ACUERDO de 12 de junio de 2025, del Pleno del Ayuntamiento de Villacastín (Segovia), relativo a la aprobación definitiva del estudio de detalle «Manzana A del polígono industrial de Villacastín», para la modificación de ordenación detallada de parcelas de A1 a A17 en el polígono industrial de Villacastín, promovido por «Maquinza, S.A.». Expte.: 50/2022.

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En cumplimiento del artículo 175 del Decreto 22/2004 de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se publica que en sesión plenaria de fecha 12 de junio de 2025 se adoptó el acuerdo que a continuación se transcribe:

«Visto el expediente para la aprobación de Estudio de Detalle, relativo a la modificación de ordenación detallada de parcelas de A1 a A17, en polígono industrial de Villacastín, (Segovia), presentada por D. Sinesio Herrador Calderón de la Barca, en representación de Maquinza S.A.. mediante Registro de entrada n.º 34/2022. (Expte. 50/2022).

Considerando que el objeto del Estudio de Detalle es la modificación de la ordenación detallada de la manzana A del polígono industrial (de parcela A1 a parcela A17),posibilitando la agrupación de parcelas en parcelas superiores a 1.000 m2 y aumentando el espacio libre de parcela, mediante la modificación de las alineaciones en las parcelas A1,A2, A3, A4, A5, A6, A7 y A8; se aumentaría el retranqueo a 21 m. en el frente y 8 m. en elfondo, para posibilitar el movimiento de maquinaria dentro de la parcela.

Visto el informe suscrito por la Arquitecta Asesora Municipal obrante en el expediente.

Visto el informe de Secretaría en el que se indica la legislación aplicable al asunto así como el procedimiento a seguir para llevar a cabo la citada modificación.

Visto que se han solicitado los preceptivos informes sectoriales exigidos por la normativa urbanística, así como lo dispuesto en la Orden FYM/238/2016, de 4 de abril, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Urbanística 1/2016, sobre emisión de informes previos en el procedimiento de aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico a los siguientes organismos:

  • - Servicio Territorial de Fomento.
  • - Servicio Territorial de Medio Ambiente.
  • - Diputación Provincial de Segovia.
  • - Comisión Territorial de Patrimonio Cultural.
  • - Confederación Hidrográfica del Duero.
  • - Agencia de Protección Civil.
  • - Subdelegación del Gobierno en Segovia.
  • - Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental.
  • - Dirección General de Telecomunicaciones.
  • - Unidad de Carreteras del Estado.

Resultando que se han recabado los siguientes informes sectoriales:

  • - Informe del Servicio Territorial de Cultura de Segovia en el que se establece que no tiene afección sobre el Patrimonio Cultural de Castilla y León.
  • - Informe de la Subdelegación del Gobierno de Segovia comunicando la imposibilidad de medios técnicos y humanos para emitir informe.
  • - Informe de la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental en el que indican que no procede ninguna actuación en materia de evaluación ambiental estratégica.
  • - Informe de la Agencia de Protección Civil.
  • - Informe del Servicio Territorial de Fomento en el que se indican determinadas cuestiones técnicas a incorporar.
  • - Informe de la Dirección General de Telecomunicaciones de carácter favorable.
  • - Informe de la Diputación Provincial de Segovia, en el que se indican deficiencias que se deberán subsanar.
  • - Informe de la Confederación Hidrográfica del Duero de carácter favorable siempre que se cumplan los condicionantes indicados en su informe.
  • - Informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, devaluación de las afecciones del proyecto sobre los valores naturales que se indican en el informe.
  • - Informe de la Unidad de Carreteras del Estado, de carácter favorable con sujeción a determinadas prescripciones.

Visto que se notifican al promotor los informes sectoriales para que se proceda a la subsanación del Estudio de detalle conforme a lo indicado en los mismos, mediante Registro de salida n.º 135/2022.

Considerando que mediante Registro de entrada n.º 363/2022 se presenta el Estudio de Detalle modificado, incorporando las estipulaciones reflejadas en los informes sectoriales.

Resultando que mediante Decreto de Alcaldía n.º 8/2025 de fecha 17 de enero de 2025 se resolvió lo siguiente:

«Primero. Aprobar inicialmente el Proyecto de Estudio de Detalle referenciado de acuerdo con la documentación que obra en el expediente, cuyo objeto es la modificación dela ordenación detallada de la manzana A del polígono industrial (de parcela A1 a parcelaA17), posibilitando la agrupación de parcelas en parcelas superiores a 1.000 m2 y aumentando el espacio libre de parcela, mediante la modificación de las alineaciones en las parcelas A1, A2, A3, A4, A5, A6, A7 y A8; se aumentaría el retranqueo a 21 m. en el frente y 8 m. en el fondo, para posibilitar el movimiento de maquinaria dentro de la parcela, condicionando la presente aprobación al cumplimiento de las determinaciones y condiciones indicadas en los informes sectoriales recabados.

