ACUERDO de 3 de abril de 2025, de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Zamora, relativo a la aprobación definitiva de las Normas Urbanísticas Municipales de Alcañices (Zamora), promovidas por el Ayuntamiento de Alcañices. Expte.: 112/23 UR-PL-AD.

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SERVICIO TERRITORIAL DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE ZAMORA

Visto el expediente relativo a las Normas Urbanísticas Municipales de Alcañices, promovidas por el Ayuntamiento y redactadas por el arquitecto D. Jose Luis García Ramos, en orden a su aprobación definitiva al amparo de lo establecido en los Arts. 54 y 58 de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León (LUCyL), en relación con los Arts. 160, 161 y 169 y siguientes del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (RUCyL), y a los efectos de que el Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital elabore la correspondiente propuesta a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, emito el presente informe, teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: Se pretende la aprobación definitiva de las Normas Urbanísticas Municipales de Alcañices.

Segundo: Con carácter previo a la aprobación inicial, el Ayuntamiento solicitó informe previo a la adopción del acuerdo de aprobación inicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y el 153.1ª) de Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y la Orden FYM/238/2016, de 4 de abril, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Urbanísticas 1/2016.

Se solicitó dicho informe a la Diputación Provincial de Zamora, al Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Zamora, a la Sección de Carreteras del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital, a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, al Servicio Territorial de Medio Ambiente, a la Subdelegación del Gobierno, a la Agencia de Protección Civil, a la Confederación Hidrográfica del Duero, a Demarcación de carreteras del Ministerio de Fomento, al Servicio Territorial de Agricultura, y a Telecomunicaciones.

Tercero: Con fecha 17 de mayo de 2022, se acordó aprobar inicialmente las Normas Urbanísticas Municipales, a resultas del trámite de información pública al que se someterá el expediente y a la emisión de los informes que deban emitirse y recabarse.

Así mismo se acuerda suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas en las áreas afectadas por la modificación puntual referida.

Cuarto: Las Normas Urbanísticas Municipales han sido sometidas al preceptivo trámite de información pública por un plazo de 2 mes, con inserción de anuncios en el «La Opinión-El Correo de Zamora» de 21 de mayo de 2022, y en el B.O.C. y L. de 26 de mayo de 2022 y en la página web del Ayuntamiento.

Durante el periodo de información consta informe de secretaría del Ayuntamiento del Ayuntamiento donde expone que hubo alegaciones.

En pleno de fecha 29 de septiembre de 2022 se acuerda de ese primer periodo de información pública desestimar 11 alegaciones y estimar 10 alegaciones, acordando realizar los cambios pertinentes en el documento técnico y entendiendo dichos cambios como sustanciales por lo que se precisa nueva información pública.

En pleno de fecha 5 de diciembre de 2022, se pronuncia nuevamente sobre dos de alegaciones presentadas en el primer periodo de información pública tras el análisis técnico de las mismas y se acuerda desestimarlas si bien con introducción de algunos cambios.

Las Normas Urbanísticas Municipales se han sometido a un segundo periodo de exposición pública durante un mes, con inserción de anuncios en el «La Opinión-El Correo de Zamora» de 13 de febrero de 2023, y en el BOCyL de 16 de febrero de 2023 y en la página web del Ayuntamiento.

Durante el segundo periodo de información consta informe de secretaría del Ayuntamiento donde expone que hubo 5 alegaciones.

En Acuerdo de pleno de 28 de abril de 2024 se acuerda desestimar 4 alegaciones y estimar parcialmente 1 alegación.

Quinto: Por tanto como se ha expuesto anteriormente, concluido el periodo de información pública, y a la vista de los informes recibidos y de las alegaciones, el Ayuntamiento introdujo cambios respecto del instrumento aprobado inicialmente procediendo a la nueva información pública.

Séxto: Con fecha 28 de marzo de 2023, el Pleno del Ayuntamiento acordó aprobar provisionalmente las Normas Urbanísticas Municipales. Con posterioridad y en pleno de fecha 8 de noviembre de 2024 el Ayuntamiento vuelve a aprobar provisionalmente las Normas Urbanísticas Municipales tras la introducción de cambios derivados de la Evaluación Ambiental Estratégica.

Séptimo: El día 24 de julio de 2023, ha tenido entrada en el Registro el expediente administrativo junto con el proyecto técnico aprobado provisionalmente, el cual es remitido por el Ayuntamiento de Alcañices para su aprobación definitiva por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo.

Octavo. Comprobado el expediente se le requiere para que subsane deficiencias en varios requerimientos, en el último requerimiento de fecha 27 de noviembre de 2023 se le requiere para que aporte informe de la Diputación Provincial de Zamora o certificado así como los informes solicitados y recibidos, remitiendo el Ayuntamiento la documentación requerida con fecha 28 de noviembre 2024 quedado por tanto completo el expediente administrativo.

Noveno. Con fecha 14 de enero de 2025 se remite el documento al Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo que emite informe el 13 de febrero relacionando una serie de deficiencias que contiene el documento y que deben ser subsanadas para la aprobación definitiva.

Recibida respuesta del redactor en la que se introducen cambios para subsanar el documento se emiten nuevos informes de la Dirección General de fechas 25 de febrero y 25 de marzo de 2025 en los que se indican algunas deficiencias que no han sido subsanadas y un error en las leyendas de los planos de ordenación de la serie 2.

