EXTRACTO de la convocatoria de la Delegación del Rector para la Responsabilidad Social Universitaria, de 4 becas de colaboración y formación en las iniciativas y proyectos de la Delegación del Rector para la Responsabilidad Social Universitaria en los 4 campus de la Universidad de Valladolid. Curso académico 2025/2026.
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BDNS (Identif.): 841717.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/841717)
También podrá consultarse en la sede electrónica de la Universidad de Valladolid:
Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (www.uva.es- Sede Electrónica-Tablón de Anuncios-Estudiantes)
Primero.- Beneficiarios.
1. Podrá participar en la presente convocatoria el alumnado matriculado en la Universidad de Valladolid durante el curso académico 2024-2025 en estudios oficiales de Grado o Máster, con el compromiso de matricularse durante el año académico 2025/26.En el caso del estudiantado de Grado, deberán estar matriculados en los dos últimos años de sus estudios, habiendo superado al menos el 50% de los créditos que integran el correspondiente plan de estudios. En ambos casos, será necesario el compromiso de matricularse durante el año académico 2025/2026. Dicho compromiso aparece recogido en el impreso de solicitud (Anexo I) y será ratificado por la persona candidata mediante su firma. En caso de resultar beneficiaria de la beca y no dar cumplimiento al compromiso firmado de matricularse en la UVa, en los plazos habilitados, se desestimará dicha concesión y será adjudicada a la siguiente persona de la lista de suplentes.
2. Las personas candidatas no podrán hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular la de no hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones(artículo 13.2.g).
3. No pueden haber sido beneficiarias anteriormente por tres o más veces, de ayudas conforme a cualquier convocatoria amparada en estas mismas bases reguladoras (formación y colaboración). A estos efectos se entenderán incluidas en el cómputo las renovaciones automáticas de la ayuda según indica el artículo 4.3.ñ) «En caso de estimarse procedente, régimen de renovación automática de la beca, que solo podrá obtenerse por una vez, y por el mismo periodo de concesión inicial de la ayuda, salvo que se justifique otro menor».
4. No incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
5. Se considerará la situación del estudiantado con certificado de discapacidad igual o superior al 33%, vulnerabilidad económica sobrevenida, situaciones de violencia de género y/o víctima de terrorismo en el baremo de puntuación.
6. Las personas que presenten su candidatura deberán cumplir los requisitos de participación en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los requisitos podrán acreditarse mediante declaración responsable dirigida a la Delegación del Rector para la Responsabilidad Social Universitaria, incorporada en el impreso normalizado del modelo de solicitud (Anexo 1), sin perjuicio de las facultades del órgano instructor para efectuar cuantas comprobaciones estime necesarias.
Segundo.- Objeto/Finalidad.
La finalidad de estas becas es proporcionar una formación complementaria de tipo eminentemente práctico a estudiantes de Grado o Máster Oficial de la Universidad de Valladolid matriculados durante el curso académico 2025/2026. En concreto, las tareas consistirán en colaborar en los proyectos e iniciativas que la Delegación del Rector para la RSU desarrolla en los campus para favorecer iniciativas sociales, solidarias y de cooperación internacional al desarrollo con repercusión en la Comunidad Universitaria, y en la sociedad. Las tareas que desarrollen las personas beneficiarias de estas ayudas, dado su carácter eminentemente formativo, se realizarán facilitando la compatibilidad con sus estudios y no podrán incorporar elementos propios de una relación laboral, ni suponer el desarrollo de cualquier tipo de función asignada al Personal Docente e Investigador (PDI), ni al Personal Técnico de Gestión, Administración y Servicios (PTGAS) de la Universidad de Valladolid.
Tercero.- Bases reguladoras.
Bases reguladoras de las becas de colaboración propias, para el alumnado de la Universidad de Valladolid matriculado en estudios de grado o máster oficial, en el marco de programas de formación desarrollados dentro de su estructura organizativa (Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de octubre de 2017, B.O.C. y L. n.º 213, de 7 de noviembre)
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía total máxima de la beca que percibirá cada persona beneficiaria será de1.800 € (450€/MES cada beca). El importe de la ayuda concedida se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la UVa, con cargo a la aplicación presupuestaria: 18.01.10 - 333AG.02-480.09.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será del 23 de junio de 2025 al 4 de julio de 2025 a las 23:59 horas, una vez publicada en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid.
Valladolid, 20 de junio de 2025.
La Delegada del Rector para la Responsabilidad Social,
Fdo.: Rosalba Inés Fonteriz García