Segundo.- Someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el Diario El Norte de Castilla y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica en la dirección https://villacastin.sedelectronica.es /board, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se realice la última publicación delos referidos anuncios, durante el cual podrá consultarse toda la documentación relacionada con el Estudio de Detalle, y podrán presentarse tanto alegaciones como sugerencias, informes y documentos complementarios de cualquier tipo.

A tales efectos, queda a disposición de los interesados el expediente administrativo tramitado para que pueda ser examinado en la oficina municipal, debiendo en todo caso concertar cita previa para el examen del mismo.

Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en el Portal de Transparencia, apartado 7. Urbanismo, Obras Públicas y Medio Ambiente/7.1.Planeamiento Urbanístico/ (50/2022) Estudio de detalle para la modificación de la ordenación detallada de parcelas A1 a A17 en el polígono industrial de Villacastín/ en la dirección https://villacastin.sedelectronica.es/transparency/8c3bb30d-e409-4cee-80ab-7799c0a9dc38/#

Tercero.- Suspender el otorgamiento de licencias citadas en los párrafos 1º, 2º, 3º y 4ºde la letra a) y 1º y 2º de la letra b) del artículo 288 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, con el alcance previsto en el artículo 156 del mencionado Reglamento, y delas demás que se estime procedente en el área comprendida en el Estudio de Detalle.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al promotor, significándole que la presente Resolución constituye un acto de trámite y como tal, no procede la interposición de recursos contra el mismo, sin perjuicio de que por su parte alegue lo que en derecho proceda contra el contenido de la presente resolución.

Quinto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima convocatoria.»

Considerando que no se han presentado alegaciones durante el período de información pública, según consta el certificado de Secretaría sobre el resultado del trámite de información pública.

Visto cuanto antecede y la legislación aplicable al asunto: artículos 45, 50 a 64 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, los artículos 131 a 136, 149 a 158, y 163 a 166, 174 y 175del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, los artículos 21.1.j) y 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Orden FYM/238/2016, de 4 de abril, por la que se Aprueba la Instrucción Técnica Urbanística 1 /2016, sobre Emisión de Informes Previos en el Procedimiento de Aprobación de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico.

El Pleno por unanimidad, con nueve votos a favor emitidos por D. Julio César Sánchez Jiménez, Dª. Cristina Barroso Alonso, D. Álex Álvarez García, Dª Gema María Tardón Rodriguez, Dª. Leticia González Hernández, D. Nicolás García García, D. Ángel Luis Martín Garzón, D. Jesús Grande García y D. Roberto Marugán Herráez, lo que supone mayoría absoluta al ser nueve el número de Concejales que forman la Corporación, ACUERDA:

Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle, relativo a la modificación de ordenación detallada de parcelas de A1 a A17, en polígono industrial de Villacastín, (Segovia), presentada por D. Sinesio Herrador Calderón de la Barca, en representación de Maquinza S.A.. mediante Registro de entrada n.º 34/2022. (Expte. 50/2022), citado anteriormente.

Segundo.- Notificar, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, el acuerdo adoptado a las administraciones interesadas y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, así como en el Portal de Transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento, en los términos previstos en el Art. 175 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.»

El texto del Estudio de Detalle aprobado, se publica como anexo al presente anuncio, que también podrá consultarse en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en el Portal de Transparencia, apartado 7. Urbanismo, Obras Públicas y Medio Ambiente/7.1.Planeamiento Urbanístico/ (50/2022) Estudio de detalle para la modificación de la ordenación detallada de parcelas A1 a A17 en el polígono industrial de Villacastín/ en la dirección https://villacastin.sedelectronica.es/transparency/8c3bb30d-e409-4cee-80ab-7799c0a9dc38/#

Contra el presente acuerdo, que es definitivo en esta vía administrativa procede el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de su notificación, conforme al Art. 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Podrá no obstante interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante esta Administración, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2014, de 1 de octubre, sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, en el plazo de un mes, a contar asimismo desde el siguiente al de su notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Villacastín, 25 de junio de 2025.

El Alcalde,

Fdo.: Julio César Sánchez Jiménez

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