Agencia Tributaria de Cataluña - Cargos y personal (DOGC 2023-8853)
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RESOLUCIÓN ECO/339/2023, de 8 de febrero, de modificación de la Resolución ECO/2737/2021, de 7 de septiembre, por la que se convoca el proceso selectivo para proveer 120 plazas del cuerpo técnico de gestores tributarios (subgrupo A2) de la Generalitat de Catalunya (núm. de registro de la convocatoria ATC01).
La Resolución ECO/2737/2021, de 7 de septiembre, aprobó las bases de la convocatoria del proceso selectivo para proveer 120 plazas del cuerpo técnico de gestores tributarios (subgrupo A2) de la Generalitat de Catalunya (núm. de registro de la convocatoria ATC01), la cual fue publicada en el DOGC núm. 8501, de 14 de septiembre de 2021, en cumplimiento del Acuerdo GOV/190/2019, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo pública parcial del cuerpo superior de inspectores tributarios y del cuerpo técnico de gestores tributarios de la Generalitat de Catalunya, para el año 2019 (DOGC núm. 8032, de 30.12.2019).
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el BOE núm. 312, de 29 de diciembre de 2021, estableció medidas para mejorar la eficiencia de los recursos humanos, reducir los altos niveles de temporalidad y flexibilizar la gestión de los recursos humanos, así como la articulación de procesos de estabilización del empleo temporal del personal de las administraciones públicas, y estableció el 1 de junio de 2022 como fecha límite para publicar las ofertas públicas de estabilización correspondientes.
En cumplimiento de esta norma, el Acuerdo GOV/105/2022, de 24 de mayo, publicado en el DOGC núm. 8675, aprueba la oferta de empleo pública de estabilización de empleo temporal de la Generalitat de Catalunya, la cual incluye la oferta de 85 plazas del cuerpo técnico de gestores tributarios de la Generalitat de Catalunya, por la vía del concurso oposición previsto en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Por otra parte, el punto 6 del Acuerdo mencionado prevé que las plazas de esta oferta de los cuerpos, escalas y categorías laborales que tienen convocatorias vigentes de procesos selectivos de acceso y de provisión pueden ser objeto de adecuación en función de su vinculación con los procesos de estabilización.
Por el Acuerdo de 19 de octubre de 2022, del Grupo de trabajo de estabilización y reducción de la temporalidad en el empleo público de la Generalitat de Catalunya, se establece que las adscripciones de los procesos selectivos convocados con anterioridad a los procesos de estabilización que se encuentren en curso, tendrán todas carácter provisional, teniendo en cuenta la correlación temporal entre estos procesos selectivos y el concurso general de méritos y capacidades previo correspondiente, en garantía del derecho a la movilidad del personal funcionario.
La Resolución ECO/4092/2022, de 22 de diciembre, convoca el proceso de estabilización, mediante el sistema de concurso oposición, para proveer 85 plazas del cuerpo técnico de gestores tributarios de la Generalitat de Catalunya (núm. de registro de la convocatoria ATC03).
La base 12.1 de la convocatoria ATC01 establecía que la asignación de los puestos de trabajo tendría carácter definitivo. El contexto actual, de simultaneidad en el desarrollo de convocatorias correspondientes a la oferta de empleo ordinaria y aquellas que derivan de los procesos de estabilización previstos en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, así como los acuerdos suscritos a nivel de negociación con los representantes de los trabajadores, determinan que no se pueda llevar a cabo el concurso general de méritos y capacidades antes de que finalice la convocatoria en curso, de manera que la asignación de los puestos de trabajo derivados de esta convocatoria tendrá que tener carácter provisional.
Por todo lo que se ha expuesto anteriormente, y de acuerdo con las competencias que me atribuye el Decreto 222/2016, de 15 de marzo, del régimen de personal y de los procesos de selección y provisión en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña,
Resuelvo:
Modificar la base 12.1 de la convocatoria, que queda redactada de la manera siguiente:
"12.1 Asignación de puestos de trabajo
La presidenta de la Agencia Tributaria de Cataluña convocará a las personas aspirantes propuestas para el nombramiento al acto público de adjudicación de plazas y hará pública la relación de plazas que se ofrecen.
La asignación de puestos de trabajo se efectúa según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo y respetará el orden de prioridades establecido legalmente.
A estos efectos, optarán en primer lugar las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna, y posteriormente las del turno libre. En cada turno, si procede, tendrán preferencia las personas que, con el grado de discapacidad igual o superior al 33 % reconocido, se hayan acogido a la vía de reserva.
La asignación de las plazas tendrá carácter provisional."
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta de la Agencia Tributaria de Cataluña en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 8 de febrero de 2023
Marta Espasa Queralt
Presidenta de la Agencia Tributaria de Cataluña