RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2025, de la Dirección de Universidades e Investigación, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes y/o documentación presentadas al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2024-2025.

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El apartado noveno.2 de la Orden de 21 de octubre de 2024, de la Consejería de Educación, (Extracto publicado en el B.O.C. y L. n.º 210, de 28 de octubre. BDNS, identificador 792919) por la que se convocan ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2024-2025, dispone que, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos se requerirá a los solicitantes para subsanar la falta y/o acompañar los documentos preceptivos en el plazo de diez días hábiles de forma que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución. Estos requerimientos se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es/universidad).

En su virtud, esta Dirección

RESUELVE
Primero.- Requerimientos de subsanación.

1. Se requiere a los solicitantes relacionados en el anexo I la subsanación de la solicitud y/o documentación, presentada al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2024-2025, conforme al código que en él se establece.

2. El significado de cada uno de los códigos determinantes de la subsanación a realizar se relaciona en el anexo II.

3. Estos anexos también estarán disponibles en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León dentro del apartado de «Universidades» (www.educa.jcyl.es/universidad).

Segundo.- Subsanación.

1. Los solicitantes que figuran en el anexo I dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, de forma que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución.

2. La subsanación se podrá realizar cumplimentando el formulario web denominado «subsanación», disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es/universidad) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y se presentará por uno de los medios establecidos en el apartado séptimo de la Orden de 21 de octubre de 2024 de la Consejería de Educación.

Valladolid, 4 de febrero de 2025.

La Directora de Universidades e Investigación,

Fdo.: Blanca Ares González
ANEXO I
RELACIÓN DE SOLICITANTES REQUERIDOS DE SUBSANACIÓN

Código Solicitud

Apellidos Nombre

NIF

DOCUMENTO A SUBSANAR (CÓDIGO)

Aclaración

2485

APARICIO CARRASCO, DIEGO

***4467**

25

8873

ARTEAGA LLORENTE, CARMEN

***8414**

27

8603

BARBON SANCHEZ, ADRIAN

***1304**

38

6101

CANCHO PERDIGUERO, MARIA

***7739**

27

9194

CEBRIAN MARTIN, LUCIA

***3102**

25

5290

CORRALES FERNANDEZ, SAUL

***7756**

27

1730

DOMINGUEZ CUEVAS, CAROLINA

***1197**

8

6410

FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, MIRIAM

***3146**

27, 28

7341

GARCÍA BLANCO, DANIEL

***4470**

27

5012

GARIJO BUESO, JAVIER

***6075**

27

8934

GARZÓN MESONERO, MARTA DEL PILAR

***6588**

27

9148

GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, IGOR

***0452**

27

1979

HERRERO DE FRUTOS, CARLOTA

***8468**

27

27: EL CERTIFICADO DEBE TENER CARÁCTER POSITIVO

8684

JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, LOURDES

***6845**

29

2266

NICOLÁS VELASCO, ELENA

***2114**

25

4543

REY JAIMES, CAMILA

****8597*

29

5708

SANTIAGO ALFONSO, OLIVER

***4956**

27

9185

SANZ LERMA, SUSANA

***8367**

25

8619

SASTRE CASADO, JORGE

***6384**

27

7399

TEJERINA RODRÍGUEZ, PABLO

***1566**

8

8: SI ES UN ERROR; PUEDE ENTREGAR OTRA VEZ LA SOLICITUD SIN OPONERSE.

9302

VECILLAS CASTRO, ERICA

***3614**

27

ANEXO II
CÓDIGO DE LOS DOCUMENTOS A SUBSANAR

8

Usted se opone a que la Consejería de Educación obtenga datos necesarios para tramitar su beca. Debe entregar toda la documentación indicada en el apartado 8 de la Orden de convocatoria.

25

Falta la firma del solicitante

27

Certificado de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

28

Certificado del cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad. Social

29

Certificado de empadronamiento del solicitante. No constan datos de empadronamiento.

31

Certificado expedido por la universidad de fuera de Castilla y León en la que cursó los estudios de grado que le dieron acceso al máster, en el que consten los créditos superados en el último curso de esas enseñanzas de grado.

32

Certificado expedido por la universidad de Castilla y León en la que cursó los estudios de grado que le dieron acceso al máster, en el que consten los créditos superados en el último curso de esas enseñanzas de grado.

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