ACUERDO de 21 de febrero de 2025, del Pleno del Ayuntamiento de Burgos, relativo a la aprobación definitiva del estudio de detalle para la ordenación de parcela con referencia catastral 7677301VM4877N en la unidad urbana «Arlanzón Este» del Plan General de Ordenación Urbana, promovido por la Diputación Provincial de Burgos. Expte.: 7/2024 EST-PGOU.
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En la Gerencia de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda se tramita el expediente 7/20234EST-PGOU, relativo a la aprobación definitiva del «Estudio de detalle para la ordenación de parcela con referencia catastral 7677301VM4877N en la unidad urbana "Arlanzón Este" del PGOU de Burgos», promovido por Diputación Provincial de Burgos.
Con fecha 13 de febrero de 2025 se emite informe por el Jefe del Departamento Jurídico y del Suelo del tenor literal siguiente:
«Antecedentes Administrativos
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en sesión celebrada el día 5 de septiembre de 2024, acordó aprobar inicialmente el «Estudio de detalle para la ordenación de parcela con referencia catastral 7677301VM4877N en la unidad urbana "Arlanzón Este" del PGOU de Burgos» que permita la construcción de un Pabellón Multiusos en el Complejo Asistencial Fuentes Blancas, promovido por la Diputación Provincial de Burgos, según documento presentado en el Ayuntamiento de Burgos el día 16 de julio de 2024, con registro de entrada 63015, así como someter este asunto a información pública de un mes, mediante publicación de anuncios en medios de difusión correspondientes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del último de los anuncios preceptivos.
El citado anuncio se publicó en la página web del Ayuntamiento el día 16 de septiembre de 2024, en el B.O.C. y L. n.º 186 el día 24 de septiembre de 2024, en la prensa local el día 15 de noviembre de 2024 y en el tablón de anuncios desde el 16 de septiembre al 16 de octubre de 2024.
Vencido el plazo de información pública se ha comprobado que no se ha recibido ningún escrito de alegaciones particulares.
Solicitados los informes sectoriales según establece el artículo 52.4 de la LUCYL se han recibido en el Registro General del Ayuntamiento primero y en la Gerencia de Urbanismo, después, los siguientes informes:
- - Informe favorable con condiciones remitido por la Dirección General de Aviación Civil (Secretaría General de Transportes y Movilidad), con fecha de registro general de entrada en el Ayuntamiento el día 10 de enero 2025.
- - Informe favorable remitido por la Confederación Hidrográfica del Duero, con fecha de registro general de entrada en el Ayuntamiento el día 27 de septiembre de 2024.
- - Informe emitido el 18 de septiembre de 2024 por la Jefa del Servicio de Ordenación y Protección de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de castilla y León en el que señala que «las actuaciones derivadas del mencionado Estudio de Detalle no inciden sobre un área afectada por declaración de Bien de Interés Cultural o Inventariado, ni tampoco existen bienes integrantes del patrimonio arqueológico en el ámbito de la intervención, por lo que, de conformidad con la normativa en materia de Patrimonio Cultural de aplicación, dicho proyecto no necesita ser informado por la Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y León», pero que, no obstante, «si como consecuencia de los trabajos se realizaran hallazgos casuales de bienes del patrimonio cultural, los promotores y la dirección facultativa deberán paralizar en el acto las obras, de cualquier índole, si aquéllas hubieran sido la causa del hallazgo casual, y comunicarán éste inmediatamente a la Administración».
- - Solicitados Informes el 27 de agosto de 2024 a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del territorio y Urbanismo), a la Secretaría General de Comunicaciones y a la Subdelegación del Gobierno, no se ha recibido respuesta alguna por lo que, transcurrido el plazo de emisión, procede proseguir con la tramitación del expediente.
La Junta de Gobierno de la Diputación Provincial acordó, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2024, aprobar el Proyecto Básico para la Construcción del nuevo Pabellón Multiusos en el Complejo Asistencial de Fuentes Blancas (Burgos).
Con fecha 5 de febrero de 2025 y número de registro RGE10509, se presenta por el representante de la Diputación Provincial de Burgos documento refundido del «Estudio de detalle para la ordenación de parcela con referencia catastral 7677301VM4877N en la unidad urbana "Arlanzón Este" del PGOU de Burgos» que incorpora, tanto la documentación que fue objeto de aprobación inicial como la requerida en el informe de Aviación Civil.
Con fecha 12 de febrero de 2025, la Arquitecta del Departamento de Planeamiento de la Gerencia de Urbanismo informa favorablemente para su aprobación definitiva este último documento en lo que compete al planeamiento.