Décimo. Finalmente el 27 de marzo de 2025 se remite por el Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Zamora el documento completo de las NUM de Alcañices recibido del Ayuntamiento en el que se incluyen todas las subsanaciones realizadas, comprobándose que todo ha sido subsanado y cumple todas las condiciones que se han señalado por la Dirección General por lo que se informa, con fecha 28 de marzo, favorablemente la aprobación definitiva de dichas normas Urbanísticas Municipales cuyo documento definitivo ha sido aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Alcañices, con fecha 28 de marzo de 2025, para su aprobación definitiva por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Zamora.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- La aprobación definitiva de las Normas Urbanísticas Municipales de la Alcañices corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en el presente supuesto a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo por tratarse de un municipio con población inferior a 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en el Art. 160.1.b), del Decreto 22/2004, de 29 de Enero de Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y al Art. 3.d) del Decreto 24/2013, de 27 de junio, por el que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Medio Ambiente y Urbanismo y del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León.

II.- La tramitación dada al expediente ha sido la establecida en los Arts. 50 y siguientes de la LUCyL y sus concordantes del RUCyL, ajustándose las determinaciones del instrumento de planeamiento a lo previsto en la citada Ley y su Reglamento. Así el Ayuntamiento ha procedido a la aprobación inicial del documento y a someterlo a información pública insertando el anuncio en el en el B.O.C. y L., en la página Web y en al menos uno de los diarios de mayor difusión en la provincia, según establece la nueva redacción Art. 52.2 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

También se han solicitado informes sectoriales tanto los exigidos tanto por la legislación sectorial del Estado, como por la legislación sectorial de la Comunidad Autónoma, así como los recogidos en la Instrucción Técnica Urbanística.

Consta en el expediente Orden MAV/1053/2024 de 18 de octubre por la que se declara la Evaluación Ambiental Estratégica de las Normas Urbanísticas Municipales de Alcañices publicada en el B.O.C. y L. de 24 de octubre de 2024.

Así mismo constan en el expediente certificación de todos los informes solicitados y recibidos.

III.- Los acuerdos de aprobación inicial y provisional de las Normas Urbanísticas Municipales, han sido adoptados por Resolución de la Alcaldía y por el Pleno de la Corporación Local de conformidad con lo señalado en el Art. 22.2.c), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, conforme a su nueva redacción por la Disposición Adicional novena del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y rehabilitación urbana, y aprobados con la mayoría establecida en el Art. 47.2.ll del mismo Texto Legal, conforme la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.

IV.- El proyecto de las Normas Urbanísticas Municipales contiene por tanto todos los documentos exigibles por la legislación urbanística y que son necesarios para reflejar adecuadamente sus determinaciones, y no se aprecie incidencia alguna sobre el modelo territorial.

Vista la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, así como la legislación básica del Estado integrada por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y rehabilitación urbana, la Comision Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Zamora, acuerda, por unanimidad, de conformidad con la propuesta del Servicio territorial de Movilidad y Transformación Digital formulada a la vista del informe de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo asumir el citado informe y de acuerdo con sus conclusiones aprobar definitivamente las Normas Urbanisticas Municipales de Alcañices de acuerdo con el documento recibido el 27 de marzo de 2025 y que ha sido aprobado provisionalmente por el Pleno de su Ayuntamiento el 28 de marzo de 2025 que contiene todas las subsanaciones requeridas en los informes realizados por el Dirección General de Vivienda, Arquitectura Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Habiéndose comprobado que la documentación recibida el día 10 de abril de 2025 cumple con el acuerdo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, se procede a la publicación del acuerdo y sus anexos en la forma ordenada por el Art. 175 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, en relación con el Art. 61.2 de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León, para su entrada en vigor.

El acuerdo será ejecutivo y entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León con los requisitos establecidos y se notificará a la Administración del Estado, a la Diputación Provincial, al Registro de la Propiedad a quienes se personaran durante el periodo de información pública, conforme a lo exigido en los Art. 60 y 31 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León.

El instrumento de planeamiento urbanístico podrá consultarse íntegramente en la dirección electrónica: www.jcyl.es/plau/ (Archivo de Planeamiento Urbanístico) una vez haya sido publicado el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 10, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de idéntica denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación en su caso, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Zamora, 29 de abril de 2025.

La Secretaria de la Comisión Territorialde Medio Ambiente y Urbanismo,

Fdo.: María Teresa Martín Pozo

V.º B.ºEl Delegado Territorial,

Fdo.: Fernando Javier Prada Antón

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 175.2, del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, en relación con el Art. 61.2 de la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla y León, junto con el anterior acuerdo se publica el siguiente ANEXO.

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE ALCAÑICES (ZAMORA), PROMOVIDAS POR EL AYUNTAMIENTO DE ALCAÑICES. EXPEDIENTE 112/23 UR-PL-AD

VOLUMEN I: DOCUMENTACIÓN INFORMATIVA
  • - Memoria Informativa
  • - Estudio Ambiental Estratégico
  • - Planos
VOLUMEN II: DOCUMENTACIÓN NORMATIVA
  • - Memoria Vinculante
  • - Normativa Urbanistica
  • - Anexo IV- Planeamiento asumido
  • - Anexo V- Expediente de clasificación de vías pecuarias
  • - Catálogo de Elementos Protegidos
  • - Catálogo y Normativa Arqueológica
  • - Planos
DOCUMENTOS QUE SE PUBLICAN:
VOLUMEN II: DOCUMENTACIÓN NORMATIVA
  • - Memoria Vinculante
  • - Normativa Urbanística
  • - Anexo IV- Planeamiento asumido
  • - Catálogo de Elementos Protegidos
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