies exóticas invasoras y la correcta eliminación y tratamiento de las especies exóticas invasoras existentes en torno a la obra. También se preverá el rescate de fauna en caso de que exista fauna acuática que resulte afectada por las obras.

   j) Tomar en consideración las medidas indicadas por la Sección de Biodiversidad y Medio Natural y el Consorcio del Ter que no hayan sido mencionadas anteriormente.

 

Tercero

El promotor del Proyecto debe responsabilizarse de la ejecución del programa de vigilancia ambiental y de sus costes. Tiene que disponer de una dirección ambiental de obra que tendrá la función básica de hacer cumplir lo que establecen el documento ambiental y este informe de impacto ambiental mediante el seguimiento esmerado de las obras.

El inicio de las obras debe comunicarse a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona y al Consorcio del Ter.

 

Cuarto

Una vez finalizadas las obras, el promotor debe presentar un informe final, firmado por la dirección ambiental de la obra, que verifique el cumplimiento de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y de las condiciones que se establecen en el documento ambiental y en esta Resolución.

 

Quinto

Este informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, no se procede a la autorización del Proyecto en el plazo máximo de cuatro años, salvo que se acuerde la prórroga de su vigencia en los términos previstos en el artículo 47 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

 

Sexto

Trasladar esta Resolución a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Girona para que la notifique a la persona interesada.

 

De acuerdo con lo que establece el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, esta Resolución de informe de impacto ambiental debe hacerse pública mediante la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la sede electrónica del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.

 

De conformidad con el artículo 47.5 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que procedan en la vía administrativa o judicial ante el acto, en su caso, de autorización del Proyecto.

 

Barcelona, 31 de agosto de 2021

 

Antoni Ferran i Mèlich

Director general de Políticas Ambientales y Medio Natural

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