ACUERDO de 26 de mayo de 2025, del Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, relativo a la aprobación definitiva de la modificación de la delimitación de la Unidad de Normalización NU.41-03 Carretera de Renedo 6 a 8. Expte.: Gestión Urbanística 26177/24 (2024/UCO_01/000004).
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El Excmo. Ayuntamiento Pleno de la ciudad de Valladolid, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2025, ha adoptado el siguiente acuerdo:
«Visto el expediente 26177/24 relativo a la modificación de la delimitación de la NU.41-03 "Carretera de Renedo 6 a 8", y atendido que:
1.- Con fecha 18 de noviembre de 2024 se aprobó inicialmente la delimitación de la NU.41-03, con el objetivo de dividirla en dos actuaciones aisladas de normalización, denominadas NU.41-03a y NU.41-03b. Esta división responde a la necesidad de facilitar su gestión independiente, dada la dificultad de desarrollar conjuntamente las tres parcelas que la componen: dos de ellas cuentan con edificaciones y actividad económica en funcionamiento, mientras que la tercera no presenta ninguna edificación ni actividad.
2.- Tras realizarse las notificaciones personales y las publicaciones preceptivas, únicamente se han presentado observaciones por parte del Inventario Municipal. En ellas se informa de la existencia de una afección derivada del deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Santos", circunstancia que no se recogió en la aprobación inicial. Se solicita, por tanto, que se lleven a cabo las actuaciones necesarias para regularizar la normalización de las fincas conforme a una delimitación que respete dicho deslinde, ya que el terreno afectado forma parte actualmente del patrimonio municipal.
En el expediente consta informe municipal en respuesta, en el que se indica que el documento sometido a información pública es un documento de planeamiento cuyo único propósito es dividir la unidad NU.41-03 en dos unidades independientes (NU.41-03a y NU.41-03b), sin modificación alguna de los parámetros establecidos por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
Asimismo, se aclara que no se ha abordado ningún aspecto relativo a la propiedad más allá de lo estrictamente requerido por la legislación urbanística para este tipo de expedientes. La justificación de la titularidad de las fincas y la documentación acreditativa de los derechos y obligaciones de los propietarios se tratarán en los correspondientes documentos de gestión que desarrollen cada una de las nuevas unidades resultantes.
3.- Conforme al artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Pleno Municipal la competencia para la aprobación definitiva de esta modificación del planeamiento. Dado que no se trata de un instrumento de ordenación general, el acuerdo se adopta por mayoría simple, de conformidad con lo establecido en el artículo 123.2 de la misma ley.
En su virtud, se acuerda:
Primero.- Aprobar definitivamente la modificación de la delimitación de la NU.41-03 "Carretera de Renedo 6 a 8", contenido en el Anexo I junto con su anexo para publicación a este expediente (identificados como carpeta "2 Anexo I")
Segundo.- Publicar este acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Tercero.- Facultar al señor Alcalde-Presidente y al Concejal Delegado General del Área de Urbanismo y Vivienda o a quienes les sustituyan legalmente, para que, indistintamente y con las más amplias facultades que se requieran, puedan rectificar errores materiales y demás que no supongan modificación sustancial del acuerdo.»
Lo que comunico a Ud., para su conocimiento y efectos, significándole que, contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses.
En ambos casos el referido plazo se computará a partir del siguiente día hábil al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León.
En el supuesto de presentarse recurso potestativo de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por silencio.
Se puede consultar el instrumento en la página web www.jcyl.es/plau.
Valladolid, 5 de junio de 2025.
El Alcalde,P.D. El Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Vivienda,(Dto. n.º 5251 de 3 de julio de 2023)
Fdo.: José Ignacio Zarandona Fernández