RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2025, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Santovenia de Pisuerga (Valladolid), por la que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2025.
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Por Resolución de la Alcaldía n.º 221 de 4 de junio de 2025 para lo que es competentes conforme a lo previsto en el artículo 21.1.g, de la Ley 7/85 , de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
Visto lo dispuesto el artículo 128 de del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
Se acordó aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2025, que contiene los siguientes puestos de trabajo:
PERSONAL LABORAL:
Peón especialista: 2 plazas Personal Laboral. Sistema de acceso: Concurso oposición.
Oficial de segunda: 2 plazas Personal Laboral. Sistema de acceso: Concurso oposición.
Auxiliar de biblioteca: 1 plaza Personal Laboral. Sistema de acceso: Concurso oposición.
PERSONAL FUNCIONARIO
Administrativo: 2 plazas Personal Funcionario. Sistema de acceso: Concurso oposición.
Administrativo: 1 plaza Personal Funcionario (Promoción Interna) que de cubrirse se produciría la amortización de la plaza actual de Auxiliar Administrativo. Sistema de acceso Concurso oposición.
Visto lo dispuesto el artículo 128 de del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
Contra la presente podrá interponer Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en los plazos previstos en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que con carácter potestativo interponga recurso de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes. Ambos recursos no pueden simultanearse, si interpone recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso administrativo, hasta la resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Los plazos se cuentan desde el día siguiente al de la recepción del presente. Ello sin perjuicio de que interponga los recursos que Ud. estime conveniente.
Santovenia de Pisuerga, 20 de junio de 2025.
La Alcaldesa,
Fdo.: María Antonia López Sáenz de Santamaría