Fundamentos Jurídicos
Vistos el artículo 52.4 de la Ley 5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, el artículo 153 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y la Orden FYM/238/2016, de 4 de abril, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Urbanística 1/2016, sobre emisión de informes previos en el procedimiento de aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
Considerando que se han recabado los preceptivos informes sectoriales y habiendo transcurrido los plazos previstos en las mencionadas normas, nada obsta para elevar al Excmo. Ayuntamiento Pleno, previo dictamen del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda, la propuesta de aprobación definitiva del «Estudio de detalle para la ordenación de parcela con referencia catastral 7677301VM4877N en la unidad urbana "Arlanzón Este" del PGOU de Burgos» promovido por la Diputación Provincial de Burgos, presentado en el Ayuntamiento de Burgos el día 5 de febrero de 2025 y número de registro RGE10509».
Por todo cuanto antecede, se propone someter al Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con el artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo dictamen del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar definitivamente el «Estudio de detalle para la ordenación de parcela con referencia catastral 7677301VM4877N en la unidad urbana "Arlanzón Este" del PGOU de Burgos», promovido por Diputación Provincial de Burgos, presentado en el Ayuntamiento de Burgos el día 5 de febrero de 2025 con registro RGE10509.
Segundo.- Notificar el presente acuerdo al promotor y de conformidad con el artículo 61.1 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, notificarlo asimismo a la Administración del Estado, a la Diputación Provincial, al Registro de la Propiedad y a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, remitiéndoles un ejemplar del instrumento aprobado en soporte digital y solo a esta última, además, un ejemplar diligenciado del instrumento aprobado.
Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de antedicha norma, publicar el presente acuerdo en la página web del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Castilla y León. A efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, como anexo al acuerdo se publicarán en el B.O.C. y L. la memoria vinculante y las normas urbanísticas del instrumento aprobado, entendiendo como tales exclusivamente los documentos escritos de carácter normativo; asimismo se publicará una relación de los demás documentos que integren el instrumento aprobado. Asimismo, de conformidad con el artículo 175.5 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, en relación con el artículo 70.2 de la Ley de Bases del Régimen Local, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el presente acuerdo y como anexo al mismo antedicha documentación. En todo caso, el documento a publicar como consecuencia de esta aprobación, debe cumplir el requisito sobre ocultación de datos sujetos a protección por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Cuarto.- Facultar al Presidente del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda y en caso de ausencia, vacante o impedimento al Vicepresidente, para la firma de cuantos documentos sean precisos para llevar a efecto este Acuerdo.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación, recurso contencioso-administrativo, en aplicación del Art 8.1, párrafo final de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, según redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, de conformidad con el Art 46 de la citada Ley 29/1998. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otras acciones que estime procedentes.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 61.2 de la Ley 5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en redacción dada al precepto por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.
Burgos, 4 de marzo de 2025.
El Gerente Municipal de Urbanismo,Infraestructuras y Vivienda,
Fdo.: Fernando Inés Gallo
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL ESTUDIO DE DETALLE:
ÍNDICE
- 1. MEMORIA INFORMATIVA
- 1.1. Antecedentes
- 1.2. Agentes
- 1.3. Descripción parcela
- 1.4. Condiciones edificación existente
- 1.5. Condiciones urbanísticas y tramitación
- 1.6. Situación urbanística
- 1.7. Análisis de riesgos
- 1.8. Afección a los servicios públicos existentes
- 2. MEMORIA VINCULANTE
- 2.1. Justificación de los objetivos
- 2.2. Determinaciones de ordenación de la parcela
- 2.3. Justificación de objetivos y propuestas
- 2.4. Justificación del soleamiento de la parcela
- 2.5. Justificación de la altura de la edificación
- 2.6. Área de movimiento de la edificación y edificabilidad asignada
- 2.7. Justificación cumplimiento DB SI 5 intervención de los bomberos
- 2.8. Justificación del reglamento de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados (ORDEN TMA)
- 2.9. Justificación de la dotación de aparcamiento y dársena de autobús
- 2.10. Servidumbres aeronáuticas, afecciones sobre el territorio
- 2.11. Justificación cumplimiento de la ley del ruido
- 2.12. Justificación de la Evaluación Ambiental Estratégica
- 2.13. Justificación de la afección hidrológica
- 2.14. Justificación de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León
- 2.15. Justificación del Impacto de Género y otros colectivos sociales
- 2.16. Afección sobre el arbolado catalogado y los Elementos Naturales de Alto Valor
- 2.17. Parámetros urbanísticos de aplicación en la parcela objeto del estudio de detalle
- 2.18. Resumen ejecutivo
- 2.18.1. Ámbito cuya ordenación se modifica
- 2.18.2. Ámbito suspensión de licencias
- 2.18.3. Condiciones de la edificación que se pretende ejecutar al amparo del presente estudio de detalle