ANUNCIO relativo a la certificación de la Secretaría del Ayuntamiento de Segovia, por la que se aprueba definitivamente, sin resolución expresa, la aprobación inicial del proyecto de normalización de las parcelas R-B-10-13, R-B1114, R-B-12-15-a y R-B-15-b, las calles peatonales L1 y L2 y las zonas de estancia peatonal entre los aparcamientos Z1 y Z2 y la parcela R-B-10-13 (V1 y V2), en el sector I plaza de toros - depósitos de agua de Segovia, acordada por la Junta de Gobierno Local de 20 de febrero de 2025. Expte.: 10/2023/P30003.
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Con fecha 6 de junio de 2025, se ha emitido certificación por Dª Esther Gómez Rodríguez, Secretaria General Accidental, en la que se eleva a definitivo, la aprobación inicial del proyecto de normalización de las parcelas R-B-10-13, R-B1114, R-B-12-15-a y R-B-15-b, las calles peatonales L1 y L2 Y las zonas de estancia peatonal entre los aparcamientos Z1 y Z2 y la parcela R-B-10-13 (V1 y V2) en el Sector I Plaza de Toros - Depósitos de Agua de Segovia, acordada por la Junta de Gobierno Local de 20 de febrero de 2025:
«Esther Gómez Rodríguez, Secretaria General Acctal, del Excmo Ayuntamiento de Segovia, del que es su Alcalde el Ilmo. Sr. Don José Mazarías Pérez
CERTIFICO:
En el expediente nº 10/2023/P30003, se ha dictado con fecha 26/05/2025 y número 2025/02798, el Decreto con el siguiente contenido literal:
"(....)
Tramitado el expediente arriba referenciado, se ha emitido el preceptivo informe propuesta del jefe de dependencia/responsable de su tramitación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 172 a 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (RD 2568/1986), que es del siguiente tenor:
ANTECEDENTES
Primero.- Con fecha 20 de febrero de 2025, la Junta de Gobierno Local, por Acuerdo número 60, aprobó inicial el Proyecto de normalización de las parcelas R-B-10-13, R-B1114, R-B-12-15-a y R-B-15-b, las calles peatonales L1 y L2 y las zonas de estancia peatonal entre los aparcamientos Z1 y Z2 y la parcela R-B-10-13 (V1 y V2) en el Sector I Plaza de Toros - Depósitos de Agua de Segovia.
Segundo.- El citado Acuerdo de aprobación inicial, fue publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 46 de 7 de marzo de 2025, y estuvo expuesto en el Tablón de Anuncios y Edictos desde el 7 de marzo de 2025, hasta el 7abril de 2025, ambos inclusive. Asimismo, fue notificado a las partes interesadas conforme obra en el expediente.
Tercero.- Consta en el expediente Certificado expedido por la Secretaria General Accidental de fecha 19 de mayo de 2025, en el que se pone de manifiesto que en el período de información pública y alegaciones, al que ha estado sometido el citado expediente, no consta la presentación de ningún escrito de alegaciones o reclamación
CONSIDERACIONES
Competencia del Municipio
Considerando el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LRBRL), donde se establece: "El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:
- a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación."
Actuación en que se concreta la propuesta
El Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, establece en el artículo 220 que los Proyectos de Normalización se aprueban y modifican siguiendo el procedimiento establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 251 del mismo cuerpo normativo.
En esta línea, el artículo 251.3.f), del RUCYL, desde una perspectiva general, establece que:
«No será preceptiva la aprobación definitiva expresa si no se presentan alegaciones o alternativas en la información pública ni se introducen cambios tras la aprobación inicial. En tal caso la aprobación inicial quedará elevada a definitiva y deberá notificarse y publicarse como tal. Las notificaciones y publicaciones oficiales deben referirse a la certificación del secretario municipal acreditativa de la aprobación definitiva sin resolución expresa».
En este caso, tal y como queda acreditado por el certificado de fecha 23 de enero de 2025, de la Secretaría General de este Ayuntamiento, en el plazo de información a que ha estado sometido el expediente, no consta la presentación de ningún escrito de alegación al mismo o reclamación al mismo.
Órgano competente para la resolución del expediente
Considerando el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el órgano competente para el dictado de la presente Resolución es el Alcalde.
En base a lo anterior y, a la vista del expediente, se procede a elevar propuesta de resolución.
RESUELVO
Por lo anteriormente expuesto, en virtud de las facultades que me confiere la vigente legislación, vengo en disponer:
Primero.- Hacer constar la elevación a definitiva de la aprobación inicial Proyecto de normalización de las parcelas R-B-10-13, R-B-11-14, R-B-12-15-a y R-B-15-b, las calles peatonales L1 y L2 y las zonas de estancia peatonal entre los aparcamientos Z1 y Z2 y la parcela R-B-10-13 (V1 y V2) en el Sector I Plaza de Toros - Depósitos de Agua de Segovia, mediante Acuerdo número 60.
Segundo.- Expedir por la Secretaría General certificación acreditativa de la aprobación definitiva sin resolución expresa.
Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León, con referencia a la certificación emitida por la Secretaria General, la elevación a definitiva de la aprobación inicial del Proyecto de normalización de las parcelas R-B-10-13, R-B-11-14, R-B-12-15-a y R-B-15-b, las calles peatonales L1 y L2 y las zonas de estancia peatonal entre los aparcamientos Z1 Y Z2 y la parcela R-B-10-13 (V1 y V2) en el Sector I Plaza de Toros - Depósitos de Agua de Segovia.
(.....)"
Y para que conste y surta efectos oportunos en el expediente de referencia expido y firmo la presente certificación a petición del Servicio de Urbanismo, y con el Visto Bueno del Ilmo. Sr. Alcalde de la Corporación, en la Ciudad de Segovia».
Lo que se hace público para general conocimiento.
A los efectos de los artículos 40.2 y 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, recurso de reposición con carácter potestativo ante la Ilma. Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, que se producirá si en el plazo de un mes no hay notificación de su resolución.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otra acción que se estime procedente. El documento se podrá consultar en la página Web en la URL, siguiente:
https://segovia.es/area/urbanismo/proyecto-de-normalizacion-de-varias-parcelas-en-el-sector-i
Segovia, 12 de junio de 2025.