Departamento de la Presidencia - Anuncios (DOGC 2023-8847)
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RESOLUCIÓN PRE/213/2023, de 23 de enero, por la que se da publicidad al deslinde entre los términos municipales de El Molar y de La Torre de l'Espanyol.
Los días 28 de octubre de 2022 y 26 de octubre de 2021 los plenos de los ayuntamientos de El Molar y de La Torre de l'Espanyol aprobaron, respectivamente, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, el deslinde efectuado el día 5 de octubre de 2021 por las comisiones municipales de delimitación respectivas. Este deslinde forma parte del proceso de elaboración del Mapa municipal de Cataluña, que dispone el artículo 28.1 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.
De acuerdo con el artículo 34.1 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña,
Resuelvo:
Dar publicidad al deslinde aprobado por los ayuntamientos de El Molar y de La Torre de l'Espanyol que se describe a continuación e incorporarlo a los mapas municipales correspondientes:
Mojón 1: se sitúa en el Turó de la Garganta, en la divisoria de aguas de la Serra de lo Tormo, al noreste de la partida de Los Comuns. Este mojón es también común al término municipal de La Figuera. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 304295,5 e Y: 4562451,7.
Mojón 2: se sitúa en el extremo noreste de la Serra de lo Tormo, en la Punta del Segarra, en una divisoria de aguas. Hay un mojón en forma de piedra irregular, de cuarenta centímetros por treinta centímetros de lados en la base y sesenta centímetros de altura. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior sigue la poligonal definida por los siguientes puntos de coordenadas UTM ETRS89 31N:
Punto 1: X: 304295,5 e Y: 4562451,7
Punto 2: X: 304285,1 e Y: 4562450,0
Punto 3: X: 304271,6 e Y: 4562447,9
Punto 4: X: 304251,2 e Y: 4562440,3
Punto 5: X: 304235,5 e Y: 4562424,8
Punto 6: X: 304215,2 e Y: 4562394,0
Punto 7: X: 304166,5 e Y: 4562397,5
Punto 8: X: 304144,9 e Y: 4562397,0
Punto 9: X: 304107,2 e Y: 4562387,1
Punto 10: X: 304084,9 e Y: 4562390,4
Punto 11: X: 304071,1 e Y: 4562393,5
Punto 12: X: 304049,8 e Y: 4562387,0
Punto 13: X: 304010,5 e Y: 4562383,3
Punto 14: X: 303990,3 e Y: 4562384,2
Punto 15: X: 303981,9 e Y: 4562383,3
Punto 16: X: 303948,8 e Y: 4562379,6
Punto 17: X: 303928,0 e Y: 4562375,4
Punto 18: X: 303925,9 e Y: 4562374,9
Punto 19: X: 303841,8 e Y: 4562365,3
Punto 20: X: 303820,8 e Y: 4562361,9
Punto 21: X: 303796,5 e Y: 4562351,4
Punto 22: X: 303775,9 e Y: 4562339,7
Punto 23: X: 303751,2 e Y: 4562325,6
Punto 24: X: 303739,0 e Y: 4562316,0
Punto 25: X: 303733,6 e Y: 4562311,8
Punto 26: X: 303723,5 e Y: 4562301,1
Punto 27: X: 303694,3 e Y: 4562270,4
Punto 28: X: 303691,1 e Y: 4562265,7
Punto 29: X: 303688,8 e Y: 4562257,1
Punto 30: X: 303698,3 e Y: 4562219,0
Punto 31: X: 303696,3 e Y: 4562199,2
Punto 32: X: 303684,3 e Y: 4562084,4
Punto 33: X: 303658,2 e Y: 4562046,2
Punto 34: X: 303657,0 e Y: 4562032,9
Punto 35: X: 303653,4 e Y: 4561997,1
Punto 36: X: 303628,8 e Y: 4561996,7
Punto 37: X: 303627,5 e Y: 4561990,6
Este mojón es también común al término municipal de Garcia. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 303627,5 e Y: 4561990,6.
Contra los acuerdos plenarios de aprobación de este deslinde, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las administraciones públicas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, sin perjuicio de la posibilidad de formular el requerimiento previo que regula el artículo 44 de esta misma Ley.
Barcelona, 23 de enero de 2023
Bernat Valls i Fuster
Director general de Administración